El escrito que presentó Cristina al juez Bonadio este
miércoles 13/4 A continuación el texto completo del escrito presentado
por Cristina: Señor Juez: Cristina Fernández de Kirchner, por mi propio
derecho, en la causa Nº 12.152/15 caratulada “Banco Central de la
República Argentina s/defraudación…”, en trámite por ante ese Juzgado
Nacional en lo Criminal y Correccional Federal Nº 11, Secretaría Nº 22,
con el patrocinio letrado del Dr. Carlos Alberto Beraldi (CUIT
20-13430665-4), constituyendo domicilio en Av. Santa Fe 1752, 2º A, a
V.S. digo: I.- Objeto. Que a efectos de ejercer mi derecho de defensa en
juicio vengo a efectuar esta manifestación, la cual solicito se
incorpore a la causa en el marco de la declaración indagatoria ordenada
en autos. II. Introducción. 1) Cada vez que un Movimiento Político de
carácter Nacional y Popular fue derrocado o finalizó su mandato, las
autoridades que lo sucedieron utilizaron en forma sistemática la
descalificación de sus dirigentes, atribuyéndoles la comisión de graves
delitos, siempre vinculados con abusos de poder, corrupción generalizada
y bienes mal habidos. Sin embargo, los verdaderos motivos siempre
fueron los mismos: por un lado, barrer con las conquistas logradas y los
derechos adquiridos por la sociedad en sus diferentes estamentos y
actividades; por el otro, imponer programas de “ajuste” y endeudamiento
-matrimonio indisoluble- utilizando la supuesta corrupción para ocultar
ambos objetivos. Con el correr de los años cada uno de esos supuestos
“procesos moralizadores” devinieron en formidables transferencias de
ingreso y patrimonio de las grandes mayorías a las elites gobernantes y
sus grupos económicos vinculados, saliendo a la luz los escandalosos
mecanismos de corrupción para hacer operativas esas políticas. No son
pocos los hechos históricos que así lo demuestran. El primer ex
Presidente argentino que tuvo que enfrentar a un juez no fue peronista,
por una razón muy sencilla: el movimiento nacional y popular en ese
momento todavía lo encarnaba el radicalismo y su figura liminar:
Hipólito Yrigoyen. Derrocado en 1930 por el primer Golpe Militar de la
historia y, oh casualidad, convalidado y legalizado por acordada de la
Corte Suprema de Justicia de la Nación, debió sufrir ser investigado por
una comisión especial por supuestos hechos de corrupción, siendo
encarcelado en la Isla Martín García. Recuperó su libertad merced a un
indulto que Yrigoyen rechazó. El día que lo liberaron asumía el General
Justo como Presidente de la República Argentina, dando inicio a lo que
históricamente se conoce como “Década Infame”, llamada de esa forma por
lo que constituyó un período de escandalosa corrupción y entrega del
país. Sin embargo, no se detuvieron allí. Lo volvieron a encarcelar y
pasó el último año de su vida en Martín García. Eso sí, esta vez no fue
por corrupción, lo acusaron de conspiración. Más tarde, el Movimiento
Nacional y Popular se encarna en el Peronismo y en la figura de sus
fundadores: Juan Domingo y Eva Perón. Durante sus dos Gobiernos los
Derechos y conquistas populares construyen historia y época. Una vez más
y tras el derrocamiento del General Perón, el gobierno de facto dictó
el Decreto Ley 5143/1955 que creó la Junta Nacional de Recuperación
Patrimonial, una comisión especial en franca violación del texto
constitucional asignándole funciones jurisdiccionales bajo el “loable
propósito” de obtener la incautación de todos los bienes de los que se
habrían apoderado los funcionarios corruptos del anterior gobierno. Pese
al grado grosero de afectación de los principios más elementales del
Estado de Derecho, hubo magistrados y funcionarios judiciales, incluso
de las máximas instancias, dispuestos a justificar semejantes atropellos
sin abandonar sus citas leguleyas e invocación de valores éticos que se
correspondían con “su ser nacional”. A título de ejemplo me permito
citar el fallo de –una vez más- la Corte Suprema Justicia de la Nación
del 21 de junio de 1957, en la causa “Juan Domingo Perón s/ bienes mal
habidos”. Aquí en el dictamen del Procurador General ante ese Alto
Tribunal se efectúan los siguientes señalamientos: “1° Que antes de la
revolución de septiembre de 1955 el país se hallaba sometido a un
