martes, 10 de noviembre de 2020

CAPÍTULO 7-EL COPAMIENTO DEL MINISTERIO PÚBLICO. GILS CARBÓ Y LAS ESPADAS DEL CELS

EL PACTO QUE TRANSFORMÓ A LA ARGENTINA


CAPÍTULO 7 

EL COPAMIENTO DEL MINISTERIO PÚBLICO. 

GILS CARBÓ Y LAS ESPADAS DEL CELS  

 

El Ministerio Público Fiscal -o Procuración General de la Nación, como también se lo conoce- constituye un organismo clave para el servicio de Justicia. Sus atribuciones y competencias son de gran importancia, ya que es el titular de la acción penal, decide ante cualquier denuncia si hay mérito o no para instruir una causa, es el custodio de la legalidad de todo proceso, puede realizarinvestigaciones preliminares y formular acciones contra las personas que decida, y si en alguna causa dictamina en el mismo sentido que la defensa , ello en general basta para que los jueces acepten el criterio común. Estas facultades se verán próximamente ampliadas a consecuencia de la reforma de sus funciones, ya aprobada por el Congreso para ser aplicada en todo el país. La designación de Alejandra Gils Carbó como procuradora general de la Nación fue impulsada personal mente por Cristina Kirchner. Verbitsky, por su lado, hizo nombrar en este organismo clave a varios de los principales abogados del CELS, consolidando la toma del Ministerio Público Fiscal por parte de la militancia de esa organización y de Justicia Legítima.

  

