De la justicia al juicio político
Juicio político se llama en Argentina. Pero hay
palabras que saben más en su idioma original que en su traducción
literaria.
Impeachment es bochorno, vergüenza. En la costumbre anglosajona o angloamericana la vergüenza del ilícito es mayor cuando es cometido por funcionarios responsables de castigarlos. O peor aún, cuando el fraude se convierte por medio de LA MENTIRA.
Hoy esa figura ha perdido vigencia, impuesta en la edad media; hoy el rey es una figura decorativa donde solo hace acto de presencia en determinadas ceremonias y los funcionarios que cumplen las tareas de administrar el Estado -se entiende en países "civilizados"-, el criterio de la denuncia ha perdido vigencia y espontaneidad ; los entes reguladores actúan controlando eficacia y honestidad. No sucede lo mismo en Argentina.
Nuestro sistema de enjuiciamiento se basa en el sistema Romano, claramente diferente del Anglosajón o Angloamericano. Veamos...
*En la mayoría de los países occidentales europeos, de América Latina y parte de Asia, han seguido las estructuras del derecho Romano, la fuente definitiva del derecho es esencialmente la ley positiva ; en el sistema Anglosajón, denominado Common Law, creado por Gran bretaña y adoptado por los EUA y todas las comunidades ligadas por adopción o colonias; si bien también interviene el poder legislativo (depende del país), el principio de derecho que tiene como origen la costumbre, elaborados por los jueces en sus decisiones y que terminan en jurisprudencia, han sido siempre el elemento preponderante.
*La legislación anglosajona, generalmente, es sólo declarativa, en forma ordenada y textual, de las normas jurídicas previamente establecidas por los precedentes judiciales, y de que los preceptos de la ley promulgados por los legisladores deben ser interpretados, todos y cada uno, por los tribunales, para que así su significado y alcance quede definido en la práctica y se conozca su verdadero sentido jurídico.
*Las normativas de origen romano, en donde la fuente formal del derecho, es principalmente, la ley, las normas jurídicas están escritas en códigos o legislación de fácil consulta y manejo; generalmente su interpretación se expone de un modo llano y preciso, en los tratados y obras de derecho, por los jurisconsultos, cuya opinión tiene una autoridad preponderante, y aun cuando en la jurisprudencia elaborada por los jueces también se establecen principios jurídicos que integran al derecho, poco uso se hace de ellas en los países de leyes codificadas.
*Contrariamente, el derecho en Inglaterra y en Estados Unidos sigue siendo consuetudinario, pues está formado por el Common Law, en el cual predomina la jurisprudencia, como elemento formal. La ley positiva ocupa un segundo lugar , no en jerarquía pero si en el uso práctico, y la doctrina, el último.
El magistrado, en La Argentina, obra interpretando las leyes de manera muy diversa y particular. Tanto que un mismo delito puede ser juzgado diametralmente opuesto según el juez interviniente. Tanto es asi que se puede arribar, conforme al entender del juez, de una condena mayor a unos pocos años de prisión, tan solo por capricho, dolo o garantimos absoluto
Analicemos entonces la posibilidad de un juicio político ante la posibilidad de un revés legislativo que, si bien no dará números para ello, -las elecciones de Octubre no lo harían, a pesar de una posible derrota- dejarían las puertas abiertas para el futuro.
Detallamos los antecedentes mas rigurosos y mejor documentados :
I -Utilización de la AFIP con un criterio persecutorio contra disidentes y opositores.
II -Creación de una relación irregular con Venezuela (embajada paralela)- Financiación ilegal de la campaña mediante las valijas de la causa denominada "Antonini Wilson".
III -Ser responsable de la falsificación de las estadísticas públicas a través del INDEC y de la intimidación y persecución de empleados y funcionarios de planta para llevarla a cabo.
IV -Creación del programa Fútbol para Todos, con el agravante de que se utiliza como método de propaganda de la facción oficial, con independencia de la posible comisión del delito de malversación de fondos públicos.
