¿Puede un católico desobedecer al papa?
“A nadie, nunca le esta permitido desobedecer al papa. Punto”
La
afirmación es repetidamente hecha en las redes sociales, usualmente en
un intento de finalizar el debate. Se toma como un hecho. Sin citar
fuentes, sin proveer ninguna documentación. Solamente se asume. Es,
después de todo, obvio. Pero, ¿lo es? ¿Es algo que la Iglesia Católica actualmente enseña?¿En algún momento lo ha enseñado?
Como siempre en la teología Católica, debemos hacer distinciones.
Algunos no estarán de acuerdo en que es permisible resistir al Papa.
Esta idea data de San Pablo resistiendo a San Pedro en Gálatas 2:11–15:
Pero cuando después Cefas o Pedro
vino a Antioquía, le hice resistencia cara a cara, por ser digno de
reprensión. Pues antes que llegasen ciertos sujetos de parte de
Santiago, comía con los gentiles; mas llegados que fueron, empezó a
recatarse y a separarse, por temor de aquellos circuncisos.
Y los demás
judíos se conformaron con su porte disimulado, por manera de que aún
Bernabé fue inducido por ellos a usar de la misma simulación. Pero yo,
visto que no andaban derechamente, conforme a la verdad del Evangelio,
dije a Cefas en presencia de todos: Si tú, con ser judío, vives como
los gentiles, y no como los judíos, ¿cómo con tu ejemplo fuerzas a los gentiles a judaizar? Nosotros somos de naturaleza judíos y no de casta de gentiles pecadores o idólatras.
San
Pablo aquí se enfrenta a San Pedro por su conducta de retirarse de la
mesa de los Gentiles por temor a ofender a los judíos convertidos;
haciendo así, San Pedro se arriesgaba a engañar a los Gentiles en
pensar que debían actuar como judíos. La reprimenda de San Pablo
claramente no es un argumento contra la autoridad de San Pedro. Santo
Tomás de Aquino concuerda en que aún un inferior puede y en algunos
casos, debe, amonestar su superior:
“Si hubiera una cuestión de peligro para la Fe, el superior puede ser reprendido por sus inferiores, aún en público”. (1)
Santo
Tomás, junto con muchos de los teólogos citados más adelante, deja
claro que esa resistencia pública está dirigida hacia el ejercicio
de la autoridad, tal como lo hizo San Pablo con San Pedro(2), si hay
daño en la fe(3). Como lícita resistencia, no constituye un “juicio”
contra el Papa. Concerniente a esta resistencia, Tomas Cardenal
Cayetano, (1469–1534), principal líder teólogo de su tiempo, concurre:
Por lo tanto, Usted debe resistir, de frente a un papa,
que abiertamente desgarra la Iglesia, por ejemplo, al rehusar conferir
beneficios eclesiásticos, excepto por dinero o intercambio de
servicios……caso de simonía, que aun cometido por el papa, debe ser
denunciado.(4)
Pero ¿y si esta “resistencia” no es una
simple reprensión al papa por un ejercicio impropio de la autoridad?
¿Está la desobediencia aún permitida? Los teólogos, ¿han discutido en
algún momento esta “desobediencia” al papa, específicamente?
De hecho, sí lo han discutido.
Francisco
Suárez (1548–1617) de la escuela de Salamanca, un sacerdote Jesuita y
teólogo, considerado por muchos como uno de los grandes escolásticos
después de Santo Tomas de Aquino, escribió:
Si el papa diera una orden contraria a las buenas costumbres, uno no debe obedecerlo; si trata de hacer algo manifiestamente opuesto a la justicia o el bien común,
sería lícito resistirlo; si ataca con la fuerza, puede ser repelido con
la fuerza, con la moderación característica de una buena defensa. (5)
Sylvester
Prieras (1456–1523), un teólogo Dominicano, designado maestro del Sacro
Palacio por el Papa León X, y conocido por su detallada respuesta a
las 95 tesis de Lutero, escribió:
En respuesta a la pregunta: “¿Qué debe hacerse en casos en que el Papa destruya la Iglesia con sus malas acciones?: Ciertamente pecaría; tampoco se le debería permitir actuar de tal forma, ni debería ser obedecido,
en lo que fuera malo, pero debiera ser resistido con cortés
reprensión(.)… Él no tiene el poder para destruir; por lo tanto, si hay
evidencia de que lo está haciendo, es lícito resistirlo. El resultado de
todo esto es que si el Papa destruye la Iglesia con sus órdenes y sus
actos, puede ser resistido y la ejecución de sus mandatos, prevenida.
