Publicamos aquí una interesante reflexión del último fichaje de la red Denzinger-Bergoglio, conocido canonista romano que nos mantendrá al tanto de las novedades dicasteriales de la Ciudad Eterna.
Nos
han distribuido en la Rota Romana, un nuevo documento relativo a la
reciente reforma de los procesos matrimoniales. Se titula “Subsidio
Aplicativo del motu proprio Mitis Iudex”, e intenta explicar –
con dos introducciones, 30 ítems y 4 apéndices – cómo poner en práctica
la reforma de 21 cánones del Código de Derecho Canónico, realizada por
el motu proprio “Mitis Iudex”. Ya ese documento incluía 21
artículos aclaratorios sobre el modo de aplicar las alteraciones… ¡En
Roma se dice que estas nuevas 65 páginas solamente significan un aumento
del papeleo! Lo que no contribuye a resolver la crisis matrimonial
mundial.
Ese “Subsidio Aplicativo” no sólo ha
circulado en la Rota. A los cardenales miembros del G-9 les fue
distribuido el 9 de febrero (VIS, 9 de febrero de 2016).
En Roma se encuentra a la venta en las librerías católicas, publicado
por la Librería Editrice Vaticana; por ahora sólo en italiano: Sussidio Applicativo del Motu Proprio Mitis Iudex Dominus Iesus, 2016; nos referiremos a él como Sussidio citando la numeración que él mismo usa.
Un tsunami espiritual
El motu proprio Mitis Iudex,
publicado por Francisco el 15 de agosto pasado, reformando los
procedimientos de los procesos de nulidad matrimonial, ha representado –
para los que trabajamos en la pastoral de los tribunales eclesiásticos –
un tsunami mayor que el que barrió 14 países de indochina en 2004.
A doce años de esa catástrofe natural
marítima, que segó más de 270.000 vidas humanas —cuántas de ellas se
habrán salvado sólo Dios lo sabe—, asistimos a un tsunami espiritual que
está llevando al descalabro a los que intentamos aplicar la Ley de
Dios, en materia matrimonial; y no solo a nosotros, sino a tantos y
tantas personas confusas, desorientadas, tantas familias deshechas,
oriundas de un mundo paganizado, ajeno a la práctica de los
Mandamientos; muchas, muchísimas veces buscando una palabra de
veracidad, de certeza, de verdadera misericordia para con el pecador
arrepentido, en las sabias leyes que Cristo dio a los hombres y a su
Iglesia. Pues todos, por muy confusos o embrutecidos que estén, sienten
en el fondo del alma el consejo del Maestro: “La verdad os hará libres”
(Jo 8, 32). ¡Anhelan por la verdad! Cosa a veces no tan fácil en materia
matrimonial.
Ya San Agustín, el gran doctor de los siglos IV y V declaraba ser el asunto del matrimonio “oscurísimo y lleno de meandros” (De coniugiis adulterinis,
l. I, c. 25), por la cantidad de ramificaciones psicológicas, morales y
sociales. Por eso la Iglesia ha buscado, a lo largo de los siglos,
interpretar en su verdadero sentido las palabras de nuestro divino
Salvador. ¿Qué dijo Jesús sobre el matrimonio?
Las enseñanzas misericordiosamente claras de Jesús
A los que intentaban justificar las
segundas, terceras, cuartas uniones… el Maestro respondió recordándoles
que “lo que Dios unió no lo separe el hombre” (Mc 10, 9; cf Mt 5, 31;
19, 7; Lc 16, 18), explicando que “quien repudia a su mujer, la expone
al adulterio” (Mt 5, 32) y “quien repudia su mujer y se casa con otra,
comete adulterio” (Mt 19, 9). Nada de segundas o terceras “uniones”, ni
para él ni para ella; el bondadosísimo Jesús, Palabra de Dios hecha
Hombre, califica esas segundas y terceras uniones como “adulterio”.
A la pecadora contrita (o al pecador
arrepentido), Jesús siempre ofrecía el perdón: “Anda y no peques más” le
dijo a la mujer sorprendida en el infame pecado de “adulterio” (Jn 8,
11). Y cuando una mujer no sólo adultera, sino meretriz, se acercó de Él
con arrepentimiento sincero, el Divino Redentor le declaró: “Tus
pecados te son perdonados … tu Fe te ha salvado” (Lc 7, 48-50).
