¿LAS CANONIZACIONES DE JUAN XXIII Y DE JUAN PABLO II SON INFALIBES?
Nos ocupamos en el
pasado sobre la infalibilidad de las canonizaciones (ver aquí y aquí). Reproducimos
hoy la traducción de una entrevista a Roberto de Mattei sobre las próximas
canonizaciones de los pontífices Juan XXIII y Juan Pablo II. Añadimos al texto de
la entrevista el enlace a un artículo de Mons. Brunero Gherardini sobre la no
infalibilidad de las canonizaciones.
¿LAS CANONIZACIONES DE JUAN XXIII
Y DE JUAN PABLO II SON INFALIBES? (Una entrevista a Roberto de Mattei)
Profesor
de Mattei, las inminentes canonizaciones de Juan XXIII y de Juan Pablo segundo
suscitan, por varios motivos, dudas y perplejidades. ¿Cómo católico y como
historiador, cuál es su juicio?
Puedo
expresar una opinión personal, sin pretensiones de resolver un problema que se
presenta complejo. En líneas generales, estoy perplejo por la facilidad con la cual en los
últimos años se llevan a cabo y se concluyen los procesos de canonización.
El concilio Vaticano I definió el primado de jurisdicción el Papa y la
infalibilidad de su Magisterio, con determinadas condiciones, perono ciertamente la impecabilidad personal de los
Soberanos Pontífices. En
la historia de la Iglesia hubo buenos y malos papas y es reducido el número de
quienes fueron elevados a los altares. Yhoy
parece que al principio de infalibilidad del Papa se lo quiere sustituir por el
principio de su impecabilidad. A todos los Papas, o mejor dicho a los últimos,
a partir del concilio Vaticano dos, se los presenta como a santos.
Por cierto no es casualidad que las canonizaciones de Juan XXIII y de Juan
Pablo II hayan postergado o dejado atrás la canonización de Pío IX y la
beatificación de Pío XII, mientras avanza el proceso de Pablo VI. Casi parece
que una aureola de santidad debiese envolver la era del concilio y del
postconcilio, para “infalibilizar” una época histórica que ha afirmado el
primado de la praxis pastoral sobre la doctrina.
¿Usted
opina entonces que los últimos Papas no han sido santos?
Permítame
expresarme sobre un Papa al que como historiador lo conozco bien:
Juan XXIII. Habiendo
estudiado el Vaticano II, profundicé en su biografía y he consultado las actas
del proceso de su beatificación . Cuando la Iglesia canoniza un fiel no quiere
solamente asegurar que el difunto está la gloria del cielo, sino que lo propone
como modelo de virtudes heroicas. Según los casos, se tratará de un perfecto
religioso, párroco, padre de familia, etc.En el caso de un Papa, para ser
considerado santo debe haber ejercitado las virtudes heroicas en el
cumplimiento de su misión como pontífice, como fue, por ejemplo, para San Pío V
o San Pío X. Y bien, en lo que se refiere a Juan XXIII, alimento la
meditada convicción de que su pontificado ha representado un daño objetivo a la
Iglesia y que es imposible encontrar en santidad en él. Por lo
tanto. Antes que yo lo afirmaba el dominico Innocenzo Colosio, uno de los
mayores historiadores de la espiritualidad en los tiempos modernos, en un
célebre artículo aparecido en la Rivista de Ascetica e mistica.
Si,
como usted piensa, Juan XXIII no fue un Santo Pontífice y si como parece la
canonizaciones son un acto infalible, nos encontramos frente a una contradicción.
¿No hay riesgo de caer en el sedevacantismo?
Los
sedevacantistas atribuyen un carácter hipertrófico a la infalibilidad
Pontificia. Su razonamiento es elemental: si el Papa es infalible y hace algo
malo, la sede está vacante. La realidad es mucho más compleja y es errada la
premisa según la cual cada acto del Papa es infalible. En realidad, si las próximas
canonizaciones plantean problemas, el sedevacantismo plantea problemas de
conciencia mucho mayores.
Sin
embargo, la mayoría de los teólogos, y sobre todo los más seguros, los de la
“escuela romana”, afirman que las canonizaciones son infalibles.
