viernes, 22 de enero de 2016

Holdouts: Cláusula Rufo y año 2015

Hemos resuelto insertar al blog, una serie de largas y veraces exposiciones que sobre ECONOMIA realizara el experimentado en la materia y nacionalista Contador HECTOR GIULIANO. Son ellas merecedoras con toda certeza conociendo sus previsiones efectuadas anteriormente en el tema. Las del año 2015 las colgaremos en su totalidad. Continuaremos  con las que han sido y serán realizadas en el futuro. Es nuestro objetivo se conozcan las intenciones destructoras "EXTERNAS" y las "TRAICIONES INTERNAS" de nuestro ambiente conductor transformadas en pruebas evidente de la situación de pobreza y decadencia permanente de uno de los países mas ricos del mundo. 















Holdouts: Cláusula Rufo y año 2015

6/1/2015
El nuevo año se abre con una peculiar expectativa de arreglo de la cuestión de los Holdouts (los bonistas que no entraron en el Megacanje Kirchner-Lavagna de 2005-2010) en el marco de la Crisis de Deuda Pública que arrastra la Argentina.
Habiendo logrado diferir el cumplimiento del fallo Griesa hasta el fin del 2014 – con la aquiescencia de los principales actores del sistema financiero pero con una “soga corta” que le restringe su libertad de movimientos – el gobierno CFK encararía ahora las negociaciones del caso para fijar las condiciones de pago de la sentencia judicial, una sentencia que perdió en todas las instancias legales de los tribunales norteamericanos cuya competencia reconoció.  


