miércoles, 27 de agosto de 2014

Impeachment ya!

Impeachment ya!

agosto 27, 2014
Por
Enrique Piragini 
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El impeachment es una figura del Derecho anglosajón (específicamente de Estados Unidos y Gran Bretaña) mediante el cual se puede procesar a quien ejerce un alto cargo público. El Parlamento o Congreso debe aprobar el procesamiento y posteriormente encargarse del juicio del acusado (normalmente en la Cámara Alta). Una vez que un individuo ha sido objeto de un impeachment tiene que hacer frente a la posibilidad de ser condenado por una votación del órgano legislativo, lo cual ocasiona su destitución e inhabilitación para funciones similares.
El término impeachment literalmente significa “bochorno”, y tiene su origen en la Edad Media, cuando el parlamento inglés lanzó acusaciones contra el rey y sus colaboradores por derrochar caudales públicos, avergonzándolos. Las traducciones al español más comunes son “interpelación”, “moción de censura”, “impugnación”, “impedimento”, o “acusación pública” (también se usa “juicio político”).
Este mecanismo, ajeno al ámbito judicial donde se deberían investigar los ilícitos cometidos, es para tratar la mala praxis, es decir, el mal desempeño, de funcionarios que nos avergüenzan en el ámbito internacional al mismo tiempo que destruyen nuestra economía.
Concreta y puntualmente, debería la “oposición” promover la interpelación ante el H. Congreso Nacional para que se investigue la posible comisión de los delitos de SABOTAJE, INDIGNIDAD y VIOLACIÚN DE LOS DEBERES DE FUNCIONARIOS PÚBLICOS, por parte de la Presidente de la Nación, Cristina Elisabet Fernández De Kirchner y el Ministro de Economía Axel Kicillof, sus cómplices, partícipes, instigadores y encubridores, por la destrucción del sistema económico argentino y la impericia en el manejo del tratamiento del pago de la deuda con tenedores de bonos soberanos, conocidos como holdouts o fondos buitres, colocando a la Republica Argentina en situación de indignidad frente al concierto internacional, provocando una situación caótica que compromete el futuro de todos los argentinos.
También para determinar la posible comisión de violación de los deberes de funcionario público de aquellos que, burocráticamente, facilitaran el camino para que nuestro país ingrese en default y pierda credibilidad en el mercado de capitales, destruyendo el sistema socioeconómico y perjudicando el desarrollo industrial y social del pueblo trabajador e industrial, sometiendo al país al flagelo de la inflación alimentado por una desproporcionada emisión de billetes que aniquilan la base monetaria y el poder adquisitivo de nuestra moneda.
El delito de indignidad se halla tipificado en el art. 220 del Codigo Penal y se consuma al no respetar los tratados internacionales suscriptos por nuestro país, y el de sabotaje surge de la Ley 13985, art. 7: “Será reprimido con prisión de uno a veinticinco años el que por cualquier medio desorganizare, destruyere, deteriorare o inutilizare, en todo o en parte, temporal o definitivamente, documentos, objetos, materiales, instalaciones, servicios o industrias de cualquier naturaleza, con el propósito de perturbar, retardar o impedir el desarrollo militar, económico, financiero, social, científico o industrial de la Nación…”
Todo lo cual implica también la violación de los deberes de funcionarios públicos, ameritando una interpelación ante el H. Congreso Nacional por el mal desempeño evidenciado por los denunciados.
Estamos viviendo una situación semejante a un violador descubierto en pleno acto ilícito a quien no se lo detiene a la espera de que consume su ilegitimo accionar, lo cual resulta pernicioso para las propias instituciones, e intolerable so pretexto de defender la institucionalidad esperando el fin de un mandato que lleva décadas de descontrol y mala praxis.
Por eso se impone IMPEACHMENT YA!
Presidente de A.R.I.E.L.ong