jueves, 23 de enero de 2014

DEMOCRACIA POLITICA Y SUS FALSOS DOGMAS

Democracia Política y sus Falsos Dogmas (II) –

 Por Eugenio Vegas Latapie

LIBERTAD

  Juan Jacobo Rousseau formuló con estas palabras el dogma democrático de la libertad humana: "El hombre nace libre y por todas partes se encuentra encadenado. Alguno cree ser el amo de los otros y, sin embargo, no deja de ser más esclavo que ellos. ¿Cómo se ha verificado este cambio? Lo ignoro"(1). Contradice, no obstante, tan solemne afirmación, al escribir en el capítulo siguiente: "La más antigua de todas las sociedades y la única natural es la familia, y, sin embargo, los hijos no quedan ligados al padre más que el tiempo que necesitan de él para conservarse. Tan pronto como cesa la necesidad, se disuelve el lazo natural. Los hijos, exentos de la obediencia que debían al padre; el padre, exento de los cuidados que debía a los hijos, todos recobran igualmente la independencia. Si continúan permaneciendo unidos ya no lo es naturalmente, sino voluntariamente, y la familia misma no se mantiene más que por convención"(2).
  Como salta a la vista, después de haber sentado Rousseau que "el hombre nace libre", afirma que nace también con la necesidad de obedecer al padre y que no recobra -rentre-su independencia sino cuando cesa la necesidad de obedecerle para conservarse. Pero, ¿cómo ha de recuperar el hijo una independencia de que carecía cuando nació? Con esta flagrante contradicción comienza ese famoso Contrato social que hubo de enloquecer a las masas revolucionarias, desplazando a los "ilustrados" y a los enciclopedistas, y logró para su autor el calificativo de "padre de la democracia moderna".
  Por otra parte, aunque constituya el Contrato social un constante alegato en favor de la libertad, en parte alguna se encontrará en él una definición, ni siquiera descriptiva, del concepto de libertad, Le basta a Rousseau con establecerla como un principio axiomático. A su juicio, el problema fundamentales "encontrar una forma de asociación que defienda y proteja con toda la fuerza común a la persona y a los bienes de cada asociado, y por la cual cada uno, uniéndose a todos, no obedezca, sin embargo, más que a sí mismo, y permanezca tan .libre como antes"(3). La solución a este problema, según el propio autor, se halla en su "contrato social", cuyo contenido resume en los siguientes términos: "Cada uno de nosotros pone en común su persona y todo su poder-puissance-bajo la suprema dirección de la voluntad general, y después cada miembro, como parte indivisible del todo, recupera lo que ha entregado"(4).
  Los límites que he señalado a este trabajo me impiden tratar de ese maravilloso fetiche ideado por Rousseau, bajo el pomposo nombre de voluntad general, que "debe partir de todos para aplicarse a todos" y se opone con frecuencia a la voluntad de todos, ya que esa voluntad general no mira más que al interés común, mientras que la voluntad de todos mira al interés privado(4).
  Frente al caos a que conducen las contradicciones y sofismas del "filósofo" ginebrino, se eleva perenne y luminosa la doctrina católica, al enseñar con León XIII que la libertad, como "facultad que perfecciona al hombre, debe aplicarse exclusivamente a la verdad y al bien"(5), fórmula que sintetiza de manera perfecta la definición tomista: Libertas dicitur qua aliquid potest ex propria voluntate movere se et ad finem sibi positum(6). En efecto, según Santo Tomás, "la libertad es una virtud de la voluntad relacionada con la inteligencia, que la precede, y el fin, que la atrae". La libertad política será, por tanto, esa misma virtud considerada en su utilización para la vida política. "Esta cualidad natural no todos los hombres la poseen forzosamente; se tiene o no se tiene... En todo caso, esa libertad política no es un derecho absoluto que pertenezca a todos por igual"(7).
  Pero la filosofía política católica y, por consiguiente, el Derecho Público Cristiano, que en el terreno de los principios permanece intacto y en el que se contiene la única solución para salvar al mundo de los terribles males que le amenazan, se han visto suplantados en todos los Estados modernos por el que León XIII tituló "Derecho nuevo", nacido de los principios divulgados por los seudofilósofos del siglo XVIII, entre los que sobresale Rousseau, principal apóstol del falso dogma de la bondad natural del hombre, diametralmente opuesto al dogma católico del pecado original.
  A nadie debe ocultársele que la libertad sin límites, según es postulada por la democracia moderna, representa una nueva encarnación del pecado de soberbia que motivó la caída de Lucifer y de los ángeles que le secundaron al grito de Non serviam. Así nos lo recuerda León XIII en su encíclica Libertas: "Pero son ya muchos los que, imitando a Lucifer, del cual es aquella criminal expresión: No serviré (Jer. 11, 20), entienden por libertad lo que es una pura y absurda licencia"(8).
  El hombre moderno, en consecuencia, se niega a tolerar coacción ni prohibición alguna. Los dictados de la propia voluntad serán su única norma y su única ley. Ya que es forzoso vivir en sociedad, la ley constituirá la "expresión de la voluntad general".
