Publicado por Revista Cabildo Nº 111
Meses Enero /Febrero de 2015
"Es la hora del asalto, sírvanse que son Pasteles
y así qeman los laureles que supimos conseguir"
Tango:Bronca
De Mario Battistella y Edmundo Rivero
SE había mencionado en un artículo anterior a Naum Minsburg, quien dijo en "Respuesta a Martínez de Hoz", que la banca internacional facilitó créditos a gobiernos corruptos y dictatoriales que obraban a espaldas de la voluntad nacional. También a Federico Daus, que considera al subdesarrollo como un fenómeno global, indivisible y coherente, cuyos rasgos y caracteres se encuentran íntimamente correlacionados e integrados; y que ve como única salida del mismo la eliminación de la intrusión extranjera y de sus agentes locales. De este modo se podría lograr un crecimiento genuino y seguro, aprovechando los recursos naturales del país, con firme decisión de emplearlos, capacidad de hacerlo idóneamente, voluntad de trabajo y contención de expensas dispendiosas.
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Por cierto, que una acción así, de concretarse, sería de tal magnitud que no resultaría sólo la función única de presuntos buenos gobernantes, sino de una sociedad toda que los acompañase. De lo contrario estará condenada fatalmente al fracaso.
Por tal motivo, la clase gobernante no puede actuar de espaldas a la voluntad nacional, como se ha venido haciendo, por ejemplo, en el caso de la Deuda Externa (DE) y del regalo de las empresas públicas, y en forma especial, con la cuestión de los contratos petroleros, aún en la muy dudosa situación de que se actuara de buena fe. Sobrepasando a Pero Grullo, convendría agregar que necesitaría —siempre concediendo la presunción de buena fe— una buena dosis de conocimiento, para evitar el error en la elección de las metas y de los procedimientos.
Alguien que sí tenía conocimientos respecto a la cuestión petrolera era el Ing. Adolfo Silenzi de Stagni, quien describe en "Claves para una Política Petrolera Nacional. El Vaciamiento de YPF" las características de la industria petrolera, colocando en primer término su alta lucratividad: "El petróleo es la mercancía más codiciada en el mundo moderno, no sólo porque es la principal fuente energética en la mayoría de los países, sino también porque es la actividad económica de más lucratividad dentro del mundo capitalista. No existe otra materia prima que ofrezca mayor margen de ganancia. La diferencia entre el costo de la producción y el precio de venta internacional es enorme".
Reitera este concepto en el capítulo dedicado a "Los Dislates de la Política Petrolera del Proceso": "Una de las características fundamentales de la industria petrolera radica en que las cuantiosas inversiones que requiere la autogenera la propia actividad". Y precisamente, "la alta rentabilidad del
negocio petrolero hace imposible que una empresa de la envergadura de YPF pueda dar déficit, a menos que ese déficit haya sido deliberadamente provocado, y quienes lo hayan planteado se hallen incurso en actos ilícitos tipificados en el Código Penal", refiriéndose, claro, a lo actuado en ese período.
Y reseña entonces las tres más importantes causas del endeudamiento de la empresa:
1) Creando "una estructura de precios a los combustibles con un exclusivo propósito fiscal, dejándole a YPF en concepto de retención (es decir, el porcentaje que queda como ganancia bruta) un porcentaje que es el más bajo que se conoce en el mundo". Bueno es recordar que en 1929, la empresa retenía el 90,9%.
2) "Obligando a YPF a vender crudo a las refinerías competidoras (Shell, Esso, etc.) a un precio muy por debajo del precio que la empresa estatal paga por ese petróleo a las compañías privadas contratistas y un 600% inferior al que le cuesta importarlo", violando las leyes 17.329 y 17.597, por las que el gobierno no podía fijar los precios de venta del petróleo crudo, ni retenciones para YPF que fueran inferiores a los costos.
3) "Designando en la gerencia de Comercialización de YPF a altos ejecutivos de Shell y Esso".
Pese a todo, Jorge Scalabrini Ortiz informaba en "10 Años de Política Petrolera Nacional", que: "nuestro país ha alcanzado una total independencia energética (1984), ya que, a pesar de ser aún importador de gas natural de Bolivia y de carbón coquizable para siderurgia, sus exportaciones equilibran y superan el balance de importaciones".
Pero claro, después de diciembre del '83, se instalaron los continuadores del Proceso, y "el radicalismo que había cuestionado severamente la política tarifaria en YPF (se había llegado a cobrar por litro de nafta el 68% de impuesto), no titubeó en aplicar el 73 % (luego bajó al 67,2 y 65,6 para súper y común), dejando a YPF un valor tanque que representa la mitad del precio de una gaseosa", además de "avalar las negociaciones efectuadas por el Proceso al mejorar precios y algunas condiciones económico-financieras (para las transnacionales, claro, por los Decretos 3870/ 84, 5/85 y 145/85), pese a las promesas preelectorales" (Scalabrini Ortiz, obra citada).
