domingo, 31 de marzo de 2019

SOBRE LA CUESTION DE UN PAPA HERETICO,



Mons. Schneider: Sobre la cuestión de un Papa herético

El tema de cómo tratar con un Papa herético, en términos concretos, aún no se ha tratado de una manera que se acerque a algo como un verdadero consentimiento general en toda la tradición católica. Hasta ahora, ni un Papa ni un concilio ecuménico han hecho pronunciamientos doctrinales relevantes ni han emitido normas canónicas vinculantes con respecto a la eventualidad de cómo tratar con un Papa herético durante su mandato.
No hay un caso histórico de un Papa que haya perdido el papado durante su mandato debido a una herejía o supuesta herejía. El Papa Honorio I (625-638) fue póstumamente excomulgado por tres Concilios Ecuménicos (el Tercer Concilio de Constantinopla en 681, el Segundo Concilio de Nicea en 787 y el Cuarto Concilio de Constantinopla en 870) con el argumento de que apoyaba la doctrina herética de aquellos que promovieron el monoteletismo, ayudando así a difundir esta herejía. En la carta con la que el Papa San León II (+ 682-683 ) confirmó los decretos del Tercer Concilio de Constantinopla, declaró el anatema sobre el Papa Honorio (“anathematizamus Honorium”), indicando que su predecesor “Honorio, que no iluminó esta Iglesia apostólica con la doctrina de la tradición apostólica, sino que intentó subvertir la inmaculada fe con una impía traición”. (Denzinger-Schönmetzer, n. 563)

El Liber Diurnus Romanorum Pontificum, una colección variada de formularios utilizados en la cancillería papal hasta el siglo XI, contiene el texto para el juramento papal, según el cual cada nuevo Papa, al asumir el cargo, tenía que jurar que “reconocia el sexto concilio Ecuménico, que castigó con anatema eterno a los creadores de la herejía (Monotelista), Sergio, Pirro, etc., junto con Honorio.” (PL 105, 40-44)
En algunos Breviarios hasta el XVI o los XVIII siglo, el Papa Honorio fue mencionado como hereje en las lecciones de maitines del 28 de junio, fiesta de San León II: “En synodo Constantinopolitano condemnati sunt Sergius, Cyrus, Honorius, Pirrus, Paulus et Petrus, nec non et Macarius, cum discipulo suo Stephano, sed et Polychronius et Simon, qui unam voluntatem et operationem en Domnino Jesu Christo dixerunt vel praedicaverunt”. La persistencia de esta lectura del Breviario a través de muchos siglos muestra que muchas generaciones de católicos no consideraron escandaloso que un Papa en particular, y en un caso muy raro, haya sido declarado culpable de herejía o de apoyar la herejía. En aquellos tiempos, los fieles y la jerarquía de la Iglesia podían distinguir claramente entre la indestructibilidad de la fe católica garantizada divinamente por el Magisterio de la Sede de Pedro y la infidelidad y la traición de un Papa concreto en el ejercicio de su función docente.
Dom John Chapman explicó en su libro “The Condemnation of Pope Honorius” (Londres 1907), que el mismo Tercer Concilio Ecuménico de Constantinopla que declaró anatema al Papa Honorio hizo una clara distinción entre el error de un Papa en particular y la inerrancia en la fe de la Sede apostólica como tal. En la carta en la que se pedía al Papa Agatón (678–681) aprobar las decisiones conciliares, los Padres del Tercer Concilio Ecuménico de Constantinopla afirmaron que Roma tiene una fe indefectible, que es autoritativamente promulgada para toda la Iglesia por los obispos de la Sede Apostólica, los sucesores de Pedro. Uno puede preguntarse: ¿Cómo fue posible que el Tercer Concilio Ecuménico de Constantinopla afirmara esto y, al mismo tiempo condenara a un Papa como hereje? La respuesta es suficientemente clara. El Papa Honorio I era falible, estaba equivocado, era un hereje, precisamente porque no había declarado con autoridad, como debería haber hecho, la tradición petrina de la Iglesia romana. No había apelado a esa tradición, sino que simplemente había aprobado y ampliado una doctrina errónea. Pero una vez desmentido por sus sucesores, las palabras del Papa Honorio I fueron inocuas contra el hecho de la infalibilidad en la fe de la Sede apostólica. Fueron reducidas a su verdadero valor, como la expresión de su visión personal.
