martes, 10 de noviembre de 2020

CAPÍTULO 9-FISCALES EN ACCIÓN: “MILITANCIA JUDICIAL” PARA LA IMPUNIDAD DE LOS PROPIOS Y LA PERSECUCIÓN DE OPOSITORES

EL PACTO QUE TRANSFORMÓ A LA ARGENTINA


 CAPÍTULO 9-FISCALES EN ACCIÓN: “MILITANCIA JUDICIAL” PARA LA IMPUNIDAD DE LOS PROPIOS Y LA PERSECUCIÓN DE OPOSITORES

Los fiscales así nombrados por Gils Carbó, demostraron en numerosos casos el propósito de sus designaciones: consagrar la impunidad de los funcionarios y aliados políticos del kirchnerismo, y perseguir a sus opositores. Cubriendo a la familia Báez Carlos Gonella, nombrado a cargo de la Procuraduría de Lavado de Activos, tuvo una primera urgencia: eliminar del borrador de requerimiento de instrucción a los entonces denunciados Lázaro Báez, Martín Báez y Julio de Vido. A raíz de esta acción fue procesado por el delito de prevaricato, aunque esto no hizo mella en Gils Carbó, quien lo mantuvo en funciones, sin abrirle expediente alguno, actitud que sostuvo cuando el titular del Juzgado Federal N.° 11 le pidió la apertura de la instancia de enjuiciamiento al Dr. Gonella por resistirse a concurrir al acto de indagatoria al que había sido llamado. En el caso de Orsi, procesado por prevaricato junto a Gonella, la Procuradora General tampoco inició instancia alguna de carácter disciplinario. Por cierto, una actitud diametralmente inversa a la que adoptó con relación a otros dos fiscales, Domingo Batule138 y José María Campagnoli139, para quienes solicitó la suspensión e intervención del Tribunal de Enjuiciamiento, pese a que contra ellos no existía ninguna causa penal. El PAMI y De Vido. Por su lado, el fiscal federal Franco Picardi, que había sido subsecretario del Ministerio de Justicia, y aportante a la campaña del Frente para la Victoria en las 138 Resolución MP 2423/13.139 Resolución MP 2537/13. elecciones de 2003, a poco de asumir el nuevo cargo en la Fiscalía N.° 5, intentó acotar una investigación contra las autoridades del PAMI. 

 

 El Juzgado Federal N.° 11 había dispuesto la realización de un peritaje contable para determinar el destino de 26.000 millones de pesos recibidos por el PAMI entre 2008 y 2012; Picardi propuso que la investigación se restringiera solo al año 2012, y llevó su planteo hasta la Cámara Federal a través de un recurso de queja que seríarechazado en septiembre de 2015 por la Sala IIa.140Tal conducta fue inversa a la que tuvo durante esos días de octubre de 2015, época de elecciones presidenciales, en otra investigación por ciertos cortes de energía eléctrica en una zona de la Ciudad de Buenos Aires: además de imputar a los integrantes de las empresas Ibercom Multicom SA y Telmex SA, presuntos responsables de las obras que habían provocado el apagón, Picardi extendió la medida a los funcionarios de la Ciudad que debían controlar las obras, todos ellos pertenecientes a la oposición del kirchnerismo en el ámbito nacional. Miguel Osorio es otro fiscal que haría las veces de defensor dictaminando, el 4 de marzo de 2020, en favor de la excarcelación de Julio de Vido, detenido por actos de corrupción en la causa conocida como “Río Turbio”. Ya gozaba entonces de la prisión domiciliaria por pedido también favorable de ese Fiscal141. Boudou, amadoA quien fungía como fiscal federal subrogante de Dolores, Orlando César Giménez -otro miembro de Justicia Legítima-, le tocó intervenir en la denuncia contra el exvicepresidente de la República, Amado Boudou, por el delito de falsedad ideológica, ya que este había hecho constar en su Documento Nacional de Identidad que su domicilio estaba ubicado en... Un médano. El fiscal Giménez requirió que la denuncia fuera desestimada por inexistencia de delito, sin siquiera pedir la documentación original del Registro Nacional de las Personas. La solicitud de desestimación fue acogida en el mes de agosto de 2015 por el juez federal de esa jurisdicción, Alejo Ramos Padilla, también integrante de Justicia Legítima. 140 Causa CFP 4651/13/2/RH2; “Picardi, Franco s/queja”, Juzg. Fed. N.° 11, Sec. N.° 21. 141 Incidente de excarcelación, TOF N.° 1, causa N.° 3121 (5218/16) “De Vido Julio Miguel y otros”.

