Por Emilio Nazar Kasbo
Aulo Agerio: El Jus Exclusivæ (en latín derecho de exclusión; también
llamado derecho de veto papal) era el derecho que gozaban diversos monarcas
católicos de Europa para vetar a un candidato al papado. En diferentes momentos
el derecho ha sido utilizado por los monarcas franceses, los reyes de España,
el Emperador del Sacro Imperio Romano Germánico y el Emperador de Austria, este
último como heredero de los derechos del anterior. Estos poderes debían ser
dados a conocer en el Cónclave papal, a través de un cardenal de dicho
príncipe, precisando qué candidato a la elección había sido considerado non
grato como futuro Papa. En el Cónclave
de 1314-16, el Conde de Forez vetó a Arnaud Fournier en nombre de Felipe, Conde
de Poitiers (futuro Felipe V de Francia). En 1644, en el cónclave que eligió al
cardenal Giovanni Battista Pamphili como papa Inocencio X, el Jus Exclusivæ fue
ejercido por primera vez, vetando la España de Felipe IV la elección del
cardenal Sacchetti. El cardenal francés Julio Mazarino llegó demasiado tarde a
dicho cónclave para presentar el veto francés contra el cardenal Pamphili, que
ya había sido elegido. En este período, se elevaron diferentes tratados en
defensa de este derecho. Luego fue vetado Benedetto Odeschalchi por Luis XIV de
Francia en el Cónclave de 1669-70, también Galeazzo Marescotti por Luis XIV de
Francia en el Cónclave de 1700. Posteriormente, en el Cónclave de 1721 fue
vetado Fabrizio Paolucci por el emperador Carlos VI de Alemania; y Francesco
Pignatelli, por Felipe V de España. Asimismo, fue vetado Giuseppe Renato
Imperiali en el Cónclave de 1730 por Felipe V de España, Pier Marcellino
Corradini por Felipe V de España en el Cónclave de 1740, Carlo Alberto
Guidoboni Cavalchini por Luis XIV de Francia en el Cónclave de 1758. También
fue vetado en el Cónclave de 1774-75 Giovanni Carlo Boschi por las cortes
borbónicas, en el Cónclave de 1823 fue vetado Antonio Gabriele Severoli por
Francisco I de Austria, en el Cónclave de 1830-31 fue vetado Giacomo
Giustiniani por Fernando VII de España. La última vez que este derecho fue
ejercido, fue en el Cónclave de 1903 en que Mariano Rampolla fue vetado por
Francisco José I de Austria-Hungría. En esta última oportunidad, finalmente fue
electo por el Espíritu Santo el Cardenal Sarto, el futuro Papa San Pío X. Finalmente,
San Pío X prohibió completamente el Jus Exclusivæ en la Constitución Commissum
Nobis del 20 de enero de 1904. Pero para Ud, Numerio Negidio, los Papas que
fueron vetados, habían sido designados por el Espíritu Santo, y los Papas que
efectivamente asumieron NO, porque fueron imposición del poder temporal.
Entiendo, pero… ¿Ud obedece y cree en el Magisterio de los Papas que no fueron
vetados?
Numerio Negidio: Los Papas fueron vetados después de haber sido
elegidos por el Espíritu Santo.
Aulo Agerio: ¿Entonces Ud reniega del Magisterio de los Papas que
no han sido vetados, es decir, que efectivamente asumieron?
Numerio Negidio: Yo no reniego de nadie. Sólo digo que los Papas
fueron elegidos por el Espíritu Santo. Si los hombres poderosos los vetaron,
eso no invalida la legítima elección.
Aulo Agerio: ¿Cuál elección, del que Ud dice que el Espíritu Santo
eligió y que fue vetado, o el que posteriormente no fue vetado?
Numerio Negidio: Toda elección papal está inspirada por el Espíritu
Santo.
Aulo Agerio: A ver si se pone de acuerdo y responde lo que
pregunté, y no con frases contradictorias e inentendibles.
Numerio Negidio: ¿Cuál pregunta?
Aulo Agerio: ¿Considera que el no vetado es una imposición de un
poder temporal o que es elegido por el Espíritu Santo?
Numerio Negidio: Vetado o no vetado, fue elegido por el Espíritu
Santo.
Aulo Agerio: ¿O sea, el Espíritu Santo eligió dos veces, y del
primero se arrepintió pero del segundo no? ¿El Espíritu Santo eligió dos
personas distintas? ¿O en realidad el primero no fue elegido por inspiración
del Espíritu Santo?
Numerio Negidio: ¿Al segundo quién lo eligió?
Aulo Agerio: ¿Ud no sabe quién elige a un Papa? El Espíritu Santo
es quien lo elige.
Numerio Negidio: ¿Entonces para qué pregunta?
Aulo Agerio: Porque el que no fue elegido por haber sido votado y
vetado, no fue designado por el Espíritu Santo. Ese es el tema. Es que en
realidad, no es "segundo Papa", hay uno y único. Y fue elegido por el
Espíritu Santo.
Numerio Negidio: Pregunto quién lo votó al segundo…
Aulo Agerio: Los cardenales votan, el Espíritu Santo elige... Al
que asume como Papa, lo votan los mismos cardenales que habían votado al que fue
vetado.
Numerio Negidio: Siempre que voten los cardenales, el Espíritu
Santo elige. Así de simple. Con veto y sin veto.
Aulo Agerio: El veto es por intermedio de un Cardenal que es la voz
del Príncipe Cristiano con Jus Exclusive, en una acción que es ejercida por el
Espíritu Santo. Si el Espíritu Santo ha sido quien designó al vetado... ¿por
qué Usted acepta al no vetado y a su Magisterio, en vez de haber ido tras el
vetado y sus ideas personales?
Numerio Negidio: Yo no opino sobre lo que Ud. dice porque no tengo
conocimiento. Lo único que dejo en claro es que siempre que votan los
Cardenales, elige el Espíritu Santo.
Aulo Agerio: Bueno, hubo cardenales electos que no asumieron como
Papa porque fueron vetados por un Príncipe Cristiano. Sépalo. Y fueron vetados
por acción del Espíritu Santo en el Cónclave. ¿Qué fue lo que significó el
asesinato del Archiduque de Austria, hecho que diera inicio a la I Guerra
Mundial? ¿Qué significado teológico tuvo ese asesinato? ¿Ud lo sabe?
Numerio Negidio: Le vuelvo a repetir. Lo único que a mí me importa
es dejar en claro que toda elección papal votan los cardenales y elige el
Espíritu Santo. Buenas tardes. Que tanga una Semana Santa en paz.
Aulo Agerio: Acabo de demostrarle que NO ES ASÍ. Buenas tardes, que
tenga una Santa Semana Santa.
Numerio Negidio: Qué lamentable lo suyo. Lo siento por Ud.
Aulo Agerio: Lamentable lo suyo, que es un contradictorio, que no
reconoce como elegido por el Espíritu Santo al que no fue vetado y asumió
efectivamente como Papa, dejando al margen a quien sí fue vetado, y
desconociendo que en todo ello hubo acción del Espíritu Santo. De lo contrario,
Ud estaría sosteniendo que un poder temporal, por sí solo, tiene facultades de
inmiscuirse dentro de la Iglesia, para designar un Papa según sus propios
criterios mundanos, terrenales o políticos, obviando a un Papa designado
efectivamente por el Espíritu Santo. Ud es un contradictorio. Esta posición
suya es inaceptable como católico. En definitiva, el Espíritu Santo designó al
no vetado, por tanto el vetado no fue designado por el Espíritu Santo.