DOCTRINA NEGATIVA:
TEMA VI
Disolución liberal de la familia.
El Matrimonio Civil en lugar del Gran Sacramento.
El Divorcio y la indiscriminación de los hijos.
La situación actual de la familia en nuestro Estado de Derecho.
No es posible
comprender la mentalidad oficial ni las sucesivas reformas institucionales en
la República Argentina, a partir de Caseros, si se desconoce que la Masonería
ha sido el poder ideológico orientador de la política hasta el día de hoy. La
sustancia de la Masonería es el liberalismo hasta sus últimas consecuencias; el
laicismo integral; el espíritu jacobino, destructor implacable del orden
cristiano y occidental. Desde hace más de dos siglos la Iglesia Católica ha
denunciado constantemente los estragos de "la peste masónica", que se
nutre en el odio y en la negación de Cristo 65 León XIII,
QUOD APOSTOLICI MUNERIS . El católico sincero no puede desentenderse de
esta advertencia reiterada; ni restarle importancia actual como si la
virulencia de la Masonería se hubiese atenuado hasta ser inocua. Las ruinas
acumuladas en más de cien años .de innovaciones institucionales está a la vista
en el desorden, la anarquía y la sublevación imperantes en nuestra República.
La familia es la institución que más ha sufrido el impacto masónico y liberal,
desde la sanción de la Ley de Matrimonio Civil en el año 1888 hasta la Ley de Indiscriminación
de los Hijos en 1954 y la Ley de Divorcio en 1955, suspendida en sus efectos,
pero ampliamente compensada por la vigencia de los Tratados Montevideo, como se
verá más adelante. La verdad es que la familia en nuestro país ha sido
destruida tanto en el derecho como en el hecho. Existen familias bien
constituidas, todavía en número apreciable; pero la institución de la familia
no es más que una entidad nominal, una simple etiqueta oficial que cubre
cualquier forma de ayuntamiento y de filiación. Las municipalidades otorgan
nuevas libretas de familia a cónyuges que se han divorciado y vuelto a casar en
México o en Uruguay. Y en la República Argentina no hay "hijos ilegítimos
vengan como vinieren al mundo. So pretexto de no lesionar a los hijos inocentes,
se estimula oficialmente a los padres para tenerlos de cualquier manera.
Hubo argentinos
ilustrados y fieles que previeron y denunciaron públicamente estos males
irremediables, en el momento mismo que se proyectaba la Ley de Matrimonio
Civil. Así es como en la sesión del 18 de octubre de 1888, en la Cámara de
Diputados de la Nación, se escucharon estas fundadas razones del líder
católico, doctor José Manuel Estrada: "El proyecto de
la comisión de legislación es una tentativa que conspira contra la filosofía
social, que conspira contra el principio cristiano, que conspira contra la
familia, que conspira contra los fundamentos de la libertad civil, que
conspira, finalmente, contra las bases esenciales de la civilización nacional.
. . ".. .la Familia no procede del Estado sino
que, al revés, el Estado procede de la Familia; en segundo lugar, que el Estado
no puede constituir el núcleo fundamental de la familia legislando sobre el
vínculo conyugal, porque eso sería tanto como subordinar la causa al efecto...".
"Dijo Jesucristo esta gran frase: «Dad al César lo .que es del César, y a
Dios lo que es de Dios». Ese día quedó separado el poder espiritual del poder
político. Santificó el matrimonio, elevándolo a la categoría de Sacramento; y
desde ese día sacó a la familia del poder del Estado; y restableció así al
hombre en su iniciativa, a la familia y su independencia. "Si, pues, éstos
son los caracteres de la familia; si, pues, a este nivel la ha levantado el
Cristianismo, convirtiendo el contrato natural del matrimonio en un Sacramento,
es evidente que la Iglesia, instituida por Jesucristo como depositaría de la
doctrina, agente de su autoridad, e intérprete definitivo del derecho natural,
tiene una capacidad exclusiva de legislar sobre la esencia del vínculo conyugal
entre cristianos. "Así, la doctrina de la Iglesia sobre el matrimonio se
convierte en principio del derecho, y la regla que se aplicara sólo en
conciencia a los cristianos bajo el peso de la servidumbre pagana, se convierte
en precepto general de legislación el día en que César entra en la Iglesia; es
decir, el día en que el Estado pagano se convierte en Estado cristiano. ..
