PSICOLOGÍA EMPÍRICA. El entendimiento por comparación a los sentidos, o superioridad del entendimiento respecto de la sensibilidad. 10/13
El
problema relativo a la distinción y diferencia entre el entendimiento y
las facultades sensibles es, sin duda, uno de los más trascendentales de
toda la filosofía. El sensualismo, el materialismo, la inmortalidad del
alma, la vida futura, la libertad humana y consiguientemente todos los
problemas fundamentales de la moral y de la religión, se hallan en
relación más o menos inmediata y directa con este problema psicológico.
Lo que
dejamos consignado en el artículo anterior, y principalmente la doctrina
expuesta en el párrafo primero, se más que suficiente para reconocer la
superioridad y distancia casi infinita que existe entre el
entendimiento y los sentidos, así externos como internos, y que entre la
sensibilidad y la inteligencia existe una distinción absoluta,
primitiva y esencial. [299] Sin embargo, la importancia capital de este
problema exige mayor desenvolvimiento, con cuyo objeto estableceremos la
siguiente tesis, que resume la solución propia de la filosofía
cristiana.
Tesis El entendimiento y la sensibilidad del hombre convienen o se asemejan en algo; pero son facultades o potencias absolutamente diferentes y esencialmente distintas.
Para la inteligencia de la primera parte de la tesis, conviene tener presente, que en el orden cognoscitivo, si es lícito hablar así, hay ciertos términos que son aplicables indiferentemente a los sentidos y al entendimiento, como son percibir, conocer; pues así como decimos que el alma percibe o conoce por medio del entendimiento estos o aquellos objetos, así también podemos decir que percibe o conoce los
cuerpos, o sus accidentes y modificaciones por medio de los sentidos.
Por el contrario, hay otros nombres pertenecientes a este orden
cognoscitivo que son peculiares y propios, o del orden sensible, o del
orden intelectual: ver, oír, sentir, imaginar, &c., significan funciones cognoscitivas que pertenecen exclusivamente a las facultades sensibles: juzgar, raciocinar, reflexionar, pensar, &c., expresan funciones cognoscitivas propias del orden intelectual.
Esto
supuesto, es fácil reconocer que entre el entendimiento y los sentidos
hay cierta analogía y como una especie de semejanza y afinidad bajo
algunos puntos de vista. Por ejemplo:
a) El
entendimiento y la sensibilidad convienen en que son facultades o
fuerzas dadas al alma, para conocer por medio de ellas ciertos y
determinados objetos.
b) Como consecuencia de esto, convienen también en las funciones comunes o generales que apellidamos percibir, conocer, por más que las percepciones y conocimientos pertenecientes al entendimiento sean muy diferentes de las percepciones sensibles.
c) Tanto
en el entendimiento como en la sensibilidad, [300] primero es poder
obrar que obrar actualmente, y existen originariamente en el alma como
facultades, ó in actu primo, como decían los Escolásticos, antes
de funcionar o de reducirse al acto segundo. Y esto tiene lugar, no solo
consideradas originariamente o antes de su primer acto, sino aun
después, pues no siempre entendemos, ni siempre vemos o imaginamos.
d) El
entendimiento y los sentidos convienen también en que no pueden percibir
ni conocer sus objetos, sino a condición de que éstos se hallen unidos
de una manera u otra con la respectiva facultad cognoscente.
Demostremos ahora la segunda y principal parte de la tesis.
1º La
distinción y diferencias entre las facultades se funda y se reconoce por
la distinción y diferencias de sus actos y objetos propios: porque
procediendo el acto de la potencia o facultad operativa como de su causa
inmediata, claro es que la naturaleza del primero debe estar en
relación con la naturaleza de la segunda, a no ser que queramos decir
que no existe relación necesaria, ni proporción alguna entre el efecto y
su causa propia e inmediata. Añádase a esto: 1º que nosotros no tenemos
otro medio racional para distinguir y clasificar las facultades
operativas del hombre, sino los actos y los objetos; así es que cuando
afirmamos que la imaginación, por ejemplo, es una facultad distinta
realmente de la voluntad, lo afirmamos porque los actos y el objeto
propio de la primera, son distintos de los actos y objeto de la segunda:
2º que la operación actual o ejercicio de una facultad, no es otra cosa
en realidad sino la misma facultad puesta en acto, o como decían muy
bien los Escolásticos, la actualidad de la potencia; como si
dijéramos, un desenvolvimiento o movimiento actual, una difusión de la
potencia. Es así que el acto y el objeto del entendimiento son
esencialmente distintos y diferentes de los que a los sentidos
corresponden: luego son facultades completa y esencialmente diferentes.
