"Agregado 1 a la Separata Nro. 6"
(Actualizado al 22 de mayo del 2002).
"Evidencias sobre un probable falso testimonio de Adriana Calvo de Laborde; caso Silvia Muñoz"
En el expediente de la causa del ex juez Bagnasco están los documentos que aquí citamos.
La
testigo Adriana Calvo de Laborde muy probablemente habría incurrido en
falso testimonio en el caso de Silvia Muñoz, uno de los 12 retirados de
la causa en abril del 2000 por la Cámara Federal al resolver la
Apelación al Segundo Procesamiento.
Como veremos, comenzó declarando ante la familia y la CONADEP - en 1977 y 1984 respectivamente - que eera posible que Silvia no estuviera embarazada sino solo con un atraso, para afirmar luego en esta causa en 1998, bajo juramento de ley y reiteradamente en cuatro oportunidades, que esa mujer estaba embarazada.
Sus testimonios de 1977, 1984 y 1998 son una clase magistral de cómo un falso testigo construye una causa judicial, cambiando las versiones a lo largo del tiempo y lo más grave, sin que el juzgado se percate de ello cuando salta a la vista, algo inaceptable aunque sea por mera incapacidad.
Hay personas injustamente presas, que entre otras denuncias, al principio lo fueron concretamente por este falso testimonio (ver primer auto de procesamiento).
Este antecedente, documentado en el mismo expediente que labra el juez Bagnasco, afecta seriamente la credibilidad de la testigo en todos los demás casos en los cuales declara, en varios además como único y oportuno testigo. Veamos los detalles:
Como veremos, comenzó declarando ante la familia y la CONADEP - en 1977 y 1984 respectivamente - que eera posible que Silvia no estuviera embarazada sino solo con un atraso, para afirmar luego en esta causa en 1998, bajo juramento de ley y reiteradamente en cuatro oportunidades, que esa mujer estaba embarazada.
Sus testimonios de 1977, 1984 y 1998 son una clase magistral de cómo un falso testigo construye una causa judicial, cambiando las versiones a lo largo del tiempo y lo más grave, sin que el juzgado se percate de ello cuando salta a la vista, algo inaceptable aunque sea por mera incapacidad.
Hay personas injustamente presas, que entre otras denuncias, al principio lo fueron concretamente por este falso testimonio (ver primer auto de procesamiento).
Este antecedente, documentado en el mismo expediente que labra el juez Bagnasco, afecta seriamente la credibilidad de la testigo en todos los demás casos en los cuales declara, en varios además como único y oportuno testigo. Veamos los detalles:
1) En 1977 en una carta a la familia Muñoz, luego de ser liberada (hay copia en el legajo CONADEP), dijo:
Estimado señora y señor Muñoz:
Tengo el agrado de hacerle llegar por este medio, noticias de su hija Silvia. Yo estuve con ella por casi tres meses. Ante todo quiero aclararles que ella está muy bien de salud, tanto física como psíquicamente.
A mi me llevaron al mismo lugar donde estaba estaba ella , en el mes de febrero, allí convivimos durante casi dos meses. Posteriormente la trasladaron a otro lugar donde unos días despuÈs nos encontramos nuevamente y por último hubo otro traslado donde la llevaron a ella junto con otras chicas.
El trato en los dos lugares donde estuvimos juntas era bueno. Comíamos bien dos veces al día, más un mate cocido que casi todos los días nos traían los guardias, teníamos colchones y mantas para dormir..
.. Les cuento que es muy probable que sean abuelos de nuevo, porque tenía un atraso de dos semanas, todavía no había podido confirmarlo pero le prometieron hacerle un análisis.
En caso de confirmarse, el nieto llegará en septiembre. Ella dudaba porque se hizo sacar el espiral dos días antes de que la detuvieran, pero estaba realmente feliz con la posibilidad de ser mamá....
....Por último les pido que sean sumamente prudentes con esta carta, que la rompan enseguida de leerla y que no comenten detalles con nadie, se que comprenden los motivos.
Un beso grande que es como si se los diera Silvia y mucha paciencia.
Fdo: Manuela (seudónimo).
2) En 1984 ante la CONADEP expresó que:
" ....Silvia Muñoz, oriunda de Mar del Plata, detenida en La Plata en la calle, creo que el 23 /12/76, pasó por Arana. El 12/2 ya está en la 5ta. El 1/4 la llevan a Banfield de donde la trasladan el 25/4. Suponía que estaba embarazada y pidió se lo informara a los padres, es posible que fuera solo un atraso (bastante posible por las condiciones). Su estado era bueno"
3) En la declaración Testimonial del 6/10/98 ante el Juez Bagnasco - Titular del Juzgado Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nro. 7 y su Secretario Actuante, Adriana Calvo de Laborde afirma cuatro veces su certeza del embarazo de la Muñoz, entre otras cosas atestigua bajo juramento de ley:
"...El doce de febrero, fue trasladada junto con un gran contingente de detenidos, a la COMISARIA 5° de la ciudad de La Plata. Allí encontró a otra cantidad de mujeres secuestradas, y entre ellas había tres embarazadas, SILVIA MUÑOZ - embarazada de pocos meses - ...."
