DOCTRINA POSITIVA:
TEMA VII
La Propiedad Privada.
Posesión y uso.
El capital y la extensión de la propiedad privada al trabajo
productivo
Encíclica MATER ET MAGISTRA de Juan XXIII.
La institución de la
propiedad privada es permanente y fundamental en la Civilización Occidental. Es
una necesidad de la persona humana para existir en conformidad con su ser.
Claro está que no siempre se la ha definido, ni ubicado, ni legislado sobre
ella, con adecuación y justicia. Aristóteles nos ha dejado las primeras
precisiones acerca de esta institución, con motivo de la crítica al sistema
comunista propuesto por Platón: "Es preferible la propiedad privada,
completada por las buenas costumbres y un sabio ordenamiento de leyes que reúna
las ventajas de la propiedad individual y de la propiedad común. La propiedad
tiende así a ser común en el uso, permaneciendo individual. Los cuidados
estando divididos no darán lugar a recriminaciones de unos contra' otros; y,
sobre todo, serán fecundos y prósperos atendiendo cada uno lo suyo. Y cuando
este sistema sea enaltecido por la virtud, se verificará el pro iterbio «Entre
amigos las propiedades son comunes»... "Es manifiesto, por lo tanto, que
es preferible el sistema de la propiedad privada, de la posesión individual
integrado con la comunidad en el uso: al legislador corresponde habituar a los
ciudadanos en este sentido"
Santo Tomás refirma
esta teoría aristotélica que funda en la razón de conveniencia la institución
de la propiedad privada: "Respecto de los bienes externos, el hombre posee
dos privilegios: el primero, es la facultad de procurárselos y disponer de
ellos; en este sentido, es licito poseer cosas propias y es también necesario a
la vida humana por tres motivos: "1. Porque cada uno es más solícito en
procurarse aquello que corresponde a él, más bien que lo común a todos o a
muchos. "2. Los asuntos humanos son tratados más ordenadamente, si cada
uno se ocupa particularmente de una cosa determinada. "3. Se mantiene más
pacífica la condición de los hombres, cuando cada uno está conforme con lo
suyo. El otro privilegio es el uso; y bajo esta relación, el hombre no debe
considerar las cosas externas como propias, sino como de todos" 50. En
verdad, la Institución de la Propiedad Privada en este claro sentido de la
licitud de poseer bienes propios y de usarlos como si fueran comunes, nunca fue
discutida en la teoría y en la praxis basta la revolución comunista anabaptista
de la- Baja Alemania —entre 1534 y 1535—, cuyo ideólogo fue Tomás de Münster; y
su principal ejecutor el sastre Juan de Leyden, en la ciudad de Münster que estuvo bajo
el terror comunista durante un año. 69 SUMA TEOLOCICA, Ha. lio, 66,2.
Tergiversando los textos bíblicos sostenía el jefe anabaptista: "Nosotros
somos todos iguales, todos humanos por la fe y tenemos en Adán a nuestro padre
común. ¿De dónde viene, pues, esta diferencia de rangos y de bienes que la
tiranía ha introducido entre nosotros y los grandes del mundo?. . .