Y así, con este esfuerzo mancomunado, le quedó el camino libre al inefable Carlos para consumar la donación, con la ayuda inestimable de Mr K. Conviene aquí recordar un caso similar, relacionado con otro recurso. Refiere Rinaldo A. Ubertalli en "Alianza contra el Progreso", cómo en 1974 "se arregló en la provincia de Jujuy la eliminación de la regalía minera del 10% sobre la producción que los productores mineros debían oblar al Tesoro provincial". La compañía en cuestión era la muy autóctona Compañía Minera Aguilar, en realidad la fusión de las multinacionales Saint Joseph Lead Co., National Lead Co. y Bunge y Born. Y agrega que "el caso servirá para entender por que un joven y publicitado político argentino logró ocupar un sillón directivo en Bunge & Born" (se refiere al transparente Fernando de la Rúa, cuyo padre, Antonio, era interventor federal de la provincia).
Actualmente, según informa "Clarín" del 19 de noviembre de 2014, "entre los condicionamientos a la política de Hidrocarburos de la Argentina que logró ¡a petrolera estadounidense (Chevron), figuran la extensión de la concesión a treinta y cinco años, íibertad de girar diuidendos ai exterior, topes máximos a las regalías y una promesa de estabilidad fiscal absoluta".
Esto recuerda el artículo 6 del Tratado del 11 de diciembre de 1990 (Convenio entre el Gobierno de la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para promoción y protección de inversiones, ratificado por la Ley 24.184, del 24 de julio de 1992): garantizaba a las empresas británicas la transferencia sin restricciones de inversiones y ganancias hacia el país del cual procede, lo que mereció el comentario del Dr. Julio González ("Los Tratados de Paz por la Guerra de Malvinas"): "Su finalidad invariable entre nosotros ha de ser la que se le asignó desde que se puso en vigencia el Tratado Anglo-Argentino de 1825: extracción de materias primas impidiendo a través de los medios más diversos la formación de un capital argentino basado en los valores agregados de la ciencia, la tecnología y la industria".
Así, nuestros dirigentes —no importa la camiseta— logran hacernos padecer un permanente fenómeno de lo ya visto, en cualquier tiempo y con cualquier riqueza. Por su parte, ya que ellos dicen idolatrar la Constitución, podrían toparse con el artículo 29, que dice: "El Congreso no puede conceder al Ejecutivo facultades extraordi-narias, ni la suma del poder público, ni otorgarle sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y penas de ¡os infames traidores a la Patria". •
Por tal motivo, la clase gobernante no puede actuar de espaldas a la voluntad nacional, como se ha venido haciendo, por ejemplo, en el caso de la Deuda Externa (DE) y del regalo de las empresas públicas, y en forma especial, con la cuestión de los contratos petroleros, aún en la muy dudosa situación de que se actuara de buena fe. Sobrepasando a Pero Grullo, convendría agregar que necesitaría —siempre concediendo la presunción de buena fe— una buena dosis de conocimiento, para evitar el error en la elección de las metas y de los procedimientos.
Alguien que sí tenía conocimientos respecto a la cuestión petrolera era el Ing. Adolfo Silenzi de Stagni, quien describe en "Claves para una Política Petrolera Nacional. El Vaciamiento de YPF" las características de la industria petrolera, colocando en primer término su alta lucratividad: "El petróleo es la mercancía más codiciada en el mundo moderno, no sólo porque es la principal fuente energética en la mayoría de los países, sino también porque es la actividad económica de más lucratividad dentro del mundo capitalista. No existe otra materia prima que ofrezca mayor margen de ganancia. La diferencia entre el costo de la producción y el precio de venta internacional es enorme".
Reitera este concepto en el capítulo dedicado a "Los Dislates de la Política Petrolera del Proceso": "Una de las características fundamentales de la industria petrolera radica en que las cuantiosas inversiones que requiere la autogenera la propia actividad". Y precisamente, "la alta rentabilidad del
negocio petrolero hace imposible que una empresa de la envergadura de YPF pueda dar déficit, a menos que ese déficit haya sido deliberadamente provocado, y quienes lo hayan planteado se hallen incurso en actos ilícitos tipificados en el Código Penal", refiriéndose, claro, a lo actuado en ese período.