El equilibrio entre la práctica de los
Mandamientos y la misericordia para con el pecador que quiere cambiar de
vida, es una de las maravillas de la Iglesia Católica, y la distingue
de tantos desvíos de heresiarcas quienes, como los fariseos de Israel, a
lo largo de los siglos han defendidos la legitimidad de segundas,
terceras, cuartas uniones…
Ese equilibrio, aplicado a cada caso
concreto, pide estudio, discernimiento, verificación de los motivos del
tal “matrimonio fracasado”. Un “matrimonio fracasado”, como hoy se dice,
no significa un “matrimonio nulo”. Las causas del “fracaso” suelen ser,
como decía San Agustín “oscurísimas y llenas de meandros”.
Recordamos más abajo la notable, fundamental, intrínseca diferencia entre un “matrimonio fracasado” y un “matrimonio nulo”.
Las enseñanzas confusas de Francisco
Recientemente hemos asistido a las confusa
declaración de nulidad del matrimonio de la actual primera dama mexicana
con su primer marido del cual nacieron tres pimpollos. Defendida por
unos, impugnada por otros. Poca claridad matrimonial en la pareja que
recibió a Francisco en México (BCC, 8 de febrero de 2016; La Prensa Gráfica, 14 de febrero de 2016; SDPNoticias, 6 de febrero de 2016; MiamiDiario, 9 de febrero de 2016).
¿Muchos casos así? Todos lo conocemos y todo indica que se multiplicarán con la nueva legislación.
A partir de la nueva normativa de
Francisco, para declarar que un matrimonio celebrado entre dos
católicos, realizado en una iglesia, fue nulo – es decir que nunca
existió – no se hace ya necesario un examen cuidadoso de los “meandros” y
“obscuridades” que pueden haber sido causa de nulidad. Si esa unión es
considerada “fracasada”, fácilmente se puede conseguir, en 45 días, una
declaración de la “nulidad” de la misma, sin mucha investigación: bastan
las declaraciones de los dos conjugues… Así está en el nuevo canon 1678
§ 2, como ha quedado después de la modificación bergogliana, y que el Sussidio
recuerda en el 2.1.a, como “novedad del motu proprio en la evaluación
de las pruebas”, afirmando: “la declaración de las partes [marido y
mujer que quieren declarar nulo su matrimonio] … pueden asumir el papel
de prueba plena”, en cursiva en el original. “Prueba plena”,
quiere decir que no hace falta buscar otros argumentos contrarios para
certificarse de la veracidad de la simple declaración de los
“interesados”, basta que el juez no tenga conocimiento de ningún
elemento contrario; cosa ciertamente fácil.
El estado de confusión creado por los nuevos procesos de nulidad matrimonial
¿Quién va a juzgar? Personas que no necesitan tener mucho conocimiento de la materia…
Hasta la entrada en vigor de las nuevas
leyes, la legislación preveía que fuesen sacerdotes que hubiesen
estudiado los “meandros” y “obscuridades” del derecho matrimonial,
preferiblemente con un doctorado en Derecho Canónico.
Pero el estudio del Derecho Canónico no
está de moda. En Europa todavía encontramos licenciados o doctores en
casi todos los tribunales eclesiásticos; en otros continentes… menos. En
varios países de Sudamérica la mayoría de los actuales jueces
eclesiásticos no son ni siquiera licenciados. Son sacerdotes,
ciertamente buenos y prudentes, pero a quienes tal vez les cueste entrar
en los “meandros” y “obscuridades” de ese hombre y de esa mujer que se
prometieron fidelidad ante el altar, y después… ¡están en una “nueva
unión”!
Según la nueva legislación el hecho del
“fracaso” de la convivencia de la primera unión es indicio de nulidad de
la misma… La expresión técnica es más rebuscada: el fracaso de la
convivencia sería “elemento sintomático de la invalidez del consenso
matrimonial” (ver los Sussidio, 3.1.b).
Un ejemplo sintomático: Enrique VII, sus mujeres y sus concubinas
Ejemplificando: la separación de Enrique VIII de su legítima esposa, Catalina de Aragón.
