«El aborto es el derecho que tiene la mujer de determinar su propia fertilidad»
(John Davison Rockefeller III, The Second American Revolution, p. 64)
En su afán por estar a tono con los tiempos, un grupo de legisladores
auto-creídos progresistas impulsan aún un nuevo proyecto de
despenalización del aborto en el Congreso Nacional (0998-D-2010).
Pretendidamente progresista, esta iniciativa significa una verdadera
claudicación ante la banca financiera mundial, ya que concede estatus
democrático a la ideología antinatalista promovida por el imperialismo
internacional del dinero. Ello, con el agravante de que su
implementación supondría también la violación de nuestra Carta Magna, al
implantar la eliminación arbitraria y a piacere de todo ser
humano en el vientre materno del que no se desea su existencia, lo cual
significa esencialmente la implantación de la pena de muerte, aunque se
utilice un eufemismo –Interrupción voluntaria del embarazo- para
encubrir ese asesinato.
Para decirlo en forma sintética: en nombre de los derechos humanos de la mujer, se
impulsa la pena de muerte para los niños-hijos, inocentes e indefensos.
Y en nombre de la democracia, se impulsa e implanta la ideología
antinatalista y criminal de la oligarquía angloamericana depredadora que
impera en el mundo, representada por el clan Rockefeller.
Un buen ejemplo de esta conducta lo constituye una legisladora
“liberada del Sur”, que en su página web se presenta acompañada de la
imagen de Ernesto “Che” Guevara[1],
aunque al mismo tiempo firma el proyecto de despenalización del aborto
redactado literalmente con conceptos y argumentaciones elaborados por
los miembros del clan Rockefeller. Esto constituye un ejemplo
paradigmático de esquizofrenia política, ya que los progresistas
fomentan la consigna “Guevara y Rockefeller, un solo corazón”.
1. La “democratización” de la ideología antinatalista de la oligarquía financiera mundial. Ya en el primer artículo del mencionado proyecto legislativo se introduce el concepto del aborto como “derecho”[2],
aunque este derecho no está explicitado ni formulado en ningún
documento oficial de Naciones Unidas ni en Tratado Internacional alguno.
Muy por el contrario, quien le ha dado carta de ciudadanía al aborto
como derecho ha sido John Davison Rockefeller III en el año 1973, en un
texto en el que diseña la refundación y reconfiguración de la sociedad
estadounidense sobre la base del control de la natalidad: «el aborto es
el derecho que tiene la mujer de determinar su propia fertilidad»[3].
Este “derecho” al aborto se funda, según el gran oligarca
estadounidense, por un lado en un supuesto “principio ético” por él
instituido, según el cual «sólo deben ser traídos al mundo los hijos
deseados»[4],
y por otro lado en el dogma también inventado por él, según el cual
«decidir la cantidad de hijos y el espaciamiento entre ellos es el
derecho humano básico» de todo individuo y pareja[5].
La gran mayoría de los legisladores que promocionan esta iniciativa
reivindican a los pueblos originarios, critican al neo-liberalismo y a
la globalización, levantan las figuras del Che Guevara, de Fidel Castro,
de Evo Morales, del “comandante” Hugo Chávez, etc. Pero, por otro lado,
reivindican como progresista y de avanzada la infame ideología de odio a
los niños, elaborada por la más cruel de las oligarquías que ha
conocido la historia humana, la plutocracia angloamericana que patrocina
el imperialismo internacional del dinero y del capitalismo financiero
especulativo y depredador, con el clan Rockefeller a la cabeza.
En pocas palabras: los progresistas pretenden convertir a la
ideología corporativa privada del capitalismo financiero internacional
en normativa de nuestra vida social y política. Reniegan de nuestros
valores culturales indígeno-hispano-criollo, para impulsar y legitimar
democráticamente la ideología angloamericana promotora del genocidio más
espantoso y aberrante de toda la historia humana.
2. La violación de la Constitución Nacional, imponiendo la pena de muerte.
Pero además de promover la ideología reaccionaria del gran capital
financiero mundial, con su iniciativa nuestros legisladores “progres”
estarían impulsando la violación de la Constitución Nacional, al
pretender imponer la pena de muerte contra seres humanos absolutamente
inocentes e indefensos.
