viernes, 26 de abril de 2013

¿CASUALIDAD? ARGENTINA Y ESPAÑA POR LA MISMA SENDA O NUEVO ORDEN MUNDIAL.

Proponen ataques a la Policía, cortes de tráfico y electricidad, daños, hurtos...

Este es el plan de vandalismo y violencia de los cabecillas de la algarada del #25A

Jue 25·4·2013 · 7:50h 9
Grupos de ultraizquierda han convocado hoy una algarada para “rodear el perímetro del Congreso de los Diputados llevando a cabo una acción principal de *asedio constante, hasta forzar la dimisión del gobierno, la disolución de las Cortes y de la Jefatura del Estado”. El asterisco remite a la 1ª definición que da la RAE para “asediar”, de tal forma que su marcha ante el Congreso pretende “impedir que salgan quienes están en él o que reciban socorro de fuera”.
Una marcha ilegal para suplantar a los legítimos respresentantes del pueblo
A la vista está que con esa convocatoria no sólo están proponiendo perpetrar delitos de coacción y secuestro, sino también un delito de rebelión, tipificado por el Artículo 472 del Código Penal. Es un delito muy grave, pues implica alzarse violenta y públicamente contra las instituciones democráticas para impedir que puedan ejercer su labor los diputados elegidos por los españoles por medio de elecciones democráticas, elecciones en las que grupos radicales antisistema como los convocantes de esta algarada nunca consiguen ni un diputado. Así pues, lo que propone esta gente es golpismo puro y duro. Ya sólo en lo relativo a su inducción, ese delito de rebelión está castigado con pena de cárcel 15 a 25 años, como indica el Artículo 473 del Código Penal.
La web de los convocantes de esta algarada incluye una página dedicada a “estrategia y táctica”. En el tercer párrafo de dicha página se afirma que es una convocatoria “cuyo carácter original por supuesto es pacífico”. La propia organización se encarga de desmontar lo contrario en esa misma página, en la que que ya de partida afirman que “la acción del 25A no será notificada a ninguna institución oficial”, a pesar de que tienen la intención de cortar calles, con lo cual se saltan a la torera el Artículo 8 de la Ley Orgánica 9/1983, reguladora del derecho de reunión, que sirve para conjugar ese derecho con el derecho a la libre circulación de los demás ciudadanos. Así pues, se trata de una convocatoria abiertamente ilegal y que se salta las más elementales normas de convivencia. Los cabecillas justifican así su arrogante actitud: “No cumplimos las reglas que nos impone un régimen al que pretendemos derrocar”. Se deduce que sólo respetan las normas que les benefician, saltándose las que amparan a los demás, lo cual es imponer la ley del embudo. Más abajo incluso se arrogan el poder de establecer las normas que les dé la gana: “Al llegar físicamente al Congreso entendemos que ahora somos nosotros y nosotras los que conseguimos marcar los límites”. Como guinda añaden una amenaza: “seremos capaces de llegar hasta donde nos obliguen”. Y en esto, en mostrar hasta donde son capaces de llegar, sí que concretan.
Objetivo: enfrentarse a la Policía para asaltar el Parlamento
A continuación, en la ya citada página de “estrategia y táctica” plantean su preferencia por la estrategia de “una masa enfurecida asediándoles mediante la estrategia de rodeo”. Tras esta primera fase de secuestro del Parlamento, los cabecillas han diseñado una segunda en la que pretenden “la ocupación simbólica del Congreso, lo que podría consistir en transgredir el cordón policial”, algo que implica enfrentarse con la Policía. Con ello están animando a cometer otro delito, esta vez el tipificado en el Artículo 550 del Código Penal:
“Son reos de atentado los que acometan a la autoridad, a sus agentes o funcionarios públicos, o empleen fuerza contra ellos, los intimiden gravemente o les hagan resistencia activa también grave, cuando se hallen ejecutando las funciones de sus cargos o con ocasión de ellas.”