Casados en 1509, tuvieron diversos hijos;
pero como no sobrevivió ningún varón, el rey Enrique, tan ávido de
herederos como de infidelidades conyugales, se decidió por una
apresurada y complaciente “declaración de nulidad” por parte del
arzobispo de Londres, Thomas Cranmer. Pues a juicio de este venal
prelado había lo que hoy es denominado “elementos sintomáticos de la
invalidez del consenso matrimonial”.
Enrique realizó así una “segunda unión” con Ana Bolena.
Esta “segunda unión” no impidió la
proliferación de las infidelidades conyugales del Rey, resultando varios
hijos adulterinos. Hasta que Enrique se cansó de su “segunda unión” y
mando ejecutar a Ana…
Enrique realizó una “tercera unión” con Juana Seymur…
El insaciable Enrique tuvo todavía otras
tres “uniones”, una se retiró prudentemente del Palacio, otra fue
decapitada. La última, Catalina Parr, sobrevivió al rey (que era su
tercer marido) y tuvo todavía otra “unión”.
De ahí nacieron nuestros hermanos separados anglicanos, que aceptan las segunda, terceras y consecutivas uniones.
Los actos de Francisco tranquilizando las conciencias de los que Jesús llamaba “adúlteros”
¿Y Francisco?
Dio la vuelta al mundo la llamada
telefónica de Francisco el 21 de abril de 2014 a una mujer que vivía
hace 19 años en una “segunda unión”, y por ello el párroco —siguiendo
las enseñanzas de Jesús: el hombre que repudia su mujer y se casa con
otra, es “adúltero” (cf. Mt 19, 9)— le había dicho que no podía
acercarse de la comunión. Le faltaba a esa mujer el corazón puro,
necesario para unirse a Jesucristo. Al parecer, por lo menos nunca fue
desmentido como tantas otras misteriosas “llamadas” de Francisco, éste
le dijo que comulgase… sin arrepentimiento… sin abandonar la “segunda
unión”; aquella “segunda unión” que Cristo calificó como “adulterina” (Zenit, 23 de abril de 2014).
Ahora ha dado la vuelta al mundo la llamada
telefónica de Francisco a un diácono permanente, casado
(legítimamente), el cual ha organizado la pastoral del “anillo perdido”
para que, como él mismo explica “sea reconocida la bondad y la verdad de
la segunda unión”. Aquella “segunda unión” que Cristo llamó
“adulterio”, y que tanto agradaba a Enrique VIII. En realidad la noticia
no ha dado la vuelta “a todo el mundo”, pues si la encontramos en los
servicios en italiano o inglés, está ausente de las noticias en español,
tanto de Radio Vaticana, como de Zenit o de otras agencias de gran
difusión. Se puede ver, por ejemplo, en italiano (Radio Vaticana, 18 de febrero de 2016).
Francisco ha querido invitar al Vaticano, para un saludo especial, esas
parejas “en segunda unión”, presentadas por un diácono quien, por poco
que haya estudiado la moral católica antes de la ordenación, sabe que
Cristo califica las segundas uniones como “adulterio”; y por tanto no
pueden ser reconocida ni “su bondad” y su “verdad”. Acogida, puentes,
desprevenciones… es la tal idea del “encuentro” tan pregonada por
Francisco.
Y hablando de acogida, durante su reciente
viaje a México, en el “Encuentro con las Familias”, en Tuxtla Gutiérrez,
Francisco saludó cuatro “familias”… Bueno, en realidad sólo dos eran
familias católicas: una era una mujer con varios hijos nacidos todos
fuera del matrimonio, por lo tanto no era una familia; otros eran dos
“convivientes”, como se dice hoy, o “concubinos” como enseña la moral:
un hombre y una mujer que sin estar casados (ella ya es casada) viven
juntos desde hace 16 años… Y de ello se enorgullecieron ante Francisco y
ante las cámaras de televisión del mundo entero, proclamando que su
“segunda unión” era “un matrimonio y familia donde el centro es Dios”.
¿Reacción de Francisco? Levantarse, caminar a su encuentro y abrazarlos
como algo normal y bueno dentro de la Iglesia.
