domingo, 23 de junio de 2019

"OTROSÍ" Nro. 36 - junio 2002 - "Nada se perdona", "Esta insoportable justicia", "Quienes son o no son terroristas" y "La vergüenza de ser juez".

Significado de la palabra:


OTROSÍ. (Del lat. alterum, otro, y sic, así.) adv. c. Demás de esto, además. Ú. por lo común en lenguaje forense. Il m. Der. Cada una de las peticiones que se ponen después de la principal.





"OTROSÍ" Nro. 36 – junio del 2002

"Nada se perdona",
"Esta insoportable justicia",
"Quienes son o no son terroristas" y
"La vergüenza de ser juez".

A la buena de Lita de Lázari – mujer meritoria si las hay, de ésas que hacen el bien modesto y concreto, con preocupación cierta de las necesidades contantes y sonantes de sus semejantes, sin ningún declamacionismo ni vedetismo más o menos rentable- le costó caro una afirmación obvia y evidente: que la cifra de 30.000 desaparecidos es harto exagerada y falsa.
Con esa declaración - por lo demás una verdad conocida por la sociedad y reconocida por los propios jueces, muchos de ellos comprometidos con los pseudos defensores de los pseudos derechos humanos - la señora de Lázari rompió el discurso único que la izquierda y la paraizquierda viene articulando desde su vuelta. Fue como gritar "¡el rey está desnudo!" en medio de una larguísima, inextinguible ceremonia - que ya lleva casi 20 años - en la que a nadie le convenía que nadie denunciara la impostura.


Todos más o menos estaban conformes con la farsa ¿quién podía demostrar lo contrario, quien podía contar los caídos en una guerra que, por su naturaleza, tuvo que ser disputada con métodos clandestinos? La maniobra estaba al alcance de los militantes (sobrevivientes y advenedizos), echar a rodar una cantidad arbitraria puesto que nadie estaría en condiciones de rectificarla pero tampoco de ratificarla. Pues bien, esta modesta luchadora por los consumidores, esta combatiente de la gente que vive y que nunca mató ni secuestró, con unas pocas palabras derribó el montaje de un escenario que se sostenía, justamente, en el principio de que nadie hablara y de que todos entraran en la complicidad de aceptar esa cifra mágica. Que no se discutiera ni siquiera se pusiera en duda los datos dogmáticos de la CONADEP.-
La respuesta ante semejante indiscreción no se hizo esperar; un grupo de vindicantes muchachos "scracharon" a la disonante y a su organización dedicada a defender a los consumidores: escándalo, insultos, gritería y pintada, todo el ritual propio de estos casos para que ella y todos aprendieran que las imposiciones de los posarmados no se discuten sino que se acatan y si no es con convicción por lo menos con pasividad.-
El episodio demuestra varias cosas. Además de la instrumentada tosquedad de estos jóvenes siempre dispuestos a actuar a la primera orden recibida de las Madres y de las Abuelas, quedó acreditado que para ellos, por encima de los méritos de las personas está su militancia por la que exclusivamente se las juzga, es decir que se las valora más por la afinidad que por las obras.
Entonces ¿por quienes se interesan en realidad estos fieros militantes de los derechos humanos, por los beneficiarios de una ONG no comprometida ideológicamente (y que se ocupa por los que en verdad necesitan que se los proteja y ayude) o por los asesinos que no volvieron? Las contradicciones a que pueden llevar estas distorsiones, estos falsos y hasta divertidos redentorismos, empiezan a salir a la superficie. Y así estamos sabiendo quien es quien y qué bienes persigue cada uno.-
Casi simultáneamente con la reiteración de la prisión de los ex comandantes en jefe, la Cámara de Apelaciones dispuso la libertad de nueve de los terroristas condenados por el asalto al regimiento de la Tablada. Es tanta la insensibilidad de estos jueces (¿) y tanta la debilidad para resistir a las presiones extrajudiciales que cada tanto se ponen en juego que ni siquiera se preocuparon por establecer un ritmo en sus malandanzas, por administrar el tiempo para sus trapisondas de manera que las injusticias que toman a su cargo pasen un poco desapercibidas a la sociedad.
Pero no lo hicieron así; no ya elegancia - que es mucho pedir para ciertos individuos - ni siquiera pudor, ni siquiera picardía para conservar la imagen. ¿Indiferencia, resignación, impavidez, descaro? ¿O simple torpeza? Como alguno propuso no habrá más remedio que declarar a todo el poder judicial en comisión como uno de los primeros pasos para retener esta república que se nos agoniza entre las manos.-