Restituidnos, ricos del siglo, avaros usurpadores, restituidnos los bienes que
retenéis en la injusticia". Le debemos a un gran humanista español, Juan
Luis Vives, contemporáneo y testigo directo de la primera revolución comunista
de Occidente, la interpretación más profunda y definitiva del sentido religioso
radicalmente anticristiano del proceso dialéctico del Comunismo. Nos ha dejado
un esquema que desde el Libre Examen aplicado a la Verdad de Fe lleva hasta la
comunidad de los bienes materiales; un esquema objetivamente válido para todos
sus ensayos históricos, incluso la Revolución Comunista Mundial de nuestros
días: "En otro tiempo, en Alemania las cosas de la piedad estaban de tal
suerte constituidas que se mantenían firmes y sólidas, asentadas en gratísima
quietud, y nadie pensaba que le fuese lícito dudar de ninguna de aquellas
cosas, ya generalmente aceptadas. Más halló se quien primero tuvo la osadía de
poner alguna de ellas en duda, al principio con timidez y recelo, y luego ya a
las claras, no solamente para discutirlas, sino para negarlas, para abrogarlas,
para suprimirlas, y muchas de ellas con una tan impávida certidumbre como si
hubiera bajado del ciclo y de los arcanos de la divinidad o si se tratara no
más de coser un zapato o un vestido. .. "De la disensión de opiniones
vínose a la disidencia de vida. .. Mas luego, a aquellos que por un fementido
nombre de igualdad y por una injustísima igualdad de los inferiores con los
superiores promovieron la guerra, han sucedido los que no solamente decretan,
reclaman y exigen no ya aquella igualdad, sino la comunidad de todos los
bienes". Con esta síntesis luminosa, inicia Vives su opúsculo acerca DE LA
COMUNIDAD DE LOS BIENES, escrito en latín, el año 1535, en la ciudad de Brujas
donde residía. El esquema de Vives describe las etapas de un proceso ideológico
y político que se ha venido repitiendo en diversos escenarios históricos con
diversa amplitud y duración; pero que se inicia invariablemente con la Critica
de la Religión, sigue con la Crítica de las Jerarquías Intelectuales, Políticas
y Sociales,. para finalizar con la Crítica de la Propiedad Privada y la
pretendida implantación de la comunidad de. los bienes materiales. Diez años
antes, en presencia de los abusos de la usura y la avaricia que provocaban,
como en todo tiempo la exasperación del resentimiento social de I03
desposeídos. Vives había publicado un opúsculo donde se reconoce, por primera
vez, que la propiedad privada en su recto uso es institución de derecho
natural. Se establece, además, y de manera tajante, que el uso avaro, egoísta,
arbitrario de los bienes poseídos anula el derecho de posesión. El inapreciable
opúsculo se titula DEL SOCORRO DE LOS POBRES y en sus páginas coinciden la
sabiduría divina y la prudencia humana. Por esto es. que hace radicar su examen
en la naturaleza humana en las consecuencias penales del Pecado Original y en
la Redención por el Amor de Dios, la Caridad: "Apiadó se del hombre el
Señor en su clemencia infinita ... y siguió reservándole el mismo lugar que le
había señalado en sus primeros consejos, pero que desde aquel instante debía
conseguir en lucha más recia y en condiciones más duras y aun en esta vida
quiso que los unos socorriesen a los otros mediante la reciprocidad del afecto.
En primer lugar, para que con aquel amor inicial de Caridad empezasen ya a
prepararse para la Ciudad Celestial... y allende esto, dispuso Dios que el
hombre que debía actuar en sociedad y comunicación de vida, torcido, en su
espíritu y arrogante en la mancilla de su origen, necesitase del auxilio ajeno,
porque de otra manera no cuajaría entre ellos sociedad alguna ni duradera ni
firme, puesto que cada uno en su original engreimiento y en su inclinación
nativa al mal menospreciaría y abandonaría al compañero si no le contuviera la
recelosa previsión de que acaso un día u otro podía necesitar de él. .. Aun la
virtud misma la recibió de Dios, que nos la ha dado; a unos por causa de los
otros. Primeramente, la Naturaleza, por la cual quiero que se entienda a Dios,
pues la Naturaleza no es otra cosa que la voluntad y el mandamiento divinos. ..