gobierno despótico, y en un estado de caos y corrupción administrativa,
debido a la acción directa de las personas comprendidas en el decreto
ley 5.148/55 y, en especial, a la del recurrente en esa causa. 2° Que
uno de los fines primordiales de la revolución fue el de restituir al
patrimonio público los bienes adquiridos ilícitamente por las personas
indicadas, quienes, como es de pública notoriedad, se enriquecieron
inmoralmente aprovechando los resortes del poder omnímodo de que
disfrutaba Juan Domingo Perón y del que hacía partícipe a sus
allegados…” Por su parte, en la sentencia aludida, la propia Corte, en
referencia al gobierno peronista, decía lo siguiente: “…Esta opresión
innoble sólo ha servido para el auge de la corrupción y para la
destrucción de la cultura y la economía, de todo lo cual es símbolo
tremendo el incendio de los templos y los sacrosantos archivos de la
patria, el avallasamiento de los jueces, la reducción de la Universidad a
una burocracia deshonesta y la trágica encrucijada que compromete el
porvenir de la República contra la entrega de sus fuentes de riqueza
(diario “La Nación”, septiembre 23 de 1955m página 1)”. Cualquier
coincidencia con los discursos y las acciones de actual Gobierno y de
las decisiones de algunos sectores del Poder Judicial, no es casualidad.
La historia de dieciocho años de proscripción, lo acontecido en dicho
período histórico y finalmente el retorno de Perón al país para ejercer
su tercera presidencia me eximen de mayores comentarios. 2) En el año
1976, la dictadura genocida más sangrienta de nuestra historia siguió
idéntico camino respecto de las autoridades constitucionales que habían
sido derrocadas y de dirigentes que ni siquiera formaban parte de ese
Gobierno, es más, algunos eran fuertes opositores al mismo. De esa
manera truncaron el proceso democrático impidiendo las elecciones
nacionales presidenciales que ya habían sido convocadas. Al momento del
Golpe, Argentina era un país industrial donde la participación de los
trabajadores en el Producto Bruto Interno era casi del 50% y el
endeudamiento externo era sumamente bajo y no implicaba condicionamiento
alguno. Así, el 21 de octubre de 1977, en el ámbito del Ministerio del
Interior, se creó la tristemente célebre “Comisión Nacional de
Responsabilidad Patrimonial” (CONAREPA) que incautó no sólo propiedades y
bienes correspondientes a la funcionarios del gobierno derrocado, sino
también a empresarios, dirigentes políticos y sindicales, todos ellos
detenidos exclusivamente por motivos políticos. Eso si, bajo la pátina,
siempre conveniente y mediática, de lucha contra la corrupción También,
de manera no menos lamentable, se registran precedentes judiciales que
avalaron las ominosas conductas descriptas. Es imperioso señalar que la
participación del Poder Judicial siempre se convierte en condición “sine
quanon” para este tipo de prácticas. En este sentido, un ejemplo
paradigmático es el caso de “Papel Prensa”. En el mismo, todos los
bienes de la familia Graiver pasaron a ser administrados por la referida
CONAREPA, bajo la mirada complaciente de los jueces de aquellos años y
la inactividad de los jueces de hoy. Ha pasado mucho tiempo y todavía
los delitos de lesa humanidad cometidos en contra de la familia Graiver
se encuentran sin recibir el correspondiente castigo. Hace pocos días se
cumplieron 40 años de lo que fue el Proceso “Moralizador” del 24 de
marzo de 1976. Su saldo trágico en materia de violación de DD.HH.,
endeudamiento, desindustrialización, financierización de la economía,
aún lo estamos pagando en el sentido más literal del término. Los
antecedentes mencionados ayudan a comprender que lo que sucede en la
actualidad debe ser inscripto en un contexto político e institucional
que se ha repetido a lo largo de nuestra historia: los avances y
retrocesos que en materia de derechos y bienestar han sufrido en el
pasado y vuelven a sufrir hoy los argentinos. Precisamente por el valor
histórico de los expedientes, registros, actuaciones y toda otra
documentación de la infausta CONAREPA, como Presidenta de la Nación
dispuse su traslado al Archivo Nacional de la Memoria, como ejemplo de
un pasado que no queremos repetir. 3) Sin embargo, una vez más la
