RESPETUOSA ADVERTENCIA AL PRESIDENTE MACRI ANTE UNA
NUEVA HUELGA DE HAMBRE
Señor
Presidente, le escribo estas líneas que en otros tiempos hubiera encabezado
con un "Excelentísimo Señor Presidente de la Nación" pero le confieso
que su manera de presentarse, de actuar y de dejar de lado sus más
elementales deberes del cargo que ocupa, no me lo permiten. Y se las escribo
para transcribirle una nota que me llegó hoy presentada por el Sr. General de
División (R) Eduardo Rodolfo Cabanillas. U-31, Ezeiza, el 13 de julio 2016,
es decir ayer, en la cual anuncia su iniciación de una "una huelga de
hambre durante la cual no tomaré ningún remedio y sólo consumiré líquidos
-dice la nota- , hasta que fallezca o se me otorgue la prisión domiciliaria,
denegada arbitrariamente, ya por cuarta vez, por el T.O.F. 1" .
Supongo que se trata del Tribunal Federal Oral Nr. 1, de La Plata, presidido por el prevaricador Rosanski, mal considerado "juez federal", quien, desde los tiempos del kirchnerismo, está realizando parodias de juicios que son en realidad tragedias predeterminadas con la única intención de satisfacer su odio ideológico a los militares y otras personas acusadas de delitos nunca probados por los "camaradas" de la izquierda.
Todas las "resoluciones" y "sentencias" dictadas por ese supuesto juzgado, que es en realidad un "tribunal popular" análogo al de los países comunistas, como Cuba, cuya misión no es hacer justicia sino condenar a torturas y a muerte, son nulas de nulidad absoluta por violación de la Constitución, de las Tratados y de las leyes penales. ¡Y Ud. lo sabe, aunque sea ingeniero, y si no lo sabe, tiene abogados a su servicio que se lo pueden decir sin dudar un instante!
Hay más de 2.000 secuestrados políticos en situación similar y otros 367 muertos encarcelados de la misma manera por ese y otros jueces prevaricadores en diversas jurisdicciones, cuyas sentencias han sido confirmadas por los inicuos ministros de la Corte Suprema quienes, según Lorenzettí, presidente de ella, dictan sus fallos siguiendo una "política de Estado" que ha resuelto unir los tres poderes para cometer estas atrocidades.
El Presidente de la Nación tiene la facultad, otorgada por el inciso 5to. del artículo 99 de la Constitución Nacional (versión 1994) de "indultar o conmutar las penas por delitos sujetos a jurisdicción federal", que son precisamente aquellos por los cuales, supuestamente, se mantienen desde hace 12 años esos encarcelamientos inicuos. Luego, Macri puede dictar un decreto de indulto a TODOS los secuestrados, sin más trámite que el formal que exige el mismo artículo citado, dejándolos en libertad inmediatamente,. Aunque alguno de ellos pueda ser culpables de algún delito cuya pena, de todas maneras, quedó extinguida por la amnistía y los indultos dictados en los gobiernos de Alfonsin y Menem.
Además, siendo Ud. el Jefe de la Administración Pública, lo es también del Servicio Penitenciario Federal, de manera que puede y debe ordenar la apertura de las cárceles para liberar a esos desdichados al mismo tiempo de su indulto.
Esto lo vengo exigiendo desde el 26/1/2016 dado que Ud. mismo dijo en su campaña que "hay que acabar con el "curro" de los derechos humanos" y lo he reiterado varias veces (ver "La botella al mar" de esa fecha y luego los números 1371/2/3/7/8/9, 1381 y otros)
Junto con esa nota quiero advertirle que el daño que Ud. les está causando a esas víctimas del horror cometido por el mal llamado "Poder Judicial" del kirchnerismo, que continúa sin variantes por el incumplimiento del deber de Ud. de exonerar a todos los responsables de aquella "política de Estado", es inexcusable. Y teniendo la facultad de liberarlas mediante un decreto de indulto y una orden de abrir las cárceles como único medio eficaz para deshacer los criminales entuertos de la justicia prevaricadora y no haciéndolo, Ud. es directamente responsable de esas prisiones y su conducta puede estar incursa en varios delitos. A saber:
Abandono de persona: artículo 106 del Código Penal: "El que pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener y cuidar ...Si ocurriere la muerte , la pena será de 3 a 10 años de reclusión o prisión".