El Papa San Agatón no se dejó confundir y sacudir por el lamentable comportamiento de su predecesor Honorio I, quien ayudó a difundir la herejía, sino que mantuvo su visión sobrenatural de la inerrancia de la Sede de Pedro al enseñar la Fe, como escribió a los Emperadores en Constantinopla: “Esta es la regla de la verdadera fe, que esta madre espiritual de su muy pacifico imperio, la Iglesia Apostólica de Cristo (la Sede de Roma), ha siempre sostenido y defendido con energía tanto en la prosperidad como en la adversidad; lo cual, se probará, por la gracia de Dios Todopoderoso, nunca ha errado el camino de la tradición apostólica, ni se ha depravado al ceder a las innovaciones heréticas, sino que desde el principio ha recibido la fe cristiana de sus fundadores, los príncipes de los apóstoles de Cristo, y permanece sin mancha hasta el final, de acuerdo con la promesa divina del mismo Señor y Salvador, que pronunció en los santos Evangelios al príncipe de sus discípulos diciendo: «¡Pedro, Pedro! Mira que Satanás ha solicitado el poder cribaros como trigo; pero yo he rogado por ti, para que tu fe no desfallezca. Y tú, cuando hayas vuelto, confirma a tus hermanos». (Ep. Consideranti mihi” ad Imperatores)
Dom Prosper Guéranger dio una breve y lúcida explicación teológica y espiritual de este caso concreto de un Papa herético, diciendo: “¡Pero qué habilidad hubo en esta campaña del diablo! Y en los abismos ¡qué aplausos el día en que [Papa Honorio] el representante del que es la luz, se creyó que estaba complicado con los poderes de las tinieblas para introducir la oscuridad y la confusión! Evita, oh León, que se repitan situaciones tan dolorosas”. (El Año Litúrgico, Burgos 1955, vol. 4, p. 533)
También está el hecho de que durante dos mil años nunca hubo un caso de un Papa que durante su mandato fuera declarado depuesto por el delito de herejía. El Papa Honorio I fue declarado anatema solo después de su muerte. El último caso de un Papa herético o semi-herético fue el caso del Papa Juan XXII (1316 – 1334) cuando enseñó su teoría de que los santos disfrutarían de la visión beatífica solo después del Juicio Final en la Segunda Venida de Cristo. El tratamiento de ese caso particular en esos tiempos fue el siguiente: hubo advertencias públicas (Universidad de París, Rey Felipe VI de Francia), una refutación de las teorías papales equivocadas a través de varias publicaciones teológicas y una corrección fraterna en nombre del Cardenal Jacques Fournier, quien finalmente se convirtió en su sucesor como el Papa Benedicto XII (1334 – 1342 ).
La Iglesia, en los muy raros casos concretos de un pontífice que comete graves errores teológicos o herejías, definitivamente podría convivir con un Papa así. La práctica de la Iglesia hasta ahora fue el de dejar el juicio final sobre un Papa herético reinante a sus sucesores o a un futuro Concilio Ecuménico, como en el caso del Papa Honorio I. Lo mismo probablemente habría ocurrido con el Papa Juan XXII, si no se hubiera retractado de su error.
Los papas fueron depuestos varias veces por poderes seculares o por grupos criminales. Esto ocurrió especialmente durante la llamada edad oscura (siglos X y XI), cuando los emperadores alemanes depusieron a varios papas indignos, no por su herejía, sino por su escandalosa vida inmoral y su abuso de poder. Sin embargo, nunca fueron depuestos de acuerdo con un procedimiento canónico, ya que eso es imposible debido a la estructura divina de la Iglesia. El Papa obtiene su autoridad directamente de Dios y no de la Iglesia; por lo tanto, la Iglesia no puede deponerlo por ninguna razón.
Es un dogma de fe que el Papa no puede proclamar una herejía cuando enseña ex cátedra. Esta es la garantía divina de que las puertas del infierno no prevalecerán contra la cathedra veritatis, que es la Sede Apostólica del Apóstol San Pedro. Dom John Chapman, un experto en investigar la historia de la condena del Papa Honorio I, escribe: “La infalibilidad es, por así decirlo, el vértice de una pirámide. Cuanto más solemnes son las declaraciones de la Sede apostólica, más podemos estar seguros de su verdad. Cuando alcanzan el máximo de solemnidad, es decir, cuando son estrictamente ex cátedra, se elimina totalmente la posibilidad de error. La autoridad de un Papa, incluso en aquellas ocasiones en que no es realmente infalible, debe ser implícitamente seguida y venerada. Que pueda estar en el lado equivocado es una contingencia que la fe y la historia demuestran que es posible “(La condena del Papa Honorio, Londres 1907, p. 109)
Si un Papa difunde errores doctrinales o herejías, la estructura divina de la Iglesia ya proporciona un antídoto: la suplencia ministerial de los representantes del episcopado y el invencible sensus fidei de los fieles. En este tema el factor numérico no es decisivo. Es suficiente que incluso un par de obispos proclamen la integridad de la fe y corrijan así los errores de un Papa herético. Es suficiente que los obispos instruyan y protejan a su rebaño de los errores de un Papa herético y sus sacerdotes y los padres de las familias católicas harán lo mismo. Además, dado que la Iglesia es también una realidad sobrenatural y un misterio, un organismo sobrenatural único, el Cuerpo Místico de Cristo, obispos, sacerdotes y fieles laicos, además de correcciones, apelaciones, profesiones de fe y resistencia pública, necesariamente también tienen que hacer actos de reparación a la Divina Majestad y actos de expiación por los actos heréticos de un Papa. Según la Constitución Dogmática Lumen gentium. (cf. n. 12) del Concilio Vaticano II, el cuerpo entero de los fieles no puede equivocarse cuando cree, cuando desde los Obispos hasta los últimos fieles laicos presta su consentimiento universal en las cosas de fe y costumbres. Incluso si un Papa está difundiendo errores teológicos y herejías, la Fe de la Iglesia en su conjunto permanecerá intacta debido a la promesa de Cristo con respecto a la asistencia especial y la presencia permanente del Espíritu Santo, el Espíritu de la verdad, en Su Iglesia (ver Juan 14: 17; 1 Juan 2: 27).