En el avión de vuelta a Roma le preguntaban
sobre esas cuatro “familias”. Y Francisco no quiso recordar a quienes
completan 50 años de fidelidad, sino a la pareja de concubinos (¡16 años
de infidelidad al anterior matrimonio!), explicando que lo que valía
era el “camino” que ellos estaban haciendo “integrándose en la pastoral
de la Iglesia”. Enfatizó que todos (casados o convivientes) deben
preocuparse por los hijos que “son las primeras víctimas”. Parece que a
Dios ya no le ofenden los pecados contra la castidad, que él no es
“víctima por nuestros pecados”, como dicen la Letanías al Sagrado Corazón de Jesús; pero los hijos… Francisco no quiso decir si esa “segunda unión” que está “integrada en la pastoral” es una familia o no (Bollettino Sala Stampa, 18 de febrero de 2016).
Confusión, confusión, confusión…
Las llamadas telefónicas inesperadas y sus
actos públicos y manifiestos tienden a crear la impresión de que el
matrimonio ya no es indisoluble como la Iglesia enseñaba. Aunque en
algunos documentos él recuerde fragmentos de doctrina católica sobre el
matrimonio.
Así aparecen en los tribunales personas que
declaran: “como ahora todo ha cambiado…”, “como el Papa ahora
permite…”, “como ya no es necesario…” Y en los confesionarios: “pero
ahora no necesito dejar la segunda unión…”, “pero yo creo que la primera
unión era nula…”, “pero… pero… pero…”
¿Que nos depara el futuro en materia matrimonial?
¿Tendrán algún papel los veinte siglos de
cuidadosos estudios de los “meandros” y “obscuridades” del matrimonio?
Parece que no; y que como el arzobispo Mons. Thomas Cranmer, cualquier
prelado, con o sin estudios, sea o no complaciente, podrá declarar nula
cualquier “primera unión”, desde que se adquiere la “certeza moral” del
“fracaso” del legítimo matrimonio (así se expresan los textos que
estamos considerando). Así está en el Sussidio II.1.b; y 3.3.
Conviene recordar lo que enseña la Iglesia
imperecedera de Jesucristo, sobre “certeza moral” , “matrimonio nulo” y
“matrimonio fracasado”;
El verdadero concepto cristiano de matrimonio
Estos veinte siglos nos enseñaron, que al
contrario de Mons. Cranmer, ha habido muchos obispos virtuosos y santos
que han sabido distinguir, “certeza moral” de “opinión” (“yo creo
que…”); y han diferenciado las dos nociones totalmente desemejantes que,
en la mayoría de las lenguas latinas, se significan con la palabra
“matrimonio”:
- El “acto” por el cual un hombre y una mujer se prometen mutua fidelidad, en la riqueza y en la pobreza, en la salud y en la enfermedad, hasta la muerte, para tener hijos y educarlos. Es un acto: hubo o no hubo, en aquel momento, con aquellas concretas personas, en aquellas circunstancias.
- La “realidad” originada por ese “acto”: un núcleo familiar que se desarrollará más o menos, y dará a los hijos una formación humana y, sobre todo, cristiana; además de contribuir para la mutua complementación de los dos esposos, como el mismo buen Dios “pensó” al darle Eva, nuestra común madre, a Adán: “no es bueno que el hombre esté solo. Voy a hacerle una ayuda adecuada” (Gen 2, 18).
Cuando hay un “acto” matrimonial válido (él
quería, ella quería, ellos consintieron en unir sus vidas sin vuelta
atrás, aceptando los hijos y preocupándose por su educación cristiana),
germina la “realidad” matrimonial o familiar. El “acto” genera la
“realidad”, la cual una vez que empezó a existir no puede ser deshecha
por ningún poder humano, como recuerda el canon 1141 del actual Código
de Derecho Canónico: “El matrimonio rato y consumado no puede ser disuelto por ningún poder humano, ni por ninguna causa fuera de la muerte”.
En la antigua ceremonia matrimonial, al dar la bendición a los nuevos
esposos, el sacerdotes añadía: “¡Yo os declaro marido y mujer hasta que
la muerte os separe!”
Si después la convivencia matrimonial
“fracasa”, por incomprensiones, por infidelidades, por falta de virtud,
por mil motivos “meandrosos” y “obscuros”, lo posterior no cambia lo
anterior: el “fracaso de la convivencia” no puede anular el “acto
constitutivo”, que sólo puede deshacerlo la muerte de una de las partes.