Sepa, por tanto, cualquiera que posee los dones de la Naturaleza, que
comunicándolos con el hermano los posee legítimamente y por voluntad e
institución de la Naturaleza; pero si no, es ladrón y robador, convicto y
condenado por ley natural, puesto que retiene y detenta aquellos bienes que la
Naturaleza creó no sólo para él. Platón escribe a Arquitas, filósofo pitagórico:
«No nacimos para nosotros solos, sino que una parte de nuestro haber lo reclama
la Patria y la otra parte los amigos. . . "Nadie ignore, por tanto, que no
ha recibido para su uso y exclusiva comodidad ni el cuerpo, ni el alma, ni la
vida, ni el dinero, sino que es el despensero y escrupuloso repartidor; y que
no para otro fin los tiene recibidos de Dios... "Pongámonos delante no ya
el testimonio de los hombres sino el edicto del mismo Dios que dice: «De balde
recibisteis; dad de balde». "Y, en resumen, ladrón es todo aquel que no
hace a los pobres particiones de lo que le sobra; si no le alcanza el castigo
de las leyes humanas, algunas de las cuales las hay punitivas, con toda
certidumbre no evitará el castigo de las leyes de Dios". En el texto de
Vives que acaba de leerse está contenida la más clara y precisa, la más
ajustada y completa definición de la Propiedad Privada en su doble aspecto de
posesión y uso: 1. Es una institución de derecho natural que debe ser
reconocida v protegida por la legislación positiva, en su justa posición. 2.
Está en la naturaleza de todo bien y, en consecuencia, de los bienes
materiales, su carácter difusivo, comunicativo, participable por otros. 3.
Quiere decir que no es un derecho absoluto, sino condicionado. No los poseemos
para disponer a nuestro arbitrio ni para reservarlos para nosotros solos. Los
habernos en encomienda y para hacer partícipe al prójimo necesitado. 4. La
legitimidad de la posesión privada depende del recto uso social que hacemos de
los bienes propios. Si no los comunicamos perdemos el derecho de poseerlos y su
retención indebida es robo. Nos convertimos así en "ladrones convictos y
condenados por la ley natural". Y la ley positiva debe reconocer el
carácter criminal de toda forma de avaricia, usura o especulación sobre la
necesidad del prójimo. La doctrina acerca de la Propiedad Privada, así como de
la posición respectiva del Capital y del Trabajo en la empresa económica, que
nos enseña nuestra Santa Iglesia, a través de las encíclicas y otros documentos
pontificios, coincide plenamente con la que nos ha dejado el español Vives en
sus dos magistrales opúsculos. El Papa Juan XXIII en su trascendental encíclica
MATER ET MAGISTRA resume en la primera parte el pensamiento de sus
predecesores, comenzando por León XIII en la RERUM NOVARUM: "'La propiedad
privada, incluso la de los bienes instrumentales, es un derecho natural que el
Estado no puede suprimir. Es intrínseca a ella una función social; pero es
también un derecho que se ejercita en bien propio y de los demás". A su
vez, Pío XI en la QUADRAGESIMO ANNO confirma el carácter de derecho natural que
le compete a la Propiedad Privada, y acentúa el aspecto social y su función
respectiva... Estima que es oportuno suavizar el contrato de trabajo con elementos
tomados del contrato de sociedad, de tal manera que los obreros participen en
cierto modo en la propiedad, en la administración y en las ganancias obtenidas.
Se advierte en este punto la justicia y la conveniencia de que el trabajador
tenga una participación efectiva en la empresa, a la cual debe sentir como algo
suyo, como un bien que le pertenece en alguna medida, conforme a su función y
responsabilidad en la misma. A continuación se resume el contenido del
radiomensaje de Pío XII en Pentecostés del año 1941: El derecho de propiedad
sobre los bienes es un derecho natural. .. pero está dispuesto de tal manera
que no puede constituir obstáculo para que sea satisfecha la inderogable
exigencia de que los bienes creados por Dios para todos los hombres de justicia
y caridad... el trabajo es un deber y un derecho de cada uno de los seres
humanos. A ellos corresponde, en primer término, regular sus mutuas relaciones
de trabajo. Tan sólo en el caso de que los interesados no cumplan debidamente
su función, compete al Estado intervenir. En orden a la familia, la propiedad
privada, un patrimonio suficiente debe ser considerado «como espacio vital de
la familia». Hasta aquí la palabra de los predecesores. La primera parte
termina expresando el motivo de la nueva encíclica sobre la Cuestión Social.
Las condiciones científicas, técnicas y económicas, sociales y políticas, de
esta época de la energía nuclear y de una extrema complejidad en las relaciones
humanas, exigen replantear el problema social para la orientación de soluciones
"más en consonancia con nuestro tiempo". El Papa Juan XXIII inicia la
segunda parte, refirmando los principios naturales de la economía: "En
primero y principal lugar, la iniciativa personal de los ciudadanos, ya en su
actividad individual, ya en el seno de las diversas asociaciones para la
prosecución de intereses comunes". "En segundo lugar, dos poderes
públicos responsables del Bien Común», su natural intervención es la de ayudar,
estimular, orientar a los miembros del cuerpo social., en forma siempre
subsidiaria, sin pretender absorberlos ni oprimirlos ni destruirlos. "La
presencia del Estado en el campo económico, por más amplia y profunda que sea,
no puede ser jamás para disminuir, sino por el contrario, para estimular y
potenciar la libertad de iniciativa de las personas, actúen individualmente o
asociadas". A continuación, el Papa destaca el desarrollo e incremento de
las relaciones sociales, de las formas de convivencia y actividad asociada, así
como de su institucionalización jurídica, en nuestra época. En el texto latino
de la encíclica, el único oficial, se usan las expresiones, "socialium
rañonum incrementa" y "socialium rationum processus". Pero en la
traducción castellana se emplea un término lamentablemente equívoco,
socialización. Si bien la explicación clara, precisa y detallada del texto no
deja lugar a dudas sobre el significado —incremento de las relaciones sociales
y de la actividad asociada—, socialistas y comunistas han especulado con el uso
vulgarizado por el marxismo que identifica socialización con colectivización o
estatización de la propiedad. Para evitar el equívoco, es imprescindible una
aclaración expresa acerca del significado de esta palabra en la encíclica toda
vez que se la emplee. Se trata, además, de prevenir el peligro que comporta de
suyo la multiplicación de las organizaciones- sociales que ciñen la vida de las
personas humanas; esto es, la socialización progresiva. Tal como se indica en
el texto de la encíclica, "es necesario que dichos organismos presenten
forma y sustancia de verdaderas comunidades; y que por lo mismo, los
respectivos miembros, sean ellos considerados y tratados como personas y sean
estimulados a tomar parte activa en su vida". Se requiere también
"una actividad oportuna de coordinación y de dirección por parte del Poder
público, «al servicio del Bien Común»". Es la vida corporativista
—tradicional en el ordenamiento católico de las relaciones económico sociales—
que el Papa Juan XXIII juzga que "se concreta en una reconstrucción
orgánica de la convivencia que Nuestro Predecesor Pío XI en la encíclica
QUADRACESIMO ANNO proponía y defendía como condición indispensable para que
queden satisfechas las exigencias de la Justicia Social". Por esto es que
en la primera parte de MATER ET MAGISTRA, se cita largamente el pasaje en que
Pío XI denuncia la extraña dialéctica de la economía liberal burguesa, fundada
en el egoísmo individualista que lleva inexorablemente a la hegemonía económica
de grupos financieros internacionales o del Estado comunista (capitalismo de
Estado): "a la libertad del mercado ha sucedido la hegemonía económica; a
la avaricia del lucro ha seguido la desenfrenada codicia del predominio; así,
toda la economía ha llegado a ser horriblemente dura, inexorable, cruel,
determinando el servilismo de los poderes públicos a los intereses de grupos, y
desembocando en el imperialismo internacional del dinero". Es la inicua
situación de nuestra economía nacional que se había venido agravando en los
últimos veinte años, hasta el extremo de encontrarnos maduros en este año 1963
para caer en la Dictadura del Proletariado; esto es, en la hegemonía económica
estatal camuflada de democracia popular o república socialista. La doctrina de
la Iglesia, en la palabra de Pío XI y de Juan XXIII, enseña que "para poner
remedio a tal situación, el Supremo Pastor indica como principios fundamentales
la reinserción del mundo económico en el orden moral y la prosecución de los
intereses, individuales y de grupo, en el ámbito del Bien Común. Esto lleva
consigo, según sus enseñanzas, la reedificación de la convivencia mediante la
reconstrucción de los organismos intermedios, autónomos, de finalidad económico
profesional, creados libremente por los respectivos miembros, y no impuestos
por el Estado" 60 MATER ET MAGISTRA, Parte I.. Se trata, claro
está, de la estructuración corporativa o sindicalista de los oficios,
profesiones y relaciones económico social, en sentido vertical y autónomo. Por
nuestra parte, agregamos que la corrupción plutocrática y marxista de los
agentes naturales —patronos, empresarios, profesionales, obreros, empleados—
puede exigir la intervención subsidiaria del Poder Público para promover,
encauzar y ordenar al bien común dichos organismos intermedios, corporaciones,
sindicatos, gremios o como se quiera nombrarlos. La finalidad política, incluso
en esta función supletoria, debe ser la expansión de la persona humana,
estimulando su libertad de iniciativa y de responsabilidad. En cuanto a la
retribución del trabajo, la MATER ET MAGISTRA insiste "en que no se puede
abandonar enteramente a la ley del mercado, ni tampoco fijar arbitrariamente,
sino que ha de determinarse conforme a justicia. y equidad. Eso exige para los
trabajadores una retribución tal que les permita un nivel verdaderamente humano
y hacer frente con dignidad a sus responsabilidades familiares; pero exige,
además, que al determinarse la retribución se mire a su efectiva aportación en
la producción y a las condiciones económicas de la empresa, a las exigencias
del Bien Común en las respectivas comunidades políticas". Puesto que el
fin de la economía nacional es asegurar el desarrollo y elevación personal de
todos sus miembros, se debe procurar el acceso a la propiedad privada del mayor
número posible. Un patrimonio suficiente es garantía de libertad en la persona
individual y en la familia, así como la estabilidad en la sociedad. En ese
punto, Juan XXIII, en la misma línea de justicia y equidad de sus grandes
predecesores, insiste en el derecho del trabajo a participar en la propiedad de
la empresa. Si el trabajo es tan necesario y todavía más que el capital en una
empresa económica, no sólo a sus directivos y técnicos asalariados, sino
también a los obreros, se les debe procurar el acceso a la propiedad de la
misma. Y en la medida de su participación en la vida de la empresa,, como en
algo propio, tienen derecho "a hacer oír su voz y entregar su aporte para
el mejor funcionamiento"„ Claro está que este derecho del trabajo a la
propiedad de la empresa no significa privar al capital invertido del suyo; por
el contrario, es una forma de capitalización de los beneficios que corresponden
a los que trabajan, aparte del salario justo de acuerdo a la capacidad,
rendimiento y responsabilidad. Por otra parte, Juan XXIII advierte "que la
separación entre propiedad de los bienes productivos y responsabilidades
directivas en los mayores organismos económicos se ha ido acentuando siempre
más". Y lo que es más significativo, "ha de observarse que en
nuestros días se aspira, más que a convertirse en propietarios de bienes, a
adquirir capacidades profesionales; y se alimenta una mayor confianza en las
entradas cuya fuente es el trabajo o derechos fundados en el trabajo, que en
las entradas cuya fuente es el capital o derechos fundados sobre el capital".
Es que el trabajo tiene un carácter preeminente como expresión inmediata de la
persona, frente al capital,, bien de orden instrumental según su naturaleza.
Y no cabe duda que el
reconocimiento de esa preeminencia constituye un paso adelante en la
Civilización cristiana, porque en el trabajo —directivo o dirigido— está la
presencia inmediata del trabajador, de la persona que lo ejecuta, asumiendo la
responsabilidad del mismo. En cambio, el que sólo es propietario de un paquete
de acciones en una sociedad anónima está propiamente ausente de la vida de la
empresa; es casi un extraño que sólo arriesga un bien externo e instrumental,
aunque necesario para el funcionamiento y con derecho a un beneficio
proporcionado a su monto. "Quiere decir que en estricta justicia, la
empresa económica —agraria, industrial comercial— es más de los que trabajan y
en proporción a la jerarquía y responsabilidad del trabajo de cada uno que de
los que sólo aportan capital y se distribuyen dividendos, sin ninguna participación
personal y directa en su actividad" 81 Jordán B. Genta, Conferencia sobre MATER ET
MAGISTRA, dictada en la Parroquia San Juan Evangelista en diciembre de 1961. 02
MATER ET MAGISTRA.. Por esto es que incumbe al Estado "una política
económico social que aliente y facilite una más amplia difusión de la propiedad
privada de bienes de consumo durables, de la habitación, de la granja, de los
enseres propios de la empresa artesana y agrícola familiar, de acciones en las
sociedades grandes o medianas, como ya se está practicando ventajosamente en
algunas comunidades políticas económicamente desarrolladas y socialmente
avanzadas" 62. Se comprende que la difusión de la propiedad privada no
excluye al Estado ni a otras entidades públicas de la posesión legítima de bienes
instrumentales: sobre todo en aquellos casos que comportan un poder económico
de tal magnitud, no es posible dejarlo en manos privadas sin peligro del Bien
Común. El principio de la subsidiariedad autoriza la intervención del Estado en
el campo reservado a la actividad privada, exclusivamente si el Bien Común
resulta comprometido por el desarrollo de la misma y hasta tanto se encauce
debidamente.
Hacia el final de la
segunda parte de MATER ET MAGISTRA se recuerda, una vez más, que al derecho de
propiedad privada le es inherente una función social, lis que, como nos insiste
Vives, somos encomenderos de lodo bien que poseemos, sea material o espiritual.
Y su legitimidad depende de que hagamos partícipes a. nuestros prójimos. Se
trata de la idea de difusión o comunicabilidad de los bienes que es una
constante en nuestra Civilización Occidental, desde Platón hasta las grandes
encíclicas pontificias sobre la Cuestión Social. La tercera parte se inicia con
la consideración de un nuevo aspecto en las relaciones económicas que no se
agotan, por cierto, en las muy importantes que existen, entre el capital y el
trabajo, sino que se extienden también a las que han de mediar entre los
diversos sectores —industria, agricultura, comercio, servicios—, así como entre
las zonas diversamente desarrolladas en el interior de cada nación. Se destaca
el hecho mundial —en nuestro país desde hace veinte años— de un éxodo de la
población rural hacia la ciudad, que se verifica en casi todas las naciones y
algunas veces adquiere proporciones multitudinarias y crea problemas humanos
complejos, de difícil solución. Es el caso argentino. No creemos que exista
otro país con una distribución demográfica má3 antinatural, más antieconómica,
más antinacional. Tan sólo una prolija traición o una insensatez extrema pueden
explicar el absurdo de que casi la mitad de la población, en un territorio de
casi tres millones de kms.2, resida en una gigantesca urbe, el Gran Buenos
Aires, entrampada en dificultades artificiales e irremediables: vivienda, agua,
energía, higiene, transportes y la más funesta de todas que es el relajamiento
moral, consecuencia de la promiscuidad imperante en las llamadas Villa Miseria.
Idéntica situación se repite en otras grandes concentraciones urbanas como
Rosario y Córdoba, e incluso en ciudades menores. El inmenso espacio rural de
la Patria es todavía un desierto en gran parte. Su población no alcanza al
tercio del total, a pesar de que en 1963 continuamos siendo un país
agropecuario con un desarrollo industrial referido principalmente a materias
primas que producen la agricultura, la ganadería o la explotación forestal;
cereales, algodón, vid y otros frutales, maderas, carnes, productos de granja,
etcétera. Y aquí otro contrasentido manifiesto. Así como en las grandes urbes,
la mayoría de los obreros y empleados tienen su vivienda lejos de los lugares
de trabajo, las fábricas se concentran principalmente en el Gran Buenos Aires,
a cientos de kilómetros de la zona de producción de las materias primas que
elaboran. Es obvio que las más elementales exigencias del bien común y dé una
sana economía imponen la desconcentración de la población y el traslado de las
grandes fábricas con su personal, previa construcción de las plantas
industriales y de los barrios, residenciales correspondientes: Así, por
ejemplo, las laneras en el sur, las algodoneras en el norte del país. No hay
otra solución viable para las graves dificultades enunciadas, incluso para
eliminar los grandes viveros del marxismo que son las aglomeraciones masivas de
obreros. Por otra parte, esa redistribución racional de la población
facilitaría el desarrollo de las economías regionales y el arraigo a la tierra.
Una política económica orientada en este sentido elevaría el nivel de vida de
la población rural hasta la altura de la industrial y comercial, a la vez que
impondría un desarrollo conveniente a los servicios públicos esenciales:
caminos, transportes, comunicaciones, agua potable, vivienda, asistencia
sanitaria, instrucción y educación, etcétera. Se tendería a lograr, de este
modo, el objetivo señalado por la MATER ET MAGISTRA: "Se quiere, además,
que el desarrollo económico de las comunidades políticas sea realizado en
manera gradual y con armónica proporción entre todos los sectores productivos.
Hay que recordar también que en el sector agrario, como por lo demás en
cualquier otro sector productivo, la asociación es actualmente una exigencia
elemental; y lo es mucho más cuando el sector tiene como base la empresa de
dimensiones familiares. Los trabajadores de la tierra deben sentirse solidarios
los unos de los otros, y colaborar para dar vida a iniciativas cooperativistas
y a asociaciones profesionales o sindicales, unas y otras necesarias para
beneficiarse en la producción con los progresos científico técnicos, para
contribuir eficazmente a la defensa de los precios de los productores, para
ponerse en un plano de igualdad frente a las categorías económico profesionales
de los otros sectores productivos". Se comprende que patrones y obreros,
directores y dirigidos, de todos los sectores económicos, al utilizar sus
múltiples organizaciones, deben encuadrarse en el orden moral y jurídico,
conciliando sus derechos e intereses con los de las otras categorías económico profesionales,
siempre subordinados al bien común. Para asegurar esa conciliación y esa
subordinación, debe intervenir la acción del Estado. Los poderes públicos deben
favorecer y ayudar a la iniciativa privada como se ha insistido antes; pero, a
la vez, prevenir toda forma de especulación y de usura. La producción y el
comercio no deben ser jamás el fin de la economía nacional, sino las
necesidades reales de la comunidad. La economía no debe estar al servicio de la
producción, ni menos del lucro, sino del consumo. Repetimos que sólo una
estructura corporativa y la máxima difusión de la propiedad privada pueden
equilibrar armónicamente los intereses económicos y las aspiraciones sociales,
bajo el cuidado de un Estado soberano, libre de presiones internas y externas,
sean plutocráticas u obreristas. En lugar de luchas de clases, solidaridad
social de todos los estratos para colaborar en la obra común, dentro de cada
familia profesional. Esta colaboración requiere que los grandes grupos
profesionales se organicen en corporaciones mixtas —patrones, cuadros directivos
y obreros y autónomas—. Incluso la seguridad social y la jubilación o retiro
deben resolverse en el seno de cada corporación, sin injerencia estatal. El
Estado interviene como supremo regulador del bien común; esto es, como árbitro
y en forma subsidiaria para compensar defecciones o corregir abusos en el
funcionamiento de los cuerpos intermedios. He aquí las directivas de la
magistral encíclica MATER ET MAGISTRA para la solución católica de la cuestión
social; la única capaz de enfrentar y superar al Comunismo en su avance
arrollador.