Se trataba y se trata de ejecutar una política de persecución penal contra quienes sean considerados opositores al Gobierno, y al mismo tiempo de proteger a los integrantes o amigos del poder kirchnerista involucrados en causas penales, impulsando la acción en aquellos casos o renunciando a ella en estos últimos.“Lo nuestro es crear políticas”“Lo nuestro es crear políticas”, dijo el director ejecutivo del CELS , el santacruceño Gastón Chillier. Una afirmación que luce pretenciosa, aunque en realidad es modesta, ya que de hecho el organismo no solo crea políticas, sino que también impone a sus ejecutores. En efecto, el CELS, que desde hace más de 20 años preside Verbitsky, ubicó en la Procuración General a sus dos principales espadas, a fin de impone r sus designios políticos en este ámbito de servicio de la justicia de la Nación: Víctor Abramovich y Carolina Varsky. Y también ubicó allí a Pablo Parenti, José Alberto Nebbia, Miguel Ángel Palazzani, Pablo Camuña, así como a otros que, increíblemente, pasarían de su especialidad y desempeño como acusadores particulares en juicios de lesa humanidad, nada menos que a magistrados fiscales de muy alto rango y, por ende, representantes del Estado por la acusación en dichos juicios. Judith König fue nombrada directora de la oficina de Investigación Económica y Análisis Financiero de la Procuración General de la Nación, “área clave en la agenda-legado de Verbitsky”94 como señaláramos antes al analizar el plan de persecusión a empresarios.Ya se ha dicho con meridiana claridad: en el ideario de estos militantes no debe haber imparcialidad en la justicia. Mil quinientos nuevos empleados y un nuevo sindicato Además de la creación ilegal de cargos y nombramientos en calidad de magistrados fiscales , Gils Carbó le s umaría al Ministerio Público más de 1.500 empleados en todas sus estructuras. No interesaba si eran idóneos para la función o no lo eran, ni era necesario que cumplieran con una carrera administrativa que permitiera el ascenso a estos lugares clave, solo interesaba su militancia. Esta masiva incorporación de personal, además, tenía también un propósito en el plan de copamiento del Ministerio Público Fiscal. Se trataba de la creación de un nuevo sindicato de cuño kirchnerista, que nucleara a los empleados judiciales tanto del fuero federal como de la justicia de la Ciudad de Buenos Aires. Es que la histórica Unión de Empleados de la Justicia, conducida por Julio Piumato, no terminaba de sumarse al nuevo proyecto.Así, por Resolución N.° 282/2015 del Ministerio de Trabajo nació el Sindicato de Trabajadores Judiciales (SITRAJU), un nuevo espacio gremial conformado por los trabajadores del Poder Judicial de la Nación, del Consejo de la Magistratura, del Ministerio Público Fiscal de la Nación y del Ministerio Público 94 Levinas, op. cit., pág. 257. de la Defensa de la Nación. Un ámbito donde los nuevos empleados habrían de cobijarse en búsqueda de una mayor protección. Un Ministerio Público paralelo: las designaciones ilegales. A poco de asumir como procuradora, Gils Carbó hizo pública su pertenencia a Justicia Legítima, y se convirtió en una de sus principales referentes e impulsoras. Encabezó la primera solicitada de esa agrupación, publicada en el diario Tiempo Argentino el 11 de diciembre de 201295. La primera decisión que adoptó fue la designación de la Dra. María Alejandra CordoneRoselló96 ante la Corte Suprema de Justicia de la Nación97. Fue la propia Corte Suprema, en la sentencia del caso “De Martino”98, la que declaró la ilegalidad de la resolución de la Procuradora General, violatoria del art. 11 de la Ley Orgánica del Ministerio Público 24946. A partir de allí, Gils Carbó comenzó a lanzar resoluciones, en su gran mayoría violatorias de la Ley Orgánica del Ministerio Público, designando a integrantes de la agrupación Justicia Legítima en detrimento de otros funcionarios y/o magistrados que, por no pertenecer a ella, quedaban fuera de toda posibilidad de ascenso o consideración, a pesar de su currículum o carrera judicial previa a los pocos días de iniciada la vida de Justicia Legítima, designó a dos secretarios de Fiscalía -adherentes a esa agrupación política- como fiscales99: Juan Murray, para que se desempeñara en carácter de fiscal federal subrogante en Rosario, y Federico Reynares Solari, en carácter de fiscal ad hoc, para intervenir en forma conjunta o alternada en todas las causas de la misma Fiscalía de Rosario. Cabe señalar que la posibilidad de actuar “alternadamente” significa que lo puede hacer en solitario, sin la intervención del titular, en abierta violación al art. 33, g, de la Ley Orgánica del Ministerio Público. Años después, sin que Murray modificara su condición de secretario de la Fiscalía Federal, fue designado por Gils Carbó como coordinador de la Unidad 95 http://chequeado.com/justiciapedia/wp-content/uploads/2015/01/Justicia-Leg%C3%ADtima-Solicitada.pdf96 Nota del editor: en adelante, se resaltan en negrita los nombres de los miltantes del CELS o de Justicia Legítima. 