martes, 8 de diciembre de 2015

Sobre la Ley de derribo por Juan Manuel Otero


Sobre la Ley de derribo

Ley de derribo
Dijo Sergio Massa en octubre de 2013 justificando el proyecto de su bancada sobre la Ley de Derribo:
“¿Cuánto tiempo más vamos aceptar que la droga inunde las calles de nuestro país y no hagamos nada? Es clave que la Argentina tenga una ley de derribo para voltear a los aviones de los narcos que entran al país”.
Respondió el entonces Senador por el Frente para la Victoria Aníbal Fernández: “De aprobarse esta iniciativa se estaría permitiendo “la pena de muerte sin el derecho a la defensa en juicio” y agregó: “Es la mayor brutalidad que oí en mi vida”.


De esta forma clara y concisa, el verborrágico patotero pretendió explicar lo que sucedería si se aprobase la propuesta del titular del Frente Renovador, asumiendo la insólita defensa de quienes día a día ingresan muerte a nuestro territorio con la complacencia de funcionarios corruptos.
Como siempre, el Dr. Fernández desnaturalizó con bravuconadas sin fundamentos cualquier proyecto que le molestara. La ley de derribo está vigente en Bolivia, Chile, Venezuela, Perú, Ecuador, Colombia, Brasil, etc. ¿No se le ocurre imaginar cuál es el motivo del notable aumento de la producción, tráfico y consumo de drogas en nuestro país respecto de nuestros hermanos de América?
Y además, como abogado que se supone que es, debería saber el señor Fernández que la ley contempla el derribo como la última posibilidad; primero se intima a quien invade el espacio aéreo a identificarse, luego se lo escolta, intimándolo a aterrizar, informándole que, de no hacerlo, será derribado y ante su renuencia se procede al derribo.
Pero parece que al Jefe de Gabinete le interesa preservar la vida de los narcotraficantes por encima de las vidas de los niños esclavos de estos criminales y de los jóvenes muertos por la droga.
Desde julio de 2011 hasta julio 2013, la Fuerza Aérea detectó más de 800 vuelos que no se identificaron y, conforme el informe de Gendarmería, en 242 casos se trató de aeronaves relacionadas con droga.
Es de destacar también que en 2011 similar proyecto habían propuesto 15 diputados del Pro y Peronismo Federal. Aquellos legisladores habían marcado seis momentos en la interceptación, antes de permitirse la destrucción de la aeronave infractora:
  1. Reconocimiento visual de la aeronave irregular.
  2. Verificación de datos en el centro de control de vuelos.
  3. Determinada la irregularidad del vuelo, se intentará tomar contacto radial mediante la frecuencia internacional de emergencia.
  4. En caso de no responder a los avisos radiales, se considerará el vuelo sospechoso y se ordenará su aterrizaje mediante señales visuales.
  5. Si se mantiene la desobediencia, se habilitará al piloto interceptor a disparar munición trazadora (que es visible en su trayectoria) a modo de advertencia.
  6. De persistir la situación, el vuelo será declarado hostil y se permitirá su derribo.
Señores legisladores, deben ustedes insistir con la aprobación de esta ley.
TODOS LOS ARGENTINOS DE BIEN LOS APOYAREMOS.