Innovación Argentina o Encauzamiento ovejuno?
Holanda quiere que los
presos paguen 16 euros diarios por estar en la cárcel
El
ministro de Justicia de ese país, Ivo Opstelten, envió un proyecto de ley al
Parlamento que también obliga a los reos a pagar el cuidado de sus víctimas.
La entrada de una prisión holandesa. |
El
ministro de Justicia de ese país, Ivo Opstelten, envió un proyecto de ley al
Parlamento que también obliga a los criminales a pagar el cuidado de sus
víctimas. Así lo informa hoy el diario holandés Dutch News.
"Las
personas que fueron encontradas culpables de un crimen quebraron la ley,
forzaron al gobierno a intervenir y deberían contribuir para costear
esto", dice el proyecto.
Los pagos
podrán hacerse a plazo por un periodo de seis meses y se admitirán retrasos
para las personas que no puedan pagar, dijo el ministro.
A los
prisioneros se les pedirá que paguen 16 euros por día por un máximo de dos años
para costear su mantenimiento. Y habrá montos más chicos para los padres de
menores.
Los abogados, en contra
La
Sociedad de Abogados de Holanda se opone totalmente al plan. "El
prisionero promedio no tiene dinero y no podés pagar lo que no tenés",
dijo su vocero, Bert Fibbe.
Además,
quienes se oponen sostienen que el plan les hará más difícil a los presos
reinsertarse en la sociedad. "Hay un riesgo real de que la gente con
grandes deudas se descarrile de nuevo", afirmó el vocero. Los abogados
tampoco están de acuerdo con que la penalidad financiera sea impuesta sin la
intervención de un juez.
El
gobierno espera recaudar 65 millones de euros por este impuesto. "Haciendo
esto, Holanda sigue a otros países europeos que tienen sistemas
similares", aseguró el ministro, en referencia a Dinamarca y Alemania..
Un grupo de presos de Ezeiza tendrá vacaciones y aguinaldo
Lo
resolvió en favor de un grupo de reclusos de Ezeiza que reclamó condiciones
similares a las de cualquier trabajador. El fallo se conoce en medio de un
pedido sindical para que los reos tengan aguinaldo y vacaciones
Cámara
Federal de Casación Penal, integrada por los jueces Ángela Ledesma, Alejandro
Slokar y Pedro David, hizo lugar a un hábeas corpus colectivo
presentado por la Defensa Pública Oficial y la Procuración Penitenciaria de la
Nación, mediante el cual un grupo de presos peticionó la equiparación de sus
derechos laborales a las condiciones de trabajo libre.
El fallo favorece específicamente a los reclusos alojados en los
pabellones A, B, C y D de la Unidad Residencial V del Complejo penitenciario
federal I de Ezeiza que realizaron la presentación judicial, pero abre las
puertas a que se produzca una avalancha de reclamos similares.
En
concreto, la decisión de la Justicia dispuso que se cree un régimen laboral
para los convictos con idénticos derechos que los de una persona libre; de esta
manera -aunque no fue explicitado-, el Sindicato Único de Trabajadores
Privados de la Libertad Ambulatoria (Sutpla) podría lograr su objetivo de
que los encarcelados que trabajan también gocen de aguinaldo y vacaciones.
La
resolución de la Cámara de Casación Penal advirtió que la lucha contra la
inseguridad solo será posible si se brinda empleo a los reos. Y -plagada de
citas y referencias doctrinarias- hace hincapié en el principio constitucional
de "igual remuneración por igual tarea" para las personas
privadas de su libertad.
Este fallo abre las puertas a una ola de presentaciones similares y
posibilitaría que el sindicato de presos logre que todos los reclusos cobren
aguinaldo y vacaciones
El juez Slokar, en el voto principal, indicó que "para cualquier
preso que trabaje no pueden dejar de gobernar como estándares, entre otros el
derecho a la remuneración y la regla de asimilación al trabajo libre, con todos
sus alcances, (asignaciones familiares, obra social, cobertura frente a
accidentes de trabajo, capacitación laboral, agremiación) por imperio del
principio de progresividad".
"En
este ámbito, como en el medio libre, nunca es tan necesario recordar el eterno
adagio: el trabajo digno dignifica al hombre", afirmó el magistrado,
quien agregó que "enfrentar las inseguridades es combatir a la par la
inseguridad civil y la inseguridad social".
"Hoy
en día existe un amplio consenso respecto de que, para asegurar la seguridad
civil (la seguridad de los bienes y de las personas) se requiere una fuerte
presencia del Estado: hay que defender el Estado de derecho. Lo mismo debería
suceder para luchar contra la inseguridad social: habría que salvar el Estado
social", destacó el juez al fundamentar su voto.
El fallo plantea "la realidad laboral penitenciaria argentina
actual" en donde el 59 por ciento de las personas privadas de su
libertad en la Argentina "no accede actualmente a ningún trabajo
remunerado".
También
se hizo referencia a "los indicadores oficiales que informan que del
universo de aquellos trabajadores presos remunerados, sólo el 19 por ciento
cuenta con la posibilidad de acceder a cuarenta horas semanales de trabajo
remunerado, en tanto el 81 por ciento restante o trabaja menor cantidad de
horas o no tiene posibilidad de acceso a un trabajo pago, por cierto por
razones ajenas a su voluntad".
La
presentación fue realizada a partir de un pedido del ciudadano ucraniano Yuriy
Tiberiyevich Kepich, preso en la cárcel de Ezeiza, quien ya hizo
planteos similares por el derecho a la comunicación con sus familiares y a
recibir encomiendas.
El Sutpla
es el sindicato que defiende los derechos de los reclusos y forma parte de la
CTA oficialista que lidera Hugo Yasky
Los reos
sostienen que aquellos días que no podían trabajar, ya sea por enfermedad,
estudio o visitas, no les pagaban el día pese a tenerlo justificado.
Ante el
reclamo, el tribunal dispuso ordenar al Ente de Cooperación Técnica y
Financiera (ENCOPE), dependiente del Servicio Penitenciario Federal, junto con
los organismos del Estado vinculados a la materia en cuestión, y de consumo con
la Procuración Penitenciaria, la elaboración de un régimen de trabajo para las
personas privadas de su libertad que, a la par de organizar el trabajo
intramuros atendiendo al especial ámbito en el que se desarrolla, adapte su
régimen a la normativa local vigente y a los instrumentos internacionales que
rigen la materia.
También
se encomendó al director del Servicio Penitenciario Federal para que durante
la transición se instruya a las autoridades del Complejo Penitenciario Federal
I de Ezeiza para que ajusten su actuación de conformidad con las disposiciones
de la Ley Nº 20.744 de Contrato de Trabajo y sus modificatorias, respecto
de los internos que desempeñen tareas laborales. Y se dispuso comunicar el
fallo a los Ministerios de Justicia y Derechos Humanos y de Trabajo, Empleo y
Seguridad Social de la Nación.