sábado, 30 de noviembre de 2019

CAPITULO 3- CUESTIONES DIPUTADAS (II)


POR EL DR. ANTONIO CAPONNETTO
        

"¡El sufragio universal es la mentira univer­sal! "..."Del sufragio universal se ha hecho arma de partido; bajo este punto de vista ni nombrarlo nos dignaríamos. Pero el sufragio universal es hoy, más que todo, base de un sistema filosófico en oposición a los sanos principios de derecho y de Religión [...] y constituye la esencia de lo que se ha querido llamar derecho nuevo, como si el derecho fuese tal si no es eterno". Se trata, en suma, de una "sucia quisicosa", cuyo punto de partida es "admitir como dogma filosófico la infalibilidad de las turbas".

Félix Sarda y Salvany, La mentira universal, mayo, 1874.
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..."una democracia que llega al grado de perver­sidad que consiste en atribuir en la sociedad la soberanía al pueblo".

San Pió X, Notre charge apostolique.
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..."la vida de las naciones se halla disgregada por el culto ciego al valor numérico".

Pío XII,
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La organización política mundial, del 6 de abril de 1951,

"El Estado liberal, jacobino y democrático edifi­cado sobre el hombre egoísta y el sufragio univer­sal, han permitido que la riqueza del poder Sobe­rano de la Nación haya sido reemplazado por el poder de la riqueza sin Dios y sin Patria. La plu­tocracia internacional a la sombra de la llamada soberanía popular, mediatiza a los poderes pú­blicos y explota a las naciones". "La soberanía popular comporta una real sub­versión atea y materialista, por cuanto sustituye a la soberanía divina, y se postula como un prin­cipio absoluto e incondicionado"...

Jordán Bruno Genta
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SUBTITULOS DEL CAPITULO 3

CUESTIONES DIPUTADAS
I-
"LA INEVITABILIDAD DEL SISTEMA Y DEL PRESENTE Y EL CARACTER DE MEDIO DE ALGUNOS HECHOS POLITICOS, COMO LA FORMACION DE PARTIDOS OTORGAN LEGITIMIDAD" 
II-
"LOS HECHOS POLITICOS COMO EL SUFRAGIO UNIVERSAL Y EL ORDENAMIENTO CONSTITUCIONAL LIBERAL, IMPUESTOS POR EL TIEMPO HALLAN SU LEGITIMIDAD EN TAL IMPOSICION Y EN SU PERDURABILIDAD CRONOLOGICA"
III-
"LA OBLIGACION MORAL DE VOTAR Y DE PARTICIPAR EN EL SISTEMA ES EL REMEDIO PARA EVITAR EL ERROR DEL ABASTECIMIENTO POLITICO"
IV-
"LOS PARTIDOS POLITICOS SON IRREEMPLAZABLES Y CONSTITUYEN EL UNICO MEDIO QUE TENEMOS DE PARTICIPAR EN LA VIDA CIVICA"
V-
EL MAL MENOR
CAPITULO-3-
CUESTIONES DISPUTADAS
 
-II-
"La inevitabilidad del sistema y del presente,
y el carácter de medio de algunos hechos
políticos, como laformación de partidos,
otorgan legitimidad."
https://i1.wp.com/revistapaco.com/wp-content/uploads/2014/10/Caponnetto.jpg
Capítulo 3
Cuestiones disputadas

-II-
"Los hechos políticos como el sufragio universal y el ordenamiento constitucional liberal,
impuestos por el tiempo, hallan su legitimidad
en tal imposición y en su perdurabilidad
cronológica."


