¿¡CÓMO DICE… CÓMO DIJO… CÓMO DICEN!?
¿CÓMO DICE… Monseñor Faure?
El pasado 22
de Agosto Monseñor Jean Michael Faure anunció la creación de la
“Sociedad Sacerdotal de los Apóstoles de Jesús y María”:
Hay un
evidente plagio sobre el nombre principal de la fundación de Monseñor
Marcel Lefebvre, como surge de los propios estatutos de la entonces
llamada —secundariamente— FSSPX (hoy NeoF$$PX), según reconoció Monseñor
Poli al solicitar la inscripción de la congregación dirigida en la
actualidad por Monseñor Bernard Fellay, de acuerdo al instrumento de la
Secretaría de Culto del 17 de Marzo del Año del Señor 2015:
“Resolución N° 25/2015
“Bs. As., 17/3/2015
“VISTO
el Expediente N° 9028/2015 del Registro del MINISTERIO DE RELACIONES
EXTERIORES Y CULTO, la Ley N° 24.483 y su Decreto Reglamentario N° 491
de fecha 21 de septiembre de 1995, y
“CONSIDERANDO:
“Que
conforme al Protocolo N° 084/15 de fecha 23 de febrero de 2015, el
Arzobispo de Buenos Aires, Mario Aurelio Cardenal POLI, solicita que la “FRATERNIDAD DE LOS APÓSTOLES DE JESÚS Y MARÍA”
(FRATERNIDAD SACERDOTAL SAN PÍO X) sea tenida, hasta que encuentre
el definitivo encuadramiento jurídico en la Iglesia Universal, como una
Asociación de Derecho Diocesano, según lo normado por el canon 298 del
Código de Derecho Canónico, in fieri de ser una Sociedad de Vida
Apostólica, con todos los beneficios que a ésta le corresponde y dando
cumplimiento a todas las obligaciones que a la misma le
refiere, asumiendo también las responsabilidades que competen al Prelado
diocesano.
“…
“Por ello,
“EL SECRETARIO DE CULTO RESUELVE:
“ARTÍCULO 1° — Reconócese como persona jurídica a la “FRATERNIDAD DE LOS APÓSTOLES DE JESÚS Y MARÍA”
(FRATERNIDAD SACERDOTAL SAN PÍO X), Asociación de Derecho Diocesano,
con sede legal y domicilio especial en la calle Venezuela N° 1318,
CIUDAD AUTÓNOMA DE BUENOS AIRES, la que queda inscripta bajo el número
TRESCIENTOS OCHENTA Y UNO (381) del Registro de Institutos de Vida
Consagrada.”
Pero además
de apropiarse de esa denominación ajena, Monseñor Faure ha desconocido
la autoridad (al menos moral, para ellos, los debiluchos resistentes) de
su consagrante, Monseñor Richard Williamson, como veremos de inmediato.
*.*.*
¿CÓMO DIJO… Monseñor Williamson?
En su
comentario Eleison N° 307, del 1° de Junio del Año del Señor 2013, ponía
de manifiesto Monseñor Williamson el deseo de ciertas almas —debemos
suponer, cercanas a él— de que apareciera una congregación nueva que
reemplazara a la NeoF$$PX:
Ya nuestro corresponsal OSKO puso de manifiesto los vicios de ese Eleison:
Repasemos un
poco: al final del primer párrafo de ese comentario, el Obispo de Kent
respondía las inquietudes de sus fieles, concluyendo por afirmar
“… no creo que ello sea posible y pienso que merece explicarse por qué.”
Pasó luego a explicar cómo había sido la aprobación de la FSSPX por el Obispo de Friburgo, resaltando la importancia de la autorización episcopal
obtenida por Monseñor Lefebvre. Sobre este hecho de 1970, desarrolló
Monseñor Williamson en este comentario Eleison la importancia de la
aprobación de la iglesia oficial para fundar una nueva congregación,
afirmando en el último párrafo:
“…
en mi opinión, «Lo que no puede ser curado debe ser soportado.» Y es
por eso que, en este momento, me contemplo como siendo no más que padre, consejero y amigo
para cualesquiera almas que llamen al liderazgo y apoyo de un obispo.
Incluso esa es tarea suficiente. Que Dios esté con todos nosotros.”
Este
parágrafo, además y donde hemos resaltado, reproduce un concepto que,
según Monseñor Williamson, se atribuía el fundador de la FSSPX respecto
de sacerdotes, monjas y laicos fuera de la Fraternidad, de acuerdo con
lo que afirma al final del cuarto párrafo:
“… el Arzobispo Lefebvre nunca se arrogó a sí mismo ninguna autoridad otra que la de padre, consejero y amigo.”