El derecho a la resistencia del abuso de autoridad de los prelados
viene de la Ley Natural (.)….como Cayetano observa, no afirmamos todo
esto en el sentido de que alguien tiene competencia para juzgar al Papa o
tiene autoridad sobre él, sino que significa ser lícito defenderse uno
mismo. Por supuesto, cualquiera tiene el derecho de resistir un acto
injusto, tratar de prevenirlo y de defenderse uno mismo”. (6)
Francisco de Vitoria (1483–1546), su homólogo Dominicano, fundador de la Escuela de Salamanca, escribió:
Si el Papa con sus ordenes y actos destruye la Iglesia, uno puede resistirlo e impedir la ejecución de sus mandatos. (7)
San
Roberto Belarmino (1542–1621), teólogo Jesuita, Doctor de la Iglesia,
uno de los grandes defensores de la teología Católica durante la
Contra-Reforma, escribió:
Así como es legal resistir al papa
si asaltara la persona de un hombre, es lícito resistirlo si asalta
las almas o perturba al estado o se esfuerza por destruir la Iglesia. Es
lícito, digo yo, resistirlo no haciendo lo que manda y estorbando la ejecución de su voluntad;
pero no es lícito juzgarlo, castigarlo o aún deponerlo, porque nada es
superior a él. Ver a Cayetano y a Juan de Torquemada, a este respecto.
(8)
Juan Cardenal de Torquemada (1388–1468), no sea confundido con Tomás, el Gran Inquisidor (1420–1498), escribió:
Ordenara el papa
cualquier cosa contra la Sagrada Escritura, los artículos de la Fe, o
la verdad de los Sacramentos o las órdenes de la Ley Natural o Divina, no debe ser obedecido, sino en tales ordenes debe ser ignorado. (9)
Más
recientemente, Raymond Cardenal Burke, licenciado en derecho canónico,
afirmó: “[Hay aún veces en] que el Papa debe ser desobedecido”. El
Cardenal Burke hacía referencia a lo que el historiador medieval y
maestro de Oxford, John Watts, escribió acerca de los límites del
ministerio Petrino.
El primer caso bien conocido en abiertamente
desobedecer al papa en el sentido que hemos tratado nos lo provee el
obispo Robert Grosseteste (1175–1253), Obispo de Lincoln (norte de
Londres) y uno de los hombres más sabios de la Edad Media. Michael
Davies lo trata ampliamente:
El asunto que provocó que el Obispo
Grosseteste rehusara cumplir lo que el consideraba un abuso de poder
papal era la provisión de beneficios (un nombramiento permamente de la
Iglesia, usualmente el de rector o vicario al cual se otorga propiedad e
ingresos respecto de los deberes pastorales). Él era un
hombre que no permitiría un compromiso en un asunto de principios, y
aquí tenemos una cuestión que no hubiera sido más directamente
concerniente al cuidado de las almas. En lo que a él
concernía, había dos consideraciones que deben venir antes que nada
cuando de trata de designar un cura que sea un verdadero pastor para su
pueblo: el pastor debe ser espiritualmente digno de su inspirador oficio
y debe vivir entre su rebaño.
Él aceptaba que, en virtud de su pleno poder,
el Papa tenía el derecho de hacer nombramientos a beneficios, y que
donde tal derecho fuera propiamente ejercido, el obispo estaba
ampliamente preparado para aceptarlo. Pero para ambos, el poder y la
provisión papales tenía un solo propósito: la salvación de la almas. Al
Papa, por lo tanto, le había sido dado el poder de nominar hombres a
oficios pastorales sólo para construir el Cuerpo de Cristo a través del
debido cuidado de las almas. Y ¿cómo podría el cuidado de las almas ser
encargado a un pastor ajeno, quien nunca había visto su rebaño y cuyo
único interés era en el oro que pudiera obtener de su nombramiento?