A Javier De Luca, que ya era fiscal al a sumir Gils Carbó y es uno de los principales ideólogos de Justicia Legítima, le tocó intervenir ante la Cámara Federal de Casación Penal en la causa seguida contra el vicepresidente Amado Boudou por la compra de Ciccone Calcográfica. Lo hizo dictaminando que, de acuerdo a las constancias de la causa, no había delito alguno que reprocharle, por lo que propuso su sobreseimiento. Se trata de la misma causa en la que cual se presentaría como arrepentido Alejandro Vanderbroele, confesando ese y otros delitos por parte de Boudou, quien terminaría condenado en la causa “Ciccone”. Este mismo fiscal general sería también quien desistier a de la apelación de los fiscales de los tribunales inferiores, permitiendo la detención domiciliaria de Amado Boudou a causa del COVID-19, pese a no integrar ningún grupo de riesgo. De Luca fue también quien desistió de los recursos planteados tanto por el fiscal federal Dr. Gerardo Pollicita, como por el Dr. Germán Moldes como fiscal ante la Cámara Federal de Buenos Aires, permitiendo de ese modo que se archivara la denuncia formulada por el extinto fiscal general Alberto Nisman contra la entonces presidente de la Nación. Y fue quien dictaminó a favor de la liberación de Jorge Chueco, investigado por lavado de activos derivados de la empresa Austral Construcciones, dirigida por Lázaro Báez, que había estado prófugo, encontrándose la causa en pleno debate oral. Por otro lado, De Luca sostiene a rabiar todas las apelaciones que se planteancontra las escasas excarcelaciones y detenciones domiciliarias de los ancianos militares y policías sometidos a proceso por delitos de lesa humanidad. Su última actuación consistió en permitir la libertad de Lázaro Baez, propiciada previamente por otro destacado miembro de la agrupación Justicia Legítima. Milagro Sala, amparada En otra muestra de conducta militante, al discutirse ante la Cámara Federal de Casación Penal un recurso de la defensa de la dirigente kirchnerista Milagro Sala contra la decisión del Tribunal Oral Federal de Jujuy de denegarle la probation en un proceso por coacción agravada, el fiscal De Luca adhirió a ese recurso y dictaminó que se le otorgara el beneficio. Como la Cámara mantuvo la decisión, interpuso un recurso extraordinario a favor de la procesada, también denegado, lo que motivó que presentara un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia. Con fiscales así, quién necesitaría defensores. 71 Pero esta increíble historia no concluyó allí, porque cuando tocó intervenir a la Procuración General en el recurso de queja deducido por De Luca, Gils Carbó adjudicó la confección del dictamen al Procurador Fiscal Víctor Abramovich, que nunca antes había intervenido en proceso penal alguno. Obviamente, dictaminó a favor de Sala. Abramovich, como veremos, es además candidato para ocupar el cargo de Procurador General de la Nación en la ofensiva planificada por el kirchnerismo para desplazar al Dr. Eduardo Casal del cargo. Pero no fue esa la única oportunidad en la que Milagro Sala fue beneficiada por la estructura del CELS y Justicia Legítima en el Ministerio Público. En febrero de 2016, a poco de producirse su detención, dos fiscales militantes, Miguel Ángel Palazzani, a cargo de la Procuraduría contra la Violencia Institucional, y el fiscal ad hoc José Nebbia, produjeron un informe público declamando la ilegalidad de su detención, invocando que gozaba de inmunidad parlamentaria y aconsejaron iniciar acciones penales contra dos jueces penales provinciales y una fiscal penal provincial. A los amigos, todo; a los enemigos, ni Justicia. Algunos otros ejemplos mostrarán aún más claramente la gravedad de esta ocupación ideológica de la administración de justicia. Uno de ellos es el de la Dra. Gabriela Baigún, que actuando como fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal, en un dictamen que no tiene precedentes en los anales del instituto de la recusación, dictaminó a favor de la defensa de Romina Mercado (hija de Alicia Kirchner y sobrina de Cristina Fernández de Kirchner) en la causa conocida como “Hotesur”, adhiriendo al planteo de recusación contra el juez federal Claudio Bonadío, y pidiendo que se lo apartara de la causa. Otro caso es el del fiscal general Abel Darío Córdoba, que, mientras tuvo a su cargo la Procuraduría contra la Violencia