Y reseña entonces las tres más importantes causas del endeudamiento de la empresa:
1) Creando "una estructura de precios a los combustibles con un exclusivo propósito fiscal, dejándole a YPF en concepto de retención (es decir, el porcentaje que queda como ganancia bruta) un porcentaje que es el más bajo que se conoce en el mundo". Bueno es recordar que en 1929, la empresa retenía el 90,9%.
2) "Obligando a YPF a vender crudo a las refinerías competidoras (Shell, Esso, etc.) a un precio muy por debajo del precio que la empresa estatal paga por ese petróleo a las compañías privadas contratistas y un 600% inferior al que le cuesta importarlo", violando las leyes 17.329 y 17.597, por las que el gobierno no podía fijar los precios de venta del petróleo crudo, ni retenciones para YPF que fueran inferiores a los costos.
3) "Designando en la gerencia de Comercialización de YPF a altos ejecutivos de Shell y Esso".
Pese a todo, Jorge Scalabrini Ortiz informaba en "10 Años de Política Petrolera Nacional", que: "nuestro país ha alcanzado una total independencia energética (1984), ya que, a pesar de ser aún importador de gas natural de Bolivia y de carbón coquizable para siderurgia, sus exportaciones equilibran y superan el balance de importaciones".
Pero claro, después de diciembre del '83, se instalaron los continuadores del Proceso, y "el radicalismo que había cuestionado severamente la política tarifaria en YPF (se había llegado a cobrar por litro de nafta el 68% de impuesto), no titubeó en aplicar el 73 % (luego bajó al 67,2 y 65,6 para súper y común), dejando a YPF un valor tanque que representa la mitad del precio de una gaseosa", además de "avalar las negociaciones efectuadas por el Proceso al mejorar precios y algunas condiciones económico-financieras (para las transnacionales, claro, por los Decretos 3870/ 84, 5/85 y 145/85), pese a las promesas preelectorales" (Scalabrini Ortiz, obra citada).
Y así, con este esfuerzo mancomunado, le quedó el camino libre al inefable Carlos para consumar la donación, con la ayuda inestimable de Mr K. Conviene aquí recordar un caso similar, relacionado con otro recurso. Refiere Rinaldo A. Ubertalli en "Alianza contra el Progreso", cómo en 1974 "se arregló en la provincia de Jujuy la eliminación de la regalía minera del 10% sobre la producción que los productores mineros debían oblar al Tesoro provincial". La compañía en cuestión era la muy autóctona Compañía Minera Aguilar, en realidad la fusión de las multinacionales Saint Joseph Lead Co., National Lead Co. y Bunge y Born. Y agrega que "el caso servirá para entender por que un joven y publicitado político argentino logró ocupar un sillón directivo en Bunge & Born" (se refiere al transparente Fernando de la Rúa, cuyo padre, Antonio, era interventor federal de la provincia).
Actualmente, según informa "Clarín" del 19 de noviembre de 2014, "entre los condicionamientos a la política de Hidrocarburos de la Argentina que logró ¡a petrolera estadounidense (Chevron), figuran la extensión de la concesión a treinta y cinco años, íibertad de girar diuidendos ai exterior, topes máximos a las regalías y una promesa de estabilidad fiscal absoluta".
Esto recuerda el artículo 6 del Tratado del 11 de diciembre de 1990 (Convenio entre el Gobierno de la República Argentina y el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte para promoción y protección de inversiones, ratificado por la Ley 24.184, del 24 de julio de 1992): garantizaba a las empresas británicas la transferencia sin restricciones de inversiones y ganancias hacia el país del cual procede, lo que mereció el comentario del Dr. Julio González ("Los Tratados de Paz por la Guerra de Malvinas"): "Su finalidad invariable entre nosotros ha de ser la que se le asignó desde que se puso en vigencia el Tratado Anglo-Argentino de 1825: extracción de materias primas impidiendo a través de los medios más diversos la formación de un capital argentino basado en los valores agregados de la ciencia, la tecnología y la industria".
Así, nuestros dirigentes —no importa la camiseta— logran hacernos padecer un permanente fenómeno de lo ya visto, en cualquier tiempo y con cualquier riqueza. Por su parte, ya que ellos dicen idolatrar la Constitución, podrían toparse con el artículo 29, que dice: "El Congreso no puede conceder al Ejecutivo facultades extraordi-narias, ni la suma del poder público, ni otorgarle sumisiones o supremacías por las que la vida, el honor o las fortunas de los argentinos queden a merced de gobiernos o persona alguna. Actos de esta naturaleza llevan consigo una nulidad insanable, y sujetarán a los que los formulen, consientan o firmen, a la responsabilidad y penas de ¡os infames traidores a la Patria". •