Torturas: El art. 144 ter del Código Penal dispone que " será reprimido con reclusión o prisión de 8 a 25 años e inhabilitación absoluta y perpetua al funcionario público que impusiere a personas, legítima o ilegítimamente privadas de su libertad, cualquier clase de tortura. Es indiferente que la víctima se encuentre jurídicamente a cargo del funcionario bastando que éste tenga sobre aquella poder de hecho". UD. ES EL FUNCIONARIO QUE DE HECHO LOS MANTIENE EN PRISIÓN. "Por tortura se entenderá no solamente los tormentos físicos sino también la imposición de sufrimientos psíquicos, cuando estos tengan gravedad suficiente". ¡Y 12 años de cárcel ilícita en condiciones aberrantes impuesta a personas jurídicamente inocentes o no punibles, casi todas de avanzada edad, es un gravísimo sufrimiento psíquico!
Lesiones: Arts. 89 a 91 del Codigo Penal sanciona con una pena de hasta 10 años de reclusión o prisión, a quien cause lesiones a otro, entendiéndose por lesión tanto la enfermedad mental como la corporal, enfermedades éstas que padecen todos los secuestrados políticos sin duda alguna. La mejor prueba de esto es la decisión tomada por el General Cabanillas de arriesgar la vida en una huelga de hambre antes que seguir sometido a la tortura a que Ud. lo somete.
Señor Presidente: la situación se torna apremiante y aún más grave frente a esa huelga de hambre. Si Ud. sigue con sus gozos del poder sin ejercerlo en favor de la Justicia violada por la existencia de una cantidad de secuestrados políticos mayor que en Cuba y en Venezuela, algún día podrá ser acusado y tal vez condenado por esos delitos.
Entretanto corresponde que la situación que padecemos en la Argentina sea denunciada ante la Corte Interamericana de Derechos Humanos (OEA- Washington) y al mundo entero para que se sepa que su fama de "liberal" y la alegría empresarial por su encumbramiento, son absurdas puesto que Ud. mantiene una situación contraria a todo Derecho y a la moral cristiana.
Es hora de que se decida a dictar el decreto de indulto para lo cual, en previsión de que los jueces prevaricadores demoren los informes que debe solicitarles para ello, es necesario que les ponga a los jueces un plazo perentorio para expedirse y designe a los mismos abogados defensores de las víctimas como fiscalizadores "ad hoc" para que impiden esa conducta despreciable.
Si no lo hace, algún día deberá responder ante un Tribunal imparcial por su conducta perversa y en todo caso, y sin falta, ante el tribunal divino.
Al Gral. Cabanillas y a su familia, les hago llegar mi solidaridad y desde ya lo incluyo especialmente en mis oraciones para que Dios lo fortalezca y lo libere cuanto antes.
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NOTA DEL GRAL CABANILLAS ANUNCIANDO SU HUELGA DE HAMBRE
Nota presentada por el Sr. General de División (R) Eduardo Rodolfo Cabanillas. U-31, Ezeiza, 13 de julio 2016.
Al Señor Jefe de Internos:
El que suscribe, de 74 años, preso político, condenado a prisión perpetua por mandato del entonces gobierno "K", supuestamente por un delito llamado de "tipo lesa humanidad", informo, para conocimiento del Servicio Penitenciario Federal, que hoy miércoles 13 de julio de 2016, finalizado el horario de visitas (12 hs.) he de iniciar una huelga de hambre durante la cual no tomaré ningún remedio y sólo consumiré líquidos, hasta que fallezca o se me otorgue la prisión domiciliaria, denegada arbitrariamente, ya por cuarta vez, por el T.O.F. 1.
He esperado que el actual gobierno, durante el Bicentenario, tomara alguna medida a fin de asegurar la igualdad ante la ley y los consiguientes derechos de los Presos Políticos injustamente detenidos, con juicios viciados de nulidad absoluta, o aún sin ellos. Esperé que se considere la cantidad de presos mayores de 70 años con las enfermedades propias de la edad que se ven aceleradas por la misma prisión y su consiguiente "stress", violándose de esta manera lo determinado en el artículo 56 de la Carta de las Naciones Unidas (entre otras normas) privados del derecho a la prisión domiciliaria con el único sustento de un discurso ideológico, con lo que se comete así un crimen de estado por no proteger ni garantizar los DDHH de los prisioneros, sólo por odio y venganza del gobierno pasado.
Evoco también el dolor de nuestras familias y afectos, que sufren a nuestro par, viendo tanta injusticia.
Tal vez esperan que se haga lo que he decidido hacer para prestar alguna atención y escucharnos. Será un testimonio que brindaré.
Cumplo, dentro de pocos días, 10 años de prisión ininterrumpida en cárceles comunes en forma arbitraria, injusta e ilegal. Es mucho tiempo, por ésto mi decisión. Tengo derecho a morir junto a quién me acompañó desde hace más de 53 años.
"Si DIOS murió por nosotros y en esta lucha debemos morir, es preferible la CRUZ DEL CALVARIO, que sin DIOS, sin PATRIA y sin JUSTICIA vivir".
Eduardo Rodolfo Cabanilllas
Grl. División.