Institucional, impulsaba investigaciones contra integrantes de las fuerzas policiales de provincias gobernadas por opositores al gobierno kirchnerista, pero nunca contra provincias a cargo de gobernadores aliados. Ejemplos de ello son las denuncias que impulsó contra autoridades penitenciarias y contra la ministra de Seguridad de la provincia de Córdoba a raíz de un “allanamiento” que practicó en una unidad carcelaria de esa provincia. Como también, el impulso de causas contra integrantes de la Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires, en ocasión de su intervención en el desalojo del 72 predio de la denominada Villa Papa Francisco, donde se atrevió incluso a la promoción de un habeas corpus a favor de los ocupantes ilegales. Basta revisar las estadísticas de esa Procuraduría para advertir fácilmente la selectividad de sus intervenciones. Allí salta a la vista la actividad militante de su titular.Se trata del mismo fiscal que dictaminó y apeló a favor de la detención domiciliaria de Báez, en manifiesto consuno con su superior en la Casación, Javier De Luca, que consintió dicha tesitura, ciertamente inversa a la sostenida en toda otra causa, particularmente las de lesa humanidad o aquellas contra opositores del gobierno kirchnerista. La falta de oposición del fiscal con lo pedido por la defensa provocó la excarcelación de Báez, pendiente solo del depósito de una fianza al momento de culminarse este libro142. Podrá comprobarse también el caso del Fiscal Pelazzo, exabogado del CELS y militante de Justicia Legítima, que tomó relevancia porque la Cámara Federal de Apelaciones de Salta declaró ilegal su designación143. La resolución judicial fue adoptada en la causa seguida contra Carlos Pedro Tadeo Blaquier, y fundamentada en dos cuestiones. Por una parte, no haberse observado el procedimiento de designación de magistrados fiscales contenido en los arts. 5, 6 y 11 de la Ley 24946; por la otra, haber actuado Pelazzo en ese proceso como querellante, defendiendo un interés que impedía considerarlo dentro de los parámetros de objetividad esperables que regulan la actuación del fiscal. Esta resolución de la Cámara Federal de Salta fue convalidada por la Cámara Federal de Casación Penal, Sala IVa, en los autos “Blaquier, Carlos Pedro Tadeo y otro s/recurso de casación” 144. Salta a la vista, asimismo, el fiscal Gómez Barbella, designado en una fiscalía del interior del país y trasladado para actuar en la Fiscalía N.° 2 de Morón. Allí tramitaba la causa motivada por la furibunda ofensiva contra los propietarios de los diarios Clarín y La Nación por hechos ocurridos en 1975 con la compra de Papel Prensa. El fiscal Gómez Barbella pidió la inmediata detención de todos los imputados por un hecho de hacía 40 años, pero artificialmente calificado como de “lesa humanidad” para poder eludir la prescripción.142 https://www.lanacion.com.ar/politica/el-dilema-justicia-incapaz-condenar-nid2393534143 Expediente 012/2013. 144 Causa N.° 1775/2013, Registro 366.15.4; en sentencia del 13 de marzo de 2015.
Fiscal-escudo. Por varias designaciones irregulares, entre las que se encontraban algunas de las aquí detalladas, se formuló una denuncia contra Gils Carbó, que quedó radicada en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N.° 10, a cargo del Dr. Julián Ercolini. En ese trámite fueron giradas las actuaciones al fiscal federal, quien debía intervenir para el impulso de la acción penal. En lugar de impulsarla, solicitó la desestimación de la denuncia por inexistencia de delito, alegando incluso que “el reclamo podría contradecir los objetivos propios fijados por el estatuto de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, que dispone como uno de sus fines procurar a los trabajadores empleos adecuados, remuneraciones justas, estabilidad laboral y las condiciones más propicias para su pleno desenvolvimiento y el de su familia”. Ese fiscal federal fue el ya aludido Gómez Barbella, quien intervino también aquí merced a su designación irregular como fiscal subrogante ante la Fiscalía Federal N.° 5, de la Capital Federal. La causa concluyó archivada puesto que, a pesar de que el juez federal Ercolini continuó con su trámite por apelación del fiscal militante a favor de la imputada, la Sala Ia. de la Cámara Federal de Capital (Ballesteros, Freiler y Farah) dispuso que, sin impulso fiscal, la denuncia debía ser desestimada. La persecución a la familia del Fiscal Nisman, premiada: A los nombrados debe sumarse el fiscal Juan Pedro Zoni - cuyo traslado ilegal a la Fiscalía Federal N.