La
infalibilidad de las canonizaciones no es un dogma de fe y esta es la opinión de la mayoría
de los teólogos, sobre todo después de Benedicto XIV, que la expresó además
como doctor privado y no como soberano pontífice . En lo que atañe a la
“escuela romana”, el máximo exponente viviente es monseñor Brunero Gherardini, quien ha expresado en la revistaDivinitas todas sus dudas sobre la infalibilidad de la
canonizaciones. Conozco
en Roma distintos teólogos y canonistas discípulos de otro ilustre
representante de la misma escuela, monseñor Antonio Piolanti, que tienen las
mismas dudas de monseñor Gherardini. Ellos opinan que las canonizaciones no
entran en las condiciones requeridas por el concilio Vaticano I para garantizar
la infalibilidad de un acto pontificio.La
sentencia de la canonización no es en sí misma infalible, porque faltan las
condiciones de la infalibilidad, empezando por el hecho de que la canonización
no tiene por objeto directo explícito una verdad de fe o de moral contenido en
la Revelación, sino solamente un hecho indirectamente ligado con el dogma, sin ser propiamente un “hecho
dogmático” .El campo de la fe y de la moral es vasto porque abarca toda la
doctrina cristiana especulativa y práctica, el creer y el obrar humano, pero
una precisión es necesaria . Una definición dogmática no puede jamás implicar la
definición de una nueva doctrina en materia de fe o de moral. El Papa sólo
puede explicitar en lo que es implícito en materia de fe y de moral y es
transmitido por la tradición de la Iglesia. Lo
que los Papas definen debe estar contenido en la Escritura y a la Tradición y
esto es lo que asegura la infalibilidad del acto. Esto no es
ciertamente el caso de las canonizaciones. Por cierto, ni los códigos de
derecho canónico de 1917 y de 1983, ni en los catecismos, antiguos y nuevos,
exponen la doctrina de la Iglesia sobre canonizaciones. Sobre el tema, además
del citado estudio de monseñor Gherardini, hay un óptimo artículo de José
Antonio Ureta en el número de marzo 2014 en la revista Catolicismo.
¿Usted opina que las canonizaciones han perdido su
carácter infalible, como consecuencia del cambio querido por Juan Pablo en 1983
en el proceso de canonizaciones?
Esta tesis
es sostenidaen elCourrier de Rome por una excelente teólogo,el padre
Jean-Michel Gleize. Por otra parte, el padreLow, en la voz Canonizaciones de la Enciclopedia
Cattolica, fundamenta
la tesis de la infalibilidad , es la existencia de un poderoso complejo de
investigaciones y verificaciones, seguido por dos milagros, que preceden a la
canonización. No hay dudas de que después de la reforma del procedimiento querida por
Juan Pablo II, este proceso de verificación de la verdad es mucho más frágil y
que ha sido un cambio en el mismo concepto de santidad. no
obstante el argumento no me parece decisivo porque el procedimiento de las
canonizaciones fue modificado a través de la historia. Cuando un siervo de Dios
es declarado santo por la fuerza de una veneración secular La proclamación de
la santidad de Ulrico de Augsburgo, hecha por Juan XV en el 993, que es
considerada como la primera canonización pontificia en la historia, fue
proclamada sin ninguna investigación por parte de la Santa Sede. El proceso de
investigación profundizada se remonta sobretodo a Benedicto XIV: a él se
debe,por ejemplo, la distinción entre canonización formal según todas las
reglas canónicas y canonización equivalente, .cuando un siervo de Dios es
declarado santo por la fuerza de una veneración secular. La
Iglesia no exige un acto formal y solemne de beatificación para calificar un
santo.
Santa
Hildegarda de Bingen recibió y el Papa Gregorio IX, desde 1233, inició una investigación
para la canonización. No obstante, nunca hubo canonización formal, ni siquiera
Santa Catalina de Suecia, hija de Santa Brígida fue canonizada. Su proceso se
desarrolló entre 1446 y1489, pero nunca se terminó y fue venerada como Santa
sin siquiera estar canonizada.
¿Qué
piensa usted de la tesis de Santo Tomás, también expuesta en el artículo
canonizaciones del “Dictionnaire de Théologie catholique”, según la cual si el
Papa no fuese infalible en una declaración solemne se engañaría asimismo y a la
Iglesia?
Es preciso
disipar primeramente un equívoco semántico: un acto no infalible no es un acto equivocado que
necesariamente engaña, sino un acto sometido a la posibilidad del error.