historia se repite y el pasado vuelve a atrapar a los argentinos:
endeudamiento, devaluación, despidos, persecuciones políticas, tarifazos
en servicios públicos esenciales e indispensables, estampidas
imparables de precios, comercios cerrados, industrias en crisis, censura
y cercenamiento a la libertad de expresión, son sólo algunas de las
calamidades que el nuevo Gobierno ha provocado en apenas 120 días. Esta
verdadera tragedia se convierte en comedia cuando los rostros de quienes
se quieren presentar ante los argentinos como cruzados contra la
corrupción, son los mismos que durante los ’80 y los ’90 formaron parte
de la “Patria Contratista” y su apellido estuvo indisolublemente ligado a
escándalos y negociados con el Estado, ubicación de gerentes y
directivos de sus empresas en puestos claves del Gobierno, pasando por
el contrabando de autos con sociedades off shor e absueltos por la
“mayoría automática”, causal de Juicio Político a miembros de la Corte
Suprema, o la estatización de la deuda de sus empresas; entre otros
hechos de corrupción. No debería entonces llamarnos la atención que hoy
ilustren la primera plana de todos los medios de comunicación
internacionales, junto a otros dirigentes y mandatarios, algunos de los
cuales ya renunciaron, con cuentas y sociedades en paraísos fiscales que
les fueran descubiertas y de las que nunca le contaron a los
argentinos. El Consorcio Internacional de Periodistas de Investigación
presenta el caso “Panamá Papers” en su página web bajo el título de:
“Gigante fuga de registros financieros off shore expone la matriz
mundial de la delincuencia y corrupción” (el subrayado me pertenece). Un
escándalo global sin precedentes que trata de ser ocultado, sin
conseguirlo, con el remanido recurso de denuncias y despliegue de
mediáticas acciones judiciales. Es que el que el Plan de Ajuste y
Miseria vuelve a requerir una vez más, de la difamación y la calumnia
para su implementación, bajo el mismo pretexto de que los dirigentes que
defendieron y defienden los intereses populares y nacionales son
corruptos sin remedio. Esta metodología no sólo es claramente visible en
nuestro país, sino que se replica a escala regional como una matriz
diseñada por expertos de otras latitudes. La causa en la que aquí presto
declaración y otras que se agigantan por los medios de comunicación
concentrados, son un ejemplo lamentable de lo que vengo diciendo, a
punto tal que a los propios medios extranjeros, que denunciaron a escala
global el escándalo de “Panamá Papers”, les llama la atención el
tratamiento que recibe el Presidente Mauricio Macri, implicado en el
caso, y lo compara con el tratamiento que hubiera recibido quien
suscribe, de haber sido la involucrada. Sostiene el diario alemán
“Süddeutsche Zeitung” –periódico que dió a conocer a nivel global el
“Panamá Papers”- que de haber sido la Presidenta Cristina Fernández de
Kirchner la involucrada, todos le hubieran pedido la renuncia en forma
inmediata (www.sueddeutsche.de/politik/panama-...). III. Manifiesta. 1)
Luego de ser informada acerca de los hechos que se me pretende imputar,
entiendo y confirmo claramente que sólo a través de un ejercicio abusivo
del poder jurisdiccional esta causa pudo ser llevada adelante. En
primer lugar, cabe señalar como algo absolutamente novedoso y
sorprendente en términos judiciales, que haya sido citada a prestar
declaración indagatoria cuando no existe ninguna mención, y mucho menos
imputación en mi contra, ni en la denuncia efectuada por los
Legisladores oficialistas Negri y Pinedo, ni tampoco por parte del
fiscal interviniente o que surja, al menos, de la prueba recibida. Es
más, una simple lectura de los elementos de convicción a los que el juez
hace expresa referencia en el auto de fs. 367/368, muestra que mi
convocatoria a declarar es un prevaricato de V.S. en los términos
previstos por el art. 269 del Código Penal. Concretamente, la resolución
dictada resulta contraria a la ley y fundada en hechos absolutamente
falsos; así quedará acreditado en la esfera judicial competente. En
segundo término, tampoco se ha respetado en el caso el debido principio
acusatorio y de congruencia que debe existir entre el hecho por el que
se ha habilitado esta investigación y el que se me ha imputado.