V -Crecimiento injustificado de patrimonios, con independencia de la causa judicial incoherente y cerrada de manera prematura y contraria a derecho, lo que solo es una muestra de la relación política con sectores de la justicia.
VI-Favores a una oligarquía de empresarios, socios y testaferros, que son favorecidos en todos los grandes negocios del Estado, a veces por contrataciones directas o permitiéndoles estar fuera de la ley mientras se persigue a sus adversarios, o mediante la extorsión a los accionistas para que abandonen sus tenencias en favor de determinados individuos o sociedades
VII-Creación de un Cepo Cambiario afectando los derechos de propiedad y la libertad ambulatoria de hecho de todos los argentinos, según marca la Constitución.
VIII-Desvío de fondos en favor de entidades como Madres de Plaza de Mayo originando una gigantesca malversación y enriquecimiento de sus agentes, omitiendo toda investigación que comprometa a sus funcionarios y a las personas aliadas políticas de su facción.
IX -Protección del gobierno al vicepresidente en el caso “Ciccone”, interviniendo en el cambio de procurador general, del juez y del fiscal del caso. Omitir investigaciones administrativas y haber continuado con la contratación de la empresa involucrada pese a la investigación en curso y sin que se sepa quiénes son los verdaderos dueños de la empresa.
X -Compra de voluntades y negación de recursos a las provincias y municipios con un criterio partidario afectando de manera grave el sistema federal argentino y perjudicando a sus moradores.
XI -Negligencia en el cuidado de los bienes públicos. Administración fraudulenta de empresas asociadas al estado u otras que deberían ser controladas por este.(AA - YPF -Repsol- Canal 7)
XII-Atacar al Poder Judicial intentando su colonización con la formación de una corriente partidaria de jueces y fiscales que la apoyan y la promoción de reformas para ahogar su independencia y provocar la destrucción del sistema constitucional.
Ninguna misión es imposible y menos cuando los intereses de la Nación están en peligro. Solo la unidad en la transparencia, la humildad en el debate y la franqueza en la controversia, nos llevará a navegar sin tempestades imprevistas.
Lorena Udaeta Siles
*Órgano de consulta, La Enciclopedia Británica.
Impeachment es bochorno, vergüenza. En la costumbre anglosajona o angloamericana la vergüenza del ilícito es mayor cuando es cometido por funcionarios responsables de castigarlos. O peor aún, cuando el fraude se convierte por medio de LA MENTIRA.
Hoy esa figura ha perdido vigencia, impuesta en la edad media; hoy el rey es una figura decorativa donde solo hace acto de presencia en determinadas ceremonias y los funcionarios que cumplen las tareas de administrar el Estado -se entiende en países "civilizados"-, el criterio de la denuncia ha perdido vigencia y espontaneidad ; los entes reguladores actúan controlando eficacia y honestidad. No sucede lo mismo en Argentina.
Nuestro sistema de enjuiciamiento se basa en el sistema Romano, claramente diferente del Anglosajón o Angloamericano. Veamos...
*En la mayoría de los países occidentales europeos, de América Latina y parte de Asia, han seguido las estructuras del derecho Romano, la fuente definitiva del derecho es esencialmente la ley positiva ; en el sistema Anglosajón, denominado Common Law, creado por Gran bretaña y adoptado por los EUA y todas las comunidades ligadas por adopción o colonias; si bien también interviene el poder legislativo (depende del país), el principio de derecho que tiene como origen la costumbre, elaborados por los jueces en sus decisiones y que terminan en jurisprudencia, han sido siempre el elemento preponderante.
*La legislación anglosajona, generalmente, es sólo declarativa, en forma ordenada y textual, de las normas jurídicas previamente establecidas por los precedentes judiciales, y de que los preceptos de la ley promulgados por los legisladores deben ser interpretados, todos y cada uno, por los tribunales, para que así su significado y alcance quede definido en la práctica y se conozca su verdadero sentido jurídico.
