CONSULTA
SOBRE
LA EXCOMUNIÓN DE PERÓN
Por ANTONIO CAPONNETTO
“¡Nosotros,
los trabajadores,preferimos al que nos habla en nuestro idioma, que
entendemos,y no al que nos reza en latín, que no entendemos, que sigue de cara
al altar y de espaldas al pueblo!” [1]
ºººººº
Hacia fines de
noviembre de este año 2018, fuimos consultados acerca de un tema
controvertido:la excomunión de Juan Domingo Perón. Reuniendo conocimientos
propios sobre el tema,y orientándonos por terceros en la investigación de ciertos
aspectos técnicos[2],
hacemos públicos los siguientes aportes a la debatida e inquietante cuestión.
Enbuenahora lleguen
otras informaciones complementarias, para que la verdad prevalezca sobre las
reyertas y las certezas sobre las incertidumbres. Adviértase, eso sí, que –al
menos en esta ocasión- nos ceñiremos a esta quaestio,
evitando otras derivaciones que deberían ser materia de nuevas cavilaciones.
1-Un análisis que
pretendiera ser algo exhaustivo del punto en debate, debería principiar por
preguntarse si hacia 1955 –año axial en la cuestión que nos ocupa- existían
causas para excomulgar a Juan Domingo Perón. La respuesta –abrumadora y
dolorosamente afirmativa- se sostiene en una interminable cantidad de hechos
hostiles a la Iglesia
prolijamente documentados. Reiteramos: interminable cantidad de hechos hostiles
que, en su conjunto,abarcan tanto las cuestiones doctrinales como
institucionales, espirituales y materiales; y que de modo velado al principio
pero cada vez más endemoniadamente, recorren los largos años del funesto
decenio peronista.
No fueron dos o veinte
manifestaciones agresivas hacia el Catolicismo. Consistió todo en una Política
de Estado, que fue ganando terreno, hasta que estalló con una virulencia satánica. No; no hay otro adjetivo ni es
una hipérbole. Sólo quien haya estudiado con profundidad este punto podrá saber
que no hay exageración alguna en lo que estamos diciendo. Como podrá saber
incluso, hasta qué punto la actual embestida del Macrismo en pro de la
separación de la Iglesia
y del Estado, tiene antecedentes asombrosamente parecidos con aquél Peronismo,
aún en los principales aspectos neurálgicos de los ataques formulados hoy
contra la institución familiar y la educación de niños y adolescentes.
Con abundancia de
documentos citados y transcriptos, pudo hablar el Padre Aníbal Röttjer del
“regocijo general de los Hermanos” de la Masonería ante las medidas tomadas por Perón, en
todo concordes con el espíritu y la letra de aquella siniestra organización,condenada
hasta nuestros días por la Iglesia[3].
La pena de excomunión
para el católico que diera su concurso a la Masonería estaba
entonces taxativamente prevista en el canon 1335. “Ipso facto excommunicationem Sedi Apostolicae
simpliciter reservatam”,reza el canon. Cabe recordar al respecto,complementariamente,
que tres años después de su caída, la Masonería Universal
del Rito Escocés, le remite una misiva a Perón, a quien se dirige llamándolo
por su nombre y reconociéndolo como portador del Grado 33[4].
Tampoco vendría mal
hacer memoria y recordar que en 1954, el Lions
Clubs International (sociedad comprendida entre las “sospechosas” a las que
aludía el canon 684, y ante las cuales el católico debía abstenerse de
pertenecer) condecoró a Juan Domingo Perón. Agasajo por el que pasarían después
el Ingeniero Alvaro Alzogaray en 1959, Arturo Frondizi en 1960 y Fidel Castro
ese mismo año[5].
No es asunto menor
cuanto llevamos dicho. Si Perón obraba conforme a los planes masónicos siendo
presidente, si recibía salutaciones y encomios de diferentes logias, es obvio
que estaba ipso facto fuera de la
comunión de la Iglesia,
según lo previsto en el Derecho Canónico. Ergo: estaba excomulgado.
Compendio y síntesis de
todo ese manojo de agresiones perpetradas contra la
Fe Católica –de inequívoca inspiración masónica,reiteramos-
es la Pastoral Colectiva de los Obispos, difundida el 13 de
julio de 1955, bajo el significativo subtítulo de “Declaración Episcopal
denunciando la persecución religiosa en la Argentina”[6]
Adviértase que por “persecución” no entienden los pastores
sólo una larga catalogación de actos agresivos a la vida eclesiástica, si no la
opción por una ideología cristiana
que –como sabemos- pretendió enjuiciar y sustituir al Magisterio de la Iglesia, y aún a la misma
institución fundada por Cristo cuya cabeza visible está en Roma. Pocos
recuerdan o saben que en aquellos tiempos existió la iniciativa de dar curso de
acción a la “Iglesia Nacional Peronista”, aparato cismático cuanto herético
–pero por sobre todas las cosas, trágicamente ridículo- puesto al servicio de un
neo cristianismo estatal que cristalizaría durante los años posteriores y hasta
hoy en proyectos todavía más funestas y sangrientas.
Por eso, en la Primera Asamblea
Plenaria del Episcopado Argentino, ya caído Perón,el Cardenal Caggiano sostuvo
que las medidas irreligiosas del derrocado estaban claramente sostenidas in odium Ecclesiae. Y por eso mismo,
cinco años después,con motivo de un desagravio oficial y formal a los templos
profanados, en la iglesia de San Ignacio, el 16 de junio de 1960, su rector, el
Padre Julián Agüero,interpelando retóricamente a Perón le dijo: “¡tú eres el
culpable, tú eres el apóstata!”. Lo que constituye sin efugios un anatema,“que
en las épocas anteriores se consideraba como una especie más de excomunión”[7].
Si lo que se busca,
como corresponde, es identificar prioritariamente la existencia o inexistencia
de un delito canónico sancionable con la excomunión, pues tal delito existió,
fue cometido en flagrancia y de modo reiterativo, y el canon principal pero no únicamente
violado fue el 2334[8].
Si durante sus ataques al Catolicismo Perón se comportó como un contumaz;
después que –a su ruego- se le concedió el perdón al castigo aplicado,se
comportó como un relapso. Su impenitencia espanta; su desvergüenza abruma.
Los vínculos activos de
Perón con la Masonería
prosiguieron –tanto en orden teórico como en el práctico- y ya no es secreto
para nadie que pueda disponer de un simple navegador de internet, constatar la
incorporación del suscripto a la logia Propaganda
Due, en junio de 1973,en una ceremonia ritual denominada Orecchio del maestro. Fue un punto clave
de la llamada Operación Gianoglio,
para restituir a Perón al país y al asalto del poder[9].
Recapitulando y
retomando: la Iglesia Argentina,
hacia 1955 e inmediatamente después, tenía a Perón por un excomulgado, con
sobradas razones. También obispos de otros países vecinos nos habían hecho
llegar su solidaridad ante los inúmeros vejámenes ejecutados, emitiendo
diversas declaraciones oficiales con palabras tajantemente reprobatorias hacia
el presidente argentino.
Recordamos los casos de
los obispos uruguayos, chilenos, paraguayos, colombianos y cubanos. Y un
enjundioso editorial de “L´Osservatore
Romano”, titulado “La Iglesia
en la Argentina”,
fechado el 23 de diciembre de 1954, en el cual se denuncia y protesta la
“situación opresiva del catolicismo, de las libertades morales y religiosas de
los fieles, de los derechos de la
Iglesia”. Vale la pena leerlo completo.
Particularmente
significativa fue la reacción del Episcopado Colombiano, que emitió una Carta
Pastoral Colectiva el 11 de febrero de 1955, para advertir a los fieles “que el
moderno sistema llamado Justicialismo,
es contrario a las enseñanzas dela Iglesia; y por lo tanto, a nadie es lícito
obrar conforme a sus principios, ni prestarle concurso moral o económico”. Y
particularmente corajuda fue la declaración unánime del clero de la arquidiócésis
de Santa Fe contra el herético y cismático cura Badanelli, quien no había
tenido mejor ocurrencia que atacar al Cardenal Arzobispo de Bogota. Badanelli
–ideólogo y artífice de la “iglesia peronista”, es calificado aquí de
“sacerdote descarriado y resentido”, que “vive al margen de la ley de Dios”[10].