Cuando con un inescrutable permiso de Dios, en un momento determinado de la Historia y en un caso muy raro, un Papa propaga errores y herejías a través de su Magisterio no infalible cotidiano u ordinario, la Divina Providencia despierta al mismo tiempo el testimonio de algunos miembros del colegio episcopal, y también de los fieles, para compensar las fallas temporales del magisterio papal. Hay que decir que tal situación es muy rara, pero no imposible, como lo ha demostrado la historia de la Iglesia. La Iglesia es de hecho un solo cuerpo orgánico, y cuando hay una falla y falta en la cabeza del cuerpo (el Papa), el resto del cuerpo (los fieles) o partes eminentes del cuerpo (los obispos) suplen los temporales errores papales. Uno de los ejemplos más famosos y trágicos de tal situación ocurrió durante la crisis de arriana en el siglo IV, cuando la pureza de la fe fue mantenida no tanto por la ecclesia docens (Papa y episcopado) sino por la ecclesia docta (fieles), como lo ha declarado el beato John Henry Newman.
La teoría u opinión de la pérdida del cargo papal por deposición o declaración de la pérdida ipso facto implícitamente identifica al Papa con toda la Iglesia o manifiesta la actitud malsana de un Papa-centrismo, o, en última instancia, de una papolatria. Por último los representantes de tal opinión (especialmente algunos santos) fueron aquellos que manifestaron un exagerado ultramontanismo o Papa-centrismo, convirtiendo al Papa en una especie de semi-dios, que no puede cometer ningún error, ni siquiera en el ámbito fuera del objeto de la infalibilidad papal. Por lo tanto, un Papa que comete errores doctrinales, que teóricamente y lógicamente incluye también la posibilidad de cometer el error doctrinal más grave, es decir, una herejía, es para los seguidores de esa opinión (o sea la deposición de un Papa o la pérdida de su cargo por herejía) insoportable o impensable, incluso si se trata de errores fuera del ámbito de la infalibilidad papal.
La teoría u opinión teológica de que un Papa herético puede ser depuesto o perder el cargo era ajena al primer milenio. Se originó solo en la Alta Edad Media, en una época en que el Papa-centrismo llegó a un cierto ápice, cuando inconscientemente el Papa se identificó con la Iglesia como tal. Esto presagiaba ya, en la raíz, la actitud mundana de un príncipe absolutista según el lema: “L’État, c’est moi!” O en términos eclesiásticos: “¡Yo soy la Iglesia!”
La opinión, que dice que un Papa herético ipso facto pierde su cargo, se convirtió en una opinión común a partir de la Alta Edad Media hasta el siglo XX. Sigue siendo una opinión teológica y no una enseñanza de la Iglesia y, por lo tanto, no puede reclamar la calidad de una enseñanza constante y perenne de la Iglesia como tal, ya que ningún Concilio Ecuménico y ningún Papa han apoyado explícitamente tal opinión. La Iglesia, sin embargo, condenó a un Papa herético, pero solo póstumamente y no durante su mandato. Incluso si algunos Santos Doctores de la Iglesia (como San Roberto Bellarmino, San Francisco de Sales) sostuvieron tal opinión, no demuestra su certeza o el hecho de un consenso doctrinal general. De hecho se sabe que algunos doctores de la Iglesia se han equivocado; tal es el caso de Santo Tomás de Aquino con respecto a la cuestión de la Inmaculada Concepción, el asunto de la materia del sacramento de las Órdenes o el carácter sacramental de la ordenación episcopal.
Hubo un período en la Iglesia en el que hubo, por ejemplo, una opinión teológica común objetivamente errónea que afirmaba que la entrega de los instrumentos era la materia del sacramento del Orden, una opinión, sin embargo, que no podía invocar la antigüedad y la universalidad, aunque tal opinión fue, por un tiempo limitado, apoyada por un Papa (por el decreto de Eugenio IV) o por libros litúrgicos (aunque por un período limitado). Sin embargo, esta opinión común fue corregida posteriormente por Pío XII en 1947.
La teoría de deponer a un Papa herético o la pérdida de su cargo ipso facto por herejía, es solo una opinión teológica que no cumple con las categorías teológicas necesarias de antigüedad, universalidad y consenso (semper, ubique, ab omnibus). No ha habido pronunciamientos del Magisterio ordinario universal o del Magisterio papal, que apoyen las teorías de la deposición de un Papa herético o de la pérdida de su cargo ipso facto por herejía. Según una tradición canónica medieval, que luego se recopiló en el Corpus Iuris Canonici (la ley canónica válida en la Iglesia latina hasta 1918), un Papa podría ser juzgado en el caso de la herejía: “Papa a nemine est iudicandus, nisi deprehendatur a fide devius”, es decir, “el Papa no puede ser juzgado por nadie, a menos que se lo haya encontrado desviándose de la fe” (Decretum Gratiani , Prima Pars, dist. 40, c. 6, 3. pars). El Código de Derecho Canónico de 1917, sin embargo, eliminó la norma del Corpus Iuris Canonici, que hablaba de un Papa herético. El Código de Derecho Canónico de 1983 tampoco contiene tal norma.

La Iglesia siempre ha enseñado que incluso una persona herética, que es excomulgada automáticamente debido a una herejía formal, puede, sin embargo, administrar los sacramentos de manera válida y que un sacerdote herético o excomulgado formalmente puede, en un caso extremo, ejercer incluso un acto de jurisdicción impartiéndole a un penitente absolución sacramental. Las normas de la elección papal, que fueron válidas hasta que Pablo VI incluido, admitieron que incluso un cardenal excomulgado podría participar en la elección papal y él mismo podría ser elegido Papa: “Ningún cardenal elector podrá ser excluido de la elección, activa o pasiva, del Sumo Pontífice, a causa o bajo pretexto de excomunión, suspensión, entredicho u otro impedimento eclesiástico; estas censuras deberán ser consideradas en suspenso solamente por lo que se refiere a tal elección.” (Pablo VI, constitución apostólica Romano Pontifice eligendo, n. 35). Este principio teológico debe aplicarse también al caso de un obispo herético o un Papa herético, que a pesar de sus herejías puede realizar válidamente actos de jurisdicción eclesiástica y, por lo tanto, no pierden su cargo ipso facto por herejía.