° 8 ya fue comentado-, que produce una actividad atípica desde esa Fiscalía: se presentó en la causa seguida contra la madre y la hermana del extinto fiscal general Alberto Nisman, Sara Garfunkel y Sandra Nisman, pidiendo su indagatoria y la fijación de gravosas medidas cautelares sobre sus patrimonios y sobre sus libertades personales. Esto ocurrió junto con el impulso de una campaña política de descrédito contra el fiscal Nisman y su familia por parte del gobierno nacional. Ese mismo día, la procuradora general transformó el traslado provisorio de Zoni, en definitivo.Asimismo, en una causa seguida contra el exsecretario de Comercio Interior Guillermo Moreno, y el extitular de la Comisión Nacional de Valores (CNV) 74 Alejandro Vanoli, en la que sus procesamientos por abuso de autoridad habían sido confirmados por la Cámara Federal porteña, el fiscal Zoni se rehusó a enviarlos a juicio oral y, a la vez, pidió el sobreseimiento de ambos y de los demás imputados en el proceso.También tiene espacio en esta galería la fiscal federal Paloma Ochoa, quien a poco de asumir solicitó la apertura de un sumario penal y propuso distintas medidas de prueba para investigar a Hernán Lombardi, por entonces ministro de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por presunto fraude al Estado y lavado de activos, en el marco de una causa en la que se analizaban diversas donaciones a favor de la Fundación Pensar, usina de ideas del PRO. El expediente judicial se inició a partir de una denuncia de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), a cargo de Carlos Gonella, en una típica acción militante mancomunada entre dos integrantes de Justicia Legítima y que se concretó en los primeros días de octubre de 2015, pocos días antes del balotaje en la elección presidencial entre el PRO y el Frente para la Victoria.Además, y en el marco de múltiples ataques dirigidos desde el kirchnerismo contra el Juez Federal Claudio Bonadío, la fiscal Ochoa impulsó una acción penal contra dicho Magistrado por los procedimientos judiciales realizados en Santa Cruz en la causa “Hotesur”, y lo imputó por prevaricato, abuso de autoridad y malversación de caudales públicos, en tanto esos procedimientos habían sido llevados a cabo por la Policía Metropolitana. La imputación también alcanzó a funcionarios del Gobierno de la Ciudad. Ochoa no cejó ni siquiera cuando la denuncia fue desestimada por el juez federal Ariel Lijo, ya que la fiscal dedujo recurso de apelación contra esa decisión, que finalmente no fue sostenido por el Fiscal General ante la Cámara Federal145. Pablo Camuña, ex–CELS, pese a ser fiscal de delitos de lesa humanidad, pidió archivar la causa contra el General Milani por falta de pruebas, alegando que respondía a “cuestiones más políticas que procesales”146. Se ve así claramente que tanto los nombramientos como la actuación de estos fiscales en las causas del fuero federal, donde se dirimen cotidianamente intereses que afectan a miembros de los partidos políticos, han sido contrarios a la ley. La 145 Causa N.° 7221/15, Juzg. Fed.4. 146 Levinas, op. cit, págs. 314-315. inminente puesta en funcionamiento del sistema acusatorio en materia penal -que otorgará aún mayores poderes a los fiscales- exige más que nunca la presencia de funcionarios que garanticen la vigencia del principio de objetividad en el ejercicio de esos cargos. De otro modo, no es posible que exista un juicio justo, el “debido proceso legal” que contempla el art. 18 de nuestra Carta Magna.Contra la indisciplinaHabía que cerrar el círculo de manera de evitar toques independentistas. Era necesario un régimen sancionatorio eficiente para los casos en que algún fiscal contraria ra la línea estricta de acción política del oficialismo. Para ello, además de las facultades disciplinarias, se decidió incorporar “por sorteo” (que, naturalmente, no fue público) a dos militantes de Justicia Legítima como representantes del Ministerio Público Fiscal en el Tribunal de Enjuiciamiento: los Daniel Eduardo Adler, como titular, y Jorge Auat, como suplente. Los díscolos, que se ajustaran el cinturón: o se los sancionaba o se los amenazaba con el juicio político. Esto último fue precisamente