Teniendo en cuenta lo
expuesto, la primera preocupación de quien se llamara –ayer u hoy- peronista y católico a la vez, debería
ser la incongruencia de tal denominación binaria. Lo que lo deja a Perón
fuera de la comunión de la
Iglesia son sus actos privados y públicos. De documentos ya
estamos hablando y hablaremos después. Pero si como gustaba decir Federico
Ibarguren,la historia se hace afirmando
actos antes que firmando actas,
la verdad es que los actos protagonizados por Perón rezuman anti catolicismo.
Mal que le pese a Loris Zanatta, Catolicismo y Peronismo son términos que se
excluyen; y si alguna vez se han unido fue,precisamente, para formar un mito –en el sentido vulgar y despectivo
del vocablo- pero no una realidad congrua,sustentable y duradera.
Pío XII ya había
retratado la herida causada por aquellos que por incurrir en pecados tales como
“el cisma, la herejía y la apostasía” quedan fuera de la Iglesia, puesto que son
pecados cuya gravedad “separan por su misma naturaleza al hombre del Cuerpo de
la Iglesia”[11].
Promediando 1955, esta solemne y terrible definición dogmática se le aplica a
Perón con toda propiedad. Y esta realidad
es lo que debería preocupar a unos y a otros. Seguir sustituyendo lo real por nombres y papeles,es una
actitud que nos instala en el nominalismo y en el documentalismo, pero nos hace
perder de vista la comprensión histórica.
2-En las oleadas persecutorias de
junio de 1955, cientos de sacerdotes fueron vejados,ultrajados y detenidos.
Monseñor Antonio Plaza resultó arrojado a un mísero calabozo de una Comisaría
de Azul. Apenas recuperó su libertad excomulgó al Gobernador Carlos
Aloé, según consta en la carta que le remitió el 15 de julio, y que obra en el
Archivo de la Conferencia Episcopal
Argentina. “Esta carta –dice Gerardo Ancarola- tuvo un inmediato eco y una gran
difusión”[12].
Lo que se puede constatar, por ejemplo,en el opúsculo “Y quemaron nuestras
iglesias”, editado por la Organización Para
la Información Argentina,
en Buenos Aires, 1955[13].
Un simple razonamiento
deductivo permite concluir en que si, en aquella tropelía, el mandado y subalterno
–Aloé- era excomulgado, el mandante y jefe máximo –Perón- no podía
permanecer inmune ante tan dura sanción. En los términos canónicos previstos
por los cánones 2231 y 2209,&& 1 y 3,Aloé era el cooperante de una acción tenida por causal de excomunión. La
ilación a fortiori se impone por su
propio peso, y aún la a necessario,
pues hay una ligadura entre la conclusión y la premisa.
No sirvió de
impedimento el canon 1557,1 (que se menciona para favorecer a Perón), y según
el cual “todos los que ejercen el supremo principado de los pueblos sólo pueden
ser excomulgados por el Papa”. Ya veremos cómo debe comprenderse este punto.
Pero digamos por ahora que el Gobernador de la primera provincia argentina, de
acuerdo con las facultades que le arroga la misma constitución provincial,
ejerce también –utilizando el lenguaje eclesiástico de la época- el supremo principado de un pueblo:el
inmenso pueblo bonaerense. Y sin embargo la sanción se le aplicó igual. Lo
cual,como dijimos, nos empieza a advertir sobre algo importante de ese invocado
canon 1557, que debe ser rectamente interpretado.
Por eso mismo; esto es,
por ausencia de obstáculos canónicos punitivos para la excomunión; es más, ante
la evidencia de que los reos habían incurrido en ella por sus propios actos,
cuando la Conferencia Episcopal,
a pedido del Vaticano, convocó a la Asamblea Plenaria
de Emergencia, en la
Arquidiócesis rosarina, en el Seminario San Carlos Borromeo, entre
el 24 y el 30 de agosto de 1955,
a instancias de Monseñor Emilio Di Pascuo se propuso una
cuestión práctica, la de qué y cómo decirle a la feligresía sobre la excomunión
del Gobierno.
La búsqueda de la respuesta
estuvo a cargo del entonces Arzobispo de Tucumán, Monseñor Aramburu, y del
Vicario Capitular de La Plata,
Monseñor Luis A. Borla. Ha quedado documentado este paso en la carta de Emilio
Di Pascuo a Monseñor Leopoldo Buteler, Obispo de Río Cuarto, fechada el 22 de
agosto de 1955. La casuística de la inquietud episcopal incluía hasta la
conducta a adoptar en caso de que algún ahijado solicitara el padrinazgo de
tamaño anatematizado.
Recapitulamos
nuevamente y toda la información conjuga para sostener que, hacia 1955, la Iglesia tenía a Juan Perón
por excomulgado latae sententiae[14]. E insistimos, el
canon 1557 no fue invocado nunca entonces como impedimento. Porque lo que
estaba en el tapete, de un modo violento y ominoso, no era el cargo o la
función pública del apóstata y sacrílego, sino todo cuanto venía realizando a
la vista del mundo para merecer la excomunión. A lo sumo, la recta interpretación
jurídica del canon 1557, si así se planteaba la disyuntiva, no resultó
obstáculo; y esto, precisamente, por los motivos que a continuación diremos.
3-Se aduce que Perón no estaba ni estuvo
nunca excomulgado, porque de acuerdo con el canon 1557,1, “es derecho exclusivo
del Romano Pontífice el juzgar a los que ejercen la suprema autoridad de las
naciones”. Tal argumento se ha presentado como inconmovible y definitivo, ante
el cual cedería toda posibilidad contraria. Y sin embargo es el argumento que
permite probar el carácter,el modo y la clase de la excomunión que padeció
Perón.
El canon 1557, en efecto, inserto en el
Libro IV (De los Procesos) Sección I Título I, Del Fuero Competente, enumera
los casos, en razón de las personas, en los que el Sumo Pontífice se reservaba
la facultad de Juzgar como Juez en
materia eclesiástica.Porque aunque la perversión democrática dominante en
nuestros días –empezando por la
Iglesia- no pueda inteligirlo, se supone que el Romano
Pontífice tiene jurisdicción inmediata y universal sobre todos los fieles, en
su total magnitud, por lo que también es Supremo Legislador, Supremo Juez y
Supremo Gobernante.
Entonces, las personas mencionadas en el
canon 1557 de ningún modo “sólo pueden ser excomulgados por el papa” –de un
modo exclusivo y excluyente- sino que el Papa se reservaba el juzgarlos o
intervenir en los litigios en que ellos fueran parte, no sólo de naturaleza
penal, sino por ejemplo en nulidades de matrimonio, de sagrada ordenación,
disputas por derechos de patronato, contratos en general, etc.
Por eso este canon está en el Libro IV
(Liber Quartus. De Procesibus. Pars Prima. De Iudicus.Sectio I, Titulus I, De
Foro Competenti)[15]
que indica qué tribunal tiene
competencia y jurisdicción, facultad para decir el derecho, en cada caso. En la
práctica –y avalado por los mismos intérpretes formalmente autorizados del
Código- el Papa puede y debe en tales casos, como Supremo Juez, delegar a
tribunales pertinentes las resoluciones por tomar. Aún en los casos de causae maiores que contempla el canon
220.
Es un error creer que el canon 1557 obliga
necesariamente al Papa a firmar en persona una sentencia excomulgatoria. Puede
hacerlo o precisamente por la dignidad de
la persona demandada designar en cada caso el Tribunal adecuado. Dicen los
especialistas calificados:el “derecho exclusivo de juzgar del Romano Pontífice
por la dignidad de la persona demandada (can.1557,1) [...] está personalmente
reservado al Romano Pontífice, aunque él suele delegar en otros su potestad.
Véase el canon 220”[16].