Es imposible de entender - no llegamos a entrever qué propósito ni qué inspiración la movieron - cómo y porqué la Unión Europea decidió suprimir a las FARC colombianas de la lista de organizaciones terroristas del mundo. Es demasiado chocante, demasiado cómplice, demasiado opuesta a la evidencia más palpable y dolorosa la decisión como para explicarla. Puede ser que se trate no más de una maniobra de alta (o de baja) diplomacia que se daría en el marco del enfrentamiento entre el viejo continente y Estados Unidos; diferencias que son profundas y vienen de lejos y que pareciera que se agudizan con ocasión del problema del terrorismo que se vuelca sobre el mundo, en especial a partir del ya mítico 11 de septiembre.
Lo que fuere y cualquiera sean los intereses y especulaciones puestos en movimiento, debería quedar por completo fuera de discusión y de duda que los terroristas colombianos lo son y en grado mayúsculo e irreversible. Son asesinos desde hace 38 años y se cobran casi 40.000 víctimas por año entre muertes y secuestros; desarrollan una violencia inaudita sin parangón aun en este tipo de guerras con una crueldad racionalizada que habla de una patología sistemática, perversa y planificada.-
¿O será, tal vez, que una izquierda residual – todavía algo coherente y profundamente lasciva, comprometida en todos los negocios y negociados - se mueve en los intestinos de la socialdemocracia europea y, aliada con el liberalismo capitalista, insiste en apoyar a los que permanecieron del otro lado del Atlántico con las armas en las manos?
Por su parte la sociedad colombiana dio su clara respuesta al otorgarle al disidente Alvaro Uribe un triunfo contundente en la primera ronda de las elecciones para presidente del 26 de mayo. La importancia de esta victoria reside en que Uribe levantó la bandera del exterminio de la guerrilla que asuela a su país. El pueblo rechazó de esta manera el proyecto de su antecesor, el actual presidente Pastrana, consistente en negociar con el terrorismo de igual a igual. Los resultados no pudieron ser peores. Se perdieron más de tres años en conversaciones inútiles y dilatorias que no detuvieron la violencia, que continuó más o menos solapada, sin que nadie se hiciera cargo de ella. Tiempo que, por supuesto, las FARC utilizaron para rearmarse y para incorporar nuevos soldados corridos más por el hambre que por la convicción. Con este pronunciamiento –que nadie podrá ignorar en adelante- Colombia dijo que el único camino a la paz es la guerra represiva hasta terminar con ese enemigo implacable que, asociado más que aliado al comercio de drogas, la colocó al borde de su partición o de su disolución.-
El terrorismo es un fenómeno ubicuo y multiforme que usa mil disfraces y recurre a mil excusas. Esto le permite apoyarse en uno o en otro operador político o cultural alternativamente y recibir tratamientos opuestos, beneficiándose en ocasiones con la comprensión de quienes lo combatirían en otras circunstancias (como el gobierno español); o con la complacencia de quienes se autoengañan deseando ver en sus bárbaros militantes a héroes idealistas y desinteresados (como el gobierno francés de Miterand); o de quienes desean utilizarlos en provecho propio (Cuba y China) o de quienes se manejan por afinidades inocultables (como las diversas organizaciones universitarias o de derechos humanos que pululan por Occidente).-
En un número anterior nos dedicamos a despanzurrar un fallo del entonces inminente camarista (hoy ya lo es) Daniel Cavallo en el que declaraba la inconstitucionalidad de las leyes 23.492 y 23.521, dictadas por Carlos Menem que encerraban, sin duda alguna, amnistías que ponían fin a los de otro modo interminables juicios contra los miembros de las Fuerzas Armadas a propósito de supuestos delitos cometidos durante la guerra antisubversiva. Fue un esfuerzo más político que jurídico (lo que por cierto no les quita mérito ni legalidad, antes al contrario) para llevar paz al interior de la sociedad argentina. Esfuerzo tanto más necesario cuanto que los sucesores de los terroristas de los 60 y 70 se habían reorganizado en torno al culto de sus muertos y a la mala memoria de los vivos. Y contando, además, con un poder judicial cómplice o temblequeante que les dio vía libre para practicar sus más obscenas experiencias procesales como los "juicios de la verdad" o el afán por encontrar la prueba de un plan sistemático de robo de hijos de desaparecidos.-
