Crónica buitre: En los 90, Kicillof fue prestamista y buscó durante años hacerse de una vivienda porque le debían 2.060 dólares
Por José M. Stella e
Ignacio Montes de Oca
El Kirchnerismo carga uno de sus mayores estigmas en el
hecho de haber sido creado por un matrimonio que durante las décadas de los años 70 y 80 hizo
una importante fortuna ejecutando propiedades de deudores hipotecarios. Néstor
y Cristina Fernández de Kirchner acumularon unas 22 viviendas en la provincia
de Santa Cruz desalojando a deudores que ya no podían pagar sus créditos a
causa de las feroces tasas de indexación que establecía la tristemente célebre
Circular 1050 del Banco Central.
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Escritura que ejecutó Axel Kicillof |
El ministro de Economía, que la presidente Cristina Kirchner calificó como “su mano derecha y mejor asesor”, no obstante sus encendidos discursos contra la usura y el deseo de lucro desmedido de los acreedores, esconde en su pasado un curioso incidente en el que estuvo del otro lado del mostrador, en donde hoy están sus odiados “fondos buitre”.
Axel Kicillof ejerció en la década de los 90, tan criticada por los funcionarios kirchneristas, una tarea que se le desconocía totalmente: fue prestamista de dólares a tasas que le aseguraban el retorno de su dinero y una ganancia muy importante, como lo haría cualquier capitalista. Y, a comienzos del año 2000 -tal como lo demuestran los documentos en poder de (Eliminando Variables)- buscó de forma casi obsesiva que la Justicia ejecutara la hipoteca y desalojara la vivienda de un matrimonio que le debía dinero. Incluso trató de adquirir la propiedad aprovechando la situación límite de sus habitantes, una pareja con dos hijos menores que le debían a él y a una socia capitalista la cifra de US$ 6.300.
Un préstamo
privado, en dólares y con cláusulas leoninas
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Detalles con montos prestados y firma de Kicillof |
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Más detalles del préstamo de Kicillof |
En la primera
cláusula del convenio, se dejaba estipulado que la única moneda aceptada
para devolver el préstamo y para pagar los intereses y punitorios acumulados en
caso de que los deudores no cumplieran a tiempo sus obligaciones, serían
dólares (o el monto en pesos necesario para adquirir la cantidad prestada), con “la cotización
del peso en el mercado libre de New York, publicada por el Wall Steet Journal”,
o bien “la
cotización del peso en el mercado de Montevideo”, o bien “la suma de pesos
suficiente para adquirir Bonos Externos de la República Argentina, “Serie
1987”, negociados en la Plaza de Montevideo, y que tengan el mismo valor a los
dólares comprometidos en el préstamo”.
En la cláusula sexta, se subrayaba además que el pago de los intereses debía realizarse en el domicilio de los acreedores, “so pena de incurrir en mora” si no se realizaba íntegramente cada 29 de cada mes, en dólares billete. En el punto séptimo del contrato, además, se decía que de no cumplir con el pago cada 29, habría además un interés punitorio del 12 por ciento anual, que correría hasta la cancelación de la deuda, “aún en caso de ejecución y sobre el capital ajustado de acuerdo a los términos de la escritura”. En el ítem décimo el convenio aclaraba que el incumplimiento de las cualquiera de las condiciones del contrato, daría derecho a Kicillof de iniciar una demanda y solicitar la devolución de la deuda, como “si se tratara de una obligación de plazo vencido”. La cláusula siguiente (11) colocaba como lugar de disputa a la Capital Federal de la República Argentina, mientras que en el punto 12 se informaba que “en caso de ejecución, la parte deudora se compromete a desalojar el bien hipotecario dentro de los quince días de consentida la sentencia de trance y remate ya fin de entregarlo libre de ocupantes a quien resultar su adquirente”.
En la cláusula sexta, se subrayaba además que el pago de los intereses debía realizarse en el domicilio de los acreedores, “so pena de incurrir en mora” si no se realizaba íntegramente cada 29 de cada mes, en dólares billete. En el punto séptimo del contrato, además, se decía que de no cumplir con el pago cada 29, habría además un interés punitorio del 12 por ciento anual, que correría hasta la cancelación de la deuda, “aún en caso de ejecución y sobre el capital ajustado de acuerdo a los términos de la escritura”. En el ítem décimo el convenio aclaraba que el incumplimiento de las cualquiera de las condiciones del contrato, daría derecho a Kicillof de iniciar una demanda y solicitar la devolución de la deuda, como “si se tratara de una obligación de plazo vencido”. La cláusula siguiente (11) colocaba como lugar de disputa a la Capital Federal de la República Argentina, mientras que en el punto 12 se informaba que “en caso de ejecución, la parte deudora se compromete a desalojar el bien hipotecario dentro de los quince días de consentida la sentencia de trance y remate ya fin de entregarlo libre de ocupantes a quien resultar su adquirente”.
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Inicio del juicio ejecutivo por parte de Axel Kicillof |
El requisito
decimotercero, de acuerdo con los documentos a los que accedió
(Eliminando Variables), disponía que los deudores renunciaban a recusar
sin causa al juzgado o secretaría en donde se iniciaba la demanda, mientras que
los acreedores –Kicillof y Kantor- “podían pedir la
venta en pública subasta del bien gravado, tomado como base para el remate el
importe que resulte de aplicar a su sólo arbitrio, algunas de las siguientes
tres alternativas: 1) el importe que resulte del capital reclamado más sus
intereses compensatorios y punitorios; 2) el que corresponda a la valuación
vigente a la fecha de la subasta; 3) el importe del capital adeudado, de
acuerdo a los términos de este contrato, con más un 30% para atender a los
intereses compensatorios y/o punitorios con más las costas procesales”. Los
acreedores, además, tenía la potestad de designar al martillero y al escribano
que así consideran.
En igual sentido, se concertaba que la eventual
indisponibilidad de fondos quedaría limitada al 20 por ciento del precio de
venta, “en
cuyo supuesto el 80% restante podrá ser extraído de los autos judiciales, una
vez aprobado el remate”.
En el último punto
del acta notarial, Kicillof le entregaba un poder especial a miembros de la
familia Calvar (Héctor Calvar, Cecilia Elizabeth Calvar, Andrea Cristina Calvar
y María Victoria Calvar), para que en su nombre y representación y actuando “en forma conjunta,
separada, alternada o indistintamente, cobre en perciban el capital, las cuotas
de capital, intereses compensatorios o punitorios si correspondiere, otorgando
los recibos en legal forma”. En el mismo documento les daba la potestad de
ampliar, sustituir o modificar la hipoteca o iniciar juicios en su nombre.
Durante siete años, los deudores pagaron puntualmente, pero
a mediados del año 2000, dejaron de cumplir con las obligaciones
pactadas. A partir de ese momento Kicillof instruyó a su abogado para que
pidiera el remate de una propiedad en el conurbano que se había dispuesto como
garantía para el préstamo.
Vista desde el presente, esa urgencia por reclamar el pago
de la deuda resulta irónica. Es que hoy, el mismo Kicillof, colocado en
posición de deudor frente a los holdouts, busca a toda costa dilatar el pago a
los acreedores
Comienzo del caso
Kicillof vs Julio César Moreno
Axel Kicillof y Susana Kantor, como se informó más arriba,
habían nombrado en 1993 como apoderados a distintos integrantes de la familia
Calvar. Siete años después, quien asumió la defensa del ministro y su socia fue
la abogada María Victoria Calvar, quien –a su vez- buscó patrocinio legal con
la doctora Claudia Beatriz Gentile. La idea era lograr cuanto
antes el cobro de la deuda, mediante la
realización de un juicio ejecutivo.
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Deuda inicial calculada por Kicillof |
De acuerdo con el documento, las abogadas firmantes
explicaban que el matrimonio al cual Kicillof le había prestado
“incurrieron en mora el 29/6/00 fecha en que éstos debieron restituir el
capital mutuado, por el cual los mismo deberán abonar los intereses
compensatorios a partir de esa fecha (Sic)”. Incluso, se detallaba que
a la fecha de presentación de la ejecución hipotecaria (17/10/2000), “se
deben además del capital mutuado, los intereses compensatorios (doce por ciento
anual) y los punitorios (doce por ciento anual), a partir del 29/6/00 (Sic)”.
Como puede verse en el jpg adjunto publicado por (Eliminando
Variables), tantos los intereses compensatorios como punitorios para
ese fecha, y sobre el capital prestado
de US$ 6.300, eran del 3.67 por ciento cada uno, alcanzando un total de 462.4
dólares en poco más de 100 días de atraso, con lo que la suma adeudada por el
matrimonio Moreno-Gauna era de US$ 6.762,42.
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Decisión de Claudio Ramos Feijoo de dar curso a la demanda |
La causa recayó en el
juzgado del hoy camarista Claudio Ramos Feijoo, con número de expediente 91.071/2000, secretaría de Gabriela Fabbri,
y fue denominada “Kicillof, Axel y otro c/Moreno, Julio César y otro
s/Ejecución Hipotecaria”.
Ramos Feijoo, el 24 de octubre del 2000, hizo lugar a la demanda
iniciada por Kicillof, ordenando librar contra los ejecutados “intimación de pago por la suma de DÓLARES
ESTADOUNIDENSES SEIS MIL TRESCIENTOS (U$s 6.300) en concepto de capital con más
la de DÓLARES ESTADOUNIDENSES UN MIL DOSCIENTOS SESENTA (U$s 1.260) que se
estiman provisoriamente para el cálculo de intereses y costas (Sic)”.
El magistrado, incluso, emplazó al matrimonio a que
constituyan domicilio dentro del radio de Capital Federal, “todo ello dentro del
plazo de cinco días, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución adelante
sin más trámite y de notificarle las sucesivas resoluciones en forma
automática”. Asimismo, decretó el embargo del inmueble
hipotecado por las sumas aludidas.
Manual para
apretar a un deudor de un crédito privado
Unos días después de la resolución firmada por el juez Ramos
Feijoo, las abogadas de Kicillof presentaron un nuevo escrito en donde le
resaltan que la liquidación practicada
en su primer escrito revestía “carácter
de provisorio” dado que contemplaba “como es lógico, el capital y los
intereses devengados y no percibidos desde las fechas en que la deudora
incurrió en mora y hasta la fecha de imposición de la demanda”. Y aclaraban
que el pago de la tasa de justicia (del orden del 3 por ciento del monto total,
o unos 203 dólares) “requería necesariamente su aplicación sobre un monto
determinado”.
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Pedido de incremento de intereses por parte de Kicillof |
En un nuevo fallo del 04 de diciembre del 2000, el juez Ramos Feijoo hizo lugar al
pedido de Kicillof de la
tasa exigible por intereses y punitorios en dólares por hasta el 24 por ciento,
al tiempo que debido a que el matrimonio Moreno-Gauna no comparecían ni
constituían domicilio procesal, decidió que “las sucesivas resoluciones les
serán notificadas de forma automática”.
El caso permaneció relativamente sin novedad durante unos
seis meses, hasta que el 28 de junio del 2001 en una nueva presentación, Kicillof y Kantor solicitaban el remate
público de la propiedad, la designación de un martillero, y le
adjuntaban al juez un informe de dominio e inhibición de bienes del matrimonio
que no habían pagado US$ 6.300, más los intereses por mora y punitorios. De
hecho, en el contrato inicial firmado por las partes, quedaba especificado que
el hoy ministro de Economía tenía la potestad de nombrar a un martillero de su
agrado, por lo que se propuso al Martillero Público Arnoldo Jorge Beider.
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Decisión en la que el juez dictamina intereses por 24% |
El 10 de octubre del 2001, el corredor y martillero
designado por Kicillof, Rafael Murgia, valuó
la propiedad de la pareja (392 metros cuadros, de los cuales unos 120
metros estaban construidos) en unos US$
130 mil, aunque aclaraba que “debido a la profunda recesión económica, el
precio de realización de la mencionada propiedad, estaría en un 10% inferior al
valor de tasación”.
En aquellos días, pedir el remate de una propiedad significaba la
posibilidad de hacerse con una vivienda a menor precio, y luego
revenderla a una cifra real en el mercado.
María Victoria Calvar, apoderada del ministro, en otro
escrito le solicitó al juez Ramos Feijoo, respecto a las pautas para fijar la
base del remate, que se compute “el importe del capital adeudado con un más
un 30% calculado para responder a intereses y costas de acuerdo a los términos
del contrato”.
Kicillof: Dólares
sí, pesos no
Finalmente, el 28 de noviembre del 2001, el juez Claudio
Ramos Feijoo decretó la subasta del inmueble situado en el Partido Tres de
Febrero en donde vivían Julio César Moreno y María Alejandra Gauna, “al contado, y al mejor postor, con la base
de PESOS OCHENTA Y SEIS MIL ($ 86.000), la que se fija analizando la valuación
fiscal y la tasación real…” Es importante recordar que la propiedad
había sido tasada en U$S 130.000 y el nuevo precio daba un margen negativo
importante para adquirir la propiedad en la subasta a un valor sustancialmente
menor al del mercado.
