viernes, 8 de junio de 2018

Cristina debe estar presa











Cristina debe estar presa

por  •  • 

 
El presidente provisional del Senado, Federico Pinedo, presentó un pedido de sesión especial para tratar el desafuero de la senadora del Frente para la Victoria Cristina Kirchner. La sesión se realizará el próximo martes 5 de junio, dos días antes de que expire la orden judicial realizada por Claudio Bonadío.
El pedido del oficialismo llegó algunas horas después de que la Cámara Federal porteña concluyera que el fiscal Alberto Nisman fue asesinado y ordenara que se investigue la relación entre su muerte y la denuncia que había presentado cuatro días antes contra la ex presidente por la firma del pacto con Irán sobre la causa AMIA.
La presentación fue firmada por los senadores oficialistas Federico Pinedo, Pamela Verasay, Luis Naidenoff, Oscar Castillo y Norberto Schiavoni, aunque todavía no hay precisiones sobre la fecha de la sesión reclamada por el oficialismo para avanzar con el tratamiento del pedido que pesa sobre la ex presidenta a fin de que se disponga su detención preventiva.


El pasado 7 de diciembre, el juez Bonadío había procesado con prisión preventiva a Cristina Kirchner y pedido su desafuero para lograr su detención en causa que investiga el presunto encubrimiento de los iraníes acusados del atentado a la AMIA que se inició por la denuncia que hizo el fiscal Alberto Nisman días antes de morir y por la que también fueron apresados los dirigentes Carlos Zannini, Luis D’Elía y Jorge “Yussuf” Khalil.
El viernes pasado, los camaristas Martín Irurzun y Leopoldo Bruglia confirmaron el fallo de primera instancia del juez Julián Ercolini, que había dado por probado, por primera vez, el homicidio: sin embargo, cada uno hizo su voto y el primero fue más categórico que el segundo al vincular el homicidio de Nisman con la denuncia contra Cristina Kirchner por presunto encubrimiento del atentado, a raíz de la firma del Memorándum de Entendimiento con Irán.
En tanto, el tribunal no se expidió sobre el empleado informático Diego Lagomarsino, puesto que quedó firme el procesamiento al no haber apelado sus abogados la acusación que en primera instancia fijó el juez federal Julián Ercolini, como “partícipe necesario” del presunto asesinato ocurrido el 18 de enero de 2015, en el tercer piso de una de las torres del complejo Le Parc en Puerto Madero.
Desafuero: La Doctrina Pichetto no existe en nuestro ordenamiento legal. La Doctrina Pichetto es inconstitucional. El Senado Nacional no puede dejar sin efecto el pedido de desafuero de un juez, en este caso el de la ex presidenta.
Hoy la doctrina dice: el poder es uno, lo que se dividen son las funciones y los órganos que las ejercen, pero el principio de división de poderes es válido como garantía de los derechos de la persona y de la sociedad. Al desconcentrar -por la división- y limitar el poder, se crea un espacio social de libertad, que favorece el ejercicio de los derechos.

LA REGLA Y LAS EXCEPCIONES

El constituyente argentino, siguiendo al norteamericano, receptó en la segunda parte de la Constitución, el principio de división de poderes y por ello llamó al Congreso: Poder Legislativo; al Presidente: Poder Ejecutivo y a la Administración de Justicia: Poder Judicial. En consecuencia de ello, prohibió las facultades extraordinarias, la suma del poder público (art. 29 de la Constitución) y la delegación de poderes, porque alteran el principio de división de poderes (76, 99 inciso 3 y 109).
Las excepciones, admitidas en la Constitución Nacional, son la facultad que tiene el Poder Ejecutivo de: 1. Reglamentar la ley (delegación impropia); 2. Dictar decretos de legislación delegada (delegación propia); y 3. Dictar decretos por razones de necesidad y urgencia. Estas dos últimas fueron incorporadas en la Constitución en la reforma de 1994. Las tres, por su carácter excepcional, se ejercen e interpretan siempre con criterio restrictivo, como indica la norma hermenéutica.
Por eso, si quiere aplicar la Doctrina Pichetto, lo puede resolver la Corte Suprema. Pero debe ir presa, ya que el delito que se le imputa no es el delito de opinión ni de discusión.
La Cámara Federal porteña confirmó el procesamiento de la ex presidenta Cristina Fernández de Kirchner, el ex canciller Héctor Timerman y los otros nueve acusados de encubrir el atentado a la AMIA a través del impulso y la firma del memorando de entendimiento entre Argentina e Irán.
La decisión fue adoptada por los integrantes de la sala II del tribunal de apelaciones, Eduardo Farah y Martín Irurzun, quienes también convalidaron las detenciones preventivas dispuestas por el juez de la causa Claudio Bonadío.
Quiero aclarar que el 97% de los presos sin condena son pobres, que no existe ninguna persona que tenga más de dos procesamientos por delitos graves que no esté presa, por supuesto pobre, y tercero, que Cristina tiene cinco procesamientos firmes, todos de delitos graves; pero el más grave es encubrimiento en la causa AMIA.
Le recomiendo a Pichetto que lea la Constitución Nacional, que sólo protege a los senadores o diputados por opiniones o discursos.
Senador Pichetto, lea por favor el Artículo 68: “Ninguno de los miembros del Congreso puede ser acusado, interrogado judicialmente, ni molestado por las opiniones o discursos que emita desempeñando su mandato de legislador.”
Artículo 69: “Ningún senador o diputado, desde el día de su elección hasta el de su cese, puede ser arrestado; excepto el caso de ser sorprendido in fraganti en la ejecución de algún crimen que merezca pena de muerte, infamante, u otra aflictiva; de lo que se dará cuenta a la Cámara respectiva con la información sumaria del hecho”.