97  Resolución PGN 30/12. 98 Causa “De Martino, Antonio Conrado s/presentación”, del 14/8/13, D 204. XLIX, PVA; Fallos: 336:1172. 99 Resolución MP 682/12. Fiscal para la Investigación del Atentado a la sede de la AMIA100, de vital importancia para el kirchnerismo luego de las denuncias del fiscal Nisman ante el pretendido acuerdo con la República Islámica de Irán. Gils Carbó designó también a la Dra. Cecilia A. Kelly como fiscal ad hoc101 para intervenir, nuevamente, en forma conjunta o alternada, junto al fiscal Martín Niklison, en la Fiscalía de Instrucción N.° 9, lo cual violaba la LeyOrgánica del Ministerio Público y las normas relativas a las subrogancias demagistrados fiscales. Simultáneamente, creó el Programa del Ministerio Público Fiscal sobre Políticas de Género con cuatro cargos de fiscal102, en los que colocó a funcionarios militantes de Justicia Legítima: Romina Pzellinsky, María Luisa Piqué, María Paloma Ochoa y Juan Pablo Terminiello, para que actuasen en fo rma conjunta o alternada, en causas sobre violencia de género. Ignoraba así las funciones que en esa materia venía desempeñando la Fiscalía General de Política Criminal, cuya titular, la Dra. Mary Beloff, había obtenido su designación mediante concurso público de antecedentes y oposición. Pocos días después designó como fiscal general subrogante, ante la Cámara Federal de Mendoza, al Dr. Dante Vega103, que era secretario de Fiscalía, en detrimento de los fiscales de la jurisdicción. Se beneficiaba de esta manera a quien coincidía en su militancia en Justicia Legítima con la procuradora general. El impulso de nombramientos no se detendría. Patricia Nélida Santoni (abogada de la matrícula, incluida en la lista de cofiscales, también militante de Justicia Legítima) fue ubicada como fiscal general subrogante ante los Tribunales Orales Federales de Mendoza, nuevamente, despreciando a los fiscales de primera instancia de la jurisdicción, en obvia violación a los reglamentos vigentes.Y, en su apetito de creación de nuevos cargos para ubicar miembros del CELS y de Justicia Legítima, creó la Procuraduría de Criminalidad Económica y Lavado de Activos (PROCELAC), como madre de varias estructuras de persecución penal dependientes de ella: lavado de activos y financiamiento del terrorismo; fraudes económicos, bancarios y en el mercado de capitales; delitos tributarios y 100 Resolución PGN 285/15.101 Resolución MP 726/12. 102 Resolución PGN N° 681/12. 103 Resolución MP 906/12.aduaneros; delitos contra la administración pública, y concursos y quiebras. En todas, como de costumbre, ubicó a sus militantes104. Al titular de la PROCELAC le dio la potestad de “intervenir como fiscal principal o coadyuvante en los casos que versen sobre hechos de la competencia de las áreas operativas de la Procuraduría, en todas las instancias...”. Esto implicaba pasar nuevamente por encima de la Ley Orgánica del Ministerio Público que le fijaba en su art. 33 un límite a sus atribuciones que como vemos nunca respetó.Los fiscales coordinadoresLa tarea de Gils Carbó siguió adelante. Dispuso que, a cargo de las distintas áreas operativas de PROCELAC, se designaran coordinadores, a los que, entre otras funciones, facultó para intervenir como fiscales ad hoc en casos que versaran sobre la especialidad de sus áreas operativas, en todas las instancias105. Finalmente, habilitó un cargo de fiscal general y designó para desempeñarlo a un secretario como Fiscal General de la PROCELAC106. Así, puso a cargo de la Procuraduría, creada ilegalmente, al Dr. Carlos Gonella, desplazando al Dr. Raúl Plee, uno de los fiscales de mayor trayectoria y eficiencia en el combate contra el narcotráfico y el lavado de activos, de larga y meritoria trayectoria en el Poder Judicial.Gonella se encargó, a los pocos meses de designado, de desviar la investigación del lavado de dinero de la corrupción kirchnerista más importante de los últimos años, como se mostrará más adelante. Gils Carbó designó como coordinadores de las distintas áreas operativas de la PROCELAC a varios funcionarios, ninguno de ellos magistrado fiscal. Así, en el área de Lavado de Dinero y Financiamiento del Terrorismo designó al prosecretario Omar Gabriel Orsi, quien con Gonella se encuentra procesado por el delito de prevaricato. 104 Resoluciones PGN 914/12 y 915/12.105 Resolución PGN 914/12.106 Resolución PGN 915/12.

