1.¿Cumplen los sindicatos actuales con la Doctrina Católica? (Nacionalismo Católico NGNP)
"El
sindicato se mantendrá en los límites de su finalidad esencial, cual es
la de representar y defender los intereses de los trabajadores en los
contratos de trabajo" (Pío XII)
LA ORGANIZACIÓN SINDICAL
Entre los derechos esenciales de la persona humana se encuentra el de reunirse y asociarse con fines útiles. En el orden económico también encuentran estos derechos amplio márgen de aplicación, al igual que en lo social, lo político y lo cultural. Una de las formas de asociación económica más típica es la de las organizaciones sindicales, surgidas como consecuencia de la cuestión social. Corresponde, pues, establecer cuál es la naturaleza y fundamento de los sindicatos, cuáles son los principios básicos que han de ser contemplados en su estructuración y actividad.
Entre los derechos esenciales de la persona humana se encuentra el de reunirse y asociarse con fines útiles. En el orden económico también encuentran estos derechos amplio márgen de aplicación, al igual que en lo social, lo político y lo cultural. Una de las formas de asociación económica más típica es la de las organizaciones sindicales, surgidas como consecuencia de la cuestión social. Corresponde, pues, establecer cuál es la naturaleza y fundamento de los sindicatos, cuáles son los principios básicos que han de ser contemplados en su estructuración y actividad.
NATURALEZA
El derecho natural de todo hombre a
asociarse para el mejor logro de su plenitud personal y social, tiene
particular vigencia en el plano de las relaciones económicas. Tal esla
razón que fundamenta la existencia del sindicato como organismo o
institución socio-económica.
Es, por esencia, una asociación o
movimiento de los trabajadoresque tiene por finalidad propia la defensa
de los intereses socio-económicos de sus miembros.
Si bien la finalidad inmediata del
sindicato es la protección de los trabajadores en lo que respecta a las
relaciones laborales, su campo de acción incluye todas aquellas
actividades que hacen a la vida más plena de sus miembros, plenitud de
vida que incluye principalmente las actividades sociales, culturales,
morales y religiosas de la persona. Así lo ha entendido siempre la
Iglesia. "Esto supone como condición fundamental que el sindicato se mantendrá en los límites de su finalidad esencial, cual es la de representar y defender los intereses de los trabajadores en los contratos de trabajo" (Pío XII, Alocución del 11-3-45). "Tal
es la alta finalidad del movimiento de trabajadores crtistianos, aunque
éste se divida en uniones particulares o distintas, de las que unas se
dedican a la defensa de sus legítimos intereses en los contratos de
trabajo, cosa que es oficio propio de los sindicatos; otras, a las obras
de asistencia mutua en el campo económico como las cooperativas de
consumo; y otras, por fin, al cuidado religioso y moral del trabajador
como son las asociaciones obreras católicas"(Pío XII).
Las organizaciones o uniones sindicales
son instituciones de derecho privado, de acuerdo a su naturaleza propia.
No obstante resulta innegable reconocerles una proyección de gran
trascendencia como fuerzas ordenadoras de las relaciones sociales y, en
particular, laborales. Por eso reconoce Pío XII que: "El sindicato ejerce naturalemente un influjo sobre la política y sobre la opinión pública" (11-3-45)
(Continuará...)