El aumento por decreto de las jubilaciones de septiembre sigue por debajo de la inflación acumulada y aún no se define la nueva movilidad
El nuevo aumento de las jubilaciones nacionales que oficializó el
martes el Poder Ejecutivo Nacional a través del decreto 692/2020, sigue
ubicando a los haberes jubilatorios por debajo de la inflación acumulada de los últimos dos años y medio.
Esta vez, el incremento del 7,5% que regirá desde
setiembre será igual para todos los jubilados, mientras en el Congreso
se sigue discutiendo en la Comisión Bicameral Mixta de Movilidad
Previsional cómo quedará la fórmula de movilidad para las jubilaciones,
pensiones y prestaciones sociales.
El incremento del haber mínimo será de los actuales 16.864 pesos a los 18.129 pesos, que lo percibirán un 74,1% del total de jubilados nacionales. Mientras que la segunda categoría más baja que hoy perciben 23.304 pesos su haber jubilatorio se incrementará a 25.052 pesos.
Si sólo se tiene en cuenta el Índice de Precios al Consumidor (IPC) acumulado en 2020, los incrementos otorgados por decreto beneficiaron a los jubilados de las categorías más bajas quienes recibieron una suba superior a la inflación: un 5,5% en términos reales.
- Publicidad -
Sin embargo, los jubilados y pensionados nacionales arrastran una pérdida del 19,5% desde
los últimos dos años y medio, cuando en setiembre de 2017 se aplicó la
nueva movilidad que se extendió hasta diciembre de 2019.
Mediante la ley de “Solidaridad Social y Reactivación Productiva” N° 27.541, el gobierno de Alberto Fernández determinó en el artículo 55 la suspensión de la movilidad fijada en la ley N° 27.426 del año 2017 y
fue allí donde quedó en manos del Ejecutivo nacional fijar de manera
trimestral los incrementos de los haberes previsionales en marzo, junio,
setiembre y diciembre.
Si bien la suspensión inicial fue de 180 días, se prorrogó por decreto de Necesidad y Urgencia el mismo período en el marco de la pandemia por el COVID-19, es decir, hasta diciembre se deberá trabajar en una nueva fórmula de movilidad jubilatoria.
Los decretos nacionales de marzo y junio otorgaron aumentos de entre el 10,2 y el 19,9%, según los rangos de haberes, mientras que si se hubiese aplicado la fórmula de movilidad suspendida correspondía un 23,72% para todos los jubilados y pensionados del régimen general.
Esto implicó pérdidas de los haberes desde 541 pesos mensuales para quienes perciben el haber mínimo hasta poco más de 14 mil pesos mensuales para las categorías máximas.
Con el nuevo aumento del 7,5%, aún queda por detrás
del 9,88% que daría la fórmula suspendida, que se componía por un 70%
por el IPC y un 30% por el índice de Remuneración Promedio Imponible de
los Trabajadores Estables (RIPTE).
Aún sigue vigente un amparo colectivo que un grupo
de jubilados nacionales presentó ante la Corte Suprema de Justicia de la
Nación que todavía no se expidió sobre el tratamiento de la suspensión
de la movilidad.Por lo pronto, un grueso de los más de 6 millones de jubilados y pensionados nacionales no alcanzan a cubrir la canasta necesaria para afrontar el mes. (Agencia OPI Santa Cruz)