lo que ocurrió con el fiscal federal de Jujuy, Domingo Batule, quien no acompañó la intención de encarcelar al imputado Carlos Pedro Tadeo Blaquier; y también con el Fiscal de Instrucción de Buenos Aires José María Campagnoli, quien investigó la ruta del dinero de Lázaro Báez. Como método ejemplificador, ambos fueron sometidos a enjuiciamiento147 sin que prosperara ningún proceso. Por decisión del Tribunal y por presión popular, en uno y otro caso. Otros fiscales no corrieron la misma suerte.147 Resoluciones MP 2423/2013 y 2537/2013, respectivamente. Los fiscales así nombrados por Gils Carbó, demostraron en numerosos casos el propósito de sus designaciones: consagrar la impunidad de los funcionarios y aliados políticos del kirchnerismo, y perseguir a sus opositores. Cubriendo a la familia Báez, Carlos Gonella, nombrado a cargo de la Procuraduría de Lavado de Activos , tuvo una primera urgencia: eliminar del borrador de requerimiento de instrucción a los entonces denunciados Lázaro Báez, Martín Báez y Julio de Vido. A raíz de esta acción fue procesado por el delito de prevaricato, aunque esto no hizo mella en Gils Carbó, quien lo mantuvo en funciones, sin abrirle expediente alguno, actitud que sostuvo cuando el titular del Juzgado Federal N.° 11 le pidió la apertura de la instancia de enjuiciamiento al Dr. Gonella por resistirse a concurrir al acto de indagatoria al que había sido llamado. En el caso de Orsi, procesado por prevaricato junto a Gonella, la Procuradora General tampoco inició instancia alguna de carácter disciplinario. Por cierto, una actitud diametralmente inversa a la que adoptó con relación a otros dos fiscales, Domingo Batule138 y José María Campagnoli139, para quienes solicitó la suspensión e intervención del Tribunal de Enjuiciamiento, pese a que contra ellos no existía ninguna causa penal. El PAMI y De Vido Por su lado, el fiscal federal Franco Picardi, que había sido subsecretario del Ministerio de Justicia, y aportante a la campaña del Frente para la Victoria en las 138 Resolución MP 2423/13.139 Resolución MP 2537/13. elecciones de 2003, a poco de asumir el nuevo cargo en la Fiscalía N.° 5, intentó acotar una investigación contra las autoridades del PAMI. El Juzgado Federal N.° 11 había dispuesto la realización de un peritaje contable para determinar el destino de 26.000 millones de pesos recibidos por el PAMI entre 2008 y 2012; Picardi propuso que la investigación se restringiera solo al año 2012, y llevó su planteo hasta la Cámara Federal a través de un recurso de queja que seríarechazado en septiembre de 2015 por la Sala IIa.140Tal conducta fue inversa a la que tuvo durante esos días de octubre de 2015, época de elecciones presidenciales, en otra investigación por ciertos cortes de energía eléctrica en una zona de la Ciudad de Buenos Aires: además de imputar a los integrantes de las empresas Ibercom Multicom SA y Telmex SA, presuntos responsables de las obras que habían provocado el apagón, Picardi extendió la medida a los funcionarios de la Ciudad que debían controlar las obras, todos ellos pertenecientes a la oposición del kirchnerismo en el ámbito nacional. Miguel Osorio es otro fiscal que haría las veces de defensor dictaminando, el 4 de marzo de 2020, en favor de la excarcelación de Julio de Vido, detenido por actos de corrupción en la causa conocida como “Río Turbio”. Ya gozaba entonces de la prisión domiciliaria por pedido también favorable de ese Fiscal141. Boudou, Amado, a quien fungía como fiscal federal subrogante de Dolores, Orlando César Giménez -otro miembro de Justicia Legítima-, le tocó intervenir en la denuncia contra el exvicepresidente de la República, Amado Boudou, por el delito de falsedad ideológica, ya que este había hecho constar en su Documento Nacional de Identidad que su domicilio estaba ubicado en... Un médano. El fiscal Giménez requirió que la denuncia fuera desestimada por inexistencia de delito, sin siquiera pedir la documentación original del Registro Nacional de las Personas. La solicitud de desestimación fue acogida en el mes de agosto de 2015 por el juez federal de esa jurisdicción, Alejo Ramos Padilla, también integrante de Justicia Legítima. 140 Causa CFP 4651/13/2/RH2; “Picardi, Franco s/queja”, Juzg. Fed. N.° 11, Sec. N.° 21. 141 Incidente de excarcelación, TOF N.° 1, causa N.° 3121 (5218/16) “De Vido Julio Miguel y otros”. 
