¿QUIÉN INSTRUYE A LA PREFECTURA EN UN MAR SIN CONTROL?
¿QUIÉN INSTRUYE A LA PREFECTURA EN UN MAR SIN CONTROL?
CESAR LERENA
Mié 30/1/2019 21:26
¿QUIÉN INSTRUYE A LA PREFECTURA EN UN MAR SIN CONTROL?
El pasado 25 de enero el periodista
Andrés Klipphan, en Infobae, nos relató que la Prefectura Naval
Argentina había actuado ante buques pesqueros coreanos, taiwaneses y
chinos, a los que califica como los mayores depredadores
de la Zona Económica Exclusiva Argentina (ZEEA). Refirió, en su
artículo, a lo ocurrido con el pesquero chino “HU SHUN YU 809" -que
operaba tres millas dentro de las 200- que fuera detenido por el
guardacostas “Prefecto Derbes”, a la altura de
Bahía Camarones, en la provincia de Chubut,
conteniendo en sus bodegas 600 toneladas de calamar. La milla 201 -dice Klipphan- «suele convertirse, por su riqueza en
especies, única en el planeta, en una verdadera ciudad nocturna con
hasta más de 500 pesqueros.
Cuando alguno de ellos ingresa a la ZEEA, es
dónde actúa la autoridad nacional. A lo largo de
su historia como policía, Prefectura detuvo un total de 76 buques que
pescaban sin autorización dentro de la ZEEA y, de ese total, catorce
fueron coreanos; once taiwaneses; once chinos; once españoles; ocho
japoneses; siete uruguayos; dos polacos, rusos, británicos,
ucranianos y, los restantes seis pesqueros de Alemania, Panamá,
Venezuela, Chile, Ghana y Belice. En los últimos años, la mayoría de los
buques contraventores son de bandera china y no pertenecen a empresas
privadas, sino al gobierno de ese país (o mixta)
y también españoles».
El 21 de febrero del año pasado el buque “JIG YUANG 626” de bandera
china se fugó a la persecución del Guardacostas GC PNA-24 Mantilla, al
igual que otros cuatro poteros de igual nombre y números 608, 616, 618 y
628 que huyeron hacia la zona de Malvinas, solicitándoles
por tal motivo la captura internacional. La empresa Yantai Jinyuan
Fisheris propietaria del “626” finalmente abonó la multa y gastos por
una cifra cercana a los 8 millones de pesos. Luego el 4 de abril la
Prefectura detuvo al pesquero español “Playa de Pesmar
Uno”, con una carga de 350 toneladas de pescado procesado por un valor
de 684 mil dólares, por lo que se le aplicó una multa de 7,5 millones de
pesos, más 342 mil pesos de gastos. «Por estas acciones de preservación
de la ZEEA, en 2018, la fuerza de seguridad
decomisó 327 toneladas de pescados y, la Subsecretaria de Pesca,
impulsó multas por unos 20 millones de pesos».
Sinceramente, para el lector desprevenido podría tratarse de una gran
acción de la Prefectura y la Subsecretaría para cuidar nuestros
intereses, pero deberíamos analizar en más detalle algunos datos:
Desde 1983 a 2018 la Prefectura detuvo un promedio dos buques pesqueros
extranjeros por año que pescaban en aguas argentinas. Ello parece
absolutamente insuficiente en atención a los entre 250 y 500 buques
extranjeros que pescan en el Atlántico Sudoccidental,
que nosotros consideramos ilegales -por las razones que veremos- ya sea
que pesquen dentro de la ZEEA o, fuera de ella.
Las multas colocadas en 2018 parecen muy por debajo de lo razonable para
desalentar futuras pescas ilegales. Solo al potero chino “626” que
escapó y, cuyo titular, finalmente abonó unos 8 millones de pesos,
seguramente le hubiese correspondido una multa de
10 millones de pesos, más un valor estimado por un potencial decomiso
de la bodega completa de 47 millones de pesos, es decir, bastante más de
lo que pagó. Otro tanto ocurre con el buque español, donde no se
especifica, si se le decomisó la captura, pero de
no ser así, se le hubieran regalado unos 27 millones de pesos, ya que
según el Art. 47º de la ley 24.922 se presume que todo lo pescado fue
dentro de la ZEEA.