El magistrado, además, solicitaba que en un plazo de 10 días
se le informe “detalladamente” las condiciones físicas y de ocupación de la
propiedad, “debiendo comprobarlas
personalmente e individualizar a las personas que las ocupasen,
identificándolas y estableciendo en qué carácter y con qué título lo hacen
(Sic)”.
En paralelo, Ramos Feijoo ordenaba la publicación de ese
edicto con las bases por dos días en el Boletín Oficial y en el diario Ámbito
Financiero.
Kicillof, a través
de sus abogadas, presentó un nuevo escrito en el que dejaba en claro
que no quería pesos sino dólares en efectivo. Al respecto, su apoderada
–Calvar- y la abogada patrocinante –Gentile- le recordaron al juez que en el
contrato se había firmado en dólares y era lo que sus clientes querían.
El
punto I de esa solicitud realizada a horas de conocido el edicto del Juez,
dejaba bien en claro la postura del hoy ministro: “Que habiéndose fijado en “pesos” la base
de la subasta, habida cuenta de que ha sido condición esencial del contrato
mutuo que la restitución de las sumas adeudadas por capital e intereses fuera
en dólares estadounidenses billete, y siendo la moneda en la que se reclamó la
condena al promover la demanda, se ordenó el mandamiento de intimación de pago
y se trabó el embargo, la de dólares estadounidenses billete, vengo a solicitar
que sea fijada la base en dicha moneda, esto es: dólares estadounidenses
billete (Sic)”.
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Pedido de Kicillof para que la vivienda a subastar cotice en dólares |
Es igual de curioso el comportamiento del primer candidato a
diputado porteño por el Frente para la Victoria, quien en su momento prestaba
en forma privada a tasas muy por encima del índice de inflación, exprimiendo al
máximo la legislación con contratos realizados en escribanías y buscándole
sacar provecho a una situación angustiante de las personas que le debían
dinero, tal como lo hacen los fondos buitre que él mismo crítica.
No menos interesante
es conocer la postura que tenía el ministro frente a la posibilidad de lograr
quedarse con los bienes de los deudores, en una actitud análoga a la que luego
repudiarían los militantes kirchneristas cuando el juez norteamericano Thomas Griesa
incautó fondos argentinos o el gobierno de Ghana retuvo por
semanas a la fragata Libertad por un pedido de los fondos buitre.
Por eso resulta muy llamativo el punto II de esa
presentación a fines de noviembre del 2001. Tanto Kicillof como Kantor se mostraron interesados en
comprar el inmueble: “Que solicito en
ejercicio de los derechos que la ley le acuerda al acreedor hipotecario, y teniendo
estos voluntad de adquirir el inmueble a subastarse, en virtud del art. 818
del Código Civil, se los exima, en caso de resultar adquirentes del bien
subastado, de abonar la seña al martillero actuante y luego, hasta la
concurrencia de sus créditos, cuya liquidación habrá de practicarse
oportunamente, se les conceda la compensación con el saldo del precio (Sic)”,
exponía el documento.
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Kicillof, en contra de la pesificación |
La decisión de pasar a dólares algo que podía ser pagado en
pesos, sabiendo del interés que tenían los acreedores por la propiedad,
pareciera no ser inteligente; sin embargo, al parecer, no sabían quién podía
ofertar por la propiedad al momento de la subasta, o si podían alcanzar el
precio que los eventuales adquirientes decidieran pagar. Por lo tanto,
prefirieron jugar por sobre seguro, ya que de esta forma (colocando el precio
base en dólares) recibirían sí o sí con la compra de la vivienda el pago en
dólares billete.
En el medio del proceso de la subasta, sucedieron los
trágicos hechos del 19 y 20 de diciembre del 2001, con la renuncia del entonces
presidente Fernando de la Rúa, el arribo del corralito bancario, la declaración
del default y la posterior pesificación. Tres días antes que concluyera ese año, el
martillero Beider, recomendado por Kicillof, aceptó el cargo ante el juez Ramos
Feijoo.
Kicillof contra la
pesificación
La asunción de Eduardo Duhalde como presidente en enero del
2002, modificaba completamente el panorama económico de la Argentina. En el
Congreso, Duhalde declamaba en medio de aplausos: “Quiero decirles que van a ser respetadas las monedas en que hicieron
sus depósitos. Es decir, el que depositó dólares, recibirá dólares; el que
depositó pesos, recibirá pesos”.