Casi un mes después, Monseñor Williamson publicó la segunda parte de “Autoridad Mutilada”:
En ella, al
detallar una serie de argumentos que le propuso un feligrés para
insistirle en la fundación de una nueva congregación, los descartó uno
por uno, comenzando por afirmar que
“… Dios otorgó el soplo de vida de la autoridad eclesial al Arzobispo Lefebvre, cuyos sucesores han abusado cruelmente de ella. Entonces ¿por qué debería Él otorgarla nuevamente?”
Así, volvió a negar la posibilidad que se le planteaba, y remataba:
“En
conclusión, esta prueba excepcional de la Iglesia durará tanto como
Dios necesite que dure para la purificación de Su Iglesia. Mientras
tanto, en los principios del siglo 21ero, me parece que
simplemente no hay suficiente paja católica remanente para hacer un
ladrillo católico como la FSPX de finales del siglo 20mo. Paciencia. Dios se saldrá con la Suya. Es Su Iglesia y Él la está cuidando. Paciencia.”
Parece que esto no acalló las inquietudes, porque una semana después publicó el comentario Eleison titulado “Debate vivaz”;
En él, la
cuestión de la “tan preciada regularización que solamente Roma tiene la
autoridad de otorgar”, se desarrolla abundantemente:
“Pero, la
autoridad central de la Iglesia es, dados la diversidad natural y el
pecado original de toda la humanidad, absolutamente necesaria para
asegurar la unidad de la Iglesia (y con eso su supervivencia) no solamente en la Verdad sino también en los sacramentos y en el gobierno de la Iglesia.
“Es por ello que un obispo o un sacerdote necesita no solamente el poder sacramental de su Orden Sagrado, poder que él nunca puede perder por toda la eternidad, sino también el poder de jurisdicción,
el cual es el poder de decir (dictio) el derecho, o lo que es justo
(ius, iuris). Este segundo poder no viene con su Orden Sagrado y él no se lo puede otorgar a sí mismo, solamente puede recibirlo de arriba, de un Superior de la Iglesia, en última instancia del Papa,
y el Papa de Dios. Por consiguiente cuando almas valientes me dicen que
yo SOY un obispo (por mi Orden Sagrado) y entonces soy un delincuente
si yo no ACTÚO como tal, diciéndole (dictio) a la “Resistencia” qué
hacer (ius), lo más probable es que ellos están confundiendo los dos
poderes diferentes del obispo.
“Sin
embargo, ellos pueden instintivamente estar encontrando otra doctrina
de la Iglesia como del sentido común, a saber la de jurisdicción
supletoria: en una emergencia donde por cualquier razón los Superiores
no están proveyendo de la necesaria jurisdicción para la salvación de
las almas, la Iglesia la suple. Por ejemplo, un sacerdote puede no tener
la jurisdicción que es normalmente necesaria para escuchar Confesiones,
pero si un penitente le pide escuchar su Confesión, entonces, en caso
de necesidad, el sacerdote puede escucharla y el sacramento será válido.
Ahora, cierto y seguro, la vasta emergencia creada en la Iglesia por el
Vaticano II, ha sido aún agravada más por la Declaración Doctrinal de
mediados de Abril del CG de la FSPX, lo cual es prueba documentaria del
desmoronamiento de la última fortaleza en pie de la verdadera Fe.
“Pero, la jurisdicción supletoria tiene una debilidad porque, no siendo oficial, está mucho más expuesta a la disputa.
Por ejemplo, la Roma Conciliar niega que exista tal cosa como una
emergencia de la Iglesia creada por el Vaticano II, y ejerce la presión
correspondiente, toda bien exitosa, sobre la Fraternidad San Pío X para
que ésta se someta a sí misma a la autoridad Conciliar. Tal es la necesidad de la autoridad para ser oficial.
Incluso el Arzobispo Lefebvre perdió tal vez un cuarto de los
sacerdotes que él ordenó porque no tenía el poder de pararlos cuando
simplemente se alejaban. Tal es esta increíble crisis de la Iglesia.
Así, si un sacerdote o laico me pide darle comandos, puede él mismo
disputarlos unos meses más tarde o tan pronto como él recibe lo que él
considera ser un comando que él no precisa obedecer.”
POR LO
TANTO, habrá que ver cómo justifica Monseñor Faure frente a su
consagrante el haber fundado una congregación sin autorización oficial,
sin la tan preciada regularización que solamente Roma tiene la autoridad
de otorgar.
¿O será que el nuevo obispo franco-argelino es alguien que se aprovecha de que Monseñor Williamson no puede pararlo…? ¿O tal vez es que ha recibido un “comando” para disputarlo unos meses más tarde, porque no precisa obedecer tal comando…?