En otro ensayo de Mario Meneghini20 -y volvemos a dejar a salvo que, al responderle, ninguna cuestión personal nos mueve- parte el ensayista del reconocimiento expreso del "principio falso de la soberanía popular", al que invocando la
19- Francesco Genüle, El ordenamiento jurídico, entre la virtualidad y la realidad, Madrid-Barcelona, Marcial Pons-Ediciones Jurídicas y Sociales, 2001, p, 37-38. 20 Mario Meneghini, Mal menor en las elecciones políticas. Votar:
autoridad de Bidart Campos califica de ficción cevdentemente insostenible21 .
Coincidiendo en un todo con este juicio, como ya lo hemos dicho en el capítulo anterior, lo vemos agregar a renglón seguido a nuestro autor, que el hecho de que "señalemos los errores en que se basa la legislación vigente, no nos autoriza abandonar el campo de la vida cívica". Afirmación en la que también nos tiene de su lado, pues nunca hemos propiciado ni practicado el abstencionismo político en tanto tal, sino el rechazo a participar dentro del sistema y con las reglas de juego que el mismo impone, compulsiva y coactivamente. El desafío es, precisamente, el de participar en la vida política sin abdicar de los principas perennes. El imperativo, en suma, es militar por el bien común, en tanto católicos y argentinos, sin convalidar las inmoralidades teóricas y prácticas del demoliberalismo. Creemos al respecto tener aprendidas suficientemente las múltiples lecciones del Magisterio sobre el deber de cooperar al bien común, así como las muchas reprobaciones quienes se muestran indiferentes o ajenos. Y creemos asimismo no haber sacado provecho de la lectura atenta de Eugenio Vegas Latapié, denostando a los neutros o a quienes con las mejores intenciones como tests, han creado la dialéctica de trabajar para la religión pero no para la política22 .
A pesar de esta claridad inicial -no a la soberanía popular, no al abstencionismo político- Meneghini vuelve a caer en confusión ya comentada, de creer con Ernesto Palacio, de que "no es correcto cuestionar un ordenamiento institucional porque sean discutibles sus fundamentos intelectuales", agregando: "en el plano de las ideas es lícito preferir un régimen político que consideremos el mejor, pero en toda sociedad se Impone, con el tiempo, una forma determinada de selección y reemplazo de los gobernantes. Si esa forma no afecta de ma-
optativo o moralmente obligatorio?. Exposición realizada en el I Congres Nacional de Filosofía del Derecho y Filosofía Política y IV Jornadas de Derecho Natural, San Luis,  15 de junio de 2007. Cfr. http:/meneghini.blogia.com/.
21-La obra referida de Germán Bidart Campos es Doctrina del Estado Democrático, Buenos Aires, EJEA, 1961, p. 45-46.
22-Vegas Latapié, Abstencionismo político , en sus Escritos, Madrid, Cultura Española, 1940.