A Javier De Luca, que ya era fiscal al asumir Gils Carbó y es uno de los principales ideólogos de Justicia Legítima, le tocó intervenir ante la Cámara Federal de Casación Penal en la causa seguida contra el vicepresidente Amado Boudou por la compra de Ciccone Calcográfica. Lo hizo dictaminando que, de acuerdo a las constancias de la causa, no había delito alguno que reprocharle, por lo que propuso su sobreseimiento. Se trata de la misma causa en la que cual se presentaría como arrepentido Alejandro Vanderbroele, confesando ese y otros delitos por parte de Boudou, quien terminaría condenado en la causa “Ciccone”.Este mismo fiscal general sería también quien desistiera de la apelación de los fiscales de los tribunales inferiores, permitiendo la detención domiciliaria de Amado Boudou a causa del COVID-19, pese a no integrar ning ún grupo de riesgo. De Luca fue también quien desistió de los recursos planteados tanto por el fiscal federal Dr. Gerardo Pollicita, como por el Dr. Germán Moldes como fiscal ante la Cámara Federal de Buenos Aires, permitiendo de ese modo que se archivara la denuncia formulada por el extinto fiscal general Alberto Nisman contra la entonces presidente de la Nación. Y fue quien dictaminó a favor de la liberación de Jorge Chueco, investigado por lavado de activos derivados de la empresa Austral Construcciones, dirigida por Lázaro Báez, que había estado prófugo, encontrándose la causa en pleno debate oral. Por otro lado, De Luca sostiene a rabiar todas las apelaciones que se planteancontra las escasas excarcelaciones y detenciones domiciliarias de los ancianos militares y policías sometidos a proceso por delitos de lesa humanidad. Su última actuación consistió en permitir la libertad de Lázaro Baez, propiciada previamente por otro destacado miembro de la agrupación Justicia Legítima. Milagro Sala, amparada En otra muestra de conducta militante, al discutirse ante la Cámara Federal de Casación Penal un recurso de la defensa de la dirigente kirchnerista Milagro Sala contra la decisión del Tribunal Oral Federal de Jujuy de denegarle la probation en un proceso por coacción agravada, el fiscal De Luca adhirió a ese recurso y dictaminó que se le otorgara el beneficio. Como la Cámara mantuvo la decisión, interpuso un recurso extraordinario a favor de la procesada, también denegado, lo que motivó que presentara un recurso de queja ante la Corte Suprema de Justicia. Con fiscales así, quién necesitaría defensores. 71 Pero esta increíble historia no concluyó allí, porque cuando tocó intervenir a la Procuración General en el recurso de queja deducido por De Luca, Gils Carbó adjudicó la confección del dictamen al Procurador Fiscal Víctor Abramovich, que nunca antes había intervenido en proceso penal alguno. Obviamente, dictaminó a favor de Sala. Abramovich, como veremos, es además candidato par a ocupar el cargo de Procurador General de la Nación en la ofensiva planificada por el kirchnerismo para desplazar al Dr. Eduardo Casal del cargo. Pero no fue esa la única oportunidad en la que Milagro Sala fue beneficiada por la estructura del CELS y Justicia Legítima en el Ministerio Público. En febrero de 2016, a poco de producirse su detención, dos fiscales militantes, Miguel Ángel Palazzani, a cargo de la Procuraduría contra la Violencia Institucional, y el fiscal ad hoc José Nebbia, produjeron un informe público declamando la ilegalidad de su detención, invocando que gozaba de inmunidad parlamentaria y aconsejaron iniciar acciones penales contra dos jueces penales provinciales y una fiscal penal provincial. A los amigos, todo; a los enemigos, ni Justicia. Algunos otros ejemplos mostrarán aún más claramente la gravedad de esta ocupación ideológica de la administración de justicia. Uno de ellos es el de la Dra. Gabriela Baigún, que actuando como fiscal ante la Cámara Federal de Casación Penal, en un dictamen que no tiene precedentes en los anales del instituto de la recusación, dictaminó a favor de la defensa de Romina Mercado (hija de Alicia Kirchner y sobrina de Cristina Fernández de Kirchner) en la causa conocida como “Hotesur”, adhiriendo al planteo de recusación contra el juez fe deral Claudio Bonadío, y pidiendo que se lo apartara de la causa.Otro caso es el del fiscal general Abel Darío Córdoba, que , mientras tuvo a su cargo la Procuraduría contra la Violencia Institucional, impulsaba investigaciones contra integrantes de las fuerzas policiales de provincias gobernadas por opositores al gobierno kirchnerista, pero nunca contra provincias a cargo de gobernadores