En apoyo de su postura, estos legisladores citan pactos y tratados
internacionales que tienen rango constitucional, entre ellos el Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (ONU, 1966) y la Convención Americana sobre Derechos Humanos
(San José de Costa Rica, 1969). Pero una lectura atenta de estos
documentos permite apreciar que en ninguno de ellos aparece ni enunciado
ni insinuado el aborto, mucho menos el acceso legal al mismo.
Lamentablemente, estos legisladores proabortistas olvidan o ignoran
que en ambos Tratados-Pactos, citados por ellos, se afirma
explícitamente que el derecho a la vida «es inherente a la persona humana», razón por la cual «nadie puede ser privado de la vida arbitrariamente»[6]. También se afirma que todo ser humano es persona[7], y que no se puede restablecer la pena de muerte en los países donde no está en vigencia[8]. Además, que no se puede aplicar en ningún caso la pena de muerte a menores de 18 años o que estén en el vientre materno, como así tampoco a las mujeres embarazadas[9]. En este sentido, la propuesta legislativa barre con todos estos criterios que protegen la vida de los niños por nacer.
Se impone entonces la gran pregunta: ¿por qué los críticos del
neoliberalismo y de la globalización impulsan la ideología antinatalista
de los padres del proceso que critican, haciendo propuestas que violan
preceptos de nuestra Constitución?
En el siglo XVIII a. C., el rey Hammurabi de Babilonia consagraba
como una de las funciones primordiales del Estado –encarnado en la
persona del monarca- la protección de los más débiles frente al
atropello de los poderosos, con la finalidad de promover el bienestar de
la humanidad[10].
En los albores del siglo XXI, a 3.800 años de distancia pero en un
verdadero retroceso a las tinieblas de las etapas cavernícolas de la
historia humana, hay quienes pretender organizar un nuevo orden mundial
sobre la base del genocidio sistemático y permanente de los más débiles
de todos los seres humanos, con el Estado al servicio de un abominable
holocausto demográfico, en beneficio de los más poderosos.
Como recomendaban permanentemente Perón y Evita, bien harían nuestros
legisladores “progres” en volver a leer y aprender de las grandes
culturas antiguas, en vez de nutrirse de los planes antinatalistas del
capitalismo depredador y especulativo de las altas finanzas
internacionales, proponiendo la violación de la Constitución Nacional,
implantando la pena de muerte, y peor que peor, no contra criminales
sino contra seres inocentes e indefensos.
[2] «Toda mujer tiene derecho a decidir la interrupción voluntaria de su embarazo durante las primeras doce semanas del proceso gestacional».
[3] John Davison Rockefeller III, The Second American Revolution, New York 1973, Harper & Row Publisher, p. 64.
[4] Rockefeller Commission Report, Population and the American Future, New York 1972, Chapter 11 “Human Reproduction”: «only wanted children are brought into the world».
[5] Statement on Population, New York 1966: «We believe
[…] that the opportunity to decide the number and spacing of children
is a basic human right». De este modo, el derecho básico y fundamental a
la vida pasa a un segundo plano, subordinado al deseo de aceptar o no
la existencia de un ser humano. Forma solapada de hacer prevalecer el
derecho del más fuerte, frente a quien no se puede defender de hecho ni
de palabra.
[6] Pacto Internacional de los Derechos Civiles y Políticos, ONU 1966, artículo 6 § 1. Es evidente sin más que el artículo 1 del proyecto de los diputados VIOLA el artículo 6§1 del Pacto. Convención Americana sobre Derechos Humanos, Costa Rica 1969, Parte 1, Parte 1, Capítulo 2, artículo 4 § 1.
[7] Convención…, Parte 1, Capítulo 1, artículo 1 § 2.
[8] Convención… Parte 1, Capítulo 1, artículo 4 §2.
[9] Pacto…, Parte 3, artículo 6 § 5; Convención…, Parte 1, Capítulo 2, artículo 4 § 5.
[10] Código de Hammurabi: «[…] que el fuerte no dañe al débil, […] e iluminar la tierra, para el bienestar de la humanidad».