La teoría u opinión teológica que permite la deposición de un Papa herético o la pérdida de su cargo ipso facto por herejía es en la práctica inviable. Si se aplicara en la práctica, se crearía una situación similar a la del Gran Cisma, que la Iglesia ya experimentó desastrosamente a fines del siglo XIV y principios del XV. De hecho, siempre habrá una parte del colegio cardenalicio y una parte considerable del episcopado del mundo y también de los fieles que no estarán de acuerdo en clasificar un error papal (o errores) concreto como herejía (o herejías) y, en consecuencia, seguirán considerando al Papa actual como el único Papa legítimo.
Un cisma formal, con dos o más pretendientes al trono papal, que sería una consecuencia inevitable de una deposición incluso canónicamente promulgada de un Papa, necesariamente causará más daño a la Iglesia en su conjunto que un período relativamente corto y muy raro en que un Papa difunde errores doctrinales o herejías. La situación de un Papa herético siempre será relativamente corta en comparación con los dos mil años de la existencia de la Iglesia. Uno tiene que dejar este caso raro y delicado a la intervención de la Divina Providencia.
El intento de deponer a un Papa herético a cualquier costo es un signo de un comportamiento demasiado humano, que en última instancia refleja una falta de voluntad para soportar la cruz temporal de un Papa herético. Tal vez también refleja la emoción demasiado humana de la ira. En cualquier caso, ofrece una solución demasiado humana, y como tal es algo similar a una actitud política. La Iglesia y el Papado son realidades que no son puramente humanas, sino también divinas. La cruz de un Papa herético, incluso cuando tiene una duración limitada, es la mayor cruz imaginable para toda la Iglesia.
Otro error en la intención o en el intento de deponer a un Papa herético consiste en la identificación indirecta o subconsciente de la Iglesia con el Papa o en hacer del Papa el punto focal de la vida cotidiana de la Iglesia. Esto significa, en última instancia y de manera subconsciente, rendirse al insalubre ultramontanismo, al Papa-centrismo y a la papolatría, es decir, un culto a la personalidad papal. De hecho, hubo períodos en la historia de la Iglesia cuando, durante un período de tiempo considerable, la Sede de Pedro estuvo vacante. Por ejemplo, desde el 29 de noviembre de 1268 hasta el 1 de septiembre de 1271, no hubo Papa y en ese tiempo tampoco hubo ningún antipapa. Por lo tanto, los católicos no deben hacer del Papa y sus palabras y acciones su punto focal diario.
Uno puede desheredar a los hijos de una familia. Sin embargo, uno no puede desheredar al padre de una familia, por muy culpable o monstruoso que sea su comportamiento. Esta es la ley de la jerarquía que Dios ha establecido incluso en la creación. Lo mismo se aplica al Papa, quien durante su mandato es el padre espiritual de toda la familia de Cristo en la tierra. En el caso de un padre criminal o monstruoso, los niños deben apartarse de él o evitar el contacto con él. Sin embargo, no pueden decir: “Elegiremos a un nuevo y buen padre de nuestra familia”. Sería contra el sentido común y contra la naturaleza. El mismo principio debería ser aplicable, por lo tanto, a la cuestión de deponer a un Papa herético. El Papa no puede ser depuesto por nadie, solo Dios puede intervenir y lo hará en su tiempo, ya que Dios no falla en su providencia (“Deus in sua dispositione non fallitur”). Durante el Concilio Vaticano I, el obispo Zinelli, relator de la comisión conciliar sobre la fe, habló en estos términos sobre la posibilidad de un Papa herético: “Si Dios permite un mal tan grande (es decir, un Papa herético), los medios para remediar tal situación no faltarán” (Mansi 52, 1109).
La deposición de un Papa herético finalmente fomentará la herejía del conciliarismo, el sedevacantismo y una actitud mental similar a la que caracteriza a una comunidad puramente humana o política. También fomentará una mentalidad similar al separatismo del mundo protestante o al autocefalismo de la comunidad de las iglesias ortodoxas.
Además, se revela que la teoría o la opinión que permite la deposición y la pérdida del cargo tiene en sus raíces más profundas, aunque de manera inconsciente, también una especie de “donatismo” aplicado al ministerio papal. La teoría Donatista identificó a los ministros sagrados (sacerdotes y obispos) casi con la santidad moral de Cristo mismo, exigiendo por tanto, para la validez de su cargo, la ausencia de errores morales o mala conducta en su vida pública. La teoría mencionada excluye, de manera similar, la posibilidad de que un Papa cometa errores doctrinales, es decir, herejías, declarando por ese mismo hecho que su cargo es inválido o vacante, como lo hicieron los Donatistas, declarando inválido o vacante el cargo sacerdotal o episcopal debido a errores en la vida moral.
Uno puede imaginar que en el futuro la autoridad suprema de la Iglesia (el Papa o un Concilio Ecuménico) podría estipular las siguientes normas canónicas vinculantes o similares para el caso de un Papa herético o un Papa manifiestamente heterodoxo:
  • Un Papa no puede ser depuesto en ninguna forma y por cualquier razón, ni siquiera por la herejía.
