viernes, 21 de noviembre de 2014

UNA PETICIÓN PARA DEFENESTRAR A FRANCISCO

UNA PETICIÓN PARA DEFENESTRAR A FRANCISCO

Circula por la internete -con la invitación a suscribirla cuantos fieles católicos lo juzguen pertinente- una petición al Colegio Cardenalicio para que éste evalúe las graves irregularidades doctrinales de Bergoglio antes y después de su elección al Solio a los fines de su ulterior deposición. 
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Sin más comentar, ponemos a disposición el enlace correspondiente y trascribimos aquí las tres cuestiones elevadas a los cardenales, apoyadas en pasajes tomados de la bula de Paulo IV Cum ex apostolatus officio que constituyen el criterio concreto para la imputación de ciertos graves cargos al reinante pontífice. Podrá razonablemente desestimarse la eficacia de esta solicitud para mover la conciencia de los cardenales, pero esto no porque carezca de suficiente fuerza suasoria sino más bien por la vigencia de una desviada y desvaída concepción de la Iglesia como «tiranía de faits accomplis».
Consciente de que por el decreto del papa Paulo IV Cum ex Apostolatus officio (de 21 de diciembre de 1566), el Colegio -y, de hecho, toda la Iglesia- está gravemente obligado a elegir solamente y a reconocer como válidamente electo a un hombre de la Fe Católica; y consciente de que Jorge Mario Bergoglio, tanto antes como después de su elección el 13 de marzo de 2013, se ha expresado y actuado de maneras largamente condenadas por la Sede Apostólica, les solicito humildemente -siendo yo uno entre muchos fieles- que cumplan con su deber de proteger a la Iglesia y la Sede Apostólica de la corrupción, mediante la convocatoria -en lugar que se repute conveniente- a juzgar a las preguntas acerca de:
1) si Jorge Mario Bergoglio fue elegido válidamente, en cumplimiento del decreto de Paulo IV que acabamos de mencionar, por cuanto antes de su elección promovió durante años en la Argentina la concesión de la comunión a aquellos sujetos incursos en matrimonios irregulares junto a los «curas villeros» (cf . Sandro Magister, "La revolución paciente de Francisco", Espresso on-line, 24 de octubre 2014), lo que contradice directamente la enseñanza del Concilio de Trento, Sesión 13, canon XI: Si alguno dijere, que sola la fe es preparación suficiente para recibir el sacramento de la santísima Eucaristía; sea excomulgado. Y para que no se reciba indignamente tan grande Sacramento, y por consecuencia cause muerte y condenación; establece y declara el mismo santo Concilio, que los que se sienten gravados con conciencia de pecado mortal, por contritos que se crean, deben para recibirlo, anticipar necesariamente la confesión sacramental, habiendo confesor. Y si alguno presumiere enseñar, predicar o afirmar con pertinacia lo contrario, o también defenderlo en disputas públicas, quede por el mismo caso excomulgado. Si él estaba sujeto a esta censura, se sigue entonces que -de acuerdo con el decreto del Papa Paulo IV mencionado anteriormente (nº 6)- fue inválidamente elevado a la dignidad del cardenalato, y también inválidamente elegido Romano Pontífice. 2) Si pese a esto ustedes juzgaran que fue válidamente elegido, entonces les pido que diriman si acaso no haya perdido el cargo de Romano Pontífice a causa de su negación pertinaz de la Fe y/o de su propósito manifiestamente malicioso de perseguir a los fieles apegados a las antiguas tradiciones eclesiásticas, cada una de cuyas causas viola el anatema del Concilio de Nicea, celebrado en 787: si alguno rechazare cualquier tradición escrita o no escrita de la Iglesia, sea anatema (cuarto anatema sobre las Imágenes Sagradas), entre cuyas tradiciones se cuentan la celebración del Antiguo Rito Romano y la práctica perenne de la Iglesia Católica, desde los tiempos apostólicos, de negar la comunión a los adúlteros y los pecadores públicos.
Si cae, pues, bajo esta censura de Nicea, se sigue del mismo modo que su elección resultaría invalidada por el decreto del Papa Paulo IV. 3) Por último, aunque los anatemas y cánones que el Papa Paulo IV declara válidos a perpetuidad (ibid. nº 2), no ofreciesen razón suficiente a ningún miembro del Sacro Colegio para hacer al hombre convicto de herejía o de pérfida malicia en orden a derrocar la tradición eclesiástica, persiste una verdad teológica que versa sobre la ley divina y la eclesiología, a saber: que nadie que busque dañar a la Iglesia en cosas esenciales, como Su fidelidad a la Enseñanza de Cristo, puede estar en comunión con Ella; y como por esto mismo un cismático, moralmente hablando, no puede considerarse en comunión con la Iglesia, por ello debe y tiene que ser removido de su cargo.
La petición, en inglés en original:  http://www.ipetitions.com/petition/petition2CardinalsReFrancis