En
1253 el Papa nominó a su propio sobrino, Frederick de Lovaina, ¡ a una
canonjía vacante en la Catedral de Lincoln! El mandato ordenando al
Obispo Grosseteste al nombramiento, fue una obra maestra legal en la
cual, el uso cuidadoso de las clausulas non obstane [no hay ningun estatuto de lo contrario] hacía
que no hubiera causa legal para rechazarlo o dilatarlo. Esto, entonces,
era el dilema del Obispo: Estaba frente a una orden perfectamente legal
del Soberano Pontífice, que aparentemente debía ser obedecida, y así,
la petición, aunque legal, era obviamente inmoral, un claro abuso de
poder. El Papa estaba usando su oficio como Vicario de Cristo en un
sentido totalmente contrario al propósito por el que se le había
encomendado. El Obispo vio claramente que hay una importante distinción
entre lo que un Papa tiene derecho legal a hacer y lo que moralmente
debe hacer. Su respuesta fue un rechazo directo a obedecer una orden que
constituía un abuso de autoridad. El Papa estaba actuando ultra vires, más allá de los límites de su autoridad y por lo tanto sus súbditos no iban a obedecer esto.
En
su respuesta al mandato papal, el Obispo Grosseteste acusaba al Papa
Inocencio IV de desobediencia a Cristo y la destrucción del cuidado de
las almas. “Ningún súbdito fiel a la Santa Sede”, escribió, “ningún
hombre que hubiera caído en el cisma del Cuerpo de Cristo y de la misma
Santa Sede, puede someterse a mandatos o preceptos o cualquier otra
demostración de esa clase, no, ni aunque los autores fueran el más
excelso conjunto de ángeles. Él necesita repudiarlos y rebelarse contra
ellos con todas sus fuerzas. Porque la obediencia que debo y mi amor por
la unión con la Santa Sede en el Cuerpo de Cristo, como un hijo obediente, la desobedezco, la contradigo y me rebelo. Usted
no puede tomar acción contra mí, pues cada una de mis palabras y mis
actos no es una rebelión, sino el honor filial debido a las ordenes de
Dios a padres y madres. Como he dicho, la Sede Apostólica en su santidad
no puede destruir, sólo puede construir. Esto es lo que significa la
plenitud de poderes; puede hacer todas las cosas para edificar. Pero
estas, así llamadas, provisiones no construyen, sino que destruyen”
Comentando sobre esta carta, en su estudio “Relaciones de Grosseteste con el Papado y la Corona”, W.A. Pantin escribe:
“Parece que hay dos líneas de argumentos aquí. El primero es que desde que plentitudo potestatis [tocante al poder
jurisdiccional del papado]existe para el propósito de construir y no de
destrucción, cualquier acto que tienda a la destrucción o la ruina de
las almas no puede ser un genuino ejercicio del plenitude potestatis[.] … La segunda línea de argumento es que si el Papa, o cualquiera, ordenara algo en contrario a la Ley Divina, entonces sería erróneo
obedecer, y en último de los casos, mientras se protesta la propia
lealtad, uno debe rehusar obedecer. El problema fundamental era que
mientras las enseñanzas de la Iglesia están sobrenaturalmente
garantizadas contra el error, los ministros de la Iglesia, desde el Papa
para abajo, no son impecables, y son capaces de hacer juicios erróneos y dar órdenes erróneas”. (11)
“Usted
no puede actuar contra mí”, el Obispo Grosseteste había advertido al
Papa, y los eventos probaron que estaba en lo correcto. Inocencio IV
estaba fuera de sí de la furia cuando recibió la carta del Obispo. Su
primer impulso fue ordenar a su “vasallo el rey” que aprisionara al
viejo prelado—pero sus Cardenales lo persuadieron de que no tomase
medidas.
“No debe hacer nada. Es verdad. No
podemos condenarlo. Él es un católico y un hombre santo, un hombre mucho
mejor que nosotros. No tiene quién se le iguale entre los prelados.