El Artículo 551 castiga ese delito con penas de prisión de dos a cuatro años. Como se puede ver, estos ultras están jugando con fuego, pero no les basta con lo hasta ahora señalado.
El plan delictivo del 25A, contado por ellos mismos punto por punto
Y es que en la tercera y cuarta fase de su estrategia de agitación, los autores del 25A proponen actos intimidatorios, violentos y vandálicos como los siguientes:
  • Poner en marcha “la realización de Escraches simultáneos a personalidades”, una práctica de acoso para la que, con la excusa de la noche, afirman que “puede que a algunas personas les apetezca llevar antorchas”.
  • En caso de que la acción policial les impida lograr sus objetivos, pretenden llevar la violencia a todo Madrid “haciendo de toda la ciudad el escenario de la expresión del pueblo”, afirman con su cínica verborrea propagandística.
  • Trazan a continuación lo que llaman “acciones secundarias”, y entre ellas animan a cortar “carreteras, vías o accesos a la ciudad importantes”. Los autores de este delito podrían afrontar penas de prisión de 6 meses a tres años según el Artículo 557 del Código Penal.
  • Proponen también la “inhabilitación de cajeros automáticos”, es decir, su vandalización para impedir que el resto de los ciudadanos puedan usarlos con normalidad. Si los desperfectos exceden los 400 euros de reparación, los vándalos podrían afrontar multas de 6 a 24 meses según el Artículo 263.1 del Código Penal. Sea cual sea la cuantía de los desperfectos, si los daños son causados en grupo y durante desórdenes públicos, sus autores afrontarían penas de prisión de 6 meses a tres años conforme a lo que señala el Artículo 557.
  • También hablan de llevar a cabo “asedios de otros edificios relevantes durante su actividad”, lo que implicaría someter a un secuestro y coacción a sus ocupantes igual que intentarán hacer con las personas que haya dentro del Parlamento.
  • En el marco de esa estrategia delictiva animan también a provocar “cortes de luz provocados en sitios estratégicos (gubernamentales, medios de comunicación, hoteles de lujo, etc)”. Los autores de este delito se enfrentarían a penas de prisión de uno a tres años según lo tipificado en el Artículo 263.2 del Código Penal.
  • Proponen también la “inhabilitación de cámaras de vigilancia”, vandalizándolas, claro. En este caso serían aplicables las mismas penas que los daños a cajeros automáticos, salvo que las cámaras sean de tráfico o de vigilancia policial, en cuyo caso el castigo sería mayor, pena de prisión de uno a tres años, al vulnerar el Artículo 263.2 del Código Penal.
  • Imitando al comunista Sánchez Gordillo, los cabecillas del 25A animan también a cometer hurtos o robos en supermercados: “Expropiaciones de alimentos y otros bienes necesarios en multinacionales”, afirman en su verborrea antisistema. En caso de hurto -la mera sustracción de comida-, si los artículos sustraídos superan los 400 euros de importe los autores del delito afrontarían penas de prisión de 6 a 18 meses según el Artículo 234 del Código Penal. En caso de robo con fuerza o con violencia, es decir, de romper instalaciones o cosas, o bien intimidar y/o agredir a alguien para sustraer bienes ajenos, los ladrones afrontarían penas de prisión de dos a cinco años, según los Artículos 241 y 242.
  • Los cabecillas del 25A también animan a vandalizar sucursales bancarias o establecimientos empresariales: “Decorar cristaleras de bancos y multinacionales con pintura, alquitrán, ácido…”, dicen. En este caso son aplicables los mismos Artículos del Código Penal que en los daños a cajeros automáticos.
  • Los cabecillas de esta algarada llegan incluso a proponer ataques a vehículos de la Policía: “Neutralizar furgones policiales”, dicen en un pobre intento de disfrazar verbalmente la agresión. Quienes hicieran eso se enfrentarían a penas de prisión de uno a tres años según lo tipificado en el Artículo 263.2 del Código Penal.