Estuvimos
esperando ansiosos algún comentario de Monseñor Williamson sobre el
tema; por ejemplo, un Eleison titulado “Rebeldía canónica” o
“Desobediencia episcopal”… Pero no… aunque de entrada nos ilusionamos
creyendo que el título del 476 incluía la sigla “N.O.M.” significando
“Nuevo Obispo Malmandado”, resultó ser que no, que se refería al Novus
Ordo Missæ, reiterando conceptos archisabidos, pero no respetados por él
en la práctica…, exaltando a Pablo VI y a su Humanæ Vitaæ, y evitando
cualquier manifestación sobre la erección de Monseñor Faure.
¿Para esto
estuvimos esperando más de una semana? ¿Para esto se demoró en publicar
el último Eleison? La verdad, creíamos que la tardanza obedecía a que
estaba cavilando sobre qué decir de la nueva congregación, qué
argumentar contra Monseñor Faure… o contra los Eleison 307, 311 y 312.
¡Y estábamos en lo cierto! Estuvo especulando sobre el asunto y qué decir… y no supo qué decir;
por eso lanzó una bomba de humo adornada y sesuda, comentando otra vez
sobre el N.O.M. ya añejo, y callando sobre el N.O.M. reciente; no se
atrevió a cambiarle el apellido a Monseñor Faure, diciéndole “Monseñor,
¡Fuera!”
Por supuesto
que esto no es nuevo, porque tampoco se permitió expresar algo sobre la
fundación de la Unión Sacerdotal Marcel Lefebvre, de la cual fue
partícipe sustancial; ni acerca de la Compañía de María, del Padre
Chazal; será porque éstas, a pesar de su participación y respaldo
tácito, no han sido constituidas por ningún obispo…
*.*.*
Claro que,
en ausencia de las palabras del Obispo de Kent, otros salieron a
pretender justificar a Monseñor Faure, pero sin conseguirlo, aunque para
ello debieran recurrir a la consabida manipulación de los textos:
¿CÓMO DICEN… Los Impotentes?
El 22 de
Agosto del corriente Año del Señor, el sitio de Los Desapoderados
publicó un extracto de la obra de Dom Marie-Étinenne-Adrien Gréa, “De la
Iglesia y su Divina Constitución”, tomado del capítulo X°, “De la
Acción Extraordinaria del Episcopado”:
El autor, en
este fragmento, se explaya sobre situaciones de la Iglesia Católica que
justifican la acción extraordinaria de los obispos, enumerando casos de
persecución, herejía, necesidades urgentes, calamidades superiores a
todas las previsiones de las leyes, violencias que no se podrían
remediar por vías comunes, el arrianismo (puesto como ejemplo
histórico), la existencia misma de la religión comprometida, el
ministerio de los pastores particulares completamente destruido o vuelto
impotente, la imposibilidad de ningún recurso a la Santa Sede, o
cualquier obstáculo grave.
Sin embargo,
no pudieron dejar de reconocer en la obra de Dom Gréa la afirmación de
la autoridad papal necesaria y subsistente; así, en el penúltimo de los
párrafos transcriptos, dice el sacerdote francés:
“En
segundo lugar, es necesario también, para el ejercicio en sí legítimo,
que el recurso al soberano Pontífice sea imposible, y que no pueda haber
duda sobre el valor de la presunción por la cual el episcopado, apoyándose en el consentimiento tácito de su jefe confirmado por la necesidad, se apoya en su autoridad siempre presente y actuante en él.”
¡Qué zonzos!
¿no…? ¡cómo se delataron! Pero más se evidenciaron cuando intentaron,
como dijimos, triquiñuelas sobre los textos del fundador de los
Canónigos Regulares de la Inmaculada Concepción. Transcribimos a
continuación un párrafo sustancial, de entre los que reproducen Los
Nadapoderosos, pero invirtiendo los destacados; es decir, pondremos en
negrita lo que ellos no destacaron, y dejaremos en letra normal lo que
enfatizaron:
“En el seno mismo de los pueblos cristianos hemos visto a veces, en necesidades urgentes, a los obispos, siempre
dependientes en esto como todas las cosas al Soberano Pontífice y
actuando en la virtud de su comunión, es decir, recibiendo de él todo su
poder, usar de este poder para la salud de los pueblos.”
Entonces,
señores Nulipotentes, cuando Dom Gréa dice “… usar de este poder… ”, no
se refiere al poder episcopal, como insinúa su sinuoso (de ustedes) modo
de transcripción, sino al del Soberano Pontífice —así lo afirma
expresamente el autor— y condiciona a él, en tanto Papa legítimo
reinante, las acciones extraordinarias de los obispos.
Con lo cual
venimos a confirmar que todos los integrantes de las numerosas
congregaciones de la resistencia flácida, siguen subrepticiamente
reclamando la tan preciada regularización; en sintonía, al menos en este
aspecto, con el Obispo Kentiano.
*.*.*
Nos quedamos
esperando, además de las convenientes precisiones de todos estos
contradictorios resistentes, lo que dirá Monseñor Tomás de Aquino… o lo
que callará.