"Y para poner en limpio si en la República Argentina la legislación
relativa al matrimonio corresponde al Estado o a la Iglesia, analizad y
resolved otra cuestión: si la Nación Argentina es o no es una sociedad
cristiana. "La inmigración no ha cambiado de una manera notable las
condiciones religiosas de la sociedad argentina, porque, en su inmensa mayoría,
los inmigrantes que afluyen a nuestro territorio son católicos. . .
"Además, ¿cómo podremos conceder que sea acto de buen gobierno, que sea
justo y patriótico, empeñarnos en borrar todos nuestros rasgos distintivos de
carácter, los que nos dan unidad y modo de ser, para doblegarnos a las
exigencias variables de la población inmigrante? . . Sería convertir a la
República en una inmensa factoría gobernada desde un hotel. "¿Qué puede
ser un hombre, si no es católico? No puede ser sino una de dos cosas: hereje o
infiel. Y si la doctrina y los cánones proveen al matrimonio de los herejes y
los infieles, es claro que abarcan todos los casos posibles de matrimonio y
que, por consiguiente, es innecesaria cualquier tentativa de innovar la
legislación. .. "Ha dicho muy bien el señor miembro informante de la
comisión que el matrimonio civil nace de la Revolución Francesa. . . según la
doctrina del pacto social, el estado de sociedad es un estado permanente
adventicio. Fuera de la sociedad el hombre es un ser absoluto, soberano, dueño
de sí mismo, sin más reglas que aquellas que voluntariamente acepte, sin límite
alguno, ni para seguir las impresiones de su razón, ni para seguir los impulsos
apasionados de su naturaleza. Si se constituye en sociedad, lo hace
voluntariamente. . . por eso Diderot dice que el matrimonio perpetuo es un
abuso y una tiranía- -. Y en seguida de poner sus derechos que vienen de la ley
de Dios y de la ley natural, establecí que el hombre no se liga para
completarse y desenvolverse en el seno de una familia sino de una manera
precaria y revocable... Y el matrimonio civil, realización legal de aquellos
puntos de doctrina, fue seguido de instituciones, en que tomaron forma los
apotegmas impuros de las sofistas más desenfrenados. .. "Es el divorcio,
en efecto, consecuencia necesaria del matrimonio civil. No se puede suscribir
un contrato civil que sea perpetuo, que no sea revocable. Por eso atenta contra
la estabilidad del matrimonio y deja la familia expuesta a todas las
contingencias nacidas de la mutabilidad de las leyes. .. son leyes que placen a
las mayorías parlamentarias. .. Para que la institución de la familia sea
sólida, es menester que tenga fundamentos inconmovibles, como la naturaleza de
la cual emana, eternos como Dios que la preside y la legisla. .. pero cuando todo
está expuesto a las interpretaciones caprichosas de los partidos y de las
asambleas populares, todo es cambiante como fundado sobre arena. .. "Acuso
a este proyecto de ley, finalmente, de ser una ley de pésima tendencia para el
porvenir, radicalmente contraria a los principios de la civilización nacional y
a los intereses morales de la República... "Los partidos revolucionarios,
las sectas francmasónicas, apoderadas del gobierno; estas confabulaciones de
los partidos en que están los sectarios de la escuela liberal, por una parte,
dueños del gobierno, y los judíos por otra, dueños de las finanzas; esas
conjuraciones contra el derecho, contra la justicia y contra la conciencia de
las naciones; ésos son los agentes que han producido en el mundo la legislación
civil del matrimonio. .. "Luego, esta ley es un proyecto de acción y
expresa una tendencia doctrinaria destinada a producir situaciones lamentables
y arrojar al país en revoluciones y desórdenes... "Convertir los
desórdenes en costumbres, los casos de conciencia en casos legales ¿es acaso un
medio de actuar eficazmente sobre el ánimo de los hombres para corregirlos? ...