  • Todo Papa recién elegido al entrar en su cargo está obligado en virtud de su ministerio como el maestro supremo de la Iglesia a prestar el juramento de proteger a todo el rebaño de Cristo de los peligros de las herejías y evitar en sus palabras y hechos cualquier apariencia de herejía en el cumplimiento de su deber de fortalecer en la fe a todos los pastores y fieles.
  • Un Papa que está propagando errores teológicos obvios o herejías o ayudando en la propagación de las herejías por sus acciones y omisiones debe ser corregido obligatoriamente de forma fraterna y privada por el Decano del Colegio de Cardenales.
  • Después de fracasar las correcciones privadas, el Decano del Colegio de Cardenales está obligado a hacer pública su corrección.
  • Junto con la corrección pública, el Decano del Colegio de Cardenales debe hacer un llamado a la oración por el Papa para que recupere la fuerza para confirmar sin ambigüedades a toda la Iglesia en la Fe.
  • Al mismo tiempo, el Decano del Colegio Cardenalicio debería publicar una fórmula de Profesión de Fe, en la que se rechacen los errores teológicos que el Papa enseña o tolera (sin nombrar necesariamente al Papa).
  • Si el Decano del Colegio de Cardenales omite o no realiza la corrección, el llamado a la oración y la publicación de una Profesión de Fe, cualquier cardenal, obispo o un grupo de obispos debe hacerlo y, si es que los cardenales y los obispos omiten o no lo hacen, cualquier miembro de los fieles católicos o cualquier grupo de fieles católicos deben hacerlo.
  • El Decano del Colegio de Cardenales o un cardenal, un obispo o un grupo de obispos, un católico fiel o un grupo de fieles católicos que hicieron la corrección, apelaron a la oración, y la publicación de la Profesión de Fe no puede ser sujeto a sanciones canónicas o castigos o ser acusados de falta de respeto hacia el Papa por este motivo.
En el caso extremadamente raro de un Papa herético, la situación espiritual de la Iglesia se puede describir con las palabras que usó el Papa San Gregorio Magno (590-604), llamando a la Iglesia en su época “un viejo barco destrozado; haciendo aguas por todos lados, y las coyunturas, golpeadas por la conmoción diaria de la tormenta, se pudren y anuncian el naufragio“ (Registrum  I, 4, Ep. ad Ioannem episcopum Constantinopolitanum).
Los episodios narrados en el Evangelio acerca de cómo Nuestro Señor calmó el mar tormentoso y rescató a Pedro que se estaba hundiendo en el agua, nos enseñan que incluso en la situación más dramática y humanamente desesperada de un Papa herético, todos los Pastores de la Iglesia y los fieles deben creer y confiar en que Dios intervendrá en su Providencia y Cristo calmará la tormenta y restaurará en los sucesores de Pedro, sus vicarios en la tierra, la fuerza para confirmar a todos los pastores y fieles en la fe católica y apostólica.
El Papa San Agatón (678 – 681), quien tuvo la difícil tarea de limitar el daño que el Papa Honorio I causó a la integridad de la Fe, dejó vívidas palabras de un llamamiento ardiente a cada sucesor de Pedro, quien debe estar siempre atento a su grave deber de resguardar la pureza virginal del Depósito de Fe: “¡Ay de mí, si me olvido de predicar la verdad de mi Señor, que ha predicado sinceramente! ¡Ay de mí, si cubro con silencio la verdad que me ha sido ordenado dar a mi grey, es decir, enseñar al pueblo cristiano e imbuirlo en ella! ¿Qué diré en el examen futuro hecho por Cristo mismo, si me sonrojo, – ¡Dios no permita! – por predicar aquí la verdad de sus palabras? ¿Qué satisfacción podré dar por mí mismo, qué por las almas comprometidas conmigo, cuando Él exija un informe estricto del oficio que he recibido?” (Ep. “Consideranti mihi” ad Imperatores)
Cuando el primer Papa, San Pedro, estaba materialmente encadenado, toda la Iglesia imploró su liberación: “Pedro estaba encarcelado pero la iglesia hacía sin cesar oración a Dios por él.” (Hechos 12: 5). Cuando un Papa está propagando errores o incluso herejías, está en cadenas espirituales o en una prisión espiritual. Por lo tanto, toda la Iglesia debe orar sin cesar por su liberación de esta prisión espiritual. Toda la Iglesia debe tener una perseverancia sobrenatural en tal oración y una confianza sobrenatural en el hecho de que es Dios quien gobierna a Su Iglesia en última instancia y no el Papa.
Cuando el Papa Honorio I (625 – 638) adoptó una actitud ambigua hacia la propagación de la nueva herejía del monotelismo, San Sofronio, patriarca de Jerusalén, envió a un obispo de Palestina a Roma, diciéndole las siguientes palabras: “Vaya a la Sede Apostólica, dónde están los cimientos de la santa doctrina, y no deje de orar hasta que la Sede Apostólica condene la nueva herejía”.