Concretamente se habla de la existencia de un grupo de funcionarios que,
de manera organizada, sistemática y concertada, llevamos a cabo
acciones de carácter político, técnico y administrativo con supuestos
propósitos delictivos, que no fue ni denunciado por los Legisladores
oficialistas ni requerido por el Fiscal. Esta hipótesis de asociación
ilícita, construida capciosamente por el magistrado, es otra muestra de
la arbitrariedad con que ha procedido y revela además la intención del
Gobierno con la colaboración imprescindible del Poder Judicial de
“plantar”, a quien suscribe, una causa penal que me prive de la
libertad. Como ya lo he dicho públicamente y reitero una vez más: no les
tengo miedo. Afrontare este proceso y cualquier otro que quieran
fabricarme. Fue decisión explicitada públicamente no tener fueros que me
hubieran colocado en una posición de privilegio en relación a la de
cualquier otro ciudadano. La igualdad nunca fue, para mí, un recurso
retórico. En tercer término, y desde un plano estrictamente jurídico tal
como lo han explicado cada una de las personas imputadas que declararon
en esta causa, las operaciones investigadas fueron llevadas a cabo
legítimamente por las autoridades del Banco Central de la República
Argentina, de acuerdo a la normativa vigente e inspirada en los
propósitos de su Carta Orgánica, es decir, promover, en las medidas de
sus facultades y en el marco de las políticas establecidas por el
gobierno nacional, la estabilidad monetaria, la estabilidad financiera,
el empleo y el desarrollo económico con equidad social (art. 3). Hago
propios todos y cada uno de los argumentos que vertieran en este
expediente el Sr. Ex Ministro de Economía Dr. Axel Kicillof y los Sres.
ex Presidente y ex Vicepresidente del B.C.R.A. Alejandro Vanoli y Miguel
Angel Pesce, así como también los de los Directores y ex Directores de
la misma institución, que han actuado en un todo de acuerdo con lo que
prescribe la Ley 24.144, Carta Orgánica del B.C.R.A. en su Capítulo
Primero, que tiene por objeto definir la naturaleza y el objeto de la
Institución, en sus artículos 1, 2, 3 y 4, como así también el resto de
las disposiciones de dicho instrumento, que como es de estricta
hermenéutica legislativa deben ser entendidos y comprendidos en el marco
de las definiciones estructurales de la norma. Resulta insoslayable
señalar que mi administración siempre buscó desarrollar una gestión de
gobierno que protegiera el valor de la moneda, ya que su depreciación
produciría los efectos más desfavorables sobre la actividad económica en
general. Puede afirmarse que, por lo menos en este capítulo no nos
hemos equivocado y las consecuencias están a la vista. Desde diciembre
de 2015 a la fecha la estampida imparable de los precios, la
desocupación, el aumento de la pobreza y la caída de la actividad
económica y comercial, tiene indudablemente puntos de convergencia con
los efectos de una “maxidevaluación” llevada a cabo por las autoridades
del gobierno actual de manera brutal. El Gobierno no cuida a los
argentinos. Tampoco parece preocuparse por ellos, ni por el dolor,
angustia e incertidumbre que hoy están viviendo. En quinto lugar, todo
lo que se ha dicho en la denuncia acerca de graves perjuicios para el
Banco Central y beneficios indebidos para terceros inescrupulosos
resultaron ser simples manifestaciones electoralistas a las que se les
dio cobertura mediática mediante la sustanciación de esta causa.
Adviértase que a requerimiento del actual Presidente del B.C.R.A. el
Juez de la causa, en dos oportunidades manifestó que no había ninguna
medida restrictiva ordenada que impidiera el pago de los contratos que
se investigan. Cabe preguntarse entonces ¿Cómo puede ser que se impute
la comisión de un delito cuya supuesta consumación ha sido autorizada
por el mismo magistrado a cargo de esta investigación? Por otro lado,
también se debe destacar que ninguno de los supuestos “terceros
enriquecidos ilegítimamente” por la operatoria del dólar futuro, tan
siquiera fueron individualizados ni mucho menos citados a este proceso.