"No es otra cosa, por consecuencia, que un acto de desenvolvimiento del
programa de la escuela revolucionaria liberal; de la escuela revolucionaria
anticristiana, introducida desde temprano en las corrientes de la vida americana,
y que ha tenido en las Repúblicas del Plata encarnaciones sombrías... "La
República Argentina está en decadencia moral, y se hundirá más y más, y en
mayor abatimiento, por medio de esta y análogas instituciones. Yo., y los que
conmigo combaten, invocamos el patriotismo de los ciudadanos que se sientan en
esta Cámara, y les pedimos que rechacen este proyecto de ley... Les pedimos que
retrocedan de la .senda funesta en que los precipita una política destructora;
que afiancen, en el reino social de Jesucristo, el porvenir de la República,
justa, vigorosa y noble; y les decimos, por fin, ¡reconciliaos con la verdad, y
la Verdad os hará libres!" La ley se aprobó a pesar de esta palabra
esclarecida y de este llamado apremiante al patriotismo; así como se había
aprobado cuatro años antes la Ley 1.420 de Educación Común que eliminó a Cristo
de la educación oficial. Y como se aprobaron hace menos de una década la
indiscriminación de los hijos y el divorcio para completar la destrucción legal
de la familia. El proceso secular de la revolución jacobina parece detenerse
por un tiempo o su ritmo se atenúa; sufre tropiezos o demoras; se reviste de
mansedumbre o atropella con violencia; pero no cede jamás nada de lo obtenido y
avanza implacable en la demolición de las instituciones cristianas. No sólo no
retrocede, sino que termina por lograr invariablemente el conformismo de los
católicos. Es el arma más eficaz que el Comunismo emplea en su Guerra
Revolucionaria. Hemos prolongado la cita de Estrada para que el lector advierta
que el lenguaje de un católico verdadero y de un patriota insobornable es
siempre el mismo en el testimonio de la Verdad, hable en 1888 o en 1963. El
ataque final contra la institución de la familia se realizó en forma sorpresiva
y brutal en los años 1954 y 1955, con motivo de la persecución religiosa
desencadenada oficialmente por el gobierno de Perón. Primero fue la sanción de
la Ley de Indiscriminación de los Hijos, por la cual no hay más que hijos
matrimoniales e hijos extramatrimoniales. Se ha borrado oficialmente la
infamante distinción entre hijos legítimos e ilegítimos. Todos son igualmente
hijos y con los mismos derechos. Lo mismo es ser bien nacido que mal nacido; o
mejor, ya no hay bien ni mal, y lo que está demás es la familia. Después vino
la Ley de Divorcio en plena persecución religiosa y de un modo fraudulento:
"...la sanción se efectuó en bloque con disposiciones sobre Tinieblas,
enseres, herencia, etcétera; por la medianoche, esa sesión extraordinaria
citada y convocada para tratar dé Otros proyectos de ley" 56. Tan irregular
como la sanción fue el decreto del 1 de marzo de 1956 que suspende los efectos
de la ley peronista "hasta tanto se adopte sanción definitiva sobre el
problema del divorcio". Y el gobierno de facto de la Revolución
Libertadora completó el fraude legal ratificando el Tratado de Montevideo, de
Derecho Privado Internacional, según el cual las sentencias de divorcio, con
facultad para los cónyuges de contraer nuevas nupcias en las naciones
divorcistas signatarias del mismo, tiene pleno valor en la República. Somos hoy
uno de los países más divorcistas del mundo entero; y lo más grave es el
conformismo católico ante el fraude jurídico y el hecho público y notorio de
que las municipalidades otorgan nuevas libretas de matrimonio,
"legalizando" divorcios v los concubinatos subsiguientes. La familia
bien constituida en una sociedad cristiana es la valla más firme contra el
Comunismo. La disolución jacobina y masónica de la familia es la vía franca
para su avance arrollador en las almas y en las naciones. Restablecer a la
familia en Cristo y en la ley natural; restablecerla en su unidad, cohesión,
estabilidad moral y material es la exigencia primera de una política nacional
en armonía con las verdades esenciales que fundan la civilización occidental.
88 Cuevillas. Ver GACETA DEL Fono,
Año 32, Tomo 220, págs. .29 y 30, 13 de mayo de 1957.