De hecho este error podría ser rarísimo o nunca sucedido.Santo Tomás, siempre
equilibrado su juicios, no es un “infalibilista” a ultranza. Como está
justamente preocupado por salvaguardar la infalibilidad de la Iglesia,lo hace
con un argumento razón teológica, a contrario. Su argumento puede ser recibido
en sentido lato, pero admitiendo la posibilidad de excepciones. Estoy de
acuerdo con él sobre el hecho de que la Iglesia, en su conjunto, no puede errar
cuando canoniza. Pero esto no significa que cada acto de Iglesia sea
en sí mismo infalible, como tampoco lo es en sí mismo infalible el acto de
canonización. El asentimiento que se brinda a los actos de canonización es de
fe eclesiástica, no divina. Esto significa que el fiel cree porque acepta el
principio según el cual la Iglesia normalmente no se equivoca.
La excepción no cancela la regla. Un acreditado teólogo alemán, Bernhard
Bartmann, en su manual de Teología dogmática, (1962), compara el culto rendido
a un falso santo con el homenaje rendido al falso embajador de un rey El error
no quita el principio según el cual el rey tiene verdaderos embajadores y la
Iglesia canonizar verdaderos santos.
¿En
qué sentido entonces se puede hablar de infalibilidad de la Iglesia en las
canonizaciones?
Estoy
convencido de que sería un grave error reducir la infalibilidad de la Iglesia
al magisterio extraordinario del Romano Pontífice. La Iglesia no es infalible
solamente cuando enseña de manera extraordinaria, sino también en su Magisterio
ordinario . Pero así como existen condiciones de infalibilidad
para el magisterio extraordinario existen condiciones de infalibilidad para el
magisterio ordinario. Y
la primera de ellas es su universalidad, que se verifica cuando una verdad de
fe o de moral, es enseñada de manera constante a través del tiempo. El magisterio puede enseñar infaliblemente una doctrina con un acto
definitorio del Papa o con un acto no definitorio del Magisterio ordinario, a
condición de que esta doctrina haya sido constantemente conservada y mantenida
por la Tradición, y haya sido trasmitida por el Magisterio ordinario y universal. La instituciónAd Tuendam Fidem de la Congregación para la
doctrina de la fe, del 18 mayo de 1998(n.2) lo confirma. Por analogía, se podía
sostener que la Iglesia no puede equivocarse cuando confirma constantemente del
tiempo verdades conexas a la fe, hechos dogmáticos, usos litúrgicos. También
las canonizaciones pueden entrar en este grupo de verdades conexas. Se puede
estar seguro de que santa Hildegarda de Bingen está en la gloria de los altares
y puede ser propuesta como modelo, no porque haya sido solemnemente canonizada
por un Papa, porque en su caso nunca existió una canonización , sino porque la
Iglesia reconoció su culto, sin interrupción, desde su muerte. Con mayor razón,
para los santos que tuvieron canonización formal, como San Francisco o Santo
Domingo, la certeza infalible de su gloria nace del culto universal, en sentido
diacrónico, que la Iglesia les ha tributado y no de la sentencia de
canonización en sí misma. La Iglesia no engaña en su magisterio universal,
pero se puede admitir un error de las autoridades eclesiásticas circunscrito en
el tiempo y el espacio.
¿Quiere
usted resumir su posición?
La
canonización de Juan XXIII es un acto solemne del Soberano Pontífice, que
proviene de la suprema autoridad de la Iglesia y que debe ser recibida con el
debido respeto, pero no es una sentencia en sí misma infalible. Para usar un lenguaje teológico,
no es una doctrina de tenenda fidei,sino de pietate
fidei. No siendo la canonización un dogma de fe, no existe para los
católicos una obligación positiva de prestar asentimiento. El ejercicio de la
razón, respaldado por un rigoroso reconocimiento de los hechos, demuestra con
toda evidencia que el pontificado de Juan XXIII no ha sido beneficioso
para la Iglesia. Si
se debiese admitir que el Papa Roncalli ha ejercido de modo heroico las
virtudes, cumpliendo su rol de Pontífice, se minarían las bases de los
presupuestos racionales de mi fe. En la duda me atengo al dogma de fe establecido por
el Concilio Vaticano I, según el cual no puede existir contradicción entre la
fe y la razón .
La fe sobrepasa la razón y la eleva, pero no la contradice, porque Dios, verdad
por esencia, no es contradictorio. En conciencia, mantengo todas mi reservas sobre
este acto de canonización”
Texto
original en
traducción
italiana en
Los
subrayados son de CATAPULTA
Fuente:
http://www.catapulta.com.ar/?p=12540#more-12540