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Kicillof, argumentando que la pesificación vulneraba sus derechos |
Kicillof, como
capitalista que había entregado dólares a sus deudores, se vio sumamente
perjudicado por la medida. La valuación en dólares billete del inmueble del
matrimonio Moreno-Gauna era historia, como así también la idea de
cobrar la deuda, intereses y mora en moneda norteamericana.
A través de sus abogadas, presentó el 07 de febrero un nuevo
escrito ante el juez Ramos Feijoo en donde expresó: “Que, en vistas de los derechos y
garantías fundamentales reconocidos por nuestra Carta Magna en los arts. 14,16
y 17 y entendiendo que éstos se ven sensiblemente afectados por lo normado por
el Decreto 214/PEN/2002, vengo por el presente a hacer expresa reserva de
plantear, en la etapa procesal oportuna, Caso Federal en atención a la
manifiesta y flagrante inconstitucionalidad del mentado decreto (Sic)”.
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Más de Kicillof contra la pesificación |
El 14 de febrero del
2002, se promulgó parcialmente la Ley 25.563, en donde en su artículo 16
se suspendía por 180 días la totalidad de las ejecuciones judiciales y
extrajudiciales, incluidas las hipotecarías y prendarias de cualquier
origen.
Aquella instancia le quitaba a Kicillof y Kantor una de sus
armas principales para reclamar por la deuda y sus adicionales: La amenaza del
desalojo y la subasta de la casa de los acreedores. Su reacción, fue
consecuente. En un nuevo escrito presentado el 01 de marzo del 2002 por sus
abogadas Calvar y Gentile ante Ramos Feijoo, le ponían de manifiesto la
vulneración de los derechos y garantías fundamentales de los acreedores por la
citada ley y el decreto 214/2002, reiterando la “expresa reserva” de plantear
Caso Federal. Kicillof y Kantor decían: “…que lo
normado por el Decreto 214/PEN/2002, en tanto impone la pesificación de las
obligaciones expresadas en dólares estadounidenses billete y estable una
relación de cambio irreal y confiscatoria, y por la ley 25663/2002, por cuanto
su artículo 16 dispone la suspensión de las ejecuciones hipotecarias, vulneran
derechos y garantías fundamentales reconocidos por nuestra Carta Magna…(Sic)”.
El juez respondió con un lacónico: “Tiénese presente”.
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Última cotización antes del remate realizada por el martillero |
Durante los primeros
meses del 2003, el martillero Beider realizó la tasación del inmueble,
valorando inicialmente en $150 mil, aunque para evitar el fracaso de la misma,
el valor sugerido era de 100 mil pesos.
Por tercera vez, en junio del 2003, las doctoras Calvar y
Gentile le hicieron un pedido de reserva de Caso Federal, esta vez bajo el
argumento de que Axel Kicillof debía “necesariamente
tener certeza respecto del criterio que habrá de aplicarse para liquidar y
cuantificar su crédito, toda vez que el criterio que se aplique incidirá
directamente sobre la extensión del crédito de mi mandante”. Y solicitaban
la inaplicabilidad de las normas que impusieron la pesificación. Ramos Feijoo
ordené diferir el tratamiento de esa cuestión.
Sobre la hora
Con la nueva tasación del inmueble, el juez
ordenó publicar un nuevo edicto tanto en el Boletín Oficial como en el diario
Ámbito Financiero. La fecha
de la nueva subasta había sido dispuesta a las 12 horas del 17 de marzo del
2004, casi 4 años después de iniciada la demanda. Las abogadas de
Kicillof, tras autorización del juez y por pedido de su cliente, lograron que
el edicto fuera publicado en el matutino Clarín.
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Kicillof y los deudores acuerdan |
Según el texto del pedido, Axel Kicillof y Susana Kantor habían alcanzado un acuerdo extrajudicial
con el matrimonio Moreno-Gauna, “habiéndose satisfecho las sumas reclamadas
en las presentes, incluyendo capital, intereses y costas… (Sic)”.
Se desconoce la cifra que habrán pactado en el acuerdo
privado Axel Kicillof y la pareja, pero con la inflación, los punitorios, la
pesificación, el CER y otros índices que corrieron desde el año 2000 hasta el
2004, el número sin duda habrá sido más que importante, ya que los US$ 6.300
más los intereses que había dictaminado el juez a comienzos de la demanda,
resultaban irrisorios.
