El Syllabus ¿es una definición ex cathedra?
En la entrada anterior hicimos referencia al valor magisterial del Syllabus tomando como muestras dos obras de consulta del siglo XX. Reproducimos ahora un texto del siglo XIX, de D. Niceto Alonso Perujo, autor de un extenso comentario al Syllabus publicado en dos tomos.
"No es esto decir que el Syllabus tenga la misma fuerza que una
definición ex cathedra; pero no es necesario que la
doctrina del Papa lleve siempre ese carácter para que los católicos
deban someterse sin restricción a ella.
Sin
embargo, no faltan algunos que defienden que el Syllabus tiene el valor de una
definición doctrinal, pero en esta parte su celo les lleva demasiado lejos.
Es ciertamente una enseñanza solemne, uno de los actos más memorables del
pontificado de Pío IX, un documento notabilísimo, que seguramente no será
reformado, sino antes bien confirmado por los Papas o Concilios futuros.
Sin embargo, como enseñan todos los teólogos, para que una doctrina pueda
ser llamada oráculo infalible y dogmático, se necesita algo más,
y entre otras cosas, que sea propuesta precisamente como
tal, expresándolo con claridad y obrando el Papa con la plenitud
de su poder.
Por eso el Syllabus no está firmado por el Pontífice ni
contiene censura, ni explicación de las proposiciones que
condena, limitándose a calificarlas en general de errores. Esto, no
obstante, no se puede poner en duda su autenticidad, ni nadie la ha
negado.
Fue redactado de orden del Papa y remitido directamente a todos los
Obispos por el Cardenal Antonelli, secretario de Estado, a fin de que los mismos Prelados
tuviesen a la vista todos los errores y perniciosas doctrinas, que habían
sido reprobadas y condenadas por Su Santidad. Es evidente que no todas las
proposiciones del Syllabus merecen la misma censura: las
hay heréticas, próximas a herejía, falsas, temerarias,
cismáticas, subversivas, etc.; y cada una de ellas supone respectivamente
la censura con que fue notada por primera vez, si después no
ha recaído sobre ellas definición solemne, como sucedió con
algunas en el Concilio Vaticano. Por manera que el Syllabus impone la obligación en
conciencia de someterse a sus decisiones y creer que sus proposiciones son
errores contrarios a la doctrina de la Iglesia. Pero entre ser una doctrina errónea y
ser herética hay una gran diferencia...".
Fuente:
Alonso Perujo, N. Lecciones sobre
el Syllabus. 2ª ed., Pascual Aguilar, Valencia (1891), Tomo I, pp. 19-20.