No hace falta mostrar ningún documento en el que el
Cardenal Pacelli diga: “Yo, Pío XII,
excomulgo a Juan Domingo Perón”. Lo que hace falta es saber cómo se procede
canónicamente en Roma ante estos casos de flagrancia, y cómo se procedió.
Derivando el Papa,conforme a derecho, lo que debía obrarse, a la Congregación
Consistorial, que era el organismo adecuado para tal
delegación. Porque tenía lo que podríamos llamar “el privilegio del foro”,
aludido en el canon 2341.
4-Es cierto que el canon 2227 remite a la
enumeración del punto 1° del canon 1557, donde se hace referencia a los
gobernantes, estableciendo que: “solamente el Romano Pontífice puede aplicar
o declarar penas contra aquellos que se trata en el canon 1557, 1°.
Pero la distinción que imponen estos dos términos debe ser atendida. El
“aplicar” hace referencia a que sólo el Pontífice podía imponer la pena si se
trataba de una que dependiera del resultado de un proceso plasmado en una
sentencia, es decir ferendae sentenciae;
en cambio si la persona ya había incurrido en pena de excomunión el delito
había pasado la etapa de consumación y agotamiento, el Papa solo “declaraba” al
reo ya incurso en el ella.
Comentando el canon 2227 dice el
especialista Lorenzo Miguélez: “Las personas mencionadas en el 1° caen bajo la
ley penal de derecho común […]; si la pena es latae sententiae sólo él puede declararla”[17]. Es
que el canon 1557 establecía un régimen cuidado de excepciones. El Santo Padre
tomaba para sí esos casos enunciados categóricamente, y era libre de decidir si
aplicaba el derecho canónico común a todos los bautizados. Hay una concordia
entre ambos cánones.A los altos dignatarios, reyes, presidentes, cardenales,
etc, el Papa los juzga como Supremo Juez; y en caso de tener que declararlos
incursos en una excomunión latae
sententiae podía hacerlo personalmente o delegando a una autoridad
competente como la Congregación Consistorial que obró en el caso de Perón.
Es fundamental conocer estas distinciones
entre aplicar y declarar. Porque la excomunión en que incurrió
Perón sucedió en el mismo momento en que se perpretaron los luctuosos y
sacrílegos hechos,y son éstos los que determinaron la validez de los requisitos
indicados en el Derecho Canónico para la excomunión latae sententiae, y no las consideraciones sobre el cargo que
ocupaba la persona de Perón.
Distraer la atención sobre la máxima pena, justicieramente merecida con el artilugio del
cargo presidencial que ocupaba entonces el apóstata, puede servir a los
cultores del bizantinismo o a los badanellistas de estricta observancia. Pero
no sirve a los canonistas serios o a los simples católicos de a pie con un
resto de sentido común, que es nuestro caso.
Los que niegan la excomunión de Perón, porque amañando
la hermenéutica de un canon,lo creen inviable, a pesar de la flagrancia y de la
maligna entidad de los delitos cometidos, son los mismos que hoy niegan el
encarcelamiento de los Kirchner amparados en la ley de fueros. Aunque los
billetes robados aparezcan en montón, obscenamente humedecidos, por haber
estado escondidos bajo tierra, tras el suculento robo.
La discusión
principal no es si los “K” pueden ir presos, según tal o cual punto de la Ley 25.320/00. Es saber si son
o no son ladrones. Si hoy viviera Badanelli nos diría: “Os planteo un desafío
jurídico a los Jueces de todo el mundo. Traedme el papel emitido por la Corte Internacional
de Justicia, en el que
conste que una presidente pudo incurrir en latrocinio, pero para ser llamada
ladrona y metida en la cárcel necesita la firma de Shi Jiuyong, el presidente
de aquel Tribunal cuando Cristina Fernández empezó su mandato”
5-La entonces Congregación Consistorial, hoy llamada Congregación para los Obispos, había
nacido en tiempos de Sixto V, el 22 de enero de 1588, como institución dedicada
especialmente a resolver todo lo vinculado con los obispos de la Iglesia[18]. San Pio X en la Constitución Sapienti Concilio de 1908, especificó –en el marco general de la reforma a la Curia Romana- sus funciones y
alcances, y era por lo tanto el organismo competente para reaccionar y resolver
el caso de la indigna expulsión de los monseñores Novoa y Tato, ejecutadas por
Perón.
En consecuencia, el texto de la excomunión
fechado el 16 de junio de 1955, por la Congregación
Consistorial, dado a conocer
el mismo día en El Observatorio Romano(órgano
oficial de la Santa Sede,
conviene recordarlo), no prueba la ausencia de Pío XII de tamaña sanción,
sino que revela el exacto modo canónico de proceder del Pontífice, delegando en
el organismo pertinente la fatal sanción, de acuerdo precisamente a lo previsto
en el canon 1557,aún ante primeros mandatarios, o por lo mismo.
Con lo que se invierte la carga
probatoria. Sólo un documento firmado por Pío XII desautorizando lo obrado por la Congregación Consistorial,
podría demostrar que la excomunión es inválida, por no haber obrado el
organismo conforme a la delegación pontificia prevista en el Código,
incurriendo entonces en un atropello. Es obvio que tal documento de Pío XII no
existe.
Resulta absurdo pretender que un decreto
eclesial de semejante cariz –nada menos que excomulgatorio- fuera emitido por
lo que hoy llamamos una Sagrada Congregación sin conocimiento y delegación del
Papa. El Sumo Pontífice tenía dos modos de dar su aprobación. Una cómún y otra
solemne. La primera “es
aquella por la cual el decreto de la congregación es aprobado por el Pontífice,
de tal manera que tal decreto no deja de ser un acto de la congregación”[19]. Es evidente que eligió
este modo de aprobación, pues era la que correspondía.
Si se lee la excomunión del 16 de junio
de 1955, la presencia de frases como “la Sagrada Congregación
Consistorial declara” y “funcionarios de todo tipo y categoría”, es
fácil comprender que aquel dicasterio actuante era competente por delegación
pontificia, y que, obviamente, Perón está comprendido entre los “funcionarios
de todo tipo y categoría” a los que alcanza el tremendo y justiciero castigo.
Otra vez se revierte la carga de la
prueba. Para que esta excomunión latae
sententia no lo hubiera alcanzado a Perón, otorgándole una curiosa
inmunidad, deberíamos contar con un documento firmado por Pío XII que lo sostuviera
y ratificara. Tal documento tampoco existe. En la historia no conviene jugar
con los papeles, si no se sabe cómo usarlos.
Porque cuando la noticia de la excomunión toma estado
público, aparece en la primera página del Observatorio
Romano, junto con un editorial sobre el mismo tema y entrevistas a los
Monseñores Tato y Novoa. En este conjunto de noticias eclesiásticas oficiales
nada hace conjeturar que Perón ha quedado exento de tamaño castigo. Por el contrario, todo lo incluye y presupone.
Los cables que bajan de Roma así lo dan a entender.
Pero la mordaza impuesta por el Gobierno a la prensa
era de tal magnitud, que toda noticia desfavorable a Perón se omitía o
mitigaba, mientras que los grandes titulares explotaban de odio contra los
católicos, a los que llamaban “la
Mazorca negra”, en una prueba más del tributo que el
peronismo pagaba a la línea historiográfica liberal Mayo-Caseros[20].
En otras palabras,la noticia de que Perón había sido
alcanzado por la excomunión corrió como reguero de pólvora. Hasta donde sabemos
sólo dos medios se atrevieron a presentar los hechos descarnadamente. Uno,el periódico de la colectividad
alemana “Argentinisches Tageblatt”. Años después,su director, Roberto Alemann,
en una entrevista realizada en octubre de 1999, recordaba las consecuencias de
ese acto: “En 1955 el Gobierno se molestó porque publicamos un cable de Roma
sobre la excomunión de Perón. Como castigo, dejaron de asignarnos el cupo
de papel durante cuatro semanas”[21].
