martes, 11 de diciembre de 2012

EL PERIODISMO Y LA JUSTICIA


 
OPINIÓN

Las escuelas de periodismo tienen como norma fundamental enseñar tres principios básicos: decir la verdad, ser claros, ser instructivos. Tres principios que a primera vista se los puede ver como elementales y muy valiosos. Así tiene que ser. El periodismo está para eso, para decir la verdad, para decirla de tal manera que se la entienda y, de paso, para aportar datos que puedan ser útiles. Lo malo es la forma en que estas enseñanzas se aplican. Decir la verdad, la verdad objetiva, la verdad evidente, es, en la mayoría de los casos, una forma de engañar. Un ejemplo es el caso actual del periodista Jorge Lanata, quien con motivo de las elecciones en Venezuela tuvo inconvenientes en la entrada y especialmente al salir del país hermano. Después de saber el resultado de las elecciones y con materiales grabados  sobre supuestas irregularidades fue retenido – Aprehendido – como se dice en el código procesal de nuestra provincia para evitar la palabra arresto o detención. Pero todo esto no lo dice el periodismo sino que lo dice Lanata y  nosotros lo imaginamos. El periodismo se limita a decir la verdad, y todo lo demás corre por cuenta nuestra. Los argentinos tenemos la curiosa costumbre de  confiar en periodismo libre, al periodismo independiente, al periodismo que expresa sus propias opiniones-
El periodismo  debe decir la verdad. Perfectamente la verdad. La verdad objetiva.
El Estado no puede ni debe de manera alguna limitar ni obstaculizar esa independencia que es imprescindible para la vida en democracia. Menos aún tratar de presionar en forma inconcebible a la Justicia que es uno de los poderes del Estado.
Las sociedades tienen esencias que es necesario mantener para su vida, para su permanencia, para que siga siendo satisfactorio pertenecer a ellas. Características relacionadas con sus costumbres, con sus tradiciones y, sobre todo, con la moral.
A la pérdida y al falseamiento de estas conductas y libertades que se han visto como sanas, deseables, estimables, ejemplos a exponer para ser imitados, es a lo que en general llamamos corrupción.
Pero  lo que vivimos en sociedad esperamos que no se muera, que siga viviendo para bien de nuestros hijos, y que siga sana, robusta, vigorosa; es decir, con cambios que no sean muerte sino crecimiento, adelanto, cultivo, ascenso.
El Estado no tiene la función de constituirse en maestro de moral, aunque sí tiene la obligación de aplicar aquella recibida por la sociedad y reconocida por sus miembros esclarecidos  y además el Estado tiene la obligación de no patrocinar las corrupciones de la moral que aparecieran entre los funcionarios -sobre todo, los altos funcionarios- que se desempeñan en su administración.
Que algunas inmoralidades se verifiquen, se denuncien, y que el Estado dé vuelta la cara como diciendo “nada tengo que ver con esto” es, en la práctica, lo mismo que patrocinar, promover, apadrinar la inmoralidad, que queda expuesta ante la ciudadanía sin que nada la evite ni la corrija.
A las autoridades, para que hagan respetar el orden, se les concede el monopolio de la fuerza. Si ese monopolio no se ejerce entonces imperará el caos y tendremos que olvidarnos del Derecho.
La moderna doctrina, sin embargo, considera que el juez, en su función de hacer justicia, debe ser totalmente independiente, tanto externamente – de los políticos, gobernantes, legisladores y cualquier otro ente ajeno – como internamente, de los jerarcas judiciales cuando actúan en funciones administrativas. Esa independencia significará que el juez decidirá racionalmente el caso en su conocimiento con la aplicación de la norma jurídica y el espíritu que le da su sustento real, procurando hallar la recta solución, según su convicción, lo que resultará, además de legal, ante todo justo.
Con ello se concibe al juez como lo que es: un ser humano que, pese a su alta investidura, tiene su propio bagaje de ideas, valores, pensamientos, sentimientos, actitudes y aptitudes y una concepción del mundo, temporal y espacial.
Lo anterior sí es acorde con la dignidad del juez, con sus errores, defectos y prejuicios, pero también con la debida formación en la materia jurídica y afines, y con claros y firmes principios éticos y morales, intachables, que le hacen merecedor, ante el colectivo social, de absoluta confianza en sus sentencias.
 Se concibe al juez en su auténtica independencia, de modo que sus resoluciones sean realmente imparciales, consecuentes con un sistema democrático de derecho, de modo que no se le niegue su identidad, intimidad, raciocinio, inteligencia y perspectiva política del mundo en que actúa; en suma, su condición de ser racional, con lo que se logrará un juez activo y participante en lo que debe ser su primigenia función: ser sujeto productor del derecho, al integrarlo constantemente a la realidad circundante diaria.(Desiderátum de la función judicial)
 Ahí está, precisamente, el meollo de la cuestión: si el juez es verdaderamente independiente, externa e internamente, no tendrá que cubrirse con el falso ropaje de una imparcialidad malentendida y sus decisiones, sin duda, serán acordes con el régimen democrático, al que da sustento y mantenimiento en su indiscutible rol político y social. Será un juez libre y garante de una verdadera justicia.

DR. JORGE B. LOBO ARAGÓN