  • También proponen agredir a agentes de Policía aislados en caso de que algún participante en la algarada sea detenido: “desequilibrar al antidisturbios por medio de empujones, etc., u obstruyendo la visión de su casco”, dicen. Este delito de atentado contra la autoridad podría costarle a los agresores penas de prisión de dos a cuatro años, según lo tipificado en el Artículo 551 del Código Penal.
Hay que recordar, además, que esas claras incitaciones a delinquir también son delito.
Aconsejan a los manifestantes llevar objetos para agredir a la Policía
Para cometer esos actos delictivos, la organización del 25A pide a los manifestantes ir sin documentación: “el DNI se queda en casa”, afirma. Con absoluta chulería, añade: “si quieren identificarnos tendrán que detenernos y llevarnos a la comisaría más cercana”. Además, recomienda a los manifestantes llevar “casco, rodilleras, coderas, etc”, como si fuesen a una guerra. De hecho, acto seguido recomiendan llevar “spray de nata o pintura, huevos, o cualquier elemento que sirva para manchar las viseras y dificultar la visibilidad a los antidisturbios”, es decir, que recomiendan sin rodeos llevar cosas para agredir a la Policía.
El plan incluye la participación de los ultras violentos del ‘bloque negro’
Más abajo pasan a trazar la actuación de los manifestantes como si se tratase de un plan de guerrilla urbana: “La gente más combativa o con más capacidad defensiva debe situarse en las zonas calientes”, afirman, zonas que identifican como “las más próximas al cordón policial y las zonas de acceso al Congreso por las que pueden entrar y salir diputados”. Además, señalan que “las callejuelas aledañas al edificio asediado”, en referencia al Parlamento, “son muy adecuadas para el black block”, el grupo violento de ultraizquierda que inició los disturbios del 25 de septiembre (sobre estas líneas se puede ver un vídeo que muestra ese momento). Como ya señalé entonces, la organización -que era la misma de la convocatoria de hoy- demostró que estaba al tanto de su presencia, y ahora lo vuelve a demostrar contando, además, con su intervención en las inmediaciones del Parlamento.
De hecho, la web de los convocantes del 25A dedica un apartado específico a ese “bloque negro” en el que explica sus objetivos y señala que sus integrantes “no utilizan la violencia contra personas; sí lo hacen a veces hacia símbolos del poder político”, pero matizando que “la agresión a personas, llegado el caso, se da únicamente como forma de autodefensa, normalmente hacia la policía”. Teniendo en cuenta lo que hemos visto hasta ahora, podemos imaginar lo que esta gente entiende por “autodefensa”… Los cabecillas del 25A también advierten: “Es factible que el 25A algunas personas decidan emplear esta táctica, por tanto es bueno que todo el mundo esté informado de su función para que nadie se asuste.” En previsión de que ese “bloque negro” use la violencia y algunos manifestantes demuestren su desagrado, los cabecillas del 25A salen con antelación en defensa de los violentos: “Deja actuar al Bloque Negro, si no lo aceptas, vete a otro sitio de la manifestación”. ¿Y aún tienen la tremenda cara de decir que esto es una convocatoria “pacífica”?
El PSOE dice que este asedio del Parlamento es la “expresión de un derecho”
Como nota final, hay que añadir que en vez de condenar esta convocatoria violenta, el PSOE ha pedido a los convocantes de esta algarada que sea “pacífica”. ¿Un secuestro pacífico del Parlamento, o un intento pacífico de suplantar las instituciones democráticas, quiere decir? Además, desde la dirección socialista han afirmado que esta manifestación es la “expresión de un derecho”. Y eso lo ha dicho el mismo PSOE que hace unos días calumniaba a los pacíficos providas, tachándonos de “fanáticos” e “integristas” y mintiendo con descaro al decir que nuestros actos públicos son “crueles y violentos”. Una vez más, el sectarismo ideológico del PSOE le lleva a mostrar más aprecio por los enemigos jurados de nuestra democracia que por los ciudadanos que defendemos la vida por medios legales, democráticos y pacíficos.