El otro medio fue el
periódico clandestino “La
Verdad”, que en su número 7, de julio de 1955, decía: “Fuentes
del Vaticano explicaron que el decreto que acaba de leerse [el de la Excomunión de la Sagrada Congregación
Consistorial], abarca no sólo al Presidente de la Argentina, Juan Domingo
Perón, sino también a su Policía y a los católicos que tomaron parte en las
demostraciones contra la Iglesia. El
decreto es virtualmente idéntico a los dictados desde la guerra en los casos de
Hungría, Checoeslovaquia, Polonia, Yugoeslavia y Albania. En cada uno de esos
casos, las autoridades de los países de la Cortina de Hierro encarcelaron o detuvieron a
Prelados Católicos. Sin embargo es ésta la primera vez, desde 1850, en que la
Santa Sede invoca su máxima sanción contra
un Jefe de Estado no comunista”[22].
6- Vayamos al texto de la excomunión: “Dado que recientemente han sido
conculcados de muchas maneras en la República Argentina
los derechos de la Iglesia
y se ha usado violencia contra personas eclesiásticas y últimamente no solo se
ha osado poner las manos violentamente en la persona del excelentísimo señor
don Manuel Tato, obispo titular de Aulón, auxiliar y vicario general de la
arquidiócesis de Buenos Aires, sino también se le ha impedido el ejercicio de
su jurisdicción y se le ha expulsado del territorio argentino, la Sagrada Congregación
Consistorial declara y advierte que todos aquellos que han cometido
tales delitos,o sean funcionarios de todo tipo y categoría y los
cómplices necesarios que hicieron que se realizasen los mismos, y aquéllos que
han inducido a su comisión, que de otro modo no hubiera sido ejecutada, han
incurrido en la excomunión “latae sententiae” reservada a la Santa Sede, de conformidad
con los cánones 2343, párrafo 3; 2334, Nº 2; 2209, párrafo 1, 2 y 3 del Código
de Derecho Canónico, y son pasibles de las demás penas establecidas por los
Sagrados Cánones”[23].
Este
valioso documento constituye y contiene una excomunión, a la par que señala a
los destinatarios de la misma. No dice “habrían incurrido” o “podrían llegar a
incurrir” o “incurrirían”. Dice: han incurrido, ya; acción consumada. No es un
aviso, una advertencia, una sanción, suspensión o amenaza. Es la resolución de
una excomunión y la comunicación pública de la misma. Juan Domingo Perón queda
incurso en ella, precisamente por los términos en que está redactada, sin
exclusiones particulares ni señalización genérica de destinatarios. La
señalización, por el contrario, es especificante e inclusiva.
De
resultas, el texto excomulgatorio del 16 de
junio de 1955, originado en la Sagrada
Congregación Consistorial, convertía técnicamente
a Perón en:
A)un excomulgado tolerado,de facto y a fortiori; esto de acuerdo
al canon 2258 entonces vigente;
B)en un sujeto incurso
en la excomunión latae sententiae en
concordancia principalmente con los
cánones 2343 y 2334 del Código de 1917;
C)n un excomulgado no
vitando, no in ferendae sententiae.
Pero de acuerdo con la erudita
clasificación que trae Ana María Ortíz Berenguer[24] agreguemos que la de
Perón fue:
D)una excomunión a iure, esto es, como consecuencia del peso que la misma ley
sancionatoria tiene sobre el que delinque con sanción excomulgatoria prevista;
E)pública, puesto que fue publicada por la autoridad eclesiástica que
la promulgó,y también a través de la notoriedad de los hechos que provocaron
escándalo en grado sumo;
F)tolerati, porque no obligaba a los fieles a abstenerse de interactuar
con los castigados;
G)reservada, sólo pueden ser remitidas por aquellos a quienes la
misma ley habilita a absolver.
Agreguemos algo
más. Cuando a comienzos de 1963 Perón se
dirige al Papa Juan XXIII pidiendo el perdón de su culpa, hace expresa
referencia a la Excomunión
del 16 de junio de 1955, empezando por llamar a la misma –en la que teme
estar incurso- “Excomunión Speciali Modi”.No sabemos quien asesoró
canónicamente a Perón en tales circunstancias. Pero lo que nos interesa
rescatar ahora es que, si a los tipos y modos y formas de excomunión ya
señalados en los que incurrió, se le sumara ésta, el Código de Derecho Canónico
vigente decía que puede ser aplicada por la
Santa Sede, entre otros a herejes,
cismáticos y apóstatas. La
Santa Sede,claro, es el Papa y la Curia Romana, según el primero delegue
en algunas de las estructuras de la segunda lo que le sea pertinente en cada
caso. También se alude a este poder delegatorio en la Constitución Apostolicae Sedis de Pío IX, del año 1869.
Mas agrega el canon
2334,1 –y así lo explican Larraga,Lumbreras- que son excomulgables de este modo
especial aquellas “autoridades civiles que coartan la libertad o los derechos
de la Iglesia
en lo espiritual o en lo temporal[...]. En ella incurren los diputados, los
senadores, y aún los príncipes que firman semejantes leyes; y también los
gobernadores, alcaldes,etc, que dan decretos contrarios a los mencionados
derechos”[25].
Parece un retrato de lo
que hizo Perón. Y tal vez en tal contexto se entienda mejor ahora, porqué
cuando el 30 de junio de 1955, Pío XII le respondió el saludo protocolar a
Perón, enviado con ocasión del Día del Pontífice, le hizo un pedido expreso de
que el pueblo pudiera vivir en libertad sus tradiciones religiosas. “Suplicamos
al Señor Le ilumine y mueva su corazón para que ese amado pueblo pueda vivir
libremente sus católicas tradiciones”[26]. Es todo lo que dice el
escueto telegrama.
7-Otro error que
conviene disipar consiste en sostener que la excomunión ferendae sententiae es la que reuniría todas las condiciones de
excomunión con carácter jurídico. Y que no habiendo existido ésta, en el caso
de Perón, que es el que abordamos, el resto de las clases de excomuniones que
acabamos de enunciar, no tiene ninguna relevancia.
En rigor este equívoco
se corresponde con la mentalidad posconciliar y su visión personalista,antropocentrista
y garantista del Derecho Canónico. En esta perspectiva importan centralmente
los derechos del hombre –en este caso los del cismático,sacrílego o apóstata-
colocando en el banquillo de los acusados antes a la víctima que al victimario,
primero al que sanciona que al que es sancionado. Vueltas y más vueltas se le
da al proceso, hasta que al final se suele terminar favoreciendo al reo. Menos
la ortodoxia católica, hoy todo se perdona, misericordea
y permite.
Cualquiera sea la
opinión que se tenga de este garantismo canónico, el espíritu y la letra del
Código de 1917 eran diferentes al actual. La disciplina y la manera de
aplicarla también eran diversas.
Por ejemplo, el canon
2186, permitía que los Ordinarios suspendieran en el ministerio "ex
informata concientia" a los súbditos respecto de los cuales no tuvieran
dudas de que habían cometido una acción que acarreara esa pena. Esto se hacía
sin vista al reo, sin perjuicio de que más adelante se instruyera un proceso.
En otras palabras,
nociones cuya validez no discutimos ahora, como la del privilegio del
delincuente público a ser oído interminablemente en un juicio, defensa de lo
indefendible a favor del inculpado mediante atenuantes de carácter
psicosociológico, indulgencias y franquicias de manga ancha, acentuando el
carácter medicinal de la sanción y no punitivo, son todas “formae mentis” que
no existían en el antiguo Código.
Las excomuniones latae sententiae eran fulminantes,
ejemplificadoras y severas. Estaban cargadas de grave significación y,en la
práctica, derivaban siempre en un apartamiento de hecho del castigado del resto
de la comunida de los fieles. En el caso de Perón, la flagrancia de sus
pecados, de sus delitos y de sus ataques a la Iglesia, eran de tanta
magnitud y visibilidad pública, que hubiera sido ridículo y hasta irritativo
que se le iniciara un proceso, concediéndole el derecho a explicar si los
templos se habían quemado con nafta o kerosene, si a los obispos y sacerdotes
encarcelados se les había dado simple o doble ración de pan y agua, si el heroico padre Jacobo Wagner había sido
muerto a palos o a golpes de puño[27],o si la
carta de adhesión al Congreso Espiritista bajo el lema “Jesús no es Dios” se
había escrito con estilográfica o a máquina.