Toda la clerecía inglesa y francesa sabe de esto y contradecirlo no
tendría ningún aval. La verdad de esta carta, que probablemente es
conocida por muchos, puede mover a muchos contra nosotros. Él es
estimado como un gran filósofo, versado en literatura griega y latina,
celoso de la justicia, lector en las escuelas de teología, predicador
del pueblo, enemigo activo de los abusos”. Este relato fue escrito por
quien no tenía ninguna estima por el Obispo—Mathew Paris, ejecutor del
mandato que rechazaba implementar el Obispo. Pero Mathew reconocía la
grandeza y sinceridad de Robert Grosseteste y fue movido por ella.
Innocencio IV decidió que lo más prudente era no tomar medidas [.] (12)
Fr. Chad Ripperger, anteriormente de la FSSP y ahora de la Society of the Most Sorrowful Mother/Doloran Fathers,
concuerda con los teólogos citados, en que la desobediencia al papa
puede ser permitida, siempre que algunas condiciones se cumplan:
Santo
Tomás, otros moralistas y aun la misma Iglesia dan ciertas condiciones
bajo las cuales no debemos ejecutar el mandato de un superior. Y esto
debe aplicar a los obispos y, en algunos casos raros, al mismo Papa.
Nosotros estamos obligados a obedecer todos los mandatos legítimos [.] …
La
primera condición nos eximiría de la obediencia si ellos mandaran algo
contrario a la Ley Natural o a la Ley Divina positiva, es decir, si la
orden es pecaminosa, uno esta obligado a no obedecer; de hecho está prohibido obedecer.
Segundo,
si el mandato es claramente imprudente y esto se sigue de que la
imprudencia es un pecado.[.] … Esto sólo puede ser hecho cuando se tiene
una clara visión de las circunstancias del caso; de otra forma, el
beneficio va hacia el superior.
Tercero, la misma
Iglesia, dice en su código de Derecho Canónico que si las
circunstancias bajo las que se dio la orden hacen que su ejecución se
haga imposible, la persona debería regresar al superior y pedir
instrucciones.
Cuarto, si el superior te da una
orden de hacer algo contrario al sostén de la vida; por ejemplo, tu
superior no puede ordenarte que ayunes al punto de morir de hambre.
Quinto,
si el mandato es excesivamente oneroso, uno no esta obligado a
obedecer. Por ejemplo, si el superior ordena dormir sólo cuatro horas en
la noche[.] ..
Sexto, si la orden no viene de alguien con jurisdicción …
Séptimo,
tus superiores no pueden ordenarte algo espiritual o moralmente dañino.
Por ejemplo, si tu superior te ordenara tomar un empleo de pianista en
un burdel. (13)
Una vez que todos estos factores son
tomados en consideración, la cuestión es si pueden ser aplicados a un
caso más reciente, el del Arzobispo Marcel Lefebvre. El Arzobispo
Lefebvre, en un acto que él mismo calificó como uno de “desobediencia”,
consagró cuatro Obispos para la sociedad sacerdotal de San Pio X en
1988, después de habérsele negado el permiso de hacerlo por el Papa Juan
Pablo II. En una declaración formal escrita el 29 de Marzo de 1988 y
publicada en Julio de 1988, el Arzobispo Lefebvre describe este acto de
desobediencia y lo referencia en su defensa a los teólogos citados
abajo:
Ahora nuestra desobediencia está motivada por la
necesidad de conservar la Fe Católica. Las ordenes dadas a nosotros
claramente expresan que nos han sido dadas en orden a obligarnos a
someternos sin reserva al Concilio Vaticano Segundo, a las reformas
post-conciliares y a las prescripciones de la Santa Sede, es decir, las
orientaciones y actos que están socavando nuestra Fe y destruyendo la
Iglesia. Es imposible para nosotros hacer eso. Colaborar en la
destrucción de la Iglesia es traicionar la Iglesia y traicionar a
Nuestro Señor Jesucristo. Ahora, todos los teologos dignos de ese nombre
enseñan que si un papa, por sus actos, destruye la Iglesia no podemos
obedecerlo. [referencias en original]: Vitoria: Obras, pp.486-487; Suarez: De fide, disp.X, sec.VI, no.16; St. Robert Bellarmine: de Rom. Pont., Book 2, Ch.29; Cornelius a Lapide: ad Gal. 2,11, etc.)[.] (14).