nera directa a la dignidad humana y rige de hecho en una : sociedad, su aceptación no solamente es lícita sino obligatoria" [...] En la Argentina tiene vigencia, desde 1853, un ordenamiento constitucional que [...] rige desde entonces, con una aceptación pacífica y estable, lo que le confiere legitimidad"23.
Otra vez nos vemos forzados a señalar una diversidad de errores.
Por lo pronto, no ha sido nunca criterio filosófico ni moral para un católico, distinguir entre "lo mejor en el plano de las ideas" y "lo que se imponga con el tiempo" en el plano de los hechos, dando por aceptable esto último en desmedro de lo primero. Nuestro estupor es mucho ante tamaña declaración de duplicidad, de relativismo, de historicismo y aún de maquiavelismo. Como es grande nuestra sorpresa al querer establecer como norma, no ya el mejor ser, el ideal, el aquetipo, el paradigma o la excelencia, sino el determinismo y el fatalismo de lo que se impone. La bruta facticidad y el peso ineluctable de Cronos, prevalecería así sobre la ponderación prudencial y el discernimiento del espíritu; y un extraño neoplatonismo nos permitiría dividir un mundo de las ideas y otro de los seres reales. Con el agravante de que en este "neoplatonismo", los valiosos ejemplares colocados en el topos uranos para guiar nuestra emulación, deberían ceder terreno a los crasos fenómenos que el devenir asigna.
Si la inteligencia ve el bien y lo aprueba -según la conocida fórmula de Ovidio en su Metamorfosis- pero después no obra en consecuencia, estamos ante una inteligencia que ha abdicado de su vocación rectora, ante un logos que traiciona su misión, y ante una voluntad floja, que no sigue el ser sino el estar. Impuesto como legítimo tal criterio en el terreno político, nada obstaría a extenderlo a otros ámbitos. Y así tendríamos a la familia monogámica como la mejor en el plano de las ideas, pero los apareamientos múltiples y transitorios impuestos por el paso del tiempo. O al pudor como noble virtud ideal, pero a la promiscuidad legitimada por la aceptación que el paso del tiempo le ha conferido.
23 Mario Meneghini, Mal menor en...etc, ibidem, p. 1. [La paginación surge de imprimir el trabajo respetando el diseño original con que se encuentra en el blog].Meneghini, lo sabemos, no quiere llegar tan lejos, y ciñe su peculiar criterio a la elección de los gobernantes. Pero aun así el yerro subsiste, y es grave. Porque si el sufragio universal, romo hemos probado, es la mentira universal, nunca será legítimo aceptarlo, precisamente porque la inteligencia no contaminada discierne que, "en el plano de las ideas", no sólo no es lo mejor sino que resulta lo peor. Si son pésimos sus fundamentos teóricos, ergo será pésima su praxis. Nunca será legítimo aceptarlo, se haya impuesto por el transcurrir de los años, por la inercia regiminosa o por la incapacidad social de reaccionar ante su ruina. Por el contrario, cuanto más impuesto esté un mal por el paso del tiempo, tanto más seremos moralmente invitados a recordar lo mejor, imitarlo y procurar su ejecución. Si el transcurrir prevalece sobre el consistir, la duración sobre la condición, y lo adjetivo sobre lo sustantivo, ya estamos lisa y llanamente en los fueros malignos del relativismo.
No atempera el extravío el hecho de que se aclare que esa "forma determinada de selección y reemplazo de los gobernantes", que se quiere dar por legítima a fuer del paso del tiempo que lleva impuesta, lo sería siempre y cuando "no afecte directamente la dignidad humana". Porque es exactamente al revés. Esa "forma determinada de selección y reemplazo de los gobernantes que se ha impuesto por el paso del tiempo", es el sufragio universal, y éste -ya lo hemos probado- degrada al hombre convirtiéndolo en un mero valor numérico, en un mero elector, como decía Pío XII. Lo rebaja de la condición de ciudadano a la de sufragante, y lo despoja de su noble rango creatural para engañarlo con la vanagloria de una soberanía que no posee. No hay peor indignidad para un hombre que ser declarado un guarismo.
Pero además, y aún aceptando que esa forma de selección y de reemplazo de los gobernantes, no atentara contra la dignidad humana, es propio del antropocentrismo revolucionario -empezando por el que practica cierto clero- hacer fincar la legitimidad de algo, no primeramente en que respete y deje a salvo la dignidad de Dios y sus derechos, sino la dignidad humana. La soberanía popular destrona y ofende a Dios. El sufragio universal, su corolario lógico e inmediato, ratifica ese traslado escandaloso de la soberanía de Dios a la multitud; y por lo tanto, ratifica y consuma el ultraje y la ofensa al Señor.