La elección de la
excomunión ferendae sententiae como
aquella que más se ajusta al instituto excomulgatorio, al margen de que sea un
atenuante instalado por la mentalidad posconciliar, es –por lo mismo- un
anacronismo aplicada al caso Perón. Con el mismo criterio podríamos decir que
su convivencia con la niña Nelly Rivas no era estupro sino opción preferencial
por esa “Iglesia en Salida”, de la que tanto habla Bergoglio; y que a la luz de
Amoris Laetitia, su concubinato con
Isabelita fue un período de discernimiento.
8-Un ejemplo de lo que
estamos diciendo es la súbita excomunión impuesta por el Obispo de La Rioja, Monseñor Froilán
Ferreira Reinafé, contra Juan Alfedo Marinero, director del diario “Gaceta
Riojana”, el 14 de abril de 1955, tras su pertinaz campaña contra el
catolicismo,
Marinero no era un
periodista cualquiera. Fue Director de Prensa del gobierno peronista de Juan
Melis –candidato impuesto por el mismo Perón en 1952,tras el fin del período
gubernamental de Enrique Zuleta- y el diario desde el cual se zahería a la Fe era el órgano oficial del
oficialismo en la provincia riojana. El obispo se expidió en los siguientes
términos, que vale la pena considerar:
“Nos,
el doctor don Froilán Ferreyra Reynafé, por la gracia de Dios y de la santa
sede apostólica, obispo de La
Rioja. En vista de la campaña de injurias y calumnias que, no
obstante nuestra advertencia anterior, el diario local Gaceta Riojana prosigue
con virulencia diabólica en contra de personas e instituciones
eclesiásticas dignas del respeto ciudadano; visto además su manifiesto propósito
de sembrar doctrina herética separando a Cristo Nuestro Señor de su santa
iglesia católica y de su jerarquía con escándalo de los fieles, especialmente
de los humildes y sencillos, en uso de nuestras facultades ordinarias,
decretamos:
1) Queda excomulgado
nominalmente, el director de Gaceta Riojana, Juan Alfredo Marinero, con
excomunión a Nos reservada.
2) Quedan igualmente
excomulgados en general todos cuantos prestan su colaboración moral o
pecuniariamente a su redacción y publicación. No entendemos incluir en esta
excomulgación al personal obrero de la imprenta del diario.
3) Permanece en todo su
vigor la condenación del citado diario y la prohibición de leerlo a todos los
católicos de la diócesis bajo pena de pecado.
La presente excomunión produce los
siguientes efectos: a) Quienes han caído en excomunión quedan separados del
cuerpo de la iglesia. b) No puede recibir lícitamente los santos sacramentos.
c) Quedan privados de sepultura eclesiástica no pudiendo aplicárseles sufragios
públicos.
Este decreto será leído y explicado
en todas las misas que se celebren el día domingo después de su recepción.
Dado en nuestra sede episcopal de La Rioja a catorce días de
abril de mil novecientos cincuenta y cinco. Froilán, Obispo de La Rioja. Dionisio
Anzalaz Romero, Secretario”[28].
Si se analizan los
términos de la excomunión, se verá que son severísimos, expeditivos y tajantes.
Pero se verá asimismo que vuelve a aparecer esa categoría ya mencionada en el
caso de la excomunión a Aloé: la ilación a
fortiori y aún la a necessario,
pues hay una ligadura entre la conclusión y la premisa.Dicho en otras palabras,
¿cómo no podía quedar involucrado implícitamente Perón, si el decreto
excomulgatorio, exceptúa a los obreros del pasquín, pero incluye a “todos cuantos
prestan su colaboración moral o pecuniariamente a su redacción y publicación”?
¿Cómo no aplicar la regla moral enunciada por Nuestro Señor a Poncio Pilato: “el que me entregó a tí
tiene mayor pecado” (Juan 19, 11)?
Hay un enunciado filosófico según
el cual las acciones y pasiones son de
los supuestos; esto es, del ser o ente que es principio del obrar. Operationes sunt in singularibus[29]. No se puede decir con propiedad
que la mano golpea, sino que golpea el hombre a través de la mano. No se puede
decir (análogamente hablando, por cierto), que el señor Marinero era el
golpeador, cuando era sólo la mano escribiente y rentada de una persona mayor:
el gobierno peronista de La
Rioja y quien lo había instalado, Juan Perón. El que quiera
entender que entienda. Estamos expresándonos por extensión, en sentido figurado
y traslaticio, pero no sin sentido lógico.
No obstante y más allá de estos
razonamientos, hay un hecho patético y decisivo. El diario oficialista
“Democracia”, en su edición del 22 de junio de 1955, exhibe una foto de Perón
abrazado efusivamente con el excomulgado Marinero. Perón era decididamente un
relapso que se reía de todo. El timor
Domini no estuvo jamás en su horizonte moral y espiritual.
9-Es
historia conocida que a comienzos de 1963 Perón se
dirige al Papa Juan XXIII pidiendo su absolución. El tema, al decir de
historiadores de distintas corrientes, lo tenía en vilo. Y no es para menos. Rige
un principio inviolable en materia moral, según el cual,”de internis non iudicat
ecclesia”. Esto es que la
Iglesia no puede juzgar las intenciones.
Con Perón, por supuesto, no
se puede hacer una excepción. Pero tampoco puede soslayarse el hecho de que su
vida entera fue un modelo de maquiavelismo,de pragmatismo oportunista y de ubicuidad
praxeológica. Y no sólo su vida sino su prédica. “A esta casa –le dijo a Tomás
Eloy Martínez- vienen muchos argentinos, queriéndome vender una verdad distinta
como si fuese la única. ¿Y yo qué quiere que haga? ¡Les creo a todos!”[30].
La amoralidad y el cinismo de Perón no son
parte de la leyenda negra sobre su persona. Son parte de su identidad, que se
encargó de manifestar y de ejercitar sin escrúpulos durante largas décadas.
Porque hay algo que debe decirse cada vez que sobre Perón se discute, y es que
el sujeto en disputa sobreabunda en pruebas de que pudo ser lo mismo y lo
contrario, una cosa y su opuesta, simultánea y sucesivamente. Los
psiquiatras llaman a esta fiera dolencia “trastorno de identidad disociativo”.
Los moralistas, pecado de la doble conducta. La policía “casos especiales de
defraudación”. Los peronistas en cambio lo llaman estrategia.
Advertido así por la
psicología,por la ética y por el derecho de tan singular personaje –y aún
respetando el principio de la intangibilidad del mundo interior de las
intenciones- cabe plantearse alguna reserva mental acerca de su pedido
absolutorio a la Santa Sede;
o más propiamente: de la sinceridad de aquella solicitud. Después veremos que
ha lugar de sobra para esas reservas mentales.
Una versión (que nos fue
relatada por Blas Piñar y que presentamos como conjetura) sostiene que durante su exilio en España,
Francisco Franco instó a Perón a casarse eclesiásticamente con Isabel, para no
dar el mal ejemplo de un concubinato de tanta notoriedad prohijado de algún
modo por un Estado Confesional. La respuesta de Perón fue el consentimiento pleno
al pedido del Caudillo, pero la quejosa exposición a la par del brete en que se
hallaba para dar tal paso a causa de su excomunión. Es que, en efecto, la “privatio
usus activi et passivi sacramentorum” es uno de los primeros efectos de tan
grave sanción[31].
Fue entonces que se puso en marcha el conocido curso de acción en el
que intervinieron personajes tan píos como Matera o Jorge Antonio, y tan
eclécticos como Copello o Plaza. Al principio –y también en esto hay
coincidencia de historiógrafos dispares- Roma blindó toda respuesta. Pero al
final accedió, y al pedido de Perón respondió con un documento formal y con un hecho. El documento es el Rescripto
de la Congregación
Consistorial del 18 de enero de 1963, mediante el cual se lo
absuelve. El hecho es la visita del Arzobispo de Madrid, Monseñor Eijo y Garay,
a Perón, en su residencia, el 13 de febrero de 1963.En solemne ceremonia y de
rodillas, el reo recibe la absolución, del delegado del Papa.
