PIDEN PROTECCIÓN PARA LA EMBARAZADA EN RIESGO Y SU HIJO
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NOTIVIDA, Año XVIII, Nº 1078, 6 de marzo de 2018
PIDEN PROTECCIÓN PARA LA EMBARAZADA EN RIESGO Y SU HIJO
Se
presentó en Diputados el proyecto de la Red Federal de Familias, la
alternativa al proyecto de la “Campaña por el derecho al aborto”. El progreso se sostiene en el reconocimiento de los derechos a los más vulnerables.
Se
presentó hoy en Diputados, por quinta vez consecutiva (la primera fue
en el 2010), el proyecto de ley de “Protección integral de los derechos
humanos de la mujer embarazada y de los niños por nacer”, que impulsa la
Red Federal de Familias.
Un proyecto que prevé una
solución integradora que respeta y protege por igual los derechos de
los dos integrantes del binomio madre-hijo, esencialmente iguales en
dignidad e igualmente valiosos.
El expediente (324/2018)
ingresó con el número máximo de firmas que puede tener
reglamentariamente la presentación inicial (15), pero muchos diputados
van a adherir en los próximos días. Recodemos que en el 2016 tramitó
como expte 2452 y fue firmado por 68 diputados.
Los primeros 15 firmantes del 2018 son: Juan Fernando Brügge (Córdoba Federal), Silvina Frana (FpV, Sta.Fe), Lucila Lehmann (CC, Sta. Fe), Graciela Caselles (Bloquista, San Juan), Beatriz Avila (Justicia Social, Tuc.), Vanesa Massetani (FR, Sta. Fe), José Orellana (Primero Tucumán), Karina Molina (PRO, La Rioja), Stella Maris Huczak (PRO, Mza.), Davis Schlereth (PRO, Neuquén), Carlos Roma (PRO, T.del Fuego), Javier Pretto (PRO, Cba.), Jorge Enríquez (PRO, Cap.Fed), Graciela Navarro (Fr. Cívico, Sgo.) y Gustavo Bevilacqua (FR, Buenos Aires).
El progreso se sostiene en el reconocimiento de los derechos a los más vulnerables
Ofrecemos a continuación el análisis del proyecto que, en el anterior período parlamentario, realizó Ludmila A. Viar, para el Centro de Bioética-Persona y Familia:
Es
una alternativa de fondo que, en lugar de promover el aborto, impulsa
acciones legales para garantizar derechos preexistentes de la mujer
embarazada y el niño por nacer, aportando respuestas para quienes se
encuentran en situación de vulnerabilidad.
Este
proyecto no sólo protege el derecho de la persona por nacer desde la
concepción, en concordancia con lo establecido en los arts. 33, 29 y 75
incisos 22 y 23 de la Constitución Nacional y el art. 19 del Código
Civil y Comercial, sino que se le brinda a la madre una serie de
beneficios que le permiten el desarrollo de un embarazo seguro.
En
este sentido el proyecto considera a estos derechos de la madre y el
niño por nacer como de orden público, de forma tal que no pueda existir
contrato comercial posible o acuerdo de partes que intente reducirlos a
materias disponibles en desmedro de los más débiles y vulnerables. El
proyecto se propone una tutela legal plena de la dignidad humana
reflejada en la madre y el niño por nacer.
Esta
iniciativa es un claro camino hacia la colocación de los bienes
jurídicos protegidos, la dignidad y la vida, tanto de la mujer como del
niño, en el peldaño más alto de protección y seguridad jurídica. Además,
busca comprometer al Estado, es decir a la sociedad toda, a sostener y
promover el acceso a una atención integral de la mujer así como del niño
a través de la ampliación de facilidades de acceso de medios no sólo
médicos, sino también económicos y psíquicos. El proyecto busca reducir
la brecha entre la mujer que se encuentra en estado de vulnerabilidad y
la que no, proveyendo un sistema de contención de la misma.
La
teleología de este proyecto puede leerse como un blindaje legal que
evita cualquier tipo de discriminación, descartando cualquier clase de
selección humana por sus rasgos genéticos o biológicos. Es así como se
tutela la igualdad de todos sin estimar ni determinar la existencia de
seres humanos mejores que otros por sus cualidades físicas.
Queda
patentizada la búsqueda de evitar cualquier tipo de eliminación
sistemática silenciosa de personas humanas por razones eugenésicas o
sociales.
A continuación se enumeran algunos de los derechos y garantías que trae este Proyecto de Ley:
- El derecho a vivir de la persona concebida. (arts. 1 y 3)
- El derecho a no ser discriminado de la persona por nacer. (art. 4, 1º apartado)
- El derecho de la madre a una asignación especial en caso de violación (art.4, 2º apartado).
- El derecho de la madre a que no se discrimine a su hijo por sus orígenes genéticos o biológicos. (art.4)
- El derecho del niño a no ser sometido a procesos que afecten su dignidad. (art. 6)
- El derecho del niño por nacer a recibir asistencia médica integral.(art. 5)
- El derecho de la mujer a recibir asistencia médica integral.(art. 5)
- El derecho de la mujer a no ser presionada por el medio externo para la provocación del aborto y a no ser violentada. (art. 7)
- El derecho de la mujer a recibir asistencia y asesoramiento completo, no sólo físico, sino psíquico y económico. (arts 9 a 14)
- El derecho a la Asignación Universal por Hijo por Nacer. (art. 13)
Este
proyecto impulsa el progreso social a través de la tutela básica del
derecho humano esencial de toda persona humana a vivir y nacer de forma
digna sin discriminar por sus orígenes y bajo la tutela del sistema en
todos los aspectos que hacen aquella. De esta forma, se protege a la
madre de las presiones externas que obstaculizan la prosecución de su
embarazo y se le reconocen prerrogativas, derechos y garantías que hacen
a una tutela completa de su dignidad humana como portadora de vida.
El progreso se sostiene en el reconocimiento de los derechos a los más vulnerables.
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NOTIVIDA, Año XVIII, Nº 1078, 6 de marzo de 2018
Editor: Lic. Mónica del Río
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