*Las normativas de origen romano, en donde la fuente formal del derecho, es principalmente, la ley, las normas jurídicas están escritas en códigos o legislación de fácil consulta y manejo; generalmente su interpretación se expone de un modo llano y preciso, en los tratados y obras de derecho, por los jurisconsultos, cuya opinión tiene una autoridad preponderante, y aun cuando en la jurisprudencia elaborada por los jueces también se establecen principios jurídicos que integran al derecho, poco uso se hace de ellas en los países de leyes codificadas.
*Contrariamente, el derecho en Inglaterra y en Estados Unidos sigue siendo consuetudinario, pues está formado por el Common Law, en el cual predomina la jurisprudencia, como elemento formal. La ley positiva ocupa un segundo lugar , no en jerarquía pero si en el uso práctico, y la doctrina, el último.
El magistrado, en La Argentina, obra interpretando las leyes de manera muy diversa y particular. Tanto que un mismo delito puede ser juzgado diametralmente opuesto según el juez interviniente. Tanto es asi que se puede arribar, conforme al entender del juez, de una condena mayor a unos pocos años de prisión, tan solo por capricho, dolo o garantimos absoluto
Analicemos entonces la posibilidad de un juicio político ante la posibilidad de un revés legislativo que, si bien no dará números para ello, -las elecciones de Octubre no lo harían, a pesar de una posible derrota- dejarían las puertas abiertas para el futuro.
Detallamos los antecedentes mas rigurosos y mejor documentados :
I -Utilización de la AFIP con un criterio persecutorio contra disidentes y opositores.
II -Creación de una relación irregular con Venezuela (embajada paralela)- Financiación ilegal de la campaña mediante las valijas de la causa denominada "Antonini Wilson".
III -Ser responsable de la falsificación de las estadísticas públicas a través del INDEC y de la intimidación y persecución de empleados y funcionarios de planta para llevarla a cabo.
IV -Creación del programa Fútbol para Todos, con el agravante de que se utiliza como método de propaganda de la facción oficial, con independencia de la posible comisión del delito de malversación de fondos públicos.
V -Crecimiento injustificado de patrimonios, con independencia de la causa judicial incoherente y cerrada de manera prematura y contraria a derecho, lo que solo es una muestra de la relación política con sectores de la justicia.
VI-Favores a una oligarquía de empresarios, socios y testaferros, que son favorecidos en todos los grandes negocios del Estado, a veces por contrataciones directas o permitiéndoles estar fuera de la ley mientras se persigue a sus adversarios, o mediante la extorsión a los accionistas para que abandonen sus tenencias en favor de determinados individuos o sociedades
VII-Creación de un Cepo Cambiario afectando los derechos de propiedad y la libertad ambulatoria de hecho de todos los argentinos, según marca la Constitución.
VIII-Desvío de fondos en favor de entidades como Madres de Plaza de Mayo originando una gigantesca malversación y enriquecimiento de sus agentes, omitiendo toda investigación que comprometa a sus funcionarios y a las personas aliadas políticas de su facción.
IX -Protección del gobierno al vicepresidente en el caso “Ciccone”, interviniendo en el cambio de procurador general, del juez y del fiscal del caso. Omitir investigaciones administrativas y haber continuado con la contratación de la empresa involucrada pese a la investigación en curso y sin que se sepa quiénes son los verdaderos dueños de la empresa.
X -Compra de voluntades y negación de recursos a las provincias y municipios con un criterio partidario afectando de manera grave el sistema federal argentino y perjudicando a sus moradores.
XI -Negligencia en el cuidado de los bienes públicos. Administración fraudulenta de empresas asociadas al estado u otras que deberían ser controladas por este.(AA - YPF -Repsol- Canal 7)
XII-Atacar al Poder Judicial intentando su colonización con la formación de una corriente partidaria de jueces y fiscales que la apoyan y la promoción de reformas para ahogar su independencia y provocar la destrucción del sistema constitucional.
Ninguna misión es imposible y menos cuando los intereses de la Nación están en peligro. Solo la unidad en la transparencia, la humildad en el debate y la franqueza en la controversia, nos llevará a navegar sin tempestades imprevistas.
Lorena Udaeta Siles
*Órgano de consulta, La Enciclopedia Británica.