Al lidiar con el trágico caso de un Papa herético, todos los miembros de la Iglesia, comenzando con los obispos, hasta los simples fieles, tienen que usar todos los medios legítimos, como las correcciones privadas y públicas del Papa errante, constantes y ardientes oraciones y profesiones públicas de la verdad para que la Sede apostólica pueda nuevamente profesar con claridad las verdades divinas, que el Señor confió a Pedro y a todos sus sucesores. “Así el Espíritu Santo fue prometido a los sucesores de Pedro, no de manera que ellos pudieran, por revelación suya, dar a conocer alguna nueva doctrina, sino que, por asistencia suya, ellos pudieran guardar santamente y exponer fielmente la revelación transmitida por los Apóstoles, es decir, el depósito de la fe.” (Concilio Vaticano I, Constitución Dogmática Pastor Aeternus, cap. 4)
Cada Papa y todos los miembros de la Iglesia deben recordar las palabras sabias y atemporales, que el Concilio Ecuménico de Constanza (1414 – 1418) pronunció sobre el Papa como la primera persona en la Iglesia que está obligada por la Fe y que debe escrupulosamente velar por la integridad de la fe: “Dado que el Romano Pontífice ejerce el poder tan grande entre los mortales, es justo que se le vincule a todos los lazos indiscutibles de la fe y los ritos que deben ser observados con respecto a los sacramentos de la Iglesia. Por lo tanto, decretamos y ordenamos, con el fin de que la plenitud de la fe brille en un futuro Pontífice Romano con singular esplendor desde el primer momento de ser Papa, de este momento en adelante el que será elegido Romano Pontífice deberá hacer la siguiente confesión y profesión en pública.” (Trigésima novena sesión del 9 de octubre de 1417, ratificado por el Papa Martín V).
En la misma sesión, el Concilio de Constanza decretó que todo Papa recién elegido debía hacer un juramento de fe, proponiendo la siguiente fórmula, de la cual citamos los pasajes más importantes:
“Yo, N., elegido Papa, con corazón y boca confieso y profeso al Dios todopoderoso, que creeré firmemente y mantendré la fe católica según las tradiciones de los apóstoles, de los concilios generales y de otros santos padres. Conservaré esta fe sin cambios hasta el último punto y la confirmaré, defenderé y predicaré hasta el punto de la muerte y el derramamiento de mi sangre, y seguiré y observaré en todo sentido el rito transmitido de los sacramentos eclesiásticos de la Iglesia Católica.”
¡Qué oportuno es tal juramento papal y cuán urgente es ponerlo en práctica, especialmente en nuestros días! El Papa no es un monarca absoluto, que puede hacer y decir lo que le gusta, que puede cambiar la doctrina o la liturgia a su propia discreción. Desafortunadamente, en los siglos pasados, contrariamente a la tradición apostólica de los tiempos antiguos, el comportamiento de los papas como monarcas absolutos o como semi-dioses se aceptó comúnmente en la medida en que dio forma a los puntos de vista teológicos y espirituales de la mayoría prevaleciente de los obispos y los fieles, y especialmente de la gente piadosa. El hecho de que el Papa debe ser el primero en la Iglesia que debe evitar las novedades, obedeciendo de manera ejemplar la tradición de la Fe y de la Liturgia, fue a veces borrada de la conciencia de los obispos y fieles por una aceptación ciega y piadosa de un absolutismo papal.
El juramento papal del Liber Diurnus Romanorum Pontificum considera como la obligación principal y la cualidad más distinguida de un nuevo Papa su fidelidad inquebrantable a la tradición ya que fue transmitida a él por todos sus predecesores: “Nihil de traditione, quod a probatissimis praedecessoribus meis servatum reperi, diminuere vel mutare, aut aliquam novitatem admittere; sed ferventer, ut vere eorum discipulus et sequipeda, totis viribus meis conatibusque tradita conservare ac venerari” (“no cambiaré nada de la Tradición recibida, y nada de lo que encontré ante mí, custodiado por mis venerables predecesores, no me interferiré, ni alteraré ni permitiré cualquier innovación en la misma; con afecto radiante como su verdaderamente fiel discípulo y Sucesor, salvaguardaré con reverencia el bien transmitido, con toda mi fuerza y máximo esfuerzo”).
El mismo juramento papal nombró, en términos concretos, fidelidad a la lex credendi (la Regla de la fe) y a la lex orandi (la Regla de la oración). Con respecto a la lex credendi (la Regla de Fe), el texto del juramento dice:
Verae fidei rectitudinem, quam Christo autore tradente, per successores tuos atque discipulos, usque ad exiguitatem meam perlatam, in tua sancta Ecclesia reperi, totis conatibus meis, usque ad animam et sanguinem custodire, temporumque difficultates, cum tuo adjutorio, toleranter sufferre” (“Prometo mantener con todas mis fuerzas, hasta el punto de la muerte y el derramamiento de mi sangre, la integridad de la verdadera fe, cuyo autor es Cristo y que a través de sus sucesores y discípulos fue entregado a mi, humilde servidor, y que encontré en su Iglesia. Prometo también soportar con paciencia las dificultades de la época”).
Con respecto a la lex orandi, el juramento papal dice:
“Disciplinam et ritum Ecclesiae, sicut inveni, et a sanctis praecessoribus meis traditum reperi, illibatum custodire.” (“Prometo mantener la disciplina y la liturgia de la Iglesia tal como las he encontrado y como fueron transmitidas por mis predecesores”).
En los últimos cien años, hubo algunos ejemplos espectaculares de un absolutismo litúrgico papal. Cuando consideramos los cambios radicales en la lex orandi, hubo cambios drásticos realizados por los Papas Pío X, Pío XII y Pablo VI y, en relación con la lex credendi, por el Papa Francisco.
