jueves, 3 de enero de 2013

UD. SABE TANTO COMO YO QUE ESTO ES UN TEMA NETAMENTE POLÍTICO

Desde San Juan nos hicieron llegar copia de la reiterada Petición a Informe Art 304. CPPN por Incumplimiento de Petitorio por parte de V.S., presentada el pasado 26 de diciembre de 2012 por el Mayor (R) y también abogado Jorge Antonio Olivera, DNI 8.376.721, actualmente detenido en Penal de Chimbas San Juan.
Penal de Chimbas San Juan
En la extensa petición del Mayor Olivera, figura un párrafo que nos produjo una gran conmoción, por la gravedad de lo descripto y aún no desmentido por nadie, lo transcribimos a continuación:
                       
Mayor y Abogado Jorge Antonio Olivera
“Resuenan aún en mi memoria las palabras del Secretario del Juzgado Federal de San Juan, Dr. Tacca cuando luego de leerme las actas donde se informaba sobre la desaparición de la Sra. Erize y la muerte del Sr. Russo  que era el responsable militar de la Sra. Erize en un enfrentamiento con la policía y otros elementos foráneos de la provincia le pregunté sobresaltado: ¿¿¿pero Dr. Tacca, aún con esta prueba documental en sus manos Ud. sigue manteniendo la acusación sobre mi persona y elementos del RIM 22???, el Secretario del Juzgado Federal Dr. Tacca, me respondió…  y bueno Doctor Olivera esta es una hipótesis acusatoria que evidentemente está equivocada.
Le respondí entonces, pero Dr., estará equivocada la hipótesis acusatoria a la que Ud. hace alusión, pero somos varios los detenidos en cárcel por esto; me contestó, Ud. sabe tanto como yo que esto es un tema netamente político; a lo que le contesté disculpe, pero yo creía que estaba en un Juzgado Federal, veo que me confundo y este edificio es un comité político del Kirchnerismo”.


Al día de la fecha de esa presentación, existen 17 integrantes del RIM 22 (entonces jóvenes oficiales y suboficiales imputados injustamente y que no tienen responsabilidad alguna en  la causa Erize), quienes ya han sobrepasado los cuatro (4) años y dos (2) meses de detención como Presos Políticos, según los propios dichos del Secretario de Juzgado Federal de San Juan  Dr. Carlos Tacca Conte-Grand[1].
Un análisis de legos en la materia nos lleva a determinar que el Poder Judicial ha permitido la intromisión del Poder Ejecutivo en su accionar y perdido toda independencia en los juicios mal llamados de “Crímenes de lesa humanidad”. No solo se lo permitieron al gobierno de turno, también claudicaron ante grupos de presión, tales como: Centro de Estudios Legales y Sociales (CELS), Madres de la Plaza de Mayo y Abuelas de la Plaza de Mayo[2] y Agrupación H.I.J.O.S.
Presidente del CELS, Horacio Verbitsky (a) "el perro"
En nuestra humilde opinión la justicia subordinó su estructura y funcionamiento a lo que consideró que era políticamente correcto y le daría mayor rédito ante el poder de turno. Ya nadie puede esconder la farsa de estos juicios, a tal punto que un secretario de juzgado se lo admite a un colega imputado en una causa en la que es inocente.
Las contradicciones que se han visto en los diversos juicios llevados adelante con un “derecho a medida de la venganza de los derrotados por las armas”, no son compatibles con las pautas constitucionales.
 Confección a medida
En estos juicios se han constatado falencias que atentan contra el estado de derecho. Están condenando sin pruebas fehacientes y que alejen toda duda, se ha permitido el uso de falsos testigos[3] y testigos estrellas[4] [5], tanto ha sido la presión por terminar a toda costa con estos juicios que hasta la fiscal Mirna Goransky presentó su renuncia[6]
Tales fallas han sido las que motorizan la propuesta de que todo lo actuado en los juicios de Lesa Humanidad, se encuentran viciados de nulidad absoluta y todo el personal militar, de fuerzas de seguridad u otras y civiles involucrados en los mismos deben ser inmediatamente puestos en libertad, recuperar todos sus derechos civiles y políticos y reparados históricamente.
La espera de los Presos Políticos
El poder de turno se llevó por delante elementales principios del derecho y la justicia, tales como:
  • Desconocimiento del valor de la cosa juzgada,
  • La garantía del debido proceso,
  • La jurisdicción de los jueces naturales… no se puede juzgar actos de guerra con el Código Penal, por ello existía el Código de Justicia Militar.
  • El principio de legalidad según el cual ningún habitante de la Nación puede ser penado, sin juicio previo fundado en ley anterior al hecho del proceso.
  • Desprecio de la presunción de inocencia y la irretroactividad de la ley penal.
  • Negar el derecho a la excarcelación a los mayores de 70 años.
  • Mantener a los imputados detenidos 9 o más años, sin condena, contra todo lo dicen los Derechos Humanos.
  • Vergonzosa aceptación de “testigos estrellas o falsos”.
  • Desconocimiento de la Ley Igualitaria.
  • Y toda otra impúdica felonía jurídica que se les ocurrió, solo para vengarse.
Nada de eso ha sido cumplido en esos juicios de manera fehaciente, produciéndose la carga de la inversión de prueba; los imputados deben demostrar “su inocencia”. La presunción de inocencia es una garantía consagrada en la Declaración Universal de los Derechos Humanos y en tratados internacionales sobre derechos humanos como, por ejemplo, la Convención Americana sobre Derechos Humanos o Pacto de San José de Costa Rica.

Llevar adelante un proceso de Pacificación Nacional necesariamente exige la corrección de todos esos errores y abusos, sería una buena forma de empezar el Nuevo Año 2013.
Sinceramente,
Pacificación Nacional Definitiva
por una Nueva Década en Paz y para Siempre

Referencias:

[2] Recomendamos leer el libro de Luis Gasulla: “El negocio de los derechos humanos”  (2012), editorial Sudamericana, 400 páginas, en todas las librerías del país.