"...Que el 1° de abril hay un traslado masivo de la Comisaría 5° , y en ese traslado se llevan a las otras dos embarazadas que nombró, que eran MARIA ADELIA GARIN y SILVIA MUÑOZ.....
"....Que allí se reencontró con prácticamente toda la gente que había sido trasladada de la COMISARIA QUINTA DE LA PLATA, por lo que se volvió a reencontrar con SILVIA MUÑOZ y MARIA ADELIA GARIN quienes continuaban embarazadas..."
"...El 23 de abril de 1977, se produce un traslado masivo de BANFIELD, donde se llevan a MARIA ADELIA GARIN, y a SILVIA MUÑOZ, quienes continuaban embarazadas..."
"Agregado 2 a la Separata Nro. 6"
(Actualizado al 22 de mayo del 2002).
“Copia partes importantes de los testimonios de Scilingo ante el juez Literas y la opinión del Fiscal sobre su falta de credibilidad”
El ex juez Bagnasco procesa por el caso de Liliana Clelia Fontana a personal militar y de PNA de la ESMA, basándose exclusivamente en el testimonio del ex marino dado de baja de la Armada, Adolfo Francisco Scilingo, única persona que atestigua haberla visto en dicha escuela y que haya dado allí a luz a fines de 1977. Por otra parte, ninguno de los muchos testigos ex prisioneros de ese lugar que han declarado en la causa ha manifestado tal cosa, pese a que Èl sostiene haberla visto en el lugar de alojamiento de esos detenidos.
En realidad Bagnasco se basa en un testimonio anterior de Scilingo ante el juzgado entonces del Dr.Literas, cumplido entre los días 28/7, 30/7 y 1/8 del año 1977 e incorporado un año despuÈs a esta causa, adonde no declara por estar ya detenido en España.
En este Agregado 2 expondremos las partes de ese testimonio referidas al caso concreto de Liliana Clelia Fontana y agregando las correspondientes al de Vázquez de Lugones - por el cual el juez no procesa – por ser tan parecidas a las primeras que parecen responder a un libreto previamente armado, aparte de bordear el disparate en sus dichos.
Veremos además, como el Secretario de Juzgado de Literas actuante en esa oportunidad descalifica totalmente el contenido de este testimonio, al final del mismo. Todo lo aquí sintetizado, está contenido entre las fojas 1206 a 1225 v. de esta causa. En los casos con comentarios nuestros, estarán entre parÈntesis y en itálica.
Del testimonio:
" Día 28/7/77. “Interrogado para que manifieste que otros datos puede aportar respecto a las mujeres que dieron a luz estando detenidas en la ESMA, María Vázquez Ocampo y Liliana Clelia Fontana:
“Manifestó: que no puede aportar más datos que los ya señalados, más que afirmar nuevamente que estuvo personalmente con las mujeres”.
" “Preguntado para que manifieste como llegó a identificar a esta personas:
“Explica: que estando detenido (en 1976 por estafa en banda), familiares y allegados a las "Abuelas de Plaza de Mayo" le hicieron llegar fotografías de mujeres embarazadas y detenidas durante el gobierno militar, pudiendo identificar a ellas. Que dichas fotografías no las conservó, sino que las devolvió a las personas que se las presentaron, pero piensa que las podría volver a obtener para aportarlas a la causa. Expresa que le acercaron más de veinte fotografías , reconociendo solamente a las mencionadas”.
" Día 30/7/77. “Interrogado para que manifieste por que medios el declarante obtiene información sobre las actividades desplegadas por el Grupo.
“El declarante expresa: que se desempeñó como Jefe de Electricidad y Automotores de la ESMA, pero además dependía del Grupo de Tareas, Jefe de logística, porque los vehículos y las tareas de mantenimiento elÈctrico correspondiente a los lugares del Grupo, eran de ellos. El Grupo operaba físicamente en el edificio de Oficiales de la ESMA.”
“Siguiendo con el curso de la declaración, el compareciente refiere: que conoció a las embarazadas porque las mismas estaban alojadas en el lugar de detención de todos los detenidos. Ese lugar era el altillo. Que ni bien se ingresaba al altillo había una especie de hall y enfrente, dando hacia Av. Del Libertador, había tres habitaciones de servicio donde estaban las embarazadas y a la derecha el resto de los detenidos”.
" “Preguntado para que manifieste como identificó a las mujeres detenidas mencionadas en la denuncia:
“Expresa: que las reconoció por fotos que le acercaron. Que le acercaron muchas fotos y solo reconoció a algunas. Que las fotos que le exhibieron le fueron presentadas por abuelas que estban buscando a sus nietos. A la primera que identificó es a Vázquez Ocampo, que el declarante la vio tres o cuatro días despuÈs de llegar a la ESMA (según Èl en diciembre de 1976, según legajo de la Armada reciÈn fue de pase a ese lugar en febrero de 1977). Esta chica estaba vestida con un camisón y desabillÈ floreado, y la chica salía de la habitación para ir al baño, oportunidad en la que se cruzó con el declarante que había ido a hacer un mantenimiento de ventiladores (concretamente: ¿dice que la vio una vez cruzándola en un pasillo en diciembre de 1976, estando ella embarazada y dice recordar sus facciones y reconocerla veinte años despuÈs por una foto anterior a su desaparición en mayo de 1976?).