aliados. Ejemplos de ello son las denuncias que impulsó contra autoridades penitenciarias y contra la ministra de Seguridad de la provincia de Córdoba a raíz de un “allanamiento” que practicó en una unidad carcelaria de esa provincia. Como también, el impulso de causas contra integrantes de la Policía Metropolitana de la Ciudad de Buenos Aires, en ocasión de su intervención en el desalojo del 72 predio de la denominada Villa Papa Francisco, donde se atrevió incluso a la promoción de un habeas corpus a favor de los ocupantes ilegales. Basta revisar las estadísticas de esa Procuraduría para advertir fácilmente la selectividad de sus intervenciones. Allí salta a la vista la actividad militante de su titular.Se trata del mismo fiscal que dictaminó y apeló a favor de la detención domiciliaria de Báez, en manifiesto consuno con su superior en la Casación, Javier De Luca, que consintió dicha tesitura, ciertamente inversa a la sostenida en toda otra causa, particularmente las de lesa humanidad o aquellas contra opositores del gobierno kirchnerista. La falta de oposición del fiscal con lo pedido por la defensa provocó la excarcelación de Báez, pendiente solo del depósito de una fianza al momento de culminarse este libro142. Podrá comprobarse también el caso del Fiscal Pelazzo, exabogado del CELS y militante de Justicia Legítima, que tomó relevancia porque la Cámara Federal de Apelaciones de Salta declaró ilegal su designación143. La resolución judicial fue adoptada en la causa seguida contra Carlos Pedro Tadeo Blaquier, y fundamentada en dos cuestiones. Por una parte, no haberse observado el procedimiento de designación de magistrados fiscales contenido en los arts. 5, 6 y 11 de la Ley 24946; por la otra, haber actuado Pelazzo en ese proceso como querellante, defendiendo un interés que impedía considerarlo dentro de los parámetros de objetividad esperables que regulan la actuación del fiscal. Esta resolución de la Cámara Federal de Salta fue convalidada por la Cámara Federal de Casación Penal, Sala IVa, en los autos “Blaquier, Carlos Pedro Tadeo y otro s/recurso de casación” 144. Salta a la vista, asimismo, el fiscal Gómez Barbella, designado en una fiscalía del interior del país y trasladado para actuar en la Fiscalía N.° 2 de Morón. Allí tramitaba la causa motivada por la furibunda ofensiva contra los propietarios de los diarios Clarín y La Nación por hechos ocurridos en 1975 con la compra de Pa pel Prensa. El fiscal Gómez Barbella pidió la inmediata detención de todos los imputados por un hecho de hacía 40 años, pero artificialmente calificado como de “lesa humanidad” para poder eludir la prescripción.142 https://www.lanacion.com.ar/politica/el-dilema-justicia-incapaz-condenar-nid2393534143 Expediente 012/2013. 144 Causa N.° 1775/2013, Registro 366.15.4; en sentencia del 13 de marzo de 2015. Fiscal-escudo Por varias designaciones irregulares, entre las que se encontraban algunas de las aquí detalladas, se formuló una denuncia contra Gils Carbó, que quedó radicada en el Juzgado Federal en lo Criminal y Correccional N.° 10, a cargo del Dr. Julián Ercolini. En ese trámite fueron giradas las actuaciones al f iscal federal, quien debía intervenir para el impulso de la acción penal. En lugar de impulsarla, solicitó la desestimación de la denuncia por inexistencia de delito, alegando incluso que “el reclamo podría contradecir los objetivos propios fijados por el estatuto de la Unión de Empleados de la Justicia de la Nación, que dispone como uno de sus fi nes procurar a los trabajadores empleos adecuados, remuneraciones justas, estabilidad laboral y las condiciones más propicias para su pleno desenvolvimiento y el de su familia”.Ese fiscal federal fue el ya aludido Gómez Barbella, quien intervino también aquí merced a su designación irregular como fiscal subrogante ante la Fiscalía Federal N.° 5, de la Capital Federal. La causa concluyó archivada puesto que, a pesar de que el juez federal Ercolini continuó con su trámite por apelación del fiscal militante a favor de la imputada, la Sala Ia. de la Cámara Federal de Capital (Ballesteros, Freiler y Farah) dispuso que, sin impulso fiscal, la denuncia debía ser des estimada.La persecución a la familia del Fiscal Nisman, premiada: A los nombrados debe sumarse el fiscal Juan Pedro Zoni - cuyo traslado ilegal a la Fiscalía Federal N.