Si la Iglesia dio respuesta al
pedido de perdón, perdonando de modo formal,solemne,por escrito y ritualmente,
es porque había materia objetiva para ejecutar ese ritual. Ya que la absolución
es formalmente necesaria para que no se sospeche más del sancionado o para que
se le levante la pena, “vel delegati a Papa, vel alio modo legitimo”[32].
Según Enrique Pavón Pereyra, hagiógrafo del
General,en su obra “Perón, el hombre del destino”[33], éste se casó por Iglesia
con Isabel el 5 de enero de 1961, en el templo madrileño de la Virgen de la Paloma, siendo el
celebrante el Padre Valentín Gómez Domínguez, y testigos el Dr. José Flores
Tascón y su esposa. De acuerdo con la misma fuente se decidió de común acuerdo
no dar a conocer públicamente la boda, manteniéndola en reserva y aún simulando
que Isabel era tan solo la secretaria privada de Perón. Una hipótesis es que
Perón tomó esta decisión para no empeorar aún más las ya deterioradas
relaciones con la familia Duarte. Otra, es que,como aún no había sido absuelto
pública y formalmente, se optó por la modalidad reservadísima y privada de una
bendición conyugal.
En cualquier caso –esto es, para poder casarse
o para evitarse un conflicto con la
Iglesia que lo inhibía en su carrera presidencial- sigue en
pie lo sucedido en 1963. Y lo sucedido
el 13 de febrero de 1963 es la pieza que le faltaba a este extraño rompecabezas
de la excomunión del infame. El 13 de agosto de 1971 se dieron a conocer los
documentos que atestiguaban todo este proceso eclesial; y la Santa Sede reconoció su
autenticidad con una Declaración del 7 de septiembre del mismo año.
Si la penalidad hubiese sido “iniusta”, en
cualquiera de sus variantes
canónicamente previstas (defecto de jurisdicción, defecto de justa
causa,etc); si hubiese sido “un atropello” –como hemos visto con estupor que
algunos la calificaron, denostando incluso a las víctimas del apóstata- si
hubiera sido nula o el resultado de un abuso de autoridad, tanto en el
Rescripto como en la ceremonia de aplicación del mismo, como en la ratificación
de lo actuado después, en 1971, se debió dejar constancia. Nada de eso sucedió.
Ninguna jerarquía eclesial fue desautorizada retrospectivamente. El reo pidió
la absolución, le fue concedida y punto.
Y decimos “y punto”, porque
sería otro capítulo aparte historiar los múltiples modos en los que Perón,
desde 1963 hasta su muerte una década después, violó su presunta reconciliación
con la Iglesia,
mostrándose liberal, masón, marxistoide, judaizante y tan amoral y degenerado como
siempre. Fue la década en que sus
amistades y alianzas con los líderes comunistas mundiales tomó la forma
concreta de un programa,exhibido ostensiblemente. En la que co-dirigió el
terrorismo subversivo contra su propia patria y contra Sudamérica; en la que se
hicieron visibles sus respectivas inserciones o connivencias activas en logias esotéricas
y/o masónicas como Anael[34]y Propaganda Due,y su
servilismo intacto al Imperialismo Internacional del Dinero. En la que alentó e instigó la formación de un clero
revolucionario y herético autoproclamado tercermudista. En la que ridiculizó al
país encumbrando a personajes como López Rega; en la que befó al Catolicismo
alentando la formación de la Iglesia
Católica Apostólica Argentina, con el bochornoso Badanelli
como mentor y gurú. En la que envileció e intoxicó a camadas enteras de
jóvenes, llevándolos al ideario del “socialismo nacional”. En la que siguió
fidelísimo al Régimen, tributando incienso cada día al juego partidocrático, al
sufragio universal,a la soberanía del pueblo, al electoralismo masivo, al
constitucionalismo moderno; a los sacros pilares de la democracia liberal, de
la que resultó su regüeldo maloliente y su regurgitación biliosa. Fue la época,
en fin, en la que recitaba cada día ese inicuo credo masónico que decía haber
aprendido en alguna tenida de Estocolmo, y según el cual, había que llegar a la
meta soñada del Mundialismo, pasando por el Continentalismo.
Sí, nos quedamos
cortos. Perón debió y debería aún ser excomulgado post morten. Respecto de la Fe
Católica y de su promesa solemne de vivir conforme a ella, le
cabe el despreciable adjetivo de perjuro. Y que no salga ahora algún descolgado
a decirnos que coleccionaba estampitas o que llevaba una medalla con la Virgen de Luján, porque ya
hemos dicho que este sujeto tenía extirpada la conciencia moral, por lo que
podía ser y fue, al mismo tiempo, una cosa y exactamente la contraria. Lo
único innegociable eran los votos y el poder que con los mismos se conseguía.
Su única religión fue el peronismo; y a la vez, o por lo tanto, su dogma, su
deidad y su objeto de latría.
10-Terminamos con algo
que no debemos ni queremos callar. Perón
está muerto y el daño inmenso que le ha hecho y le sigue haciendo a la patria,
no puede ser repudiado ni con el amplio “Diccionario de Insultos” de Pilar
Montes de Oca. No alcanzan los más de dos mil términos que la lingüista
recopila para vituperar al inmenso y pluriforme crápula.
Pero el gorilismo que le sucedió, tras la
forzada caída de Lonardi,en punto a sanciones, condenas y excomuniones
eclesiásticas, debió recibir el mismo trato. Porque el gorilismo fue y es un
fenómeno de la misma naturaleza liberal,masónica, marxistoide, judaizante,
criminal y endemoniada que aquello a lo que depuso, no para sustituir sino para
continuar bajo otras modalidades. Si alguna diferencia de grado o de tono hubo,
la misma no alteró la unidad de sustancia con el Régimen que se declamaba
abolir. Los vencedores fueron los cipayos al servicio del Nuevo Orden Mundial.
Los vencidos, quienes dieron su vida, su fama, su hacienda y su honra, vivando
¡Cristo Vence!.
“La verdad –se
lamentaba Genta- es que se ha borrado completamente el signo católico que tuvo la Revolución Militar
y Civil en sus días iniciales de Córdoba[...]. Estamos en presencia de un
continuismo peronista sin Perón[...]. Es que las mismas corrientes ideológicas
profundas que arrastraban a Perón, continúan impulsando al nuevo gobierno: la Masonería y el
Comunismo”[35].
Genta, desde el mismo
año 1955, y hasta su muerte mártir, casi dos décadas después, documentó en un
sinfín de artículos, folletos, clases, conferencias y libros, su raigal y
amplísimo repudio al gorilismo. Lo hizo como él solía hacerlo,en tanto
nacionalista católico, sin atenuantes, ni vacilaciones ni eufemismos de ninguna
especie. Lo hizo, además, sin proponer jamás como alternativa la salida
electoralista o partidocrática, por la que sentía el mayor de los desprecios. Miente
a sabiendas quien diga lo contrario.
Recorrer hoy, tras seis
largas décadas del ya legendario 1955, las páginas y las lecciones vivas de
este gran maestro del Nacionalismo Argentino, es constatar una vez más que
quien se llame católico en esta tierra no puede ser a la par peronista ni
gorila. Quien se llama patriota, a secas, lo mismo, porque a la antipatria
sirvieron de cien modos deleznables ambas fuerzas. Quien se llame nacionalista,
menos aún. Porque los enemigos del Nacionalismo: Judaísmo y Masonería con su
sinfín de adláteres y socios, fueron los amigos de peronistas y gorilas; cuando
no fueron ellos mismos ambas categorías perversas mancomunadas.
La discusión podrá
seguir cuanto se quiera. De nuestra parte la damos por concluida[36] con lo que acabamos de
exponer:un escueto conjunto de reflexiones que creemos nos permiten concluir
honradamente en la convicción de que Perón fue excomulgado. Debieron
serlo también Aramburu y Rojas, por poner dos nombres emblemáticos. Están todos
muertos. Los juzgue Dios, que ya los ha juzgado.