“Sigue Scilingo: que toma conocimiento en el comedor que la mujer tuvo familia. Que este dato se lo comentó un mÈdico odontólogo, del que no puede precisar el nombre por no acordárselo.
" “Preguntado para que diga como sabía que la mujer que había dado a luz , de acuerdo a los dichos del odontólogo, era la mujer a la que precedentemente hiciera referencia:
“Expresa: que lo sabía porque la mujer que viera el declarante era la única que se encontraba en condiciones de dar a luz, en ese momento en la ESMA (¿Dice saber que esta mujer que solo cruzó una vez vestida con desabillÈ era la única próxima al parto, en base a su experiencia tÈcnica electricista, lo cual además implica que "se cruzaba con todas las demás embarazadas en el pasillo y pudo comparar cada caso?). Que el odontólogo le manifestó que era un varón".
" “Preguntado para que manifieste si pudo constatar de algún modo fehaciente que "a mujer" que había dado a luz era la que ahora señala como Vázquez Ocampo:
“Contesta: que de la única forma que lo sabe es porque era la única mujer embarazada próxima a tener familia que se encontraba en el momento detenida. Que a esa mujer no la vio más”.
" “Sigue Scilingo: que en cuanto a Lilia Fontana, explica que entre las fotos que le fueron exhibidas, el declarante señaló a una chica que "de acuerdo a lo que se le dijo posteriormente" , no podía ser porque de acuerdo a los datos trascendidos, había estado detenida reciÈn en el año 1978. Pese a ello, tiempo despuÈs un señor (¿QuÈ señor, quien, un señor anónimo? ) le acercó al declarante, a travÈs de su esposa, dos fotografías de la misma mujer embarazada, la misma que había reconocido pero le habían dicho ser una presa del 78, corroborando esta persona (¿el señor anónimo?) que efectivamente Fontana había estado detenida en 1977, "por lo que la información del declarante era correcta".
" “Sigue Scilingo: que con relación al nacimiento de la "nena" de Fontana, explica que no recuerda bien quien se lo contó, no sabe si fue en alguna oportunidad en que concurriera a la ESMA o que se lo contara el Dr. Hermelo (ya se había ido de la ESMA a otro destino, pero sostiene estar allí de visita cuando "se lo cuentan") .
" “Preguntado para que diga como sabía que la "nena" era hija de la que hoy identifica como Fontana:
“Explica: que era la nombrada la única embarazada en ese momento (¿repite para un hecho supuestamente ocurrido un año despuÈs , la misma difusa explicación dada en el caso Vázquez Ocampo, casi calcada? Es de destacar que ninguna testigo ESMA vio nunca a Vázquez ni a Fontana).
" Día 1/8/77. “A continuación el declarante reconoce: que con anterioridad a las presentes declaraciones, fue trasladado al Juzgado Federal Nro.1 de la Dra. Servini de Cubría, a fin de testificar respecto a hechos similares a los investigados en la presente causa, siendo que por esa fecha el declarante no se encontraba en condiciones ni de recordar ni de declarar nada. Ello es así porque se encontraba detenido y amenazada su familia. (En buen romance tiempo antes declaró bajo juramento no saber nada de embarazadas y luego recordó de todo ante Literas y hasta por fotos de veinte años antes ¿QuÈ remedio mágico habrá incentivado su memoria?)
" A fojas 1225, hay constancias de que la esposa de Scilingo compareció para certificar en una causa sobre Fontana, diciendo que su marido habría reconocido fotos presentadas por Fontana padre.
" A fojas 1225 v. , hay constancias que la abogada de Abuelas Alcira Elizabeth Ríos (múltiple función: es testigo de la causa como ex detenida y además empleada de las Subs. de DDHH, por otro lado ejemplifica dos casos de devolución de menores en sus hijos cuando estuvo desaparecida ella) fue la que le entrego el collage de fotos a la esposa de Scilingo, para que se las llevara a la cárcel para reconocimiento de embarazadas (le habrá dado tambiÈn el "remedio mágico" para incentivar la memoria).
" Finalmente, a fojas 1225 v. el Secretario Federal actuante expresa textualmente en referencia a los anteriores testimonios: “no obstante haber sido citado Scilingo, ninguna información cierta ha sido aportada por el mismo”
Comentario final:
Al parecer el juez Literas pensó igual; pero cuando un año después este testimonio pasó al expediente de Bagnasco, este último le asignó un gran valor, tanto como para procesar a doce militares por solo esta absurda "semiplena prueba" sobre el caso Fontana y tener detenidos a diez de ellos por ya casi tres años.
¿Qué le pasaría en la universidad a un estudiante de abogacía de primer año, que en una examen práctico sostuviera la validez de este testimonio, para fundar un procesamiento y prisión preventiva?.