El establishment le está recordando a la presidenta que con el supuesto vencimiento de la cláusula RUFO se le habrían acabado las “excusas” al gobierno para no pagar lo que manda el juez Griesa y que los tiempos urgen para dejar acordada la forma de pago a los acreedores siguiendo la modalidad de firma por esta administración de obligaciones que tienen que pagar las venideras.
LAS CLÁUSULAS DEL MEGACANJE KIRCHNER-LAVAGNA.
Las graves complicaciones para el Estado Argentino del entramado jurídico y financiero del Megacanje 2005-2010 no provienen sólo de cláusulas pre-existentes sino de agregados particularmente concesivos aceptados por la administración Kirchner a través de dicho acuerdo:
  1. Prórroga de Jurisdicción ante Tribunales Extranjeros.
  2. Renuncia a oponer la inmunidad soberana.
  3. Exenciones impositivas – presentes y futuras – a los acreedores, sin retenciones de ningún tipo sobre pagos de Capital e Intereses.
  4. Paridad de trato a los Acreedores – Pari Passu – en la emisión de los nuevos bonos.
  5. Cláusula del Acreedor más Favorecido, consistente en extender a todos los acreedores cualquier mejora concedida a uno de ellos.
  6. Compromiso de no hacer – Negative Pledge – consistente en el compromiso de no gravar activos del Estado a favor de otros acreedores (como el caso de prendas o hipotecas) como garantía de disponibilidad de bienes para el caso de embargos contra el país.
  7. Cláusula Cross Default o incumplimiento cruzado, según la cual la falta de cumplimiento de uno sólo de los servicios (Capital y/o Intereses) implica automáticamente la mora y posibilidad de reclamo de todos los acreedores, disparando la aceleración o exigencia anticipada de las obligaciones.
  8. Cláusula de Acción Colectiva (CAC) o incorporación de la regla según la cual ante cualquier problema futuro con los nuevos bonos emitidos rige el criterio que lo decidido por la mayoría obliga también a la minoría de los tenedores.
Toda esta batería de cláusulas implica que la Argentina ha quedada “atada de pies y manos” en materia legal frente a cualquier forma de incumplimiento de los nuevos bonos.
Parte de este tipo de condiciones ya habían sido aceptadas en casos precedentes del país – especialmente desde el Plan Brady 1992/93 – pero otras fueron cláusulas nuevas incorporadas por la actual administración.
Mas independientemente de sus antecedentes, la realidad es que esto lo hizo el gobierno de Néstor Kirchner en el 2005, con la responsabilidad técnica del Ministro de Economía Roberto Lavagna y su Secretario de Finanzas Guillermo Nielsen; y que lo ratificó su esposa, Cristina Fernández, con la reapertura del canje en el 2010, bajo la responsabilidad técnica del Ministro Amado Boudou y el Secretario Hernán Lorenzino.
EL FRACASO DEL MEGACANJE KIRCHNER.
La actual nueva Crisis de Deuda que vive la Argentina – crisis por Insolvencia, debido a que el país no tiene capacidad de repago y crisis por Iliquidez, porque no tiene las divisas necesarias para atender los servicios de Capital e Intereses – está directamente relacionada con el fracaso del Megacanje Kirchner-Lavagna.
Un plan de refinanciación de deuda fracasa cuando – después de haber sido “vendido” a la opinión pública como un “éxito de negociación” – resulta que en la práctica no puede pagarse si no es cancelando vencimientos con nuevas deudas y contrayendo deuda adicional, que es lo que la administración Kirchner ha venido haciendo en su “década ganada”.
El gobierno Kirchner ha estado falseando abiertamente los resultados de su Megacanje con el engaño del “des-endeudamiento” público y con la misma regla seguida por todos los gobiernos que lo precedieron – desde el Proceso Militar hasta la fecha – en materia de reestructuraciones de Deuda.
Los Acuerdos de Nueva York 1985-1987 bajo la administración Alfonsín (con el equipo económico Sourrouille-Brodersohn-Marx), el Plan Brady 1992-1993 bajo la administración Menem (con el equipo Cavallo-Marx) y el Megacanje 2001 bajo la administración De la Rúa (también con el tándem Cavallo-Marx) fueron todos presentados en su momento como grandes éxitos de negociación pero terminaron en fracasos y en sendas crisis de Deuda, que llevaron incluso a la caída dos de esos gobiernos: crisis de los años 1989 (Hiper-Inflación y crisis de Balanza de Pagos), 1995 (Efecto Tequila) y 2001 (fin de la Convertibilidad, que había sido sostenida con Deuda Externa).
De la misma manera que los anteriores, tampoco el Megacanje Kirchner-Lavagna pudo ser atendido con recursos genuinos y el gobierno debió apelar desde entonces a recursos extraordinarios y no propios del Estado: uso de las reservas internacionales del Banco Central (BCRA) para el pago de Deuda Externa a Organismos Financieros Internacionales – empezando por el FMI – y Acreedores Privados, estatización de las AFJP para usar los recursos previsionales de la ANSES en forma masiva transfiriéndole la carga de la Deuda a los Jubilados y desvío de los recursos crediticios del Banco Nación (BNA) y de una pluralidad de organismos oficiales con el mismo objetivo.
Habiendo agotado así prácticamente la capacidad de traspaso de sus obligaciones externas a Deuda intra-Estado (hoy casi un 60 % de la Deuda Total) y habiendo asumido a la vez un stock igualmente creciente de Deuda Pública por toma de nueva deuda a un promedio mayor a los 10.000 Millones de Dólares (MD) por año, la administración Kirchner terminó en el mismo tipo de crisis que todos los gobiernos precedentes: Crisis de Deuda por incapacidad de Pago y paliativo de re-endeudamiento permanente.