Ante esta doble constatación, ¿qué importancia puede tener si afecta o no la dignidad humana? En todo caso sería más atinado decir, que porque afecta primero la majestad de Dios, afecta al hombre íntegro, con plena conciencia del primero y del segundo de los Mandamientos del Decálogo.
Meneghini aplica la misma lógica de los hechos impuestos por el tiempo como garantía de legitimidad, ya no para justificar esa "forma determinada de selección y reemplazo de los gobernantes" -que no es otra sino el sufragio universal-sino para dar por bueno al "ordenamiento constitucional" que nos rige desde 1853. Su "aceptación pacífica y estable le confiere legitimidad".
Volvemos a confesar nuestro asombro ante juicio tan poco calibrado. Ante todo, porque no sabemos de otro criterio de legitimidad más que el del Bien Común, para medir si un ordenamiento constitucional es válido o no. Pero igualmente, tratándose nada menos que de un ordenamiento constitucional, ya quedó dicho en el capítulo anterior, que la medida para diferenciar uno justo de otro injusto, es considerar el grado de infección que posea del Constitucionalismo Moderno y del Derecho Nuevo, concluyendo en que es demasiada y esencial la tal infección de ambos males en nuestra Constitución de 1853, y tantísimo más en su versión remozada. La doctrina de ía indiferencia del ordenamiento constitucional, o la de su accidentalidad, quedando reducida la legitimidad de aquél, no a valoraciones intrínsecas sino adjetivas, como la perdurabilidad o la aceptación sumisa del electorado, no es doctrina católica. Es extravío relativista.
Si suprimiéramos este factor determinante para la adjudicación de legitimidad constitucional que señala Meneghini, cual es el de su perdurabilidad desde 1853, y nos circunscribiéramos al segundo que enuncia, "aceptación pacífica y estable", el inconveniente sería aún mayor. Tanto que conviene analizarlo por partes, brevemente.
En primer lugar, son muchísimos los casos históricos en los cuales, una sociedad, acepta pacífica y establemente aquello que es un mal objetivo. Leyes divorcistas y abortistas llevan décadas y décadas en muchos países, con aceptaciones pacíficas y estables de sus respectivas sociedades, que han perdido toda capacidad de reacción o todo interés en discernir. Gobiernos democráticos, de sesgo liberal o marxista, llevan prolongadísimas duraciones, en América o en Europa, sin que ninguna cruzada o inestabilidad institucional se haya interpuesto con sus perversos planes. El comunismo logró aposentarse en territorios enteros, gozando -después de actos de violencia inicial o no- de la aquiescencia de la población sometida y de la permanencia de sus planes. De modo que esta paz y estabilidad con la que se consolidan hoy tantos ordenamientos constitucionales anómalos, más parece un diagnóstico de las ruinas de las naciones, que el retrato de la legitimidad de sus constituciones. La inmovilidad de un ordenamiento cons-titucional puede ser la prueba de su capacidad física para resistir embestidas, o de su habilidad para perdurar, o de su inescrupulosidad para asegurarse una interesada fijeza. Pero de ninguna manera se sigue de esa estabilidad su legitimidad. Otrosí se diga de la aceptación pacífica por parte de la sociedad. La cual puede ser señal de la pérdida en ella de toda capacidad reactiva, de estolidez y de acostumbramiento al mal; de cansancio de los buenos y de complicidad de los torvos; pero tampoco se sigue de esta paz la legitimidad de un ordenamiento constitucional.
Bien decía sobre el particular Jordán Bruno Genta: "Eí éxito no es criterio de verdad ni de justicia en política. Un hecho político, por más que dure, se consolide y prevalezca, no priva sobre todo ni juzga sobre todo. Debe ser interpretado y ponderado a la luz de los principios esenciales y del fin último de la existencia". Una experiencia política perdurable y pacífica, es "un hecho bruto", cuya estabilidad, como en el ejemplo de la Unión Soviética, lejos de demostrar su legitimidad, prueba la eficacia del terror para imponerse y engendrar la paz de los cementerios24.
El caso de la Argentina, al que concretamente se refiere Meneghini, ofrece esta primera interpretación. En algún sentido, sóio en algún sentido, es cierto que en el país rige desde 1853 un ordenamiento constitucional, con una aceptación pacífica y estable. Y esto, lejos de legitimar al Régimen, desnuda la tragedia de una patria que ha perdido su capacidad combativa, su celo apostólico, su rumbo misionero, su afán restaurador. 