  ¿Por qué, si hemos nacido libres e iguales, hemos de sujetarnos a la voluntad de otro hombre? "¿Quién al hombre del hombre hizo juez?", preguntaba retador el poeta Espronceda. "Es la naturaleza misma-afirma Kelsen-la que, en la reivindicación de la libertad, se rebela contra la sociedad. Pero esa pesada carga de la voluntad ajena que impone la vida en sociedad parece tanto más pesada cuanto el sentimiento innato que el individuo tiene de su propia valía se expresa más directamente en la negación de toda superioridad de la valía de otro. El que está forzado a obedecer experimenta más irremisiblemente el sentimiento de que el señor, el jefe, no es más que un hombre semejante a él, por 10 que se pregunta qué derecho tiene a mandarle"(9). En contraposición a la doctrina de Santo Tomás, Kelsen sostiene, por tanto, que "es políticamente libre el que está sin duda sometido, pero solamente a su propia voluntad y no a una voluntad extraña"(10).
  Exigencia rígida del principio de libertad es que todos los ciudadanos gobiernen por unanimidad y que las leyes sean votadas también de manera unánime. Pero ante la imposibilidad práctica de que, salvo en casos excepcionales y en sociedades políticas de muy escasos miembros', pueda hacerse realidad esa unanimidad, incluso los más convencidos demócratas han tenido que sacrificar dicha exigencia para admitir el principio del gobierno por mayoría numérica. Con ello, quienes constituyen la minoría pierden su libertad política, puesto que se ven forzados a obedecer a una voluntad ajena: la voluntad de la mayoría.
  El falso principio de que sólo es políticamente libre el que no se encuentra sometido más que a su voluntad, y no a una voluntad extraña, unido al dogma de que todos los hombres nacen libres e iguales, planteaba, en efecto, un insoluble conflicto, que obligó a los demócratas a abandonar sus principios, para no verse obligados a reconocer la legitimidad de la anarquía. Tuvieron, así, que prescindir del principio de unanimidad y adoptar el principio mayoritario, cuya justificación puede resumirse con elocuente crudeza en esta frase: "Que sean esclavos, o-en lenguaje rousseauniano--que estén encadenados los menos." Oigamos, por ejemplo, a Kelsen: "Sólo hay una idea que por una vía racional conduce al principio mayoritario: la idea de que, al ser imposible que todos los individuos sean libres, es necesario que por lo menos sea libre el mayor número posible de personas, o, dicho de otro modo, es preciso que un orden social no esté en contradicción más que con la voluntad del menor número posible"(11).
  Otro ilustre demócrata, el profesor Rudolph Laun, rechaza esta tesis, cuando sostiene que "la idea de que el ciudadano no obedece más que a sí mismo al obedecer a las leyes que se ha dado y a los ediles que ha elegido, es una ficción. Para que el ciudadano fuera "libre" precisaría gozar de la autorización de obrar de otro modo del que ha decidido la mayoría. Es lo que puede hacer la mayoría en tanto que conjunto. Por el contrario, el ciudadano individual está ligado a la mayoría por la cual votó, del mismo modo que lo está la minoría, y como el ciudadano está ligado a la dominación ejercida en un Estado no democrático. Cuando el ciudadano, que en la democracia ha votado por la mayoría, cambia de opinión, entonces puede en la siguiente elección votar contra la mayoría. He aquí en qué consiste la "libertad", y en nada más. Así, el campo de la libertad individual está tan expuesto a los caprichos de la mayoría como en el Estado no democrático lo están los ciudadanos a los caprichos de los gobernantes". Y después de exponer algunas otras consideraciones al respecto, el profesor de Hamburgo sienta la siguiente conclusión: "La democracia es el Estado en que la mayoría de adultos es libre en tanto que conjunto, lo que equivale a decir que en la democracia es la mayoría de adultos la que reina, pero no se puede sostener sin atentar contra la lógica que la democracia es el Estado en el cual es libre el mayor número posible de individuos"(12).
  El profesor Le Fur, por su parte, sostiene una teoría mucho más radical: "Hacer reposar la democracia, 'último término de la evolución', sobre la libertad, como 10 hacen Kelsen, Laun, Nitti y muchos autores, sobre todo desde el siglo XVIII, es el error del individualismo liberal, para el cual sólo existe el individuo y que considera a la libertad como valor supremo. Lógicamente aplicado, y la lógica es la única verdad objetiva que admiten ciertos juristas contemporáneos, esta doctrina lleva directamente a la anarquía. Que es, por otra parte, la supresión práctica de la libertad para la masa de los débiles"(13).
  De todo lo expuesto se deduce que el principio abstracto de libertad, cuando se respetan sus consecuencias lógicas, produce la muerte de las libertades concretas y concluye, indefectiblemente, en la anarquía. La mayor parte de los llamados políticos liberales desvirtuaron, sin embargo, los principios que afirmaban. Cánovas del Castillo, comentando la implantación hecha por Bismarck en Alemania del sufragio universal, tranquilizaba a su auditorio asegurando que el Canciller de Hierro "no moriría del mal de lógica". El falseamiento sistemático de las elecciones verificadas en España desde 1876 a 1923, "hechas desde el Ministerio de la Gobernación", demuestran en los gobernantes un decidido propósito de inmunizarse de ese "mal".
  Lo mismo hizo la República del 14 de abril, al promulgar en nombre de la libertad la ley de Defensa de la República y establecer en la ley electoral las primas a la mayoría, y prodigar la censura de prensa, combinándola con la supresión arbitraria de periódicos.

