La realidad del aborto en la Argentina.
Por Mario Caponnetto
La muerte y la vida se enfrentaron en un duelo admirable.
Este verso de la bella Secuencia del Domingo de Pascua acudió
recurrentemente a mi memoria en estos días de febriles gestiones
judiciales y mediáticas para evitar un aborto “legal” de una niña de
apenas doce años con una gestación de veinticuatro semanas.
Los hechos ocurrieron así: en la lejana
Provincia norteña de Jujuy, una niña de sólo doce años acude al hospital
de su ciudad, San Pedro de Atacama, acompañada de su madre. Consulta
por unos extraños dolores en su abdomen. Los médicos constatan un
embarazo avanzado de veinticuatro semanas de gestación. La niña, dice la
madre, habría sido violada por un vecino. Amparándose en una curiosa
“legislación” hoy vigente en Argentina -de la que hablaré enseguida-
pide el aborto que no puede serle negado (no obstante lo avanzado de la
gesta) puesto que se trata de un derecho “legalmente reconocido”.
Aquí comienza la batalla, el duelo
admirable, entre la vida y la muerte. Los médicos se niegan a hacer el
aborto. Las organizaciones abortistas se movilizan de inmediato (pese a
la calma del verano) exigiendo se reconozca el “derecho” al aborto. Los
organismos pro vida hacen lo propio para evitar que se consume el
asesinato de un inocente. Los medios de comunicación presionan,
prácticamente todos en pro del aborto. Abogados pro vida inician
acciones ante la justicia. El gobernador de la Provincia, un reconocido
masón según versiones no confirmadas, exige el inmediato “cumplimiento
de la ley” (es decir, el aborto). Se suceden días de intensas gestiones,
marchas y contramarchas, vacilaciones de la justicia, ideas y venidas.
Finalmente, al momento de escribir estas
líneas, se decidió practicar una cesárea de la que nació una niña viva,
de veintiséis semanas, de setecientos gramos de peso, que juega su
supervivencia en una unidad de neonatología con pronóstico reservado.
Gracias a Dios pudo ser bautizada lo que asegura su vida eterna en tanto
su vida terrena pende de la pericia de los médicos, las oraciones de la
buena gente, la protección de su ángel de la guarda y, por cierto, de
la infinita misericordia de Dios.
Hasta aquí los hechos. Pero causará sin
duda extrañeza que estas cosas (y este no es, ni de lejos, el único
caso) puedan ocurrir “legalmente” en un país como Argentina que viene de
un resonante triunfo contra el aborto en agosto del año pasado. Es
sabido, en efecto, que una inmensa movilización social logró poner freno
en el Congreso al intento abortista del gobierno de Macri. Fue un
acontecimiento de gran repercusión incluso fuera de la Argentina a tal
punto que en estos días se hace una marcha en favor de la vida, en
París, con los colores argentinos como un homenaje al país que logró
impedir que se impusiera la legalización del aborto. Sin embargo,
hablamos de aborto legal. ¿Cómo se explica esta contradicción? Ocurre
que la triste realidad del aborto en Argentina es que éste se ha
impuesto de la manera más artera y fraudulenta que pueda imaginarse: por
vía de una resolución judicial gracias a un inicuo fallo de la Corte
Suprema de Justicia que rige desde 2012.
Se
trata del denominado “Fallo FAL”, una sentencia de la Corte a raíz de
un caso judicial sobre un pedido de aborto en una menor que había sido
violada. El caso en cuestión se había iniciado dos años antes, en 2010,
cuando la madre de la menor solicitó la “interrupción del embarazo”
sobre la base del llamado “aborto no punible” reconocido en el viejo
Código Penal Argentino cuya redacción y vigencia datan de 1922. Este
antiguo Código penaba al aborto salvo en dos excepciones: en caso de
peligro para la salud de la madre y en caso de mujer “demente” violada.
Aclaremos, no obstante, que esta disposición ni obligaba al aborto en
aquellos dos supuestos ni menos implicaba una legalización de esa
práctica: sólo la declaraba no punible.
El pedido de aborto, rechazado en las
primeras instancias judiciales, fue luego aceptado (y el aborto
consumado) por el máximo tribunal de la provincia en la que residía la
menor y, finalmente, remitido a la Corte Suprema de la Nación. Ahora
bien, la Corte, última e inapelable instancia, ratificó la autorización
de la justicia provincial y autorizó el aborto aun cuando en el momento
de la sentencia ya la cuestión estaba terminada; y es aquí que viene lo
realmente grave: la Corte no se limitó a fallar en un caso, por lo
demás, abstracto, sino que modificó de hecho el Código Penal
interpretándolo de un modo absolutamente ajeno a su letra y su espíritu.
En efecto, reemplazó la condición de
“demente violada” por simplemente violada, transformó lo no punible en
legal y, por ende, obligatorio y consagró al aborto como un derecho
humano. Pero el abuso no se detuvo aquí. La Corte, atribuyéndose una
función legislativa que no posee, estableció una normativa de aplicación
obligatoria por la que basta la sola declaración jurada de la mujer de
que fue violada sin presentar ninguna otra prueba, dispuso que en
adelante ningún caso de este tipo se judicialice, obligó a los médicos a
realizar el aborto ante el solo pedido de la embarazada en cualquier
momento de la gestación y conminó a los Estados Provinciales a
establecer protocolos de abortos no punibles que garanticen el estricto
cumplimiento de estas disposiciones.
No
hace falta ser un experto en Derecho para advertir que la Corte impuso,
de hecho, una ley de aborto disfrazada de sentencia judicial (así lo
denunció, en su momento, el hoy Obispo Emérito de La Plata, Monseñor
Aguer) sin que mediara la menor queja de parte de los celosísimos
defensores de la democracia, el estado de derecho, la sagrada división
de poderes dispuestos siempre a morir “en defensa del sistema métrico
decimal”. Lo que demuestra algo que ya sabíamos: cuando se trata de
imponer cosas como el aborto se acaban todas las ficciones legales y
sólo rigen los dictados del Nuevo Orden Mundial.
Esta es la realidad del aborto en
Argentina, no hay otra. El triunfo de agosto fue rotundo pero las
fuerzas de la muerte no cejan amparadas en una legalidad tan ilegítima
como criminal. Por eso se suscitan cada vez con mayor frecuencia casos
como el de la niña de Jujuy sujetos a finales inciertos aunque casi
siempre ominosos. En esta ocasión se logró, al menos, que una niñita
tenga la oportunidad de sobrevivir y de ser bautizada. Viva o muera,
ella será para siempre el símbolo trágico de una locura homicida que no
parece detenerse.
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