Sin embargo, con la praxis
bergogliana, y sus nuevas normas, se difunde una confusión generalizada
entre los bautizados, incluso clérigos, y hasta trabajadores de los
tribunales eclesiásticos, de que “matrimonio fracasado” es indicio de
“matrimonio nulo”.
Es más o menos como si yo compro una
deliciosa tarta de merengue con fresas frescas (el “acto constitutivo”
de que la tarta es mía y soy responsable por ella) y me la llevo a casa
en un día de calor veraniego, dejándola fuera de la nevera por 48 horas…
Después, evidentemente, se estropeó. Entonces vuelvo a la pastelería
pidiendo que me devuelvan el dinero. ¿Yo he protegido la tarta para que
no se estropee? Mi descuido no anula el “acto constitutivo” de la compra
de la tarta.
La “certeza moral” de la nulidad de un “acto matrimonial”
¿Y la “certeza moral” que el obispo debe tener de la nulidad del “acto matrimonial”? ¿No es algo tan sencillo?¡Basta
ver que ellos no pueden continuar viviendo juntos! Además, cada uno de
ellos ya tiene otro compañero/compañera, y han nacido hijos: ¡hay que
cuidar de los hijos! Confusión, confusión, confusión…
La “certeza moral” de que el “acto
constitutivo del matrimonio” existió (y que por tanto no es nulo) se
adquiere, como enseño magistralmente el papa Pío XII, en una Alocución al Tribunal de la Rota Romana, 1/10/1942 (AAS
34 [1942] 338-343) considerando diversos elementos. Distingamos esa
“certeza moral” necesaria para emitir un juicio en un tribunal
eclesiástico, de la “certeza absoluta” (rarísimo de suceder, en
tratándose de actos humanos y de las intenciones más recónditas de la
psicología), y de la simple “certeza”, que podemos llamar el “a mí me
parece”.
Se puede hablar que tenemos “certeza
absoluta” sobre un hecho cuando excluimos cualquier posibilidad de que
lo contrario sea verdadero: tenemos “certeza absoluta” de que Juanito ha
roto el cristal de la ventana, porque lo hemos visto con el tirachinas
apuntando a la ventana, y después oído el ruido de los cristales rotos.
Tenemos “certeza absoluta” de que un “acto matrimonial” fue nulo cuando
sabemos comprobadamente que él (o ella) tenían un defecto físico que
ocultaron a propósito, para evitar que el otro no aceptase el
matrimonio: por ejemplo, que uno de los ojos era de vidrio.
En lenguaje corriente se dice que se tiene
“certeza” de alguna cosa (“yo creo que”, “a mí me parece que”) cuando,
por un lado, no se excluye la duda racional de esa certeza, y por otro
se admite que puede ser verdadero lo contrario. Es la vida de todos los
días. Tenemos “certeza” de que el autobús va a pasar a tal horario,
porque no hay huelga, ni otros problemas; pero puede ser que se haya
pinchado un neumático, o que se haya fundido el motor… u otra cosa que
admitimos como posible, con cierto temor (posibilidad real), porque las
máquinas son viejas, la carretera mal asfaltada, sucede tres o cuatro
veces al año… Tenemos “certeza” (simple) de que un “acto matrimonial” ha
sido nulo cuando vemos que desde el primer día ellos se peleaban, que
él coqueteaba con otras durante el almuerzo después de la boda, y ella
con otros… Pero eso no nos permite decir que tenemos “certeza moral” de
que el “acto matrimonial” haya sido nulo. Volviendo al ejemplo de
Juanito y el cristal de la ventana: si Juanito no tiene tirachinas, si
nadie lo ha visto, no podemos tener “certeza moral” de que ha sido él
quien ha roto el cristal. Aunque el cristal esté roto, y tal vez podría
haber sido Juanito el culpable, porque ya ha roto otros cristales.
Para emitir un juicio, a respecto de la
nulidad de un acto matrimonial, es necesario tener la “certeza moral”.