El sólo nombre de Castellani bastaría para explicar . con creces la tragedia de este país "sin jefe y sin poeta". "Un país que se divierte, un país que no se respeta, un país corajudo y bravo para jugar a la ruleta. Un país que mira bizco cuando mira, / un país que ha consentido que lo nutran de mentiras"25. ¿Por qué un país reducido a la parodia de sí mismo, habría de reaccionar heroicamente para sacarse de encima el ordenamiento constitucional que ha sido su ruina y su oprobio? La aporía es tal, precisamente, porque parece no tener salida.
La aceptación pacífica y estable del ordenamiento constitucional de 1853, prueba la decadencia irremisible de nuestra tierra, la pusilanimidad de nuestros cuadros, la decadencia del patriciado, la apostasía de la Iglesia, la prepotencia arrolladura del sistema, el contubernio de los usufructuadores todos del Régimen, la conjura de los poderes mundiales.. .Todo lo prueba, menos su legitimidad. Porque de ser legítimo tal ordenamiento, sus frutos deberían ser benditos y estar con creces a la vista sus abundantes beneficios. No creemos que Mario Meneghini, ni nadie como él, en sus cabales, se atreva a sostener que después de largo siglo y medio de vigencia pacífica, y estable del ordenamiento constitucional de 1853, la Argentina sea hoy un país admirable. Ni creemos que después de una vida consagrada a desenmascarar estos males, se nos pida ahora a los nacionalistas que aportemos evidencias. Al solo efecto de que lo entienda el público al que dirigimos estas líneas, digamos que tras largo siglo y medio de aceptación pacífica y estable del ordenamiento constitucional de 1853, la Argentina ha dejado de ser una sociedad cristiana, y aún una sociedad en la que prevalezca el Orden Natural; y más todavía, una sociedad en donde impere el orden, a secas26.
25 Leonardo Castellani, Romance de la pobre patria, en su Martita Ofelia u otros cuentos de fantasmas, Buenos Aires, Dictio, 1977, p. 62.
Hacia comienzos de 1990 -cuando todavía nos faltaba presenciar, entre otras cosas, la eclosión corruptora del menemismo y del kirchnerismo, el mismo Meneghini reconocía que "nuestro país [está] desquiciado hasta extremos difíciles de revertir, en 136 años de dominio liberal". Cfr. Mario Meneghini, Actitud política de los católicos frente al sistema de partidos, en Filosofar Cristiano, n. 25-28, Córdoba, Aso
ciación Católica Interamericana de Filosofía, 1989-1990, p. 90. Ponencia presentada en el Quinto Congreso Católico Argentino de Filosofía. XIX Coloquio Filosófico Interamericano, Persona, Política e Historia. Pero decíamos, y subrayábamos, que sóio en algún sentido se puede hablar de aceptación pacífica y estable. Porque lo contrario también puede constatarse, y echaría por tierra, ya completamente, la opinión de Meneghini.
En efecto, desde 1853 hasta la fecha, se han sucedido los conflictos, los golpes de Estado, las revoluciones, las asonadas, los motines, las conspiraciones, los estallidos sociales, las guerras internas y externas, las agresiones y las violencias más crueles, los cambios más bruscos y más inesperados de gobierno, la alternancia de civiles y militares en el poder, los conatos de segregaciones territoriales, la lucha fratricida y la enemistad armada con enemigos extranjeros, las deposiciones y recolocaciones sucesivas de personajes y de planes políticos, las reformas jurídicas, las reformulaciones legales, los ires y venir es infinitos de "proyectos nacionales", por decir lo menos. Ante semejante cuadro -que es apenas un esbozo de lo sucedido- ¿cómo atreverse a hablar de aceptación pacífica y estable de nuestro ordenamiento constitucional? ¿Cómo negarse a ver que la inestabilidad y la discordia han acompañado nuestro paso por la historia, desde el supuesto año inaugural de 1853? ¿Cómo inadvertir que el quiebre, la ruptura, la sangría, la fluctuación y el caos, fueron las compañías naturales de nuestro desenvolvimento institucional? A la vista de tamaños ramalazos, y no siempre incruentos sino más bien sangrientos en tantos casos, casi sería un sarcasmo mentar la estabilidad y la paz de nuestro ordenamiento constitucional. Si nos remontáramos al origen de dicho ordenamiento; esto es, al período comprendido entre la derrota de Caseros hasta la culminación del Congreso Constituyente de 1853, la conclusión debería ser la misma. La elección de los diputados que nos redactarían la Constitución fue una arbitrariedad de Urquiza, con sus famosos "he elegido", "he resuelto", "he destituido", que pueden rastrearse documentalmente con toda facilidad. Ni representaban al pueblo ni a sus provincias respecti¬vas. "Alquilones" los llamaron en Buenos Aires, cuya Legisla¬tura se atrevió a declarar, el 13 de septiembre de 1852, que "a la elección [de los diputados de la provincia] no concurrió el pueblo de la ciudad y campaña y se hizo bajo el imperio de la fuerza". Tampoco fueron ajenas las arbitrariedades urquicistas al desarrollo de las sesiones del Congreso, a las presiones y maniobras de los denominados "circuleros" (liberales) contra los "mazorqueros" (tradicionalistas), a la celeridad inaudita de los debates, a las irregularidades jurídicas cometidas, a la súbita aprobación de los tratados de límites firmados con los extranjeros triunfantes en Caseros. Urquiza cumplió bien con sus mandantes. La Constitución era el instrumento legal de la servidumbre colonial. "No se dictó por una voluntad popular [... ] sino obedeciendo las órdenes de un General victorioso"27. Innegable contradicción -ya puesta de relieve en el capítulo precedente- que no quieren reconocer los constitucionalistas de todo jaez.
Pero este origen absolutamente funesto de nuestro ordenamiento constitucional, marcó asimismo el origen de nuestra falta de paz y de estabilidad. Buenos Aires se separó del resto de la Confederación; las provincias se dictaron constituciones que, en la mayoría de los casos, desconocieron la acon-fesionalidad y la tendencia laicista del texto del 53; los presidentes "constitucionales" intervinieron las provincias; las guerras siguieron desatadas con furia, dentro y fuera de nuestras fronteras, entre porteños y provincianos a veces; entre provincianos otras, y con países limítrofes también. Las reformas de la Constitución aumentaron las crispaciones y los desencuentros, y casi no hubo gobierno que no violara la letra o el espíritu del sacro texto constitucional. No sabríamos decir qué período de paz y de estabilidad conoció la República, cruzado su cuerpo por combates intestinos, por pugnas entre los poderes del Estado, por alzamientos armados, y por interpretaciones y reinterpretaciones del derecho positivo, según cuáles fueren los partidos dominantes, sin excluir al partido militar. De modo que, aunque forzando la lógica, quisiéramos convenir en adjudicarle legitimidad a un ordenamiento constitucional, a causa de su aceptación pacífica y estable, ninguna de estas notas encontramos en la historia argentina desde 1853 en adelante.
27-'Jaime Gálvez, Revisionismo histórico constitucional, Buenos Aires, Celcius, 1967, p. 174.
Todo lo dicho hasta aquí, sin embargo, no define el problema de fondo.
El problema de fondo es que, el 3 de febrero de 1852, cu Caseros fue derrotada y destruida la Argentina Real, la Patria Vieja, la que todavía podía ser considerada avanzada del Imperio Hispano Católico, al buen decir de Anzoátegui; y sobre sus ruinas se fue construyendo una Argentina Oficial, postiza, revolucionaria y moderna, que todavía subsiste, bien que agravado ad nauseam su tras tocamiento y derrumbe.
Pues bien, en la constitución de esa Argentina Oficial, jugaba un papel vital la Constitución de 1853, como jugó en todos los países destruidos por la Revolución, el Constitucionalismo Moderno y el Derecho Nuevo. Para el liberalismo y la masonería triunfantes, era necesario fabricar de nuevo a la patria, inventarla convencionalmente, crearla, producirla por vía del pactismo social, manufacturarla a piaceré. Era necesario provocar "una mudanza radical en nuestro orden político", y son palabras de Alberdi; "una reforma radical en las leyes", y son palabras de Echeverría; poner "a la patria patas arriba", y son palabras del bárbaro Sarmiento. Todo un plan para abolir la nación criolla y católica y constituir el país iluminista y contranatura, que tuvo la terrible franqueza de exhibir Alberdi en las Bases. Ahora bien, las Bases -por si alguien poco avisado se allegara a estas páginas- eran las bases para nuestro ordenamiento constitucional, y así se ejecutó.
Una vez más, el proceso de "ingeniería política y social que padecemos desde la Revolución de 1789", se cumplía a rajatablas. Las tradiciones nacionales y religiosas eran sustituidas por el diseño racional de un país tramado en las logias; un pacto o contrato entre las partes obrantes -esto es, entre los representantes del poder vencedor- arrollaba y desplazaba el affectio societatis natural hasta entonces prevalente; la constitución ideológica de la nación se prefería a su conformación orgánica; el Estado liberal a la sociedad cristiana. "Para ello [la Revolución] se vale del concepto de Constitución como expresión y concreción del pacto social, como instrumento de racionalización política desde la voluntad de poder y con vocación de imponerse sobre la constitución sociaí"28.

54- Jordán B. Genta, Prefacio del Traductor, en Víctor Bouillon, La política de Santo Tomás, Buenos Aires, Nuevo Orden, 1965, p. 12.
 Lo diremos por última vez. Bien estará que algunos tratadistas descubran y subrayen los vestigios acristianados, o los resabios de Orden Natural que puedan haberse colado en la versión constitucional de 1853. Bien estará que invocando tales vestigios, todavía hoy, esto es, en medio de ' las ruinas más catastróficas, no falten quienes quieran defender lo justo. Pero la hondura de la cuestión es mayor, y ya la hemos señalado. Es la ideología del constitucionalismo lo que vuelve ilegítima a nuestra Constitución. Ideología que está en su origen, en su texto y en su espíritu. Ideología que "nació de una nueva y errónea concepción del hombre y de la sociedad, consagrada por la Ilustración". De modo que "la constitución -el constitucionalismo- no es neutra, sino que es fruto de la ideología liberal, pretendiendo la racionalización de la vida política para garantizar los derechos de los ciudadanos [...] los derechos subjetivos que surgen de la aliénation totale en la uolonté genérale, determinando la división de poderes, operando la racionalización de la vida política"29.
Para un católico coherente, al menos, éste debe ser el argumento mayor, ante el que se rindan otros; en primer lugar los que proceden de la extraña lógica de dar por legitimado un ordenamiento constitucional en razón de su perdurabilidad estable y "pacífica"; o del inadmisible dualismo por,,el que el deber ser pospone y renuncia a sus derechos, aceptando los derechos de lo que se impone por el paso del tiempo.
Miguel Ayuso, Los murallas de la Ciudad, Buenos Aires, Nueva Hispanidad, 2001, p. 31. Por cierto que Ayuso no se refiere al caso argentino, pero la aplicación de su enunciado a nuestro caso, es exacta.

28 Los entrecomillados de este último párrafo corresponen a la obra de 29-Miguel Ayuso, La ideología del constitucionalismo, en su El agora y la pirámide. Una visión problemática de la Constitución Española, Madrid, Criterio Libros, 2000, p. 47-58.