ABOLICIONISMO PENAL: GENOCIDIO POR GOTEO
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| ZAFFARONI : EL PAPÁ DE LA REFORMA |
Parece que el progresismo- peste intelectual que impregna a la
totalidad de la partidocracia- está poniendo toda la carne al fuego.
Treinta años de ablandamiento a la sociedad, para convencerla o para
neutralizarla confundiéndola, han llevado a la institucionalización de
esta perversa manera de pensar la sociedad, la cultura, la política y el
derecho. Justamente en este ultimo rubro el progresismo es partidario
del abolicionismo penal que algunos conocen como garantismo, derivado
del neo marxismo , la denominada Escuela Holandesa del Derecho Penal
cuyo máximo representante era el catedrático Luck Hulsman y aqui el
rentista de lupanares, el famoso juez Zaffaroni dilecto discípulo de
aquel. Con esa finalidad institucionalizadora se llega a un proyecto de
reforma del Código Penal para plasmar negro sobre blanco y en una sola
ley, dentro de una sociedad presa de la delincuencia mas vil, todas y
cada una de las normas que hemos sufrido desde hace 30 años y que
reducen a la nada el castigo a las conductas antisociales de los
criminales, aun los mas salvajes y vesanicos que se verán beneficiados
hasta con las disposiciones mas ridículas y cínicas.
Todo el trabajo de destrucción del Derecho Penal, todo el
"ninguneo" a las victimas y la "victimización" directa o indirecta del
criminal, se ven reflejados en este desgraciado engendro que se quiere
llamar jurídico y que se intentará aprobar a libro cerrado con la
mayoría kiechnerista y los plácemes del CELS.
Ponemos sobre aviso a la ciudadania- pues esto se esta tratando
con sordina y trataran de aprobarlo entre gallos y medias noches - para
que hagan sentir energicamente su oposición aL nuevo disparate del
progresismo y de la partidocracia. Especialmente nos dirigimos a las
victimas y a los familiares de las victimas que han tenido que sufrir en
carne propia la acción de los malvivientes y la del Estado que siempre
tiene argumentos para avalar la impunidad de éstos.
Subimos una nota de opinión de la Dr Cohen Agrest, aparecida en el
diario La Nación, con la que coincidimos, salvo en ciertos conceptos
liberales.Seguiremos ocupandonos del tema.
" LA LEGITIMACIÓN DE LA IMPUNIDAD
Por: Diana Cohen Agrest
La reforma del Código Penal suele ser justificada con el argumento de que, con el tiempo, el hoy vigente fue perdiendo coherencia. No es un tema menor,
en la medida en que el discurso jurídico aspira a validar una
estructura que establece la "verdad institucional" y a implementar los
recursos legales para proteger esa fuente de autoridad. Sin embargo, la
reforma presentada profundizará la brecha entre la pérdida de
legitimidad del discurso jurídico-penal y las demandas de la ciudadanía.
La orientación del anteproyecto del Código, que se
firmó en diciembre pasado, se inscribe en una inversión valorativa que
aquejó a la Justicia de las últimas décadas en la Argentina. Tanto es
así que, según el texto, serán un atenuante "las consecuencias lesivas
considerables que hubiere sufrido el autor o partícipe como resultado de
la ejecución del hecho" (art. 18.e). Entiéndase bien: si al cometer el
delito el delincuente sufre un daño, desde alguna lesión física hasta si
se vale de su hijo inimputable para delinquir y el niño muere, esa
pérdida será un atenuante para quien fue artífice de la muerte de su
hijo (y de los inocentes, que ni son contemplados por la ley).
También serán atenuantes el ser menor de 21 años y "las
circunstancias personales, económicas, sociales e individuales que
limiten el ámbito de autodeterminación" (art. 18.2.c), espectro tan
amplio e impreciso que servirá de instrumento privilegiado en el
ejercicio de una discrecionalidad interesada en el dictado de sentencias
por parte de jueces cómplices del negocio judicial. Y, lejos de poner
un freno a las arbitrariedades, la nueva normativa dice, en el art.
78.1, que quien mató por "emoción violenta", además de recibir la
exención de prisión, puede ser beneficiado con la probation (¿tal vez para volver a emocionarse violentamente frente a otras víctimas potenciales?).
No sólo eso: según la letra del anteproyecto, "no se
tomarán en cuenta el reproche por personalidad, juicios de peligrosidad
ni otras circunstancias incompatibles con la dignidad y la autonomía de
la persona" (art.1.b), con lo cual la "peligrosidad", considerada por
los autores del nuevo Código como un concepto que se usa para
estigmatizar y perseguir a los presuntamente más débiles, será eliminada
como agravante: los violadores no serán considerados peligrosos y los
homicidas (que a menudo matan encapuchados y con facas) no deberán ser
ni "estigmatizados" ni perseguidos por su condición de "débiles".
Adviértase que en este Código inequitativo y discrecional -que condice
con los disvalores de gran parte de nuestra dirigencia, sin distinción
partidaria- la "dignidad" y la "autonomía" de las víctimas, tanto las de
las vidas arrancadas como las de las víctimas sobrevivientes y las
colaterales, parecen no tener cabida.