Prueba.
la men. Por parte del acto: 1º Las funciones u operaciones de los
sentidos dependen de órganos determinados, [301] sin los cuales no
pueden realizarse: las del entendimiento puro no es ejercen mediante
órgano alguno determinado, y lo que es más, son independientes, en sí
mismas, no solo de órgano particular, sino de todo el cuerpo, toda vez
que el alma separada del cuerpo ejerce dichas funciones, sin las cuales
ni concebirse puede la inmortalidad del alma o su vida intelectual
después de la muerte del hombre.
2º La
experiencia y la razón demuestran que la sensación presupone
necesariamente la impresión orgánica por parte del objeto: el
entendimiento funciona acerca de objetos que no producen ninguna
impresión orgánica, como son los seres espirituales o inmateriales.
3º Los
sentidos no perciben sus propios actos, ni pueden reflejar sobre estos
actos y sobre sus principios y condiciones subjetivas: el entendimiento
no solo percibe por reflexión sus actos, sino los principios y
condiciones subjetivas de los mismos, como las facultades, las ideas, la
abstracción, la universalidad, &c. Más todavía: el acto reflejo es
un realidad una intuición inmediata del acto directo, lo cual,
además de excluir toda impresión orgánica y todo órgano, separa al
entendimiento de la sensibilidad por una distancia casi infinita.
Existen, pues, diferencias absolutas, primitivas y esenciales entre los
actos propios de la sensibilidad y los actos propios del entendimiento, o
sea entre la sensación y la intelección.
Por parte
del objeto. 1º El objeto de los sentidos así externos como internos, se
halla circunscrito y limitado al orden material, sin que jamás les sea
dado percibir objetos inmateriales o espirituales: el objeto del
entendimiento se extiende, por el contrario, a toda clase de seres, ya
sean materiales o espirituales, extensos o inextensos, finitos o
infinitos.
2º El
conocimiento sensible no se extiende nunca a la esencia misma de las
cosas, y no puede pasar de ciertos accidentes, o de las cualidades, y
modificaciones externas de los cuerpos: el entendimiento, aun en los
mismos cuerpos que son objeto de los sentidos, percibe y conoce muchas
cosas a que no alcanzan aquéllos, y en ocasiones conoce la esencia de su
objeto. [302]
3º Todo
objeto de la sensibilidad se halla sujeto constantemente a la condición
de la singularidad: el objeto del entendimiento reviste, por el
contrario, la forma de universalidad, y esto en diferentes grados y
modos hasta llegar a la idea o noción universalísima de ser. Es, pues,
indudable que las condiciones de objetividad inherentes a la
sensibilidad y al entendimiento establecen y demuestran hasta la
evidencia una distinción esencial, absoluta y primitiva entre estas dos
facultades.
Corolarios.
1º Lo que
constituye el carácter distintivo y como la diferencia fundamental que
separa absolutamente las facultades sensibles y las del orden
intelectual, es la dependencia y sujeción de las primeras a órganos
corpóreos determinados; sin cuya cooperación actual no pueden funcionar.
Por eso es, sin duda, que santo Tomás para indicar la diferencia
fundamental entre las facultades sensibles y las puramente
intelectuales, que son el entendimiento y la voluntad, dice que éstas
últimas non utuntur organo corporeo, pero sí las sensibles. Bajo
este punto de vista, la diferencia entre las facultades sensibles y las
intelectuales, puede resumirse diciendo que las primeras son orgánicas, y las segundas inorgánicas.
2º La sensación puede denominarse corpórea y material, no
en cuanto es percepción sensible de alguna cosa, ni tampoco en cuanto
se concibe como una operación vital que sale del alma, sino en cuanto
que incluye y presupone una impresión orgánica, o mejor, en cuanto que
tomada la sensación adecuadamente, no se realiza sin algún movimiento e
influjo real del órgano. En este sentido debieron hablar los
Escolásticos cuando afirmaban que las facultades y funciones sensibles
son materiales. [303]