En áreas tan sensibles como la de Delitos Tributarios y Contrabando, o la de Delitos contra la Administración Pública, designó como fiscales los secretarios Juan Pedro Zoni y Milton Khaski, también integrantes de Justicia Legítima. Un caso especial y digno de mención es el de la designación del Pedro Biscay, quien no revistaba en el Ministerio Público Fiscal, como coordinador del área de Fraud e Económico y Bancario. En este caso, la procuradora decidió autorizar la contratación bajo la modalidad de relación de dependencia en un cargo equiparado al de subsecretario letrado de la Procuración General, creado a su vez en esa misma resolución, desig nando al Dr. Biscay como fiscal ad hoc. Es decir, incorporó al Ministerio Público Fiscal a un abogado de la matrícula mediante un sistema especial de contratación para investirlo de la condición de fiscal, a fin de impulsar acciones penales y actuar en todas las instancias. Como demostración concreta de la creación de cargos de fiscales mediante resoluciones firmadas por Gils Carbó sin ley que lo autorice, vale remitirse también a las designaciones como fiscales federales de los abogados Miguel Ángel Palazzani (DNI 20.417.109) y José Alberto Nebbia (DNI 28.782.127)107 para intervenir en carácter de fiscales ad hoc, en forma conjunta o alternada, en la totalidad de las actuaciones por crímenes de lesa humanidad en trámite en la jurisdicción de la Cáma ra Federal de Bahía Blanca, sin distinción de instancias.Estos abogados no habían participado de concurso alguno para alcanzar esas magistraturas, ni tampoco formaban parte de la dotación del Ministerio Público Fiscal, sino que ejercían su profesión de manera privada; el primero de ellos, en la provincia de La Pampa, y el segundo en la Capital Federal y en la provincia de Buenos Aires. Ambos eran miembros del CELS y de Justicia Legítima, y acompañaban a Carolina Varsky como querellantes en los juicios de lesa humanidad108. Ahora volverían a ellos, pero como fiscales. Otro método utilizado como excusa para ese fin, esto es, la designación de más y más fiscales de la agrupación Justicia Legítima, fue la creación de nuevas estructuras. Así ocurrió con la instaur ación de la Procuraduría de Violencia Institucional (PROCUVIN)109, en la que colocó como fiscal a cargo al secretario de la Fiscalía ante la Cámara Federal de Bahía Blanca, Abel Darío Córdoba110, a 107 Resolución MP 407/13,108 O’Donnell y Melamed, op. cit., pág. 250.109 Resolución PGN 455/13. 110 Resolución PER 456/13. 57 quien le dio facultades para “intervenir como fiscal principal o coadyuvante en los casos que versen sobre hechos de la competencia de la Procuraduría, en todas las instancias...”. A esta altura de lo narrado, no es necesario ya volver a remarcar la ilegalidad de tal decisión. La procuradora designó también a Pablo Miguel Pelazzo como fiscal federal subrogante ante la Justicia Federal de Jujuy111. Pelazzo, como tantos otros, venía del CELS. Como puede verse, Gils Carbó creó, verdaderamente, un Ministerio Público Fiscal Paralelo, en el que el ejercicio de la acción penal (y su defección) quedó en manos de funcionarios o abogados contratados para cumplir funciones en la Procuración General que, en todos los casos, integraban las filas de la agrupación Justicia Legítima y/o el CELS. Rebelde con causa: una voz contra las ilegalidades Las resistencias opuestas individualmente por varios afectados por todo este manejo, las declaraciones y acciones emprendidas tanto por la Asociación de Magistrados como por la Asociación de Fiscales y Funcionarios del Ministerio Público Fiscal, lograron frenar parcialmente el proceso invasivo planificado por el CELS y Justicia Legítima. Sin embargo, una voz cara a ellos y a las organizaciones que los secundan se alzaría contra sus planes. La fiscal Mirna Goransky actuó en el segundo juicio dirigido contra efectivos de la Marina destinados en la ESMA. Se estaba preparando ya un tercero con 65 imputados, por lo que, para abreviarlo, el Tribunal ordenó dar por reproducidos los testimonios del anterior proceso. Obviamente, esto impedía que las defensas pudieran repreguntar a los testigos. Pero Goransky se opuso con firmeza: “Esta propuesta no es un juicio constitucional -dijo -, no se están respetando las garantías. Por lo tanto, este juicio es nulo”, sentenció. Además, agregó, “uno no puede tolerar que en un juicio haya personas con prisión preventiva que están en esa situación por los desaguisados del expediente que nadie se ha preocupado en reparar”. Para ella, las organizaciones derecho humanistas habían decidido ser cómplices de esas ilegalidades112. 111 Resolución MP N° 1848/14.112 O’Donnell y Melamed, op. cit., pág s. 251/252.
Las organizaciones acudieron de inmediato a ver a Gils Carbó. Goransky renunció a continuar como Fiscal en dicho juicio y volvió a la Fiscalía de Saavedra. El juicio se reanudaría sin ella. Pero Mirna Goransky no era una fiscal más para Verbitsky. Es la cónyuge de Martín Abregú, exdirector ejecutivo del CELS y luego director regional de la Fundación Ford, principal donante de la organización. Poco tiempo después, Goransky se dirigió a Gils Carbó para reprocharle el nombramiento de fiscales ad hoc o subrogantes: “Estos nombramientos son ilegales, y es grave porque dejan el antecedente de que se está actuando discrecionalmente, nombrando a cualquiera en cualquier lado (...) . Fueron puestos ahí a dedo, sin ningún antecedente, sin atravesar procesos de selección, y están ahí para bancar reformas que son movidas de ellos”113. 113 O’Donnell y Melamed, op. cit., pág s. 252 /255.