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| HULSMAN, ABUELO DEL PROYECTO |
El anteproyecto, asimismo, ratifica fallos aberrantes
que dictaminaron la inconstitucionalidad del instituto de la
reincidencia que, según el garanto-abolicionismo, es usado para
estigmatizar e impedir la libertad condicional. De manera tal que un
homicida serial será juzgado como si, con cada víctima, inaugurara su
historia criminal. La reincidencia, sostiene este ideario, implica que
cuando se juzga a un individuo por un delito y se tiene en cuenta un
delito anterior, se lo está juzgando dos veces por el mismo delito. Este
argumento es un disparate lógico que confunde dos niveles; uno es "el
crimen", como concepto abstracto, y otras son las instanciaciones
concretas de dicho concepto: cuando tras ser condenado por un delito
anterior se recae en otro, esto es, cuando un crimen se suma a otro, hay
dos hechos y dos víctimas... y un único y mismo liberado por una
justicia penal irracional. Y pese a que la "reinserción" es una meta tan
utópica como cínica, desmentida por los hechos, con la reforma del
Código "el registro de las sentencias condenatorias caducará" de manera
tal que se borrará la historia delictiva de un asesino serial.
La codificación de las penas alternativas a la prisión
-las que ya se aplican con los resultados conocidos: liberados que
vuelven a violar o matar- estipula que la prisión podrá sustituirse por
"detención domiciliaria, detención de fin de semana, obligación de
residencia, prohibición de residencia y tránsito, prestación de trabajos
a la comunidad, cumplimiento de las instrucciones judiciales o multa
reparatoria" (art. 22). Contradiciendo los datos de la realidad, esta
respuesta "humanitaria" procura que el delincuente pueda "reinsertarse"
en sus grupos de pertenencia, familia, trabajo, comunidad y sociedad,
con lo cual un triple homicida terminará recibiendo el "aplauso para el
asador" dominguero o bien pintando las paredes de la escuelita del
barrio.
Incluso el cumplimiento efectivo de la pena podrá
hacerse en libertad, pues "el juez podrá reemplazar la pena de prisión o
lo que falte por cumplir de ella por igual tiempo de una o más penas
alternativas" (art. 30). Este recurso jurídico cumple un antiguo sueño
de Zaffaroni, quien insistía en uno de sus textos en que en lugar de
llamarlas "medidas" alternativas debían ser llamadas "penas"
alternativas, porque de no hacerlo, el reo debía cumplir la pena de
prisión a la que se le sumaba la "medida" alternativa. En cambio, si se
toman literalmente las "penas" alternativas como una modalidad del
castigo, éstas reemplazan a la prisión, de la cual queda exonerado el
delincuente. Con esta legitimación de la impunidad, nunca mejor dicha la
expresión "hecha la ley, hecha la trampa": la pena es de cumplimiento
efectivo, pero en esas modalidades que poco o nada tienen de penosas.
Uno de los miembros de la comisión de la reforma, el
diputado Pinedo, se justificó afirmando que "hay sectores muy extremos
que lo que quieren es matar a todos los delincuentes", reduccionismo
simplista que elude que cuando se reclama la pena de muerte, al igual
que cuando se ajusticia por mano propia -respuestas disfuncionales a la
inacción de la Justicia-, el metamensaje condensa la voluntad popular de
imponer justicia cuando el Estado desconoce que su función última es
garantizar la vida de los ciudadanos.
Las denostadas "leyes Blumberg" son invocadas para
justificar la necesidad de un nuevo Código y citadas recurrentemente
cuando se trata de denigrar las propuestas de una justicia cínicamente
llamada "de mano dura". Cuando, en verdad, si se hubiese respetado el
declamado principio jurídico de proporcionalidad entre el delito y la
pena, materializado en los hechos, la justicia de la última década
habría impedido la masacre por goteo.
Aplicando criterios judiciales anclados en la ideología
garanto-abolicionista, el Código pasa por alto el principio
constitucional de igualdad ante la ley: es tan victimario el genocida o
el policía acusado de gatillo fácil como el asesino callejero, y es tan
víctima el secuestrado, torturado y desaparecido durante la dictadura
como el secuestrado, torturado y asesinado Axel Blumberg (por mencionar
un nombre entre miles de la lista de la impunidad que crece día a día).
Según trascendió, ignorando el contrato social que
fundamenta el Estado de derecho, el Congreso excluiría de las audiencias
a la sociedad civil. Más que exclusión, es un síntoma: si se
contemplaran los valores vigentes de la sociedad, se alentaría la misma
participación que se promovió en la promulgación de las leyes civiles
durante la última década. Pero temeroso de la demanda de justicia a la
que llaman, ampulosamente, "demagogia punitiva", los cómplices de este
zafarrancho caen en una dictadura antipunitiva mediante la cual
pretenden imponer valores rechazados por la ciudadanía a la cual
deberían responder.
Con la pérdida de veracidad de los criterios del
discurso jurídico-legal, la República, la República otra vez perdida,
queda cautiva del ideario garanto-abolicionista que desconoce los
reclamos de una ciudadanía a la que pretenden representar: para quienes
viven en el marco de la ley, el derecho a la vida. Y para quienes
lesionan las vidas inocentes, la prisión, sin eufemismos ni atenuantes.
En vista de la escalada delincuencial consentida por la
indiferencia de los poderes del Gobierno durante la última década,
¿podremos luchar por una refundación de la Justicia a través del
saneamiento de las corporaciones judiciales, penitenciarias y de nuestra
dirigencia política cómplice? Con voluntad civil, ¿acaso llegará el día
en que podremos enjuiciar por omisión en el cumplimiento del ejercicio
de funcionarios públicos a los jueces que incurren en ello? La realidad,
al fin de cuentas, se construye a fuerza de utopías."
© LA NACION.
Véase tambien : http://redpatrioticargentina.blogspot.com.ar/2009/12/metodo-holandes_08.html