LA VALIDEZ DE LA CLÁUSULA RUFO.
Todo el mundo viene diciendo que concluido el año 2014 se produce la caducidad de la cláusula RUFO y por ende el gobierno quedaría liberado de la obligación de extender los beneficios de mayor pago a los holdouts también a los bonistas del Megacanje.
En esto coinciden las interpretaciones del gobierno, la oposición política, los medios de prensa y todo un coro de economistas del establishment, deseosos que el país acelere su retorno al Mercado Internacional de Capitales en función de la Hoja de Ruta Boudou, cuyo cumplimiento está en curso.
Pero todas estas voces parecen desconocer los términos reales de la grave situación que enfrenta hoy la Argentina y que ha puesto en advertencia un trabajo – ya citado por nosotros más de una vez – de Javier Llorens: “La Argentina Zombi III: Un perro llamado RUFO o el perro de la RUFO, para disimular la RUFO FOR EVER que acecha a la Argentina” (Agosto 2014).
Básicamente, lo que sostiene Llorens es lo siguiente:
  1. Que la Cláusula RUFO – Derecho a futuras Ofertas – contenida en el prospecto de emisión de los bonos del Megacanje Kirchner-Lavagna permitía al país efectuar nuevas ofertas de canje o llegar a acuerdos privados con los holdouts, sin tener que aplicar la Cláusula MFC (Acreedor más favorecido).
  2. Que el problema lo generó el gobierno K con el dictado de las Leyes cerrojo y conexas – Ley original 26.017, Ley 26.547 de reapertura del Canje, Ley derogatoria 26.886 y leyes anuales de Presupuesto – que establecieron la prohibición de mejorar las condiciones de canje a los holdouts en relación a las acordadas con los bonistas.
  3. Que, como consecuencia de haber suspendido y anulado el gobierno Kirchner – por las leyes citadas – la alternativa de las cláusulas RUFO/MFC al prohibir mejoras y acuerdos futuros, la RUFO no habría vencido en Diciembre sino permanecería en vigencia, lo que expone al Estado a tener que extender a los Holdin (los bonistas del canje) cualquier oferta más favorable que obtengan los Holdouts (los que no entraron).  
El tema es sumamente complicado y las interpretaciones al respecto pueden ser discutibles pero seguramente no le evitarán al Estado Argentino nuevos dolores de cabeza por reclamos de acreedores.
No va a faltar algún bonista díscolo que pueda intentar un reclamo de este tipo pese a que el gobierno confía en estar liberado de la cláusula RUFO por vencimiento a fin del 2014 cuando ello no estaría asegurado.
Más aún, cualquier bonista del canje pudiera accionar contra el Estado Argentino por mala fe en el cumplimiento de los compromisos pactados y, particularmente, por la intención evidente de dilatar cualquier acuerdo de pago con los Fondos Buitre (FB) a partir del 2015, especulando con burlar el cumplimiento de la RUFO.
Es obvio que el país puede sufrir un reclamo por este motivo dado que si el gobierno no se creyese obligado por las cláusulas RUFO-MFC no hubiera asumido este comportamiento dilatorio, apelando a toda una serie de cuestiones de procedimiento para burlar la aplicación de la RUFO, aunque sin poder escapar a la orden del juez Griesa de pago a los holdouts a valor nominal.
El gobierno Kirchner lógicamente no va a reconocerlo – nunca admite sus errores sino que, por el contrario, trata de disfrazarlos en forma bastante burda (Inflación, Crecimiento, Salarios Reales, Pobreza/Indigencia, Deuda Pública) – pero la verdad es que esto es producto no sólo de la estructura de arrastre del problema de la Deuda sino además, y muy especialmente, de sus propios errores en la forma de negociación de la misma y en la estrategia legal seguida frente a los acreedores, fundamentalmente: no cuestionando la legitimidad de los bonos, aceptando la condición de los FB como tenedores y reconociendo el valor nominal de los títulos en lugar del valor de compra.
Por ello, frente a la encerrona financiera y legal, un gobierno nacional que quisiera replantear las reglas de juego debería hacer hoy tres cosas básicas:
  1. Blanquear el Default de la Deuda Pública suspendiendo el pago de sus Servicios.
  2. Abrir una Auditoría integral de la Deuda, esto es, investigarla para determinar su grado de legitimidad.
  3. Una vez determinada la Deuda Legítima y la Capacidad real de pago del Estado, proceder a una reestructuración forzosa y no voluntaria de toda la Deuda.
Es probablemente la última oportunidad que tendría esta administración si quisiera intentar la confrontación necesaria para no seguir hundiendo al Estado en esta nueva ola de endeudamiento perpetuo, en lugar de seguir siendo fautor de tal endeudamiento.
Caso contrario, el país marcha hacia un nuevo allanamiento a las exigencias de pago de todos los holdouts (con los FB a la cabeza), hacia una muy probable derogación de las leyes cerrojo y conexas (incluyendo la Ley 26.984, que establece la creación de una comisión investigadora de la legitimidad de la Deuda y que el gobierno incumple en constituirla) y con ello hacia el objetivo buscado del Megacanje Kirchner-Lavagna y la Hoja de Ruta Boudou, que es volver al Mercado Externo de Capitales, precisamente para tomar más Deuda.
Lic. Héctor L. GIULIANO
Buenos Aires, 2.1.2015.