Pío X se convirtió en el primer Papa en la historia de la Iglesia Latina que realizó una reforma tan radical del orden de la salmodia (cursus psalmorum) que dio como resultado la construcción de un nuevo tipo de Oficio Divino con respecto a la distribución de los Salmos. El siguiente caso fue el Papa Pío XII, quien aprobó para el uso litúrgico una versión latina radicalmente cambiada de los milenarios y melodiosos textos del Salterio de la Vulgata. La nueva traducción al latín, el llamado “Salmo Piano”, era un texto artificialmente fabricado por académicos y, en su artificialidad, difícilmente se podía pronunciar. Esta nueva traducción latina, acertadamente criticada con el adagio “accessit latinitas, recessit pietas”, fue de facto rechazado por toda la Iglesia bajo el pontificado del Papa Juan XXIII. El Papa Pío XII también cambió la liturgia de la Semana Santa, un tesoro litúrgico de la Iglesia de milenios de antigüedad, al introducir rituales inventados parcialmente ex novo. Los verdaderos cambios litúrgicos sin precedentes, sin embargo, fueron ejecutados por el Papa Pablo VI con la reforma revolucionaria del rito de la Misa y de del rito de todos los otros sacramentos, una reforma litúrgica de tal radicalidad ningún Papa antes osaba efectuar.
Un cambio teológicamente revolucionario fue hecho por el Papa Francisco en cuanto el aprobó la práctica de algunas iglesias locales de admitir a la Sagrada Comunión en casos excepcionales e particulares a los adúlteros sexualmente activos (que cohabitan en las llamadas “uniones irregulares”). Incluso si estas normas locales no representan una norma general en la Iglesia, significan, sin embargo, una negación en la práctica de la verdad de la indisolubilidad absoluta del matrimonio sacramental rato y consumado. Otra modificación radical en cuestiones doctrinales consiste en el cambio de la doctrina bíblica y de la doctrina tradicional bimilenaria en relación con el principio de la legitimidad de la pena de muerte. El siguiente cambio doctrinal representa la aprobación del Papa Francisco de la frase en el documento interreligioso de Abu Dhabi del 4 de febrero de 2019, que establece que, la diversidad de los sexos, de las naciones y de las religiones corresponden a la sabia voluntad de Dios. Esta formulación como tal necesita una corrección papal oficial; de lo contrario, constituiría una evidente, contradicción del Primer Mandamiento del Decálogo y de la enseñanza inequívoca y explícita de Nuestro Señor Jesucristo, contradiciendo por lo tanto la Revelación Divina.
En este contexto es impresionante y pensativo el episodio narrado en la vida del Papa Pío IX, quien, a petición de un grupo de obispos para hacer un ligero cambio en el Canon de la Misa (introduciendo el nombre de San José), respondió: “No puedo hacerlo. ¡Solo soy el Papa!
La siguiente oración de Dom Prosper Guéranger, en la que se elogia al Papa San León II por su ardua defensa de la integridad de la Fe después de la crisis causada por el Papa Honorio I, debería ser rezada por cada Papa y todos los fieles, especialmente en nuestro tiempo:
“San León, Mantén al pastor por encima de la región de las nieblas traidoras que suben de la tierra; conserva en el rebaño esta oración de la Iglesia que debe hacerse continuamente a Dios por él: (Hc. 13, 5) y Pedro, aunque haya sido enterrado en el fondo de las cárceles más oscuras, no cesará de contemplar el brillo claro del Sol de justicia; y todo el cuerpo de la Santa Iglesia estará en la luz. Porque dice Cristo: el ojo ilumina el cuerpo; si el ojo es sencillo, todo el cuerpo resplandecerá (Mt. 6, 22). Aleccionados por ti sobre el valor del beneficio que el Señor confirió al mundo al apoyarle en la enseñanza infalible de los sucesores de Pedro, estaremos mejor preparados para celebrar mañana la solemnidad que se anuncia. Ahora ya conocemos la consistencia de la roca que sostiene a la Iglesia; sabemos que las puertas del infierno no prevalecerán contra ella (Mt. 16, 18). Porque jamás el esfuerzo de estos poderes del abismo llegó tan allá como en la triste crisis [del Papa Honorio] a la cual tú pusiste fin; ahora bien, su éxito, por doloroso que fuese, no estaba en contra de las promesas divinas: la asistencia infalible del Espíritu de verdad no se prometió al silencio [el apoyo de la herejía del Papa Honorio] de Pedro, sino a su enseñanza.” (El Año Litúrgico, Burgos 1955, vol. 4, p. 533-534)
El caso extremadamente raro de un Papa herético o semi-herético debe ser soportado y sufrido en última instancia a la luz de la fe en el carácter divino y en la indestructibilidad de la Iglesia y del Oficio Petrino. El Papa San León Magno formuló esta verdad, diciendo que la dignidad de San Pedro no está disminuida en sus sucesores, por indignos que puedan ser: “Cuius dignitas etiam in indigno haerede non deficit” (Serm. 3, 4).
Podría haber una situación verdaderamente extravagante de un Papa que practica el abuso sexual de menores o subordinados en el Vaticano. ¿Qué debería hacer la Iglesia en tal situación? ¿Debería la Iglesia tolerar a un Papa depredador sexual de menores o subordinados? ¿Por cuánto tiempo debe la Iglesia tolerar a un Papa así? ¿Debería perder el papado ipso facto debido al abuso sexual de menores o subordinados? En tal situación, se podría originar una nueva teoría u opinión canónica o teológica de permitir la deposición de un Papa y la pérdida de su cargo debido a delitos morales monstruosos (por ejemplo, abuso sexual de menores y subordinados). Tal opinión sería una contraparte de la opinión que permite la deposición de un Papa y la pérdida de su cargo por herejía. Sin embargo, tal nueva teoría u opinión (deposición de un Papa y la pérdida de su cargo por delitos sexuales) seguramente no correspondería a la mente y práctica perennes de la Iglesia.
