jueves, 16 de abril de 2020

¿Acto de contrición perfecta o confesión?






¿Acto de contrición perfecta o confesión?

Resumen: un «acto de contrición perfecta» no es lo mismo que el sacramento de la penitencia o confesión.
Venga un vídeo sencillo sobre lo que significa cada cosa a partir de las enseñanzas del gran P. Royo Marín.

  Los efectos del Coronavirus, como habitualmente sucede con los males naturales, pueden traer consigo y per accidens (es decir, accidentalmente) bienes espirituales. Uno de ellos es el repaso de algunos conceptos que, por falta de práctica u olvido, teníamos relegados y es el del dolor de nuestros pecados y la necesidad de ser perdonados.


¿Qué es un acto de contrición perfecta?¿qué hacer cuando uno no puede confesarse?¿es suficiente y necesario pedir perdón a Dios en el corazón, esperando luego confesarse?
Vamos a hacer entonces, un repaso de dos puntos elementales como son la contrición imperfecta (o atrición) y la contrición perfecta[1].
La palabra contrición proviene del latín: “conterere” significa someter, quebrantar, machacar; y las hay de dos tipos: la perfecta y la imperfecta.

  1. La contrición imperfecta o atrición
Se trata del dolor de los pecados concebido por un motivo sobrenatural (o sea, conocido por la fe, no por la simple razón natural), por el cual, sin llegar a tener la caridad perfecta, se arrepiente de sus pecados. Es el caso de quien se lamenta de haber ofendido a Dios al ver la torpeza de su pecado o ante el miedo de condenarse, etc; es decir, no por un amor puramente hacia Dios, sino hacia la consecuencia del pecado para sí mismo.
Procede del amor sobrenatural de esperanza o de concupiscencia por el cual nos arrepentimos de haber ofendido a Dios en cuanto que representa un bien para nosotros, no en cuanto que Él es el Ser infinitamente amable por sí mismo.
Alguno podrá pensar que esto haría al hombre un hipócrita, pero no; la misma no sólo es buena sino necesaria para la salvación, como puede leerse en las Sagradas Escrituras:
«El principio de la sabiduría es el temor de Dios» (Prov 1,7).
«El temor del Señor aleja el pecado, y quien con él persevera evita la cólera» (Eccli 1,27).
«No tengáis miedo a los que matan el cuerpo, que el alma no pueden matarla; temed más bien a aquel que puede perder el alma y el cuerpo en la gehenna» (Mt 10,28)
Se trata de un cierto temor por el que nos abstenemos del pecado principalmente por las penas que lleva consigo, pero rechazando también la culpa u ofensa hecha a Dios. Es un temor imperfecto por lo que no justifica totalmente al pecador; pero es bueno y útil como una preparación para la perfecta contrición o la absolución del sacerdote.
Esta atrición sobrenatural (o contrición imperfecta) no es suficiente para la justificación del pecador (aunque vaya acompañada del deseo o propósito de recibir el sacramento de la penitencia) porque el deseo del sacramento no cambia la naturaleza íntima de la atrición, que es, de suyo, insuficiente para la justificación del pecador. Para ello se requerirá la caridad perfecta.
Para recibir válida y fructuosamente el sacramento de la penitencia, o sea, para obtener el perdón de los pecados y recuperar la gracia, no es necesario que el penitente tenga dolor de perfecta contrición; basta la atrición sobrenatural de sus pecados.
Y esto porque los sacramentos causan la gracia ex opere operato a todos los que no les ponen óbice, por lo que es suficiente para recibir la gracia justificante, como sucede en otros sacramentos (v.gr., la eucaristía) para quienes se acerquen a recibirlos de buena fe. Si no fuera así, el sacramento de la penitencia sería superfluo, ya que la perfecta contrición justifica por sí misma al pecador.
Conclusión
Para la validez del sacramento de la penitencia basta la atrición sobrenatural o contrición imperfecta, es decir, basta con que el pecador rechace el pecado, aunque sea por el motivo imperfecto del temor, cosa que parece imposible pues siempre habrá una tendencia afectiva hacia Dios, teniendo en cuenta que la atrición, para que sea válida, ha de ser sobrenatural, o sea, concebida bajo las luces de la fe y en orden a la salvación eterna.
  1. La contrición perfecta
La perfecta contrición es aquella por la cual el pecador se arrepiente y se duele de los pecados cometidos por haber ofendido a Dios, infinitamente bueno y digno de ser amado. Procede del motivo perfectísimo de la caridad, o sea, del amor de amistad, que impulsa a amar a Dios como Sumo Bien, infinitamente amable en sí mismo.
Es el apenarse de haber ofendido a un amigo, a un padre, no por el castigo que podría recibir, sino por el amor que le tengo.
¿Qué logra la perfecta contrición?
La contrición perfecta, por sí sola y antes de la recepción real del sacramento de la penitencia pero deseándolo, perdona los pecados mortales y justifica al pecador ante Dios, como puede verse en las mismas Sagradas Escrituras:
«Allí buscaréis a Dios, vuestro Dios y le hallarás si con todo tu corazón y con toda tu alma le buscas» (Deut 4,29).
«Amo a los que me aman, y el que me busca me hallará» (Prov 8,17).
«Rasgad vuestros corazones, no vuestras vestiduras, y convertíos a Dios, vuestro Dios, que es clemente y misericordioso, tardo a la ira, grande su misericordia y se arrepiente de castigar» (Joel 2,13).
«Le son perdonados sus muchos pecados, porque amó mucho» (Lc 7,47).
La contrición perfecta supone una rectificación total de la mala voluntad del pecador por el motivo más perfecto que el hombre puede realizar bajo el influjo de una gracia actual con el deseo, al menos implícito, de recibir el sacramento instituido por Jesucristo.
La pregunta es:
¿Es muy difícil hacer un acto de verdadera y perfecta contrición?”.
Santo Tomás señala que (Suma contra los gentiles, IV, 71): «Si la voluntad humana se aparta del estado de gracia por el pecado, con mayor facilidad puede alejarse del pecado por la gracia (multo magis per gratiam potest a peccato revocare)», cosa que parece exigir la infinita bondad y misericordia de Dios para con el hombre pecador. Dios, infinito en misericordia y que quiere “que todos los hombres se salven” no pudo haber hecho para la inmensa mayoría de los hombres que no Lo conocen, un acto casi inaccesible; por ende todo hombre, bajo el influjo de una gracia actual —sin ella sería del todo imposible—, podría hacer ese acto si lo conociera.
Sin embargo, como dice Santo Tomás (Suppl. 5,2), aunque «la intensidad de la contrición… merezca no sólo la remoción de la culpa, sino también la absolución de toda la pena… nadie puede estar cierto de que su contrición sea suficiente para borrar la pena y la culpa. Por ello, tiene que confesarse y satisfacer».
De allí que, aunque sea posible el acto de contrición perfecta, no siempre se tendrá la certeza moral subjetiva de haberlo alcanzado, de allí que Nuestro Señor, apiadándose de nosotros, los pobres pecadores, nos dejara los sacramentos como los medios ordinarios para alcanzar la salvación.
A buscar la confesión, mientras podamos.
Que no te la cuenten…
P. Javier Olivera Ravasi, SE