La eutanasia de recién nacidos en Holanda abre nueva fase en la lucha contra el aborto
Sin duda fue chocante e indignante la noticia sobre la planeada
legalización de la matanza de recién nacidos enfermos en Holanda. La
introducción de la eutanásia para neonatos está abriendo una fase
completamente nueva en la lucha por el derecho a la vida.
A partir de ahora, será posible matar a recién nacidos, evidentemente sin su consentimiento.
La
matanza de los neonatos no es una invención de los tiempos modernos. Ya
era practicada entre los pueblos paganos. Solamente con el advenimiento
del Cristianismo hubo un cambio de conciencia y que hizo cesar esta
práctica tan inhumana, injusta y cruel.
Así, la introducción legal de la eutanasia para recién nacidos
muestra no sólo la decreciente influencia que el cristianismo ejerce en
nuestros días, sino también hacia dónde se dirige nuestra sociedad
debido al desaparecimiento de la influencia cristiana. En su decadencia,
ella está volviendo a la barbarie y al paganismo.
Esta noticia, por más espantosa que sea, no surgió de modo
inesperado. Como ya fue ampliamente descrito, el diagnóstico prenatal
(DPN) ‒es decir, la investigación médica del feto en el útero materno‒
calcula la posibilidad de que ocurran enfermedades genéticas u otras
cualesquiera en el nascituro.
En la práctica, se trata de verificar principalmente si existe en el
feto la trisonomia 13, 18 o 21 (síndrome de Down o mongolismo), es
decir, las derivaciones genéticas más frecuentes. Cerca del 90% de los
niños con síndrome de Down son abortados después de tales controles
médicos.
Como regla general, el crimen del aborto es la perspectiva más
inminente en un diagnóstico prenatal, una vez que sólo en en cada vez
menos casos es posible hacer operaciones o emplear terapias efectivas.
Así, el objetivo del diagnóstico prenatal y de los tests genéticos es
claramente la selección de los niños con defectos físicos.
Del aborto a la eutanasia de recién nacidos
En Alemania, cuando se revisó el párrafo 218 del Código Penal ‒que
trataba de la pena aplicable a una mujer que practica el aborto‒ a
comienzo de los años 90, bajo el nombre de “indicación embriopática”,
fue introducida en la legislación la “indicación eugenésica” a respecto
del aborto (§ 218 del Código Penal), que desembocó posteriormente en la
indicación “medicinal” ampliada. Esa indicación médica permite abortos
hasta poco antes del nacimiento, en caso de que haya peligro para la
salud de la madre. Sin embargo, esto es mera teoría.
En la práctica, el simple riesgo que nazca un niño seriamente
defectuoso (los tests genéticos y el diagnóstico prenatal no dan una
certeza del 100%) es considerado como un peso psíquico de tal manera
grande para la madre, que no se puede impedir que ella aborte. Este, a
su vez, es el presupuesto legal que alimenta el gran desarrollo del
diagnóstico prenatal y de los tests genéticos. La medicina prenatal es
hoy un segmento económico en fuerte crecimiento. ¡A este punto hemos
llegado!
¿Será este el camino ‒comentamos nosotros‒ que se iniciará en Chile con la pretendida legalización del aborto “terapéutico”?
Mathias von Gersdorff