Pero, para evaluar la gravedad de las sanciones, deberíamos tener en cuenta tres escenarios: a)
el primero, si el buque extranjero pesca sin licencia debería aplicarse el máximo de la pena según establece la ley; b)
el segundo, si el buque extranjero pesca con licencia
inglesa dentro de la zona de exclusión pesquera británica ilegal
alrededor de Malvinas (FOCZ), es decir dentro de la ZEEA, es una falta
grave y, debería aplicarse la máxima pena más alguna
accesoria. Ello es posible establecerlo ya que Prefectura y la
Subsecretaría de Pesca tiene la característica del buque licenciado y su
capacidad de bodega y, c)
el tercero, si con licencia británica pesca fuera de
esa Zona de Exclusión (FOCZ) en la ZEE bajo control de Argentina o
adyacente a ésta. Esto supone una falta gravísima, ya que el R.U. ocupa y
pesca en forma prepotente la zona de exclusión
pesquera alrededor de Malvinas (FOCZ) y accesoriamente va más allá,
cuando los barcos licenciados ilegalmente por el R.U. pescan en la ZEE
controlada por la Argentina o, los recursos migratorios o asociados de
ésta. Es decir, que a través de estos buques licenciados
el R.U. amplía la zona de invasión inglesa en el territorio marítimo
argentino. En este caso correspondería la aplicación de una multa y el
decomiso del buque y las materias primas capturadas.
Al buque chino “809” con 600 toneladas de calamar en bodegas no sabemos
que multa se le colocó, pero, en cualquier caso, entre multa y decomiso
debiera ser del orden de los 47 millones de pesos.
Por cierto, estos procesos de control de la bodega, decomisos y multas
deben garantizarse para evitar procesos de corrupción a la hora de pagar
más o menos y/o decomisar más o menos.
Que la Prefectura Naval Argentina solo haya capturado un promedio de dos
buques por año, podría atribuirse a incapacidad; falta de medios para
actuar en forma permanente los 365 días al año, en especial por la
particularidad de que el calamar se captura de
noche; o, a una decisión política del gobierno de hacer la vista gorda
cuando se trata de buques chinos, donde el gobierno es soja dependiente y
recibe diversas inversiones de ese Estado. Llama mucho la atención, la
inoperatividad argentina ante los buques
de España, el mayor usuario de las licencias británicas pesqueras
ilegales de Malvinas que, a su vez, es un beneficiario insignificante en
las aguas de Gran Bretaña.
A esta altura debemos observar, que la Subsecretaría de Pesca y la
Prefectura Nacional tienen un concepto erróneo, respecto a que tienen
que controlar las capturas de los buques extranjeros hasta la milla 200 y
no pueden hacerlo desde la milla 201, ya que,
conforme el art. 4º de la Ley 24.922 debieran hacerlo en toda la
extensión de nuestra plataforma continental argentina (350 millas) que
va más allá de las 200 millas de la ZEEA y, como también lo indica este
artículo, en su condición de estado ribereño, «podrá
adoptar medidas de conservación en el área adyacente a la ZEE sobre los
recursos transzonales y altamente migratorios, o que pertenezcan a una
misma población de especies asociadas a las de la ZEEA», situación
que la Argentina dejó claro al ratificar
la CONVEMAR (Art. 2º). Lo mismo aplica, para la protección de los
recursos que migran a la ZEEA que ocupa ilegalmente el R.U., donde la
Argentina, debería -al menos- aplicar el criterio de precaución y
accesoriamente aplicarles multas en función de las bodegas
disponibles de los buques que operan sin permiso argentino en esa área.
Un buque potero en una campaña captura unas 2.000 toneladas de calamar,
así, que a un promedio de 2.300 U$S/tn nos da unos 4,6 millones de
dólares, lo que demuestra las multas insignificantes en el caso que se
apliquen.
Un cálculo conservador nos indicaría que en forma anual la pesca
extranjera captura por un valor de 2.000 millones de dólares y eso
supera todas las exportaciones pesqueras anuales de Argentina, lo que
demuestra el daño gravísimo que esta pesca ilegal causa
a la actividad, que podría duplicar sus ingresos y triplicar el empleo
nacional.
Aunque es difícil medir el daño al ecosistema, es fácil entender que
este ocurre, porque hay un millón de toneladas/año que se pescan sin
control y, mientras Argentina establece la Captura Máxima Permisible
Anual en la ZEE, fuera de ella y sobre los recursos
migratorios y asociados no hay control. Ello, no solo es importante por
la pesca en sí, sino por cómo impacta biológicamente esa pesca en los
recursos que captura Argentina, ya que el ecosistema es uno,
indivisible. Por supuesto, no computamos aquí los descartes
en alta mar y los que se realizan en la ZEEA.
¿Quién instruye y le da los equipos necesarios a la Prefectura para
apresar a todos los buques extranjeros que pescan ilegalmente en la ZEEA
y adyacente y, a la Subsecretaría de Pesca para que aplique multas
ejemplares, que sostengan el control y, desalienten,
el robo de nuestro patrimonio nacional?
Dr. César Augusto Lerena
Experto en Atlántico Sur y Pesca, ex Secretario de Estado, ex Secretario
de Bienestar Social (Ctes) ex Profesor Universidad UNNE y FASTA, Asesor
en el Senado de la Nación, Doctor en Ciencias, Consultor, Escritor,
autor de 24 libros (entre ellos “Malvinas. Biografía
de Entrega”) y articulista de la especialidad.