No hay en este sentido actividad procesal alguna siquiera que insinúe
esa línea de investigación. Me pregunto: -¿Será tal vez que puedan
encontrarse con algún conocido que quieren mantener alejado de esta
investigación y no seguir sufriendo nuevos traspiés políticos? Podríamos
agregar como graciosa paradoja de estos “paladines de la moral” que el
actual Presidente del B.C.R.A. tiene procesamiento firme por delitos
económicos con motivo, nada más ni nada menos, que en la “operación” de
endeudamiento conocida como “Megacanje”. Huelgan los comentarios. Por si
todo ello fuera poco, en los últimos días, hechos que son de dominio
público muestran como los principios morales que tanto se predican
resultan ser sólo un mero ejercicio distractivo y justificativo del
ajuste, que ha quedado sepultado en el escándalo internacional de un
Gobierno cuyo Presidente, sus familiares más directos y sus funcionarios
más allegados quedan al descubierto como titulares de sociedades y
cuentas off shore, que en otras latitudes ya han provocado renuncias
hasta de Primeros Ministros. En suma, se trata de un conjunto de
personas que, según los parámetros que V.S. ha elegido para imputarme en
esta causa, merecerían ser también investigados a la luz del supuesto
delito de asociación ilícita. Además, y como lo han indicado el
Presidente y los miembros del Directorio del BCRA en sus declaraciones
obrantes en autos, la operación de venta de futuro de dólares no produjo
en el Banco Central, tal como lo reflejan sus balances, pérdida alguna y
sólo puede hablarse de efectos disvaliosos a partir exclusivamente de
las decisiones que tomaron las actuales autoridades al devaluar y que
fueran convalidadas por el Juez de la causa. En definitiva, la
imputación sub litis resulta absurda tanto en términos facticos como
jurídicos e ingresa en el terreno de lo ridículo. Así lo evidencian las
preguntas “inquisidoras” que V.S. le ha formulado a alguno de los
imputados, con la intención de tornar justiciables hechos de contenido
estrictamente político -terreno en el que el juez se movió con muy poco
éxito en sus cargos anteriores-, demostrando también el mismo grado de
incompetencia que registra en este tipo de materias técnicas. La fuerza
de los hechos es contundente. Primero dieron inicio a esta causa
mediante una falsa denuncia que el Juez rápidamente instruyó. Dos días
antes de la segunda vuelta de las elecciones nacionales, llevaron a cabo
un allanamiento en el B.C.R.A. con el propósito de originar una corrida
bancaria para forzar la devaluación y no lo lograron. Después de los
resultados electorales, en contra de lo que públicamente siempre
sostuvieron, presionaron con esta causa, y de otras maneras, para
obtener la renuncia del Presidente del B.C.R.A., borrando con el codo la
independencia que debe tener el B.C.R.A. sobre la que escribieran y
dijeran en múltiples conferencias y sets de televisión. Una vez
designadas las nuevas autoridades del ente rector, llevaron a cabo una
devaluación de la moneda que, como se vió, produjo efectos devastadores
sobre la economía. Por último y nuevamente con la complicidad judicial,
avanzaron con esta causa imputando falsamente a personas inocentes la
comisión de delitos, los cuales de haber existido, resultarían exclusiva
responsabilidad de las actuales autoridades. En síntesis: ellos
denunciaron, intentaron con una “corrida judicial” una devaluación,
forzaron la salida del Presidente del B.C.R.A., devaluaron y ahora, con
la complicidad judicial, pretenden colocarnos ante la opinión pública
como culpables de los efectos de las medidas y decisiones que ellos
adoptaron. Finalmente el Gobierno de las excusas -como todo en la vida-
tiene un límite: la responsabilidad de los propios actos y el juicio
inevitable de la historia. IV.- Petitorio. Por todo lo expuesto, a V.S.
digo: 1) Se tenga por efectuada la presente manifestación a los efectos
que corresponda. SERÁ JUSTICIA.