Ahora es el juez federal Claudio Bonadío quien dictó, con una ramplonería científica que alarma e indigna, la inconstitucionalidad y la nulidad de ambas leyes según fallo de octubre del 2001. La sentencia es extensa como resulta necesario para sostener y explicar lo insostenible e inexplicable.
Recordemos dos circunstancias no menores que sirven de adecuado contexto al pronunciamiento. La primera es el fenomenal desprestigio que rodea a la magistratura nacional pero, en especial, a la del fuero federal que, por lo demás, no se recata de recibir instrucciones del poder político (lo que ha dado lugar a presentaciones en su contra); y en segundo término es que el juez Bonadío en cuestión se halla implicado en un doble homicidio todavía no aclarado y que la prensa se ha cuidado de hacer olvidar.-
La fragilidad de los fundamentos de la sentencia mereció la crítica de la mejor doctrina nacional. En pocas palabras la cuestión planteada se refiere a delitos diversos achacados a varios oficiales de la Armada sin probanza definitiva. Dicho entre paréntesis pronunciarse sobre normas cuya aplicación es dubitativa con respecto a hechos no acreditados equivale a resolver en abstracto, es decir a tratar temas no planteados o sea a casos no concretos lo que hace que la actividad jurisdiccional aquí empeñada se convierta en mera preocupación académica o, lo que sería mucho peor, ideológica. Y hay también prejuzgamiento lo que inhabilitaría a Bonadío para seguir entendiendo en el caso.-
La base de la decisión de éste es que los delitos imputados son imprescriptibles porque serían de los considerados de lesa humanidad. Si dejamos de lado que, a pesar del estado actual de la legislación internacional, no se coincide entre los tratadistas qué es un delito de lesa humanida, hay que detenerse en que construcciones como las indicadas hacen retroceder al derecho penal varios siglos, por lo menos más allá de la Carta Magna inglesa de 1215 que establece el principio esencial e irrenunciable de que no hay crimen ni pena sin ley anterior que lo disponga (el célebre "nulla poena sine lege"), recogido con la mayor explicitud por el art. 18 de nuestra constitución.
Por eso el juez debió dirigir su esfuerzo central a disminuir la importancia y aun la vigencia de la citada norma para lo cual le acuerda preeminencia a los tratados internacionales sobre derechos civiles de las personas, tal la Convención Interamericana sobre Desaparición Forzada de Personas de 1994, incorporada a nuestra legislación en 1995 y con jerarquía constitucional en 1997.-
¿Una norma así es aplicable a presuntos delitos que se habrían cometido varios años antes? El magistrado contundentemente entiende que sí. Para lo cual tuvo a bien olvidar una prestigiosa tradición doctrinaria y jurisprudencial pero, además, textos expresos que bloquean sus pretensiones como la Declaración Universal de Derechos Humanos (art.11), Convención Americana de Derechos Humanos (art. 9) y el Pacto Internacional de Derechos Políticos (art.15) entre otros
¿No es demasiado? ¿Desaprensión o grave ignorancia del derecho? Tanto la Cámara Federal que había intervenido en otro caso similar como el juez se remiten a unos abstractos e inubicables "principios reconocidos por la comunidad internacional" que, por supuesto, aun aceptando su existencia, ceden ante textos nacionales e internacionales tan claros, prestigiosos, indispensables y obligatorios como los citados. –
No le va mejor al bueno de Bonadío (sin juego de palabras) cuando debe también burlar otra exigencia fundamental del derecho penal, que la norma invocada ha de ser "cierta, escrita y estricta" porque si no lo hace no puede aplicar los principios en que fundamenta su decisión (una decisión, como se ve, ya adoptada desde el principio mismo de su intervención ¡Vaya garantía de juez!)
Pero él, de cualquier manera se apresura a sacar las dos conclusiones que le interesan: a) los delitos son imprescriptibles y b) no necesitan de una ley anterior.
Groseramente se puede decir que es un viva la pepa. Con semejantes criterios todo y nada vale, el derecho se distorsiona hasta hacerse papilla en las manos de estos jueces muy presionados o muy ideologizados, que devienen en virtuales legisladores (al hacerle decir a la ley lo que no dice y silenciar los principios que no conviene a sus fines) y que destrozan las garantías de los particulares según el bando en el que hayan militado durante la Guerra Subversiva.-

FOTOCOPIE Y DISTRIBUYA

Dr. Víctor Eduardo Ordóñez

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