Las causas que van a llevar a la cárcel a la ex presidenta

Hoy ya tendría que estar detenida por lo dispuesto en el Art. 319 del C.P.P.: “el que hiciere presumir, fundadamente, que el mismo intentará eludir la acción de la justicia o entorpecer las investigaciones”. Las dos condiciones se dan.
El procesamiento por asociación ilícita y administración fraudulenta agravada que dictó el juez Julián Ercolini contra Cristina Kirchner no es el primero que recae sobre la ex presidenta.
La jefa del Frente para la Victoria (FPV) ya suma varias causas en la Justicia federal que son motivo de preocupación.

Asociación ilícita dedicada a la corrupción: procesada

El juez Ercolini procesó a la ex mandataria por considerarla “prima facie” coautora penalmente responsable del delito de asociación ilícita en concurso real con el de administración fraudulenta agravada por haberse cometido en perjuicio de una administración pública. Además ordenó un embargo por $ 10.000 millones.
El fallo se enmarca en la causa por el direccionamiento de obras públicas viales al grupo Austral. También procesó a los ex funcionarios Julio de Vido y José López y el empresario Lázaro Báez. Según detalla el escrito, a la ex presidenta se la acusa por haber “perjudicado los intereses confiados al violar su deber de administrar y cuidar fielmente los bienes del Estado nacional que estaban bajo la órbita de su responsabilidad, en función de su calidad de jefa de gobierno y responsable política de la administración general del país”.

Venta de dólar futuro: procesada y elevada a juicio oral

La que la tiene más complicada es en la que fue procesada por el juez federal Claudio Bonadío, por la venta del dólar a futuro, en la que Cristina declaró en indagatoria en abril pasado y debió notificarse del procesamiento en julio. La investigación también apunta al ex jefe del Banco Central, Alejandro Vanoli; y el ex ministro de Economía, Axel Kicillof.
El procesamiento fue dictado en mayo pasado, un mes después de la primera indagatoria de Cristina Kirchner, que simbolizó el regreso de la ex presidenta a Buenos Aires. Según Bonadío, las operaciones de la venta de dólar a futuro implicaron la “administración infiel con perjuicio al Estado”.

Lavado de dinero: procesada y eleva a juicio oral

Otra de las causas que preocupa a la ex presidenta es por lavado de dinero, en el expediente que investiga el fiscal Guillermo Marijuán. Cristina Kirchner fue imputada luego del testimonio del valijero Leonardo Fariña, quien reveló supuestos sobreprecios en la obra pública. En la causa también está involucrado Báez.
La causa está a cargo del juez federal Sebastián Casanello. El esquema se repite, y también se encuentran imputados varios ex funcionarios de la gestión K, como De Vido. La ex mandataria fue involucrada por Fariña como partícipe del presunto lavado de activos a través de la financiera SGI, conocida como La Rosadita.

Hotesur: procesada

Se trata del expediente por el cual Cristina es investigada por supuesto lavado de dinero junto a Néstor Kirchner. Allí se investiga la relación comercial con empresarios como Báez y Cristóbal López en una operatoria hotelera. Según investigan los jueces Ercolini y Daniel Rafecas, Báez y López habrían alquilado por sumas millonarias las habitaciones de los hoteles de la familia Kirchner sin ocuparlas.

Los Sauces S.A.: procesada

Se trata de la investigación de una de las sociedades que la familia Kirchner utilizó para realizar operaciones inmobiliarias con la empresa de Báez, Austral Construcciones. El expediente también es investigado por Bonadío, el magistrado con el que Cristina mantiene un duro enfrentamiento. De hecho, meses atrás el juez ordenó una serie de allanamientos en las propiedades de la ex presidenta en Santa Cruz.
Cristina es acusada de presunto enriquecimiento ilícito. La operatoria es considerada similar a la de Hotesur, y la sospecha es que los alquileres en verdad eran “sobornos” o “retornos” a los Kirchner por los negocios que les entregaron a Báez y López en los últimos años.
Además, investigan irregularidades y contradicciones entre las declaraciones de la sociedad ante la AFIP y los datos asentados en documentos públicos. De hecho, ese fue el motivo por el cual Stolbizer presentó la denuncia por falsificación de documentos públicos.

Causa Nisman: denunciada

El ex fiscal denunció a la ex Presidenta por “encubrimiento” en la causa que investiga el atentado a la sede de la AMIA. Recientemente, el fiscal ante la Cámara Federal Germán Moldes solicitó que se incorporen los delitos de “traición a la patria” y de “omisión funcional de perseguir delincuentes” a la denuncia.
Esta causa se desestimó por “inexistencia del delito”, según ordenó en su momento el juez Rafecas, pero el fiscal Gerardo Pollicita tiene un pedido de reapertura por parte de la DAIA. La investigación se reactivó después que el juez Bonadío le pidiera a Rafecas que le envíe el expediente de la denuncia, ya que investiga en paralelo al ex canciller Héctor Timerman por “traición a la patria” y podría solicitar medidas similares a las que requería Nisman.
A éstas hay que agregarle las de “Sueños Compartidos”, Boudou-Ciccone, subsidios al transporte y al combustibles, tarjeta SUBE.
Las próximas declaraciones indagatorias: son en todas las causas en las que ya están procesados funcionarios, por delitos que ella no podía desconocer. Es más, ya fue procesada en dos causas como jefa de una asociación ilícita, delitos que no son excarcelables, y ya debería estar detenida.
Dr. Jorge Luis Vitale