° 8 ya fue comentado-, que produce una actividad atípica desde esa Fiscalía: se presentó en la causa seguida contra la madre y la hermana del extinto fiscal general Alberto Nisman, Sara Garfunkel y Sandra Nisman, pidiendo su indagatoria y la fijación de gravosas medidas cautelares sobre sus patrimonios y sobre sus libertades personales. Est o ocurrió junto con el impulso de una campaña política de descrédito contra el fiscal Nisman y su familia por parte del gobierno nacional. Ese mismo día, la procuradora general transformó el traslado provisorio de Zoni, en definitivo.Asimismo, en una causa seguida contra el exsecretario de Comercio Interior Guillermo Moreno, y el extitular de la Comisión Nacional de Valores (CNV) 74 Alejandro Vanoli, en la que sus procesamientos por abuso de autoridad habían sido confirmados por la Cámara Federal porteña, el fiscal Zoni se rehusó a enviarlos a juicio oral y, a la vez, pidió el sobreseimiento de ambos y de los demás imputados en el proceso.También tiene espacio en esta galería la fiscal federal Paloma Ochoa, quien a poco de asumir solicitó la apertura de un sumario penal y propuso distintas medidas de prueba para investigar a Hernán Lombardi, por entonces ministro de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires, por presunto fraude al Estado y lavado de activos, en el marco de una causa en la que se analizaban diversas donaciones a favor de la Fundación Pensar, usina de ideas del PRO. El expediente judicial se inició a partir de una denuncia de la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), a cargo de Carlos Gonella, en una típica acción militante mancomunada entre dos integrantes de Justicia Legítima y que se concretó en los primeros días de octubre de 2015, pocos días antes del balotaje en la elección presidencial entre el PRO y el Frente para la Victoria.Además, y en el marco de múltiples ataques dirigidos desde el kirchnerismo contra el Juez Federal Claudio Bonadío, la fisc al Ochoa impulsó una acción penal contra dicho Magistrado por los procedimientos judiciales realizados en Santa Cruz en la causa “Hotesur”, y lo imputó por prevaricato, abuso de autoridad y malversación de caudales públicos, en tanto esos procedimientos habían sido llevados a cabo por la Policía Metropolitana. La imputación también alcanzó a funcionarios del Gobierno de la Ciudad. Ochoa no cejó ni siquiera cuando la denuncia fue desestimada por el juez federal Ariel Lijo, ya que la fiscal dedujo recurso de apelación contra esa decisión, que finalmente no fue sostenido por el Fiscal General ante la Cámara Federal145. Pablo Camuña, ex–CELS, pese a ser fiscal de delitos de lesa humanidad, pidió archivar la causa contra el General Milani por falta de pruebas, aleg ando que respondía a “cuestiones más políticas que procesales”146. Se ve así claramente que tanto los nombramientos como la actuación de estos fiscales en las causas del fuero federal, donde se dirimen cotidianamente intereses que afectan a miembros de los partidos políticos, han sido contrarios a la ley. La 145 Causa N.° 7221/15, Juzg. Fed.4. 146 Levinas, op. cit, págs. 314-315. inminente puesta en funcionamiento del sistema acusatorio en materia penal -que otorgará aún mayores poderes a los fiscales- exige más que nunca la presencia de funcionarios que garanticen la vigencia de l principio de objetividad en el ejercicio de esos cargos. De otro modo, no es posible que exista un juicio justo, el “debido proceso legal” que contempla el art. 18 de nuestra Carta Magna.Contra la indisciplinaHabía que cerrar el círculo de manera de evitar toques independentistas. Era necesario un régimen sancionatorio eficiente para los casos en que algún fiscal contraria ra la línea estricta de acción política del oficialismo. Para ello, además de las facultades disciplinarias, se deci dió incorporar “por sorteo” (que, naturalmente, no fue público) a dos militantes de Justicia Legítima como representantes del Ministerio Público Fiscal en el Tribunal de Enjuiciamiento: los Daniel Eduardo Adler, como titular, y Jorge Auat, como suplente. Los díscolos, que se ajustaran el cinturón: o se los sancionaba o se los amenazaba con el juicio político. Esto último fue precisamente lo que ocurrió con el fiscal federal de Jujuy, Domingo Batule, quien no acompañó la intención de encarcelar al imputado Carlos Pedro Tadeo Blaquier; y también con el Fiscal de Instrucción de Buenos Aires José María Campagnoli, quien investigó la ruta del dinero de Lázaro Báez. Como método ejemplificador, ambos fueron sometidos a enjuiciamiento147 sin que prosperara ningún proceso . Por decisión del Tribunal y por presión popular, en uno y otro caso. Otros fiscales no corrieron la misma suerte. 147 Resoluciones MP 2423/2013 y 2537/2013, respectivamente.