Nótese
que Prieras, Vitoria, Bellarmine, Grosseteste, Pantin y Lefebvre todos
establecieron que las condiciones requeridas para desobedecer al papa
deben involucrar un acto o actos que “destruirían a la Iglesia” o
permitirían la “destrucción de las almas”. Ninguno, sin embargo, va a
mucho detalle respecto a lo que dicha destrucción implicaría. Los
defensores del Arzobispo Lefebvre apuntarían al colapso estadístico de
la Iglesia durante el período y posteriormente al Segundo Concilio
Vaticano, pero, si, por sí misma satisficiera las condiciones
establecidas por los teólogos, (por ejemplo, “destruir”) puede ser
debatido.
Aplicando el criterio del Fr. Ripperger, los defensores argumentan que Lefebvre por lo menos cumplía los primeros dos:
- Serle solicitado o requerido, aun en su mente, “traicionar a la Iglesia” y “traicionar a Nuestro señor Jesucristo” constituye un pecado.
- Que las “órdenes dadas a nosotros”…..”obligándonos a someternos sin reservas a”…..”orientaciones y actos que estan socavando nuestra Fe y destruyendo a la Iglesia”, ordenes que constituyen mandatos imprudentes, haciendo permisible la desobediencia, desde que, como el Fr Ripperger establece, “de esto se sigue el hecho de la imprudencia constituye un pecado”. Ellos reclamarían que sería difícil argumentar que el Arzobispo Lefebvre “no tenía un claro concepto de todas las circunstancias del caso” o que era ignorante de la descripción de Santo Tomás de Aquino de cuándo una conciencia errada liga”.
La
respuesta a la pregunta es, entonces—sí, un católico puede desobedecer
al Papa, pero sólo cuando se reunen ciertas condiciones. Para el
católico de a pie las condiciones señaladas por los teólogos no
aplican. Pero para aquellos a quienes los teólogos dirigen sus
preocupaciones, cuando lo hacen, la desobediencia, de hecho, puede ser
requerida. En cuanto a lo que toca al Arzobispo Lefebvre, no tenemos,
como dijo Santo Tomas Moro, una ventana con vistas hacia la conciencia
de otro hombre ni podemos leer la mente de un hombre muerto. Aquellos
que quieran reclamar que el Arzobispo Lefebvre estaba mintiendo en
cuanto a sus razones, tienen plena libertad de hacerlo. Aquellos que
quieran reclamar que de hecho él no reunía las condiciones dichas por
los teólogos, igualmente. Los teólogos han hablado; el lector puede
decidir por sí mismo.
Lo que no puede ser argumentado, sin
embargo, es que la Iglesia Catolica haya enseñado o enseñe ahora, que a
nadie se le permita desobedecer a un papa.
Paul Casey
Referencias:
- Summa Theologica II-II, q33, a. 4
- Ibid.
- Thomas Aquinas, Commentary on St. Paul’s Epistle to the Galatians
- Cajetan, De Comparatione Auctoritatis Papae et Concilii
- Suarez, De Fide, disp. X, sect. VI, n. 16. De Fide, disp. X, sec VI, no. 16
- Prieras, Dialogus de Potestate Papae (from Francisco de Vitoria: Obras, pp. 486–7)
- De Vitoria, Obras de Francisco de Vitoria, pp. 486-487.
- Bellarmine, De Romano Pontifice, Bk 2, Ch. 29, 7th reply
- De Torquemada, Summ. de Eccl., pp. 47, 48
- https://www.thetablet.co.uk/news/8869/cardinal-burke-there-are-times-when-a-pope-must-be-disobeyed
- “Grosseteste’s Relations with the Papacy and the Crown”by William Abel Pantin, M.A., F.B.A., in Robert Grosseteste, Scholar and Bishop, edited by D.A. Callus, 1953, p. 183.
- Davies, Michael, “Recognize and Resist: Yet Another Example from History,” The Remnant, September 6, 1975
- Chad Ripperger, Assent to Papal Teaching, 7:34
- Archbishop Lefebvre, “Can Obedience Oblige us to Disobey?” from the July 1988 edition of “The Angelus Magazine,” statement originally given March 29, 1988
Traducido por Enrique Nungaray