(1) J. J. Rousseau : Du contrat social, París, Union Générale d'Editíons, 1963, lib. l, cap. l, págs. 50.
(2) Rousseau, op, cit., pág. 51.
(3) Rousseau, op, cít., lib. 1, cap. 6, pág. 61.
(4) Rousseau, opvcit., lib. 1, cap. 6., pág. 62.
(5) Rousseau, op. cit., lib. n, cap. 3, pág. 73.
(6) León XIII: Libertas, en Doctrina Pontificia, ed. cit.•vol. II, pág. 208.
(7) Santo Tomás: Comentarios el la "Política" de Arist6teles, VII, 2, 1. (Vid. Demongeot: El mejor régimen político según Santo Tomás, Madrid, B. A. C., 1959, pág. 211.)
(8) Demongeot, op, cit.., pág. 111.
(9) Doctrina Pontificia, ed. cit., pág. 237.
(10) Kelsen: La démocratie. Sa nature. Sa valeur, París, Recueil Sirey, 1932, pág. l.
(11) Kelsen, op. cit., pág. 2.
(12) Kelsen, op, cit., pág. 8.
(13) Rudolph Laun: La démocratie, París, Librairie Delagrave, 1933, pág. l50.
(14) Louis Le Fur : La démocratie et la CTÍse de l'Btat, en Archives de la Philosophie du Droit, París, Recueil Sirey, 1934, nums, 3-4, pág. 35.

DON EUGENIO VEGAS LATAPIE – “Consideraciones sobre la democracia” – Discurso leído el 14 de Septiembre de 1965. Selecciones Gráficas – Madrid 1965. Págs. 65-71.



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