Pero están vivos –y las
van de vivos- los integrantes de una pandilla de liberales –esto es de
pecadores políticos contumaces- que no trepidan en contemporizar con los
católicos o los nacionalistas, o con contar con la inexplicable aquiescencia de
estos. Aunque sus vidas públicas entren en colisión con la más pura Tradición Católica
y Contrarrevolucionaria; y crean que a nadie tendrán que rendirles cuentas de
sus vidas privadas, como si la virtud o el vicio instalados en el alma no
tuvieran necesariamente repercusión en la polis, según antañona enseñanza
helénica.
Son la zarzuela de la
truhanería, que diría Anzoátegui. La palmadita de la derecha que nos hace morir
de náuseas, al buen decir de José Antonio. Son, precisamente, la Modernidad y la Revolución. Por eso son,
también y en definitiva, propagadores del error,de la ignorancia y de la
confusión. Y en esa triple condición, son asimismo cooperadores de la Mentira.
Súmesele a eso –casi
como sello estilístico de los miembros del clan- un talante naturalmente
presuntuoso, un estilo de show business y un porte de jactancia exitista, poco
afecto a la virtud de la humildad, y se llegará muy pronto a la conclusión de
que nadie que milite en las filas de la Tradición y de la Contrarrevolución
puede sentirse expresado por estos personajes ontológicamente modernos y
revolucionarios, y éticamente transidos de un engreimiento pasmoso. Para ellos
vivir es ser televizados; y prefieren estar on
line antes que en estado de gracia. Son parte de la sociedad del
espectáculo, en las antípodas de espíritu austero y aún mendicante que reclama
el noble oficio del apologeta. Son la derecha, pero no necesariamente lo
diestro, justo, vertical y recto.
Personalmente,y en
medio de tantas babilonias ideológicas,nos place decir que seguimos en donde
siempre nos hemos definido. Confrontando con derechas e izquierdas, locales o
internacionales; en enemistad abierta con el Imperialismo Internacional del
Dinero, sus secuaces nativos y sus mandantes extranjeros. Celebramos la caída
del Muro de Berlín, pero también celebraríamos el derrumbe de otros dos muros,
el de Street en New York, y el de los Lamentos, en tierras despojadas a sus
legítimos dueños por la codicia hebrea. Entonamos aún emocionados: “en lo alto
la mirada, luchemos por la patria redimida”, y a la par los cielitos federales
que tributan preclaros honores a la figura impar e irrepetible de Don Juan
Manuel de Rosas.
Sï;
seguimos donde siempre estuvimos opugnando con las mentiras históricas, no sólo
de las últimas cuatro décadas argentinas, sino con las de la maldita propaganda
aliada y aún con todas aquellas de más lejanos antecedentes. La historia
ramerizada no se agota en los laboratorios mitristas ni en las usinas
setentistas, vigentes todas ellas. Es también la que emanó de los viles
acuerdos de Yalta y de Potsdam, para que el Eje fuera declarado a perpetuidad
el receptor de todas las infamias y sus enemigos –que lo son de Occidente-
resultaran exhibidos como compendio de benevolencias.
Lo
reiteramos por última vez. Seguimos donde siempre hemos querido estar, si Dios
no nos abandona: en el pequeño rebaño de los derrotados por el mundo, que
esperanzados -batallando y resistiendo, sin doblegamientos- esperamos con
ansias el regreso victorioso de Cristo Rey.
Ciudad de la Santísima Trinidad,Fiesta
de la Inmaculada Concepción,
2018.
[1] Fragmento del
Discurso de Eduardo Vuletich, Secretario General de la
CGT. Acto Oficial por el Día del
Trabajador, 1º de Mayo de 1955, en presencia de Perón y altos funcionarios. Apareció
en La Prensa, Buenos Aires, 3/5/1955, p. 5, y se
reprodujo en varios medios. Cfr.vg. Virgilio Filippo, Imperialismos y Masonería, Buenos Aires, Organización San José,
1967, p. 163; Isidoro Ruiz Moreno,La Revolución del 55, Buenos Aires, Emecé, 1994, p.
119. Tamaña manifestación grotesca de odium
Christi (que sería y sigue siendo hasta hoy uno de los argumentos más
trillados de la llamada mentalidad posconciliar, anticipada,como se ve, en unos
cuantos años por el blasfemo dirigente lacayo de Perón), fue contestada con
lucidez y coraje por Monseñor Manuel Tato, en su homilía catedralicia porteña,
el 8 de mayo de 1955. Cfr. Los panfletos.
Su aporte a la Revolución
Libertadora, Buenos Aires, Itinerarium, 1955,p. 151 y ss.
[2] Nuestro reconocimiento en tal
sentido al Dr. Fernando González y al Profesor Jorge Bosco.
[3] Cfr. Aníbal Rottjer, La masonería en la Argentina y en el mundo,
Buenos Aires, Nuevo Orden, 1973,p. 381 y ss.
[4] La carta está fechada el 27 de
abril de 1958, en Ciudad Trujillo. La misma se encontraba enmarcada y guardada en
el cajón nº 69 del conjunto de pertenencias personales de Perón, depositados en
su propiedad de la localidad de Boulogne, provincia de Buenos Aires. Puede
verse una fotografía de la misma en la Revista Noticias,Año XX,
n.1072,Buenos Aires, Perfil, 12 de julio de 1997, p. 29.
[5] Sobre la incompatibilidad entre el
Club de Leones y la Iglesia,
cfr. Masonería. Opúsculo sin mención
de autor ni de fecha, publicado por la Colección
Fe Integra, n. 5,Rosario, Obra de Cooperación Parroquial de
Cristo Rey,Registro de Propiedad Intelectual nº. 673-410,48 ps.
[6] En muchos sitios ha sido
reproducido y citado este texto. Una versión completa y tomada directamente del
original puede verse en el Anexo del libro de Gerardo Ancarola, Antes y después del fuego,Buenos Aires,
Lumiere, 2005.
[7] Cfr. Didaci
Covarrubias, Opera Omnia, 1, Coloniae
Allobrogum, 1724, p. 455.
[8] Excommunicatione latae sententiae
speciali mode Sedi Apostolicae reservata plectuntur: 1)Qui leges, mandata,vel
decreta contra libertatem aut iura Ecclesiae edunt; 2)Qui impediunt directe vel
indirecte exercitium iurisdictionis ecclesiasticae sive interni sive externi
fori, ad hoc recurrentes ad quamlibet laicalem potestatem”. Codex Iuris
Canonici, Roma, Typis Polyglottis Vaticanis,MCMXXIX, p. 625.
[9] Son conocidos –porque han sido
incluso televizados- los reportajes de Damián Nabot a Licio Gelli, dando los
pormenores de este contubernio masónico de
y con Perón. Entre otras
compensaciones del General al Hermano italiano,que tanto lo había apoyado
iniciáticamente, en 1973, ya vuelto a poder el peronismo, se nombró a César
Augusto de la Vega,
Grado 33, Secretario de Estado en el Ministerio de Bienestar Social. De la Vega,claro, era una de las
manos derechas de Gelli. Es muy interesante al respecto enterarse de la valiosa
reacción de Fernando Esteva, nacionalista, primo de De la Vega y secretario privado del
mismo, que renuncia a su cargo, manifestando la “incompatibilidad política”, al
advertir que su pariente tenía tan alta jerarquía masónica. Cfr. Juan Bautista
Yofre, El escarmiento, Buenos Aires,
Sudamericana, 2010, p. 160.
[10] Declaración Unánime del Clero de la Arquidiócesis de
Santa Fe. Cfr. Los panfletos. Su aporte...etc.,ob.cit.,p.
118-119. Debería ser objeto de otra nota analizar la patológica relación
Perón-Badanelli, y hasta qué punto incluso, ciertos delirios de este cura
invertido y deliberadamente fuera de la ortodoxia, han cobrado presencia en el
triste magisterio eclesial romano que conduce el peronista Bergoglio.