Algunos datos
adicionales sobre Kicillof y Kantor
En la Declaración
Jurada de Axel Kicillof como funcionario durante el 2014, curiosamente, afirma que no posee ningún dólar ahorrado
en el país, un cambio radical respecto a lo que sucedía apenas 10 años
atrás cuando reclamaba judicialmente por dólares que le pertenecían a un
matrimonio, bajo amenaza de rematarle la casa. A la vez, el ministro afirma ser propietario de dos lotes (uno de 840 m2 y otro
de 420 m2), por un valor total cercano a los US$ 25 mil, como así también una
casa de 69 metros cuadrados en Colonia, por un valor estimado de US$
38 mil. Vale aquí aclarar que en la declaración jurada, el precio al 31 de
diciembre pasado está valuado en pesos (total de propiedades en el extranjero:
$507.060), algo que en el mercado de la vecina orilla consideran una verdadera
“ganga”.
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Algunos detalles de la DD.JJ de Axel Kicillof |
Susana Kantor, de 68
años de edad, se encuentra inscripta en la AFIP desde 1978, y actualmente
es trabajadora autónoma –categoria I-, jubilada. En 1997, por ejemplo, fundó
junto con algunos familiares la firma Skokie
SA, originalmente una financiera e inversora, en la cual participó en el
directorio hasta mayo del 2004, momento en que la empresa reformó su objeto
social para pasar a ser, además, inmobiliaria e importadora y exportadora.
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DNI de Susana Kantor: Mismo número que el de Martín Lucas Govi |
Hay un dato adicional de color relacionado con Susana
Kantor, la antigua socia prestamista de Axel Kicillof: Posee el mismo DNI (5.696.275) que el correntino Martín Lucas Govi, que
reside en la ciudad de Monte Caseros, Corrientes. Tal como puede observarse
en el Padrón Electoral Definitivo para las PASO del 09 de agosto del 2015,
Govi, de 77 años y que se desempeña ante el fisco como productor
frutihortícola, posee la misma matricula que la señora Kantor y
tendrá como lugar de votación a la Escuela Superior 88 “Del Centenario”.
Unos 580 kilómetros al sur, en la Ciudad Autónoma de Buenos
Aires, reside Susana Kantor, que es titular del mismo número de DNI (aunque
diferente CUIT frente a la AFIP) que Martín Lucas Govi. Según el Padrón
Electoral Definitivo para las PASO, la jubilada Kantor depositará su voto en la
Escuela N° 30 Granaderos de San Marín, en el límite entre los barrios de Las
Cañitas y Belgrano.
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DNI de Martín Lucas Govi: Mismo número que el de Susana Kantor |
El Relato y la
memoria
El ministro Kicillof es hoy uno de los arietes del
kirchnerismo contra los fondos buitre y un defensor irreductible de la
estrategia de no ceder frente a las presiones de los acreedores. Como otros
altos funcionarios del gabinete de Cristina Kirchner, arriesga quedar en
rebeldía frente a los estrados internacionales en su postura de defender el no
pago a los fondos buitres.
No deja de ser
irónico que una década atrás el mismo ministro reclamara que la ley y la
Constitución lo respaldaran en su búsqueda de recuperar sus US$ 2.060. No
menos mordaz es que el ministro que cita las palabras de Néstor Kirchner
respecto a “no pagar las deudas con el sufrimiento de la gente”, haya
llevado su deseo de recuperar su dinero al punto de pedir que se subastara una
propiedad habitada por una pareja con dos niños. Igual de llamativo es la
fijación del ministro en recuperar el dinero en dólares norteamericanos, habida
cuenta que es el mismo funcionario que un año después levantaría un cepo cambiario
que le dificulta a la gente buscar una reserva de valor en dólares para sus
depósitos y propone dejar de usar esa divisa para pensar la economía cotidiana
de la Argentina.
Un viejo refrán dice “Dime de que te jactas y te diré de que
careces”. Tanto alardeo contra buitres,
el lucro capitalista desmedido y los pedidos de sensibilidad frente a la
situación de los deudores, debería haber advertido sobre algún punto oscuro en
la vida de uno de los paladines de la lucha contra los holdouts. Esa mancha
era un juicio de desalojo por algo más de dos mil dólares, más intereses.
Quizás, lo mejor para Axel Kiciloff hubiera sido no llevar tan lejos
un reclamo por algo tan insignificante como un puñado de billetes en una moneda
que, de acuerdo a sus discursos, “no le interesa a nadie”.
En Twitter: @EliminandoV
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