Pago Soberano: Nueva ola de juicios en marcha, mientras CFK consigue que el Congreso pague también los platos rotos
Ayer la Cámara de Diputados convirtió en ley el proyecto de pago
soberano de la deuda externa, mientras en los EE.UU. la mayor parte de
los analistas pronosticaban el fracaso de la nueva norma, por lo menos
en lo que hace al cambio del domicilio de pago a Buenos Aires a través
de un nuevo agente fiduciario -Nación Fideicomisos S.A.-, que reemplaza
compulsivamente al BONY.
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La razón del inminente fracaso de la nueva
norma es simple: la mayor parte de los bonos están en tenencia de fondos
cuyos estatutos los obligan a cobrar, tal como establecen los contratos
originales, en el BONY, siéndoles entonces imposible hacerlo en otro
domicilio. Así las cosas, cuando en horas más la presidente promulgue la
ley y el Boletín Oficial la publique, los tenedores de bonos
Par que venzan el próximo 30 y que no pueden cobrar fuera de N.Y. ya
podrían intimar judicialmente a la Argentina. A partir del 30, estos
mismos tenedores, que no podrán cobrar, estarán en condiciones de
demandar al Estado nacional por incumplimiento del pago. Por razones de
conexidad y economía procesal, esta nueva generación de demandas se
tramitaría también en el juzgado de Thomas Griesa.
Es decir que la trama de litigios por nuestra deuda pública se
diversificaría. Por un lado, Griesa deberá resolver si finalmente
declara el desacato de la Argentina por no haber cumplido la sentencia
que la obliga al pago de US$ 1330 millones a los fondos NML, Aurelius y
otros. Por el otro, empezarían las demandas de los bonistas que no
puedan cobrar sus vencimientos gracias a la flamante ley de pago
soberano. Se superpondrán así los reclamos de acreedores no
reestructurados (los fondos buitres) con aquellos de los acreedores
reestructurados que se ven impedidos de cobrar. Hasta ahora, la defensa
de la Casa Rosada y el principal pretexto para enviar la nueva ley al
Congreso fue que, como explican los considerandos del proyecto de ley:
“La sanción de la norma legal que se propone por la presente resulta
necesaria, ya que la República Argentina ha visto bloqueado el
procedimiento para el cobro de los Tenedores de Títulos de la Deuda
Pública Reestructurada en los años 2005 y 2010, por las ilegítimas e
ilegales medidas adoptadas por la justicia de los Estados Unidos de
América en la causa NML Capital Ltd. et al v. Republic of Argentina (las
órdenes pari passu), en trámite por ante el Juzgado de
Distrito Sur de la Ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América; sin
precedentes en ningún lugar del mundo”.
Ahora, ante las inminentes nuevas demandas, estas argumentaciones ya
no serían válidas. El gobierno debería defender su supuesto derecho a
cambiar al agente fiduciario y el domicilio de pago. Pero éste sería
justamente su punto débil, porque es obvio que la mayor parte de los
bonistas que se hicieron de títulos argentinos los compraron debido a
las garantías de seguridad jurídica que da la jurisdicción y el
domicilio de pago en N.Y. Sugestivamente, la nueva ley cambia el
domicilio de pago a Buenos Aires pero no modifica explícitamente la
jurisdicción de Nueva York. Por lo cual entraríamos en un terreno
resbaladizo ya que nada indica que la justicia argentina sea ahora
competente para entender en los litigios que se originen por el cambio
del domicilio de pago a Buenos Aires.
Las encuestas mandan
Entre las múltiples incógnitas que se abren esta la posibilidad de
que Griesa imponga una multa diaria a la Argentina (que podría llegar al
1% del monto adeudado) una vez declarado el desacato. Con respecto a
los nuevos demandantes, es decir los acreedores reestructurados que no
puedan cambiar de domicilio de pago, es de presumir que empezarían el
camino hacia el pedido de embargos de activos del Estado argentino. En
definitiva, que entre los dos frentes judiciales, podrían generarse,
para el futuro gobierno, enormes perjuicios financieros originados, por
una parte, en la negativa arbitraria del actual gobierno de no cumplir
una sentencia judicial firme y por otra, en intentar aplicar una ley
que, según la información disponible, está condenada al fracaso aún
antes de entrar en vigencia.