[11] Pío XII, Mystici Corporis, 10.
[12] Gerardo
Ancarola, Antes...etc.ob.cit.,p. 48.
[13] Horacio Verbitsky la cita y remite a su
fuente archivística: CEA Asamblea Plenaria del Episcopado,del 1 al 7 de junio
de 1955, Archivo CEA. Cfr. su Cristo
Vence. De Roca a Perón.La Iglesia Argentina. Un siglo de historia política (1884-1983),
Buenos Aires, Sudamericana, 2011,nota 1174.
[14] No sólo la Jerarquía sino la simple
feligresía pedía la excomunión de Perón, ya sea mediante los famosos panfletos
clandestinos, sino mediante exclamaciones y expresiones que se colaban en
algunos medios de curso legal. Esto lo ha reconocido el mismo Julio Godio –autor
izquierdista, claro- en su La caída de
Perón, Buenos Aires, Granica, 1973.
[15] Codex Iuris Canonici...etc.ibidem.
[16] Cfr.
Sabino Alonso Moran-Marcelino Cabreros de Anta, Comentarios al Código de Derecho Canónico,con el texto legal latino y
castellano, vol. III, Madrid, BAC, 1964, canon 1557, p. 220. Conste que
esta obra tiene la conformidad de la Universidad
Pontificia de Salamanca.
[17] Lorenzo Miguélez, Codex Iuris Canonici 1917, Madrid, BAC,1954, p.588.
[18] Puede consultarse: Jordi Bosch, Cuestiones actuales de Derecho Canónico y
Derecho Eclesiástico del Estado, Madrid,Editorial Dykinson, 2015.
[19].
Joannes V. De Groot, Summa
apologetica de ecclesia catholica, Regensburg, 1906, q.XVI,art.VIII, punto II.
[20] En su portada del 12 de junio de 1955, el
diario ultraoficialista “El Líder”, titulaba: “Enceguecida en su afán
antipatriótico, volvió La
Mazorca Negra al atropello”. No fue la única vez que
Perón,como decimos, pagaba tributo al antirrosismo. En las primeras dos
ediciones de “La fuerza es el derecho de las bestias”, en 1955 y 1956, se
comparaba la violencia de la
Libertadora con el terror de La Mazorca de la época de
Rosas. En las sucesivas ediciones la comparación se estableció con la KGB.
[21] Hugo Gambini, Historia del Peronismo. La obsecuencia (1952-1955), Buenos Aires, Ediciones
B Argentina, 2016,capítulo 9. Debo dejar constancia personal de que Roberto
Alemann creía tan devotamente en la libertad de prensa que –durante los largos
años que editamos Cabildo en sus
oficinas y talleres- jamás censuró una sola de las múltiples referencias
adversas que hacíamos sobre su persona y su ideología. Ni siquiera opuso reparos
hacia un ejemplar, en cuya tapa, pedíamos su expulsión como Ministro, durante la Guerra de Malvinas.
[22] Cfr. Los
Panfletos...etc.,ob.cit.,p. 416. Sería un error muy grave desestimar o
subestimar el papel altamente informativo que jugó esta prensa subterránea o
clandestina durante los años de la persecución religiosa. Piénsese en lo que
fue el Samizdat en la Unión Soviética y
en otros países que le estaban sometidos. Todo un verdadero movimiento
editorial, periodistico y documental, moviéndose entre las sombras, para hacer
saber ad intra y ad extra lo que realmente estaba sucediendo.
[23] Dado
en Roma, en la sede de la Congregación Consistorial, 16 de junio de 1955. Firmado. Cardenal Piazza,
secretario; José Ferreto, asesor, Osservatore Romano, junio 16 de 1955. Acta
Apostolicae Sedis,vol. XXII, p. 412.
[24] Ana María Ortíz
Berenguer, La doctrina jurídica sobre la
excomunión, desde el siglo XVI al ”. Servicio
de Publicaciones de la
Universidad de Navarra, Cuadernos doctorales, 1995-1996, n.
13, p.480-526.
[25] Lárraga-Lumbreras, Prontuario de Teología Moral,vol. II, Madrid, Ediciones Studium de
Cultura, Madrid, 1950, p. 527.
[26] Cfr. Los
panfletos. Su aporte a la Revolución
Libertadora. Recopilación y Comentario, Buenos Aires,
Itinerarium, 1955,p.417.
[27] El Padre Jacobo Wagner murió mártir
defendiendo el templo profanado e incendiado de Nuestra Señora de las Victorias.
Desconocida su egregia figura y olvidada aún, culposamente, por la misma
Iglesia, que vergonzosamente calla, los pormenores de su vida y de su muerte
pueden verse en Alfredo Sánchez Gamarra C.SS.R, Alma de mártir, Buenos Aires, Talleres Gráficos Didot, 1956.
[28] Cfr. Juan Alfredo Marinero, el periodista
excomulgado. Al parecer el autor de esta nota es Félix Luna:https://culturaltoque.wordpress.com/2011/08/23/juan-alfredo-marinero-el-periodista-excomulgado/
Los subrayados son propios.
[29] Santo Tomás, Summa, II-IIae, q. 47, a
3, corpus, et alibi”, vg. STh II-IIae q 47, a 3, corpus; In de sensu et sensato, 1,
lectio 1, 14.
[30] Carta de Perón a Tomás Eloy Martínez, del
26 de marzo de 1970. En Tomás Eloy Martínez, La novela de Perón, Buenos Aires, Legasa, 1985.p. 9. En la misma
obra –entre la ficción y la realidad- el autor, tras una entrevista con Perón
pone en su boca estas palabras jamás desmentidas por los hechos: “Si he vuelto
a ser protagonista de la historia una y otra vez, fue porque me contradije. Ha
oído ya la estrategia de Schlieffen. Hay que cambiar de planes varias veces al
día y sacarlos de a uno, cuando nos hacen falta. ¿La patria socialista? Yo la
he inventado. ¿La patria conservadora? Yo la mantengo viva. Tengo que soplar
para todos lados, como el gallo de la veleta” (ibidem, p. 218). Por supuesto
que hay infinidad de casos del zigzagueo amoral de Perón, y para reunirlos a
todos no alcanzaría un robusto compendio. Cuando el 7 de enero de 1967, Joe
Baxter se entrevistaba con Perón en Madrid, en Puerta de Hierro, el dueño de
casa no cesaba de prodigar elogios a Mussolini, supuestamente para congraciarse
con el pasado “Tacuarista” del invitado. Advertido por Alberto Manuel Campos
–que se encontraba presente junto con Héctor Vilallón- acerca de que el
visitante y lo suyos, “leen más a Mao que al Duce”, al día siguiente, al volver
Baxter a Puerta de Hierro, Perón lo estaba esperando en su escritorio con un
cuadro de Mao. Cfr. Alejandra Dandan,Silvina Heguy, Joe Baxter, Buenos Aires, Grupo Editorial Norma, 2006,p. 173-181.
[32]
Cfr:A. Barbosa, Collectanea Doetorum tam veterum quam recentiorum in ius
pontificium universum, Lugduni, 1716, p. 321.
[33] Enrique Pavón Pereyra,Perón, el hombre del destino, Buenos Aires, Abril,1973,vol. III, p.
205.
[34] Cfr. a título
informativo: Ernesto Milá, La vertiente
ocultista del peronismo. La logia Anael, en Orientaciones, Buenos Aires,
2009. http://infokrisis.blogia.com/2009/081901-la-vertiente-ocultista-del-peronismo-i-de-iii-.-la-logia-anael.php
[35] Jordán Bruno Genta, La Masonería
y el Comunismo en la
Revolución del 16 de septiembre, Buenos Aires,Pellegrini
Impresores, 1955.
[36] Cuando leemos en Pedro Badanelli, Perón, la Iglesia y un cura, Buenos Aires, Tartessos,
1958, p. 153-154, que “aunque Perón estuviere excomulgado nos importaría un
bledo a los peronistas”, uno toma conciencia de la sabiduría del refranero: no
hay que gastar pólvora en chimangos.