domingo, 27 de julio de 2014

Soy una víctima de los gestores

Soy una víctima de los gestores

julio 26, 2014
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En una nueva muestra del amplio catálogo de las miserias humanas, el Vicepresidente de la Nación, licenciado Amado Boudou, fue imputado por el delito de falsificación de instrumentos públicos, ardid del cual se valió para intentar evadir la rendición de cuentas con su ex esposa de un automotor de carácter ganancial que pretendió hacer pasar como propio declarándolo como tal.
En conmovedora declaración, probablemente asesorado por su abogado -el ex delincuente de armas llevar Dr. Jacobo Grossman-  aseguró ser víctima de los gestores que se encargaron del trámite, a quienes no conocía y que habían sido contratados por su ex pareja.
A consecuencia de su dolosa conducta se encuentra a las puertas de un nuevo procesamiento y ante esta posibilidad no se le ha ocurrido mejor excusa que declarar su inocencia delegando la responsabilidad en los gestores.
Este infantil argumento podría ser aceptado en la salita rosa de un jardín de infantes o en alguna reunión de la agrupación La Cámpora, pero en modo alguno es un comentario digno siquiera de ser tenido en cuenta. Y hago votos porque el Juez instructor cumpla con su magisterio y dicte el lógico procesamiento de nuestro Vicepresidente.
No hay duda alguna de que a los gestores puede caberles responsabilidad en la maniobra, pero si así fuere, lo serian en grado de cómplices con el cliente que, como autor ideológico, les encarga el trámite de registración “con fecha antidatada”. Resulta impensable suponer que alguien que compre un automotor desconozca la obligatoriedad de suscribir el correspondiente formulario “08” y en forma simultánea certificar su firma, sea estampándola en el Libro pertinente, por ante un Escribano Publico o bien concurriendo personalmente y firmando ante el Funcionario encargado del Registro de la Propiedad Automotor.

No cabe otra posibilidad

Terminado el trámite le será entregada la cédula verde que acredita titularidad registral. De la misma surgen con claridad meridiana todos los datos identificatorios del vehículo y, fundamentalmente, la fecha de toma de razón que acredita en qué momento nace el derecho de propiedad. Es acá donde se produce la mayor incongruencia que prueba, por otra parte, que el objetivo de la maniobra era demostrar que la “compra” había sido efectuada antes del matrimonio del reo.  De otro modo, al constatar la fecha “errónea” el imputado debería haber iniciado de inmediato el correspondiente trámite de rectificación de asiento. Sin embargo, no sólo que no lo hizo sino que se valió de esa fecha trucha para incorporar el bien a su patrimonio en carácter de propio, es decir adquirido antes de su casamiento.

Y como conclusión caben varias preguntas:

¿Ignoraba el Sr. Boudou que poseía un automóvil que “fuera registrado” a su nombre antes de haberlo adquirido?
¿Nunca le llamó la atención ese pequeño detalle?
¿Ignoraba el Sr. Boudou que el automóvil se registró a su nombre pese a que jamás firmó formulario 08, ni concurrió a certificar su firma ni en una Escribanía ni en un Registro de la Propiedad Automotor?
¿No le pareció extraño encargar el trámite a unos gestores desconocidos y que sin entregarles documentación ni formulario 08 apareciera poco después registrado a su nombre? ¿Y con dos años de antigüedad?
Licenciado Boudou, la disipada y licenciosa vida que Ud. orgullosamente declara no es compatible con el importante cargo que el azar le deparó.
Basta de burlas, asuma su responsabilidad de una vez por todas y aténgase a las consecuencias de sus desvaríos.