La tolerancia de un Papa herético como una cruz no significa pasividad o aprobación de sus malas acciones. Uno debe hacer todo lo posible para remediar la situación de un Papa herético. Llevar la cruz de un Papa herético no significa bajo ninguna circunstancia consentir sus herejías o ser pasivo. Así como las personas tienen que soportar, por ejemplo, un régimen inicuo o ateo como una cruz (cuántos católicos vivían bajo un régimen semejante en la Unión Soviética y soportaban esta situación como una cruz con espíritu de expiación), o como padres tienen que soportar como una cruz a un hijo adulto, que se convirtió en un incrédulo o inmoral, o como miembros de una familia tienen que soportar como una cruz, por ejemplo, un padre alcohólico. Los padres no pueden “destituir” a su hijo errante de ser miembro de su familia, así como los hijos no pueden destituir a su padre errante de ser miembro de la familia, o de su título como “padre”.
Es más seguro y conforme a una visión más sobrenatural de la Iglesia no deponer a un Papa herético. Procediendo de este modo, con sus contramedidas prácticas y concretas, en ningún caso significa pasividad o colaboración con los errores Papales, sino un compromiso muy activo y una verdadera compasión con la Iglesia, que, en el tiempo de un Papa herético o semi-herético, experimenta sus horas de Gólgota. Cuanto más un Papa difunda ambigüedades doctrinales, errores o incluso herejías, más luminosamente brillará la Fe Católica pura de los más pequeños en la Iglesia: La Fe de los niños inocentes, de las hermanas religiosas, la Fe, especialmente de las gemas ocultas de la Iglesia, las monjas de clausura, la fe de fieles laicos heroicos y virtuosos de todas las condiciones sociales, la fe de sacerdotes y obispos individuales. Esta llama pura de la fe católica, a menudo alimentada por sacrificios y actos de expiación, arderá más que la cobardía, la infidelidad, la rigidez espiritual y la ceguera de un Papa herético.
La Iglesia tiene un carácter tan divino que puede existir y vivir por un período limitado de tiempo, a pesar de un Papa herético reinante, precisamente por la verdad de que el Papa no es sinónimo o idéntico a la Iglesia. La Iglesia tiene un carácter tan divino que incluso un Papa herético no puede destruirla, aunque dañe gravemente la vida de la Iglesia, pero su acción tiene una duración limitada. La Fe de toda la Iglesia es mayor y más fuerte que los errores de un Papa herético y esta Fe no puede ser derrotada, ni siquiera por un Papa herético. La constancia de toda la Iglesia es mayor y más duradera que el desastre relativamente breve de un Papa herético. La roca verdadera sobre la que reside la indestructibilidad de la fe y la santidad de la Iglesia es Cristo mismo, siendo el Papa solo su instrumento, como cada obispo y sacerdote es solamente un instrumento de Cristo Sumo Sacerdote.
La salud doctrinal y moral de la Iglesia no depende exclusivamente del Papa, ya que por ley divina la salud doctrinal y moral de la Iglesia está garantizada en situaciones extraordinarias de un Papa herético por la fidelidad de la enseñanza de los obispos y, en última instancia, también por la fidelidad de la totalidad de los fieles laicos, como el Beato John Henry Newman y la Historia lo demuestran suficientemente. La salud moral y doctrinal de la Iglesia no depende en tal medida de los errores doctrinales relativamente cortos de un solo Papa que deje vacante a la Sede Papal. Como la Iglesia puede soportar un tiempo sin Papa, como ya ocurrió en la Historia por un período de incluso varios años, la Iglesia es tan fuerte por la constitución divina que también puede suportar a un Papa herético de corta duración.
El acto de deposición de un Papa por herejía o declarar vacante su cátedra por pérdida del papado ipso facto por herejía, sería una novedad revolucionaria en la vida de la Iglesia, y tiene que ver con un tema muy importante de la constitución y la vida de la Iglesia. Uno tiene que seguir en un asunto tan delicado, incluso si es de naturaleza práctica y no estrictamente doctrinal, el modo más seguro (via tutior) del sentido perenne de la Iglesia. A pesar del hecho de que tres concilios ecuménicos sucesivos (el Tercer Concilio de Constantinopla en 681, el Segundo Concilio de Nicea en 787 y el Cuarto Concilio de Constantinopla en 870) y el Papa San León II en 682 excomulgaron al Papa Honorio I por herejía, ellos no declararon ni siquiera implícitamente que Honorio haya perdido el papado ipso facto por herejía. De hecho, el pontificado del Papa Honorio I fue considerado válido incluso después de haber apoyado la herejía en sus cartas al Patriarca Sergio en 634, ya que reinó después de eso otros cuatro años hasta el 638.
El siguiente principio, formulado por el Papa San Esteban I (+ 257), aunque en un contexto diferente, debe ser una guía para tratar el tema altamente delicado y raro de un Papa herético: “Nihil innovetur, nisi quod traditum est”, es decir”: “Que no haya innovación más allá de lo que se ha transmitido”.
20 de marzo de 2019
+ Athanasius Schneider, obispo auxiliar de la archidiócesis de Santa María en Astana