Acta testimonial del único testigo del “Caso Angelelli”
Siguiendo
con el post anterior, donde se planteaba el resumen judicial del “Caso
Angelelli”, presentamos ahora este documento que, hasta el momento, se
encontraba inédito en la web, que sepamos.
Se trata de la declaración del único testigo presencial del accidente que terminó con la vida de Mons. Angelelli.
En los fundamentos de la sentencia judicial,
durante la farsa de los actuales “juicios de lesa humanidad”,
naturalmente, se la pasó por alto sin darle demasiada importancia y con
un breve: “dicha prueba pierde fuerza convictiva al ser contrastada con
la producida en el debate”.
Para acceder a la declaración completa, hacer clic AQUÍ
Que no te la cuenten…
P. Javier Olivera Ravasi
Abogado
Dr. en Historia
Dr. en Filosofía
ACTA de NACUZZI
Único testigo presencial del “Caso Angelelli”
En
la Ciudad de la Rioja, a los veintisiete días del mes de setiembre de
mil novecientos ochenta y ocho, el que suscribe RAUL ANTONIO NACUZZI, LE
6.713.162, de profesión electromecánico, de estado civil casado,
declaro:
- Que quiero dejar constancia de haber sido testigo presencial del accidente que sufriera Monseñor ANGELELLI, y por este medio desvirtuar los rumores y escritos aparecidos en los diarios, en los que se indica que el Obispo fue asesinado.
- Que con anterioridad, el día 26 de diciembre de 1983, ante un llamado público realizado a la población por el Sr Obispo de La Rioja, Monseñor WITTE se presentó al mismo relatándole los hechos tal cual ocurrieron en el momento del accidente. Que el Sr Obispo en esa oportunidad le recepcionó la información agradeciendo la misma.
- Que en Agosto de 1986, el Dr JUAN GARLOS ROMANAZZI, por indicación del Sr. Obispo, lo invita a acompañarlo al Obispado donde se entrevista con el Sr Obispo y el Sr Juez del Crimen Dr. ALDO FERMIN MORALES, con quien queda conversando después que el Sr Obispo y el Sr Romanazzi se retiran, al que expone la totalidad de los hechos presenciados quedando a la espera de acuerdo a lo indicado de ser citado ante el Juzgado para ratificar todo lo dicho en el Obispado. Lo que no ocurre.
- Que posteriormente recibió ofrecimientos de dinero y amenazas para que no dijera lo que sabía, reiterándose el 18 de agosto por última vez en oportunidad en que telefónicamente ofrecen la suma de cincuenta dólares.
- Que se entrevista por última vez con el Sr Obispo de la Rioja el 27 de Setiembre de 1988.
- Que el accidente se produce de la siguiente manera:
En
Agosto de 1976, habiendo sido mandado por la Dirección de Energía
Eléctrica de la Provincia de la Rioja, por orden del Sr Jefe de
Distribución Ingeniero COPARI a efectuar la reparación de la línea de
alta tensión que une la localidad de PATQUIA con CHAMICAL, en carácter
de Jefe de Redes y Subestación, se encontraba encaramado en el poste
siguiente del lugar en que se produce el accidente en dirección hacia
PATQUIA, realizando la comprobación de la línea.
En esa oportunidad, el chofer del vehículo se había dirigido a PATQUIA para desconectar el transformador.
Estando
encaramado en el poste vio la aproximación de un vehículo FIAT
multicarga color claro que aproximadamente en el Km 1057 de la Ruta Nac.
Nro. 38, se desvía lentamente hacia la derecha sin disminuir la
velocidad, recorriendo más de 100 ms con las dos ruedas derechas sobre
la banquina, alejándose del centro de la ruta, hasta que en determinado
momento el conductor en una brusca maniobra, como si se despertara,
trata de volver al centro de la ruta, oportunidad que escucha el
reventón de la cubierta, un giro hacia la izquierda, apertura de puerta
derecha, expulsión de un cuerpo vestido de negro, y posterior vuelco en
dirección a la banquina opuesta donde queda de costado en dirección
opuesta a la que venía.
Que
la persona que acompañaba al conductor es la que queda tirada en el
suelo. El que conducía, permanece en el vehículo hasta que el mismo
termina su recorrido.
Que en el momento del accidente no se encontraba ningún otro vehículo en la ruta, ni tampoco circulando por la misma.
Que
después del accidente procedió a bajar del poste con mucha dificultad
con la intención de prestar ayuda, pero que ante la magnitud del
accidente y la impresión causada, no se acercó inmediatamente.
Que posteriormente se acercaron otros vehículos que prestaron ayuda a los accidentados.
- Que no se presentó anteriormente como testigo en razón de que inmediatamente de producido el accidente, los medios periodísticos locales publicaron las noticias indicando como accidente lo ocurrido, por lo cual consideró inoficiosa su presentación.
- Que la presente declaración la realiza por entera voluntad y en el temor de que se cometa un atentado para evitar que pueda declarar ante el Juez que instruye en la causa.