Así lo recordaba Pío XII (hemos citado su Alocución a la Rota Romana de
1942), así lo repite Francisco en los documentos citados (Sussidio
3.3). La “certeza moral” sobre un acto excluye, de un lado, cualquier
duda racional sobre su veracidad, y de otro lado admite una posibilidad
teórica (no una probabilidad, ni una posibilidad real) de equivocarse en
ese juicio. Para tener la “certeza moral” de la nulidad de un “acto
matrimonial” tenemos que excluir cualquier duda racional sobre la
veracidad del mismo; si bien que, teóricamente hablando, siempre es
posible que haya un error de juicio, especialmente en materia tan llena
de “meandros y obscuridades”, en particular si puede faltar algún
elemento que nos es desconocido.
Eso es lo complicado en cada causa
matrimonial, entrar en los “meandros” y “obscuridades” psicológicas y
morales de ese acto realizado públicamente por un hombre y una mujer
mayores de edad, delante de muchos testigos, y que ahora dicen que no
querían lo que decían. ¿Ellos se soportaban mutuamente en las pequeñas
dificultades de la vida cotidiana? ¿Eran mutuamente fieles, no buscando
ninguna aventura, ni sospecha de aventura, con otro/otra? ¿Frecuentaban
los sacramentos? ¿Ellos rezaban?
La verdad del matrimonio cristiano enseñada por S. Juan Pablo II
“Sólo una cosa es necesaria”, enseñó el
Divino Maestro (Lc 10, 42): tenerlo a Él como centro de todas nuestras
atenciones, seguir sus enseñanzas imperecederas, tener esa vida interior
que S. Juan Pablo II en la Carta Apostólica Mulieres Dignitatem
recomienda: seguir “el modo de actuar de Cristo, el Evangelio de sus
obras y de sus palabras” (n. 15). Y da como ejemplo la samaritana, que
reconoció la condición de pecado en que se encontraba, arrepintiéndose
de ello: “no tengo marido…” (Jo 4, 17), a lo que Jesús
misericordiosamente le respondió: “Bien has dicho que no tienes marido
porque… el que ahora tienes no es marido tuyo: en esto has dicho la
verdad” (Jo 4, 18).
La verdad nos hace libres enseñó Jesús (Jo
8, 32). La verdad sobre el matrimonio libera los hombres y las mujeres
del pecado, del… infierno. La confusión: ¿a quién beneficia?
¿Qué respondería Jesús al diácono
Tassinari, cuando este afirmase —contrariamente a la samaritana— querer
que “sea reconocida la bondad y la verdad de la segunda unión”? ¿Le
diría “bien has dicho” como junto al pozo (Jo 4, 18)? ¿O repetiría como a
los fariseos que “quien casa con otra mujer comete adulterio” (Mt 19,
9)?
El adulterio es uno de las prohibiciones
explícitas dadas por Dios en el Sinaí a Moisés: “No cometerás adulterio”
(Ex 20, 14; Deut 5, 18), enfatizada en los versículos inmediatamente
siguientes: “no codiciarás la mujer de tu prójimo” (Ex 20, 17; Deut 5,
21). Explicado en sus detalles por el Bondadosísimo y Misericordioso
Jesús: “el que mira a una mujer deseándola, pecó con ella en su corazón”
(Mt 5, 28). Magistralmente glosado por S. Juan Pablo II en su
catequesis del 23/4/1980: “El hombre comete adulterio, si se une de ese
modo con una mujer que no es su esposa. También comete adulterio la
mujer, si se une de ese modo con un hombre que no es su marido” (Audiencia General, 23 de abril de 1980).
Dios quiera librar al mundo de la confusión
en materia de adulterio, de concubinato, de “segundas uniones”,
“terceras…” Para que Cristo reine verdaderamente en todos los corazones.
Roma, para el Denzinger-Bergoglio
Le damos las gracias al nuevo miembro del
Denzinger-Bergoglio. Esperamos más aportes desde la Ciudad Eterna.
Mientras tanto, recordamos algunos estudios anteriores donde nuestros
lectores podrán encontrar las enseñanzas que la Iglesia ha dado a lo
largo de los siglos sobre este tema:
Sobre la indisolubilidad del vínculo:
Sobre la situación de las personas que viven en segunda unión:
Sobre la actitud de la Iglesia en relación a las personas que viven en segunda unión:
Sobre la realidad de la familia cristiana:
Sobre las razones históricas y teológicas del cisma anglicano: