Zaffaroni y Argibay votaron en disidencia; el
Máximo Tribunal se mostró a favor de mantener la cautelar hasta
resolver la cuestión de fondo, pero instó a la Cámara a expedirse
“con la mayor brevedad posible”
Eugenio Zaffaroni y Ricardo Lorenzetti, inetgrantes de la Corte Suprema.
Los jueces de la Corte Suprema decidieron hoy sobre dos recursos
que habían sido presentados por el Poder Ejecutivo tras la
decisión del magistrado de primera instancia de considerar
“constitucional” a la ley de medios, y la posterior apelación
por parte del Grupo Clarín.
En primer lugar, el Máximo Tribunal determinó rechazar el “per
saltum” que solicitó el Gobierno para que sea la Corte quien
determine “de inmediato” la cuestión de fondo, eludiendo así la
instancia de la Cámara Federal Civil y Comercial. La intención del
kirchnerismo era evitar la intervención de la Sala I, donde cree
que los camaristas le serían adversos.
Con un voto unánime, los jueces entendieron que ese recurso
(aprobado por ley semanas atrás) es “inadmisible”, ya que “no se
observan los requisitos que habilitan la procedencia de la
instancia”. El Gobierno no podía apelar la sentencia del juez de
primera instancia, Horacio Alfonso, ya que su fallo le había sido
favorable.
Por otro lado, la Corte decidió sobre un recurso extraordinario
que el Gobierno presentó para hacer caer a la medida cautelar que
favorece al Grupo Clarín, y que impide que el Ejecutivo actúe de
oficio sobre sus licencias.
En este caso, el Máximo Tribunal dictó un fallo por mayoría, con
la disidencia parcial de dos jueces: Eugenio Zaffaroni y María
del Carmen Argibay.
Qué entendió la Corte
La Corte avaló la decisión de mantener la cautelar hasta que se
resuelva la cuestión de fondo, al reiterar que “la decisión de
prorrogar la cautelar por considerar que la acción principal se
encontraba en una etapa próxima al dictado de la sentencia de
fondo es fruto de una solución posible que hace pie en las
alternativas reconocidas en la sentencia del 22 de mayo” de 2011
de la Corte.
No obstante, se apartó de la Cámara al considerar el cómputo de
los plazos y solicitó que esta “se expida dentro de la mayor
brevedad posible” para resolver la cuestión.
En su resolución, la Corte recordó que en anteriores fallos había
determinado que la ley “era plenamente aplicable con todos sus
efectos a partir del 7 de diciembre del 2012″. No obstante también
hizo un repaso por todos los vaivenes judiciales que tuvo la causa
en los últimos meses, incluidas las múltiples recusaciones por
parte del Gobierno y los recursos tanto de parte del Ejecutivo como
del Grupo Clarín, que demoraron una sentencia definitiva.
A su vez, recordó que la Afsca, tras ser autorizada para
participar en la causa como parte “se presentó ante la Cámara
recusando sin causa a la doctora Najurieta y solicitando el
apartamiento con causa de la totalidad de los jueces que componen
la Cámara”.
Los votos en disidencia
Zaffaroni votó en disidencia parcial al mostrarse en desacuerdo
con la prórroga de la medida cautelar. Tras hacer alusión al pedido
de la Procuradora General, Gils Carbó, el magistrado le insistó a
los camaristas que resuelvan lo antes posible.
Por su parte, Argibay entendió que “no era preciso que la Corte se
expidiera sobre el modo en que debe computarse el plazo establecido
por el artículo 161 de la ley”, una de las normas consideradas
“inconstitucionales” por Clarín.
También la magistrada le insistió a la Cámara que se expida “dentro de la mayor brevedad posible”.
Fuente: La Nación
Importa un "corno" el beneficio que supuestamente benefició a CLARIN. Pero las posiciones optadas por Zaffaroni y Argibay pueden resultarle a los mismo de